Nombre | Ley General de Educación |
Ámbito | Federal |
Tipo | Ley |
Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 30-09-2019 |
Fecha de entrada en vigor | 01-10-2019 |
Artículo | 18,20,21 y 78 |
Autoridad pública que aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria | Secretaría De Educación Pública |
Modalidad | Presencial |
Tipo de inspección, verificación o visita domiciliaria | Supervisión |
Periodicidad | Mensual |
¿Cual es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria? | Proporcionar una ruta de seguimiento a los estudiantes con rezago académico, que presentan diversas dificultades educativas o que por cualquier motivo necesiten acompañamiento pedagógico, en el subsistema de Escuelas Preparatorias Estatales de Zacatecas. |
Observaciones | Analizar que los instructores cumplan con la ruta de seguimiento para nivelar a los alumnos con rezago educativo y/o dificultades de aprendizaje. Verificar que no incremente el índice de alumnos con rezago educativo. |
¿Qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria? | Otra |
Bien, elemento, objeto o sujeto de inspección, verificación o visita domiciliaria | Seguimiento a los estudiantes con rezago educativo que presentan diversas necesidades. |
Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado | El Sujeto regulado tiene la responsabilidad de transparentar sus gestiones y rendir cuentas al Consejo Técnico Escolar; prevaleciendo el principio de máxima publicidad, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, atendiendo al principio pro persona y garantizando que la entrega de la información sea accesible, actualizada, completa, congruente, confiable, verificable, veraz, integral, oportuna y expedita, por lo que atenderá las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona. |
Requisitos | |
Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria |
Para visitas domiciliarias los inspectores entregan un documento original de la orden de visita. Presentar un recurso de inconformidad. |
Derechos del sujeto obligado | Conocer a la persona que le realizará la inspección. La inspección se lleve en tiempo y forma. Conocer el motivo y fundamento de la inspección. |
Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria | Nota de extrañamiento |
Formato | Sin Formato |
Facultades, atribuciones y obligaciones de la Autoridad Pública durante la inspección, verificación o visita domiciliaria | Verificar y asegurar que la prestación regular del servicio educativo se encuentre en condiciones de equidad, calidad y normalidad. Establecer comunicación constante con las escuelas para crear una cultura institucional centrada en el logro de su misión: el aprendizaje de calidad en condiciones de equidad. |
Formato solicitado | Descargar |
Fundamentos Jurídicos
Nombre | Ley General de Educación |
Ámbito | Federal |
Tipo | Ley |
Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 30-09-2019 |
Fecha de entrada en vigor | 01-10-2019 |
Artículo | 18,20,21 y 78 |