Autoridad pública que aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria | Presidencia Municipal de Jerez |
Modalidad | Presencial |
Tipo de inspección, verificación o visita domiciliaria | Control |
Periodicidad | Otra |
¿Cual es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria? | Se realiza visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las disposiciones previstas en el reglamento. |
Observaciones | 1.-Al no contar con su tarjetón a la vista se le puede retirar el permiso. Si no cumplen con el horario establecido se le retira el permiso Al momento de la inspección si se verifica que un menor de edad está ejerciendo el comercio, se le retirará el permiso correspondiente además de avisar a las autoridades. 2.- Inspección / Verificación: Son 3 Inspectores diferentes en algunas ocasiones varia quien va a la Inspección /Verificación. Despues de realizar la inspección y verificación se procede a revisar que tenga su tarjeton a la vista y que las medidas del puesto sean las correctas. |
¿Qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria? | Ordinaria |
Bien, elemento, objeto o sujeto de inspección, verificación o visita domiciliaria | Identificacion de Comerciantes Ambulantes |
Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado | Son obligaciones de los comerciantes en la vía pública en general: l. Solicitar y obtener de la Secretaría de Gobierno y/o la Administración los permisos, licencias y/o autorizaciones para ejercer el comercio en la vía pública en cualquiera de sus modalidades y conservarla a la vista durante el tiempo de su vigencia; II. Destinar los locales, plataformas, puestos o espacios autorizados, exclusivamente al giro de comercio concedido; III. En su caso, pagar el consumo de agua, energía eléctrica y combustible; IV. Anunciar su giro y denominación comercial conforme lo estipulado por el Departamento de Imagen Urbana y/o Comité de Pueblos Mágicos, según corresponda la zona en que se encuentre; V. Respetar los horarios de comercialización que determine la Administración; VI. Mantener sus locales, puestos y área circulante, en buen estado de higiene y seguridad; VII. Estar al corriente en los pagos de derechos y contar con la documentación que corresponda para el ejercicio del comercio en la vía pública y zonas municipales; VIII. Acatar las condiciones de ubicación, dimensiones, características, diseño y color de los puestos que sean determinados por la Administración; IX. Proporcionar la información y documentación que le solicite la Administración; X. Portar gafete o credencial autorizada y expedido por la Administración correspondiente para el ejercicio del comercio en la vía pública; XI. Retirar la mercancía y mobiliario al término de su actividad comercial diaria, excepto los comerciantes con puesto fijo; XII. Abstenerse de subrogar mediante la celebración de contrato alguno sobre la autorización, licencia o permiso otorgado; XIII. Asumir las indicaciones que le notifique la Dirección de Protección Civil en el ámbito de su competencia; XIV. Conservar limpio el lugar donde realizan sus actividades comerciales y XV. Las demás que establezca el presente reglamento y disposiciones legales aplicables. |
Requisitos |
Cumplir con el tamaño establecido del puesto |
Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria |
Se verifica que el lugar pretendido por el comerciante sea el correcto y cuente con las medidas establecidas en el reglamento. Despues de realizar la inspección y verificación se procede a revisar que tenga su tarjeton a la vista y que las medidas del puesto sean las correctas.
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Derechos del sujeto obligado | Regular la correcta operación, organización y desarrollo de las actividades comerciales que se realicen en la vía pública en las modalidades de Mercado Municipal, Comercio fijo y semifijo en vía pública, ambulante y tianguis. |
Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria | A las sanciones a que puede hacerse acreedor el comerciante por los supuestosenunciados en el presente reglamento serán las siguientes: l. Apercibimiento verbal; II. Multa de una a doscientas UMA'S (Unidad de Medida y Actualización), la cual serácalificada por la Administración conforme a la gravedad de la infracción cometida; III. Suspensión del permiso para ejercerel comercio en la vía pública o espacios públicos, consistiendo desde 1 día hasta 60 días naturales, dependiendo de la gravedad de la conducta, la cual deberá de constar en el acta correspondiente; IV. Revocación del permiso para ejercer el comercio en la vía pública o espacios públicos; V. Clausura temporal del local o espacio, por medio de sellos puestos por autoridad competente; y VI. Arresto hasta treinta y seis horas. |
Tiempo aproximado de duración de la inspección, verificación o visita domiciliaria | 5 minutos |
Costos |
$ 12
Moviles=12.00 Puestos Fijos=20.00 Puestos Semifijos=17.00 Siempre y cuando que no exceda de 1.50 de frente x 1.50 de fondo.
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Formato | Sin Formato |
Facultades, atribuciones y obligaciones de la Autoridad Pública durante la inspección, verificación o visita domiciliaria | Corresponde a los Inspectores: l. Realizarrecorridos de control y vigilancia por órdenes o mandato de la Administración; II. Vigilar que los comerciantes se apeguen y respeten los términos de sus concesiones, licencias,permisos y autorizaciones, en los cuales fueron autorizados y expedidos haciendo énfasis a los días, horarios, lugares y giros que fueron autorizados, así como medidas,colindancias o limitantes especificadas, entre otros, que se señalen en el contenido del mismo; III. Mantener el orden entre los comerciantes, las personas que los auxilien y los usuarios, durante los eventos públicos; IV. Vigilar el cumplimiento de las medidas sanitarias que señala este reglamento, delos locales, puestos,espacios y mercancías, debiendo tomar las acciones preventivas en proteccióndel público yreportar cualquier incidencia a la Administración y en su caso a la autoridad de salud correspondiente; V. Medianteorden fundada ymotivada de la Administración deberán ejecutar las visitas, inspecciones, actas circunstanciadas y actas de infracción administrativa a los comerciantes; VI. Imponerlas medidas deseguridad de inmediataejecución, para prevenir un riesgo mayor, sin perjuicio de las sanciones que en su caso correspondan; VII. Encaso de dudasobre la procedencia de la infracción,deberá consultar a susuperior jerárquico, plasmando las recomendaciones recibidas en el acta que corresponda; VIII. Colocar sellos oficiales de clausura tratándose de contravenciones a los articulas 59, 70 y 73 del presente reglamento; IX. Vigilar toda actividad comercialen la vía pública que tengaun fin de lucro; X. Retirar la presencia de vendedores ambulantes que pretendan realizar actos o servicios de comercio en vía pública, mercadoso tianguis sin contar con licencia, permiso o autorización; XI. Solicitar el auxilio de Seguridad Pública Municipalpara el retiro del infractor o en caso de ser requerido para salvaguardar el orden social; y XII. Coadyuvar con las demás Direcciones Municipales en sus protocolos para los eventos públicos o masivos. |