Detalles de la Visita

Restauración, Patrimonio Funerario e Industrial. Inspección para conservación.

Datos Generales
Homoclave JM-14
Autoridad pública que aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas Del Estado
Modalidad Presencial
Tipo de inspección, verificación o visita domiciliaria Supervisión
Periodicidad Otra
¿Cual es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria? Tiene 7 objetivos:
1.- Una vez que ingresa el formato de solicitud SIR-05 en la modalidad de conservación, se realiza la visita de campo para constatar que el inmueble corresponda al señalado en el formato, se corroborarán las características arquitectónicas y planimétricas señaladas en el proyecto presentado, contra el estado real del inmueble; y se coteja el impacto de la intervención que pretenden realizar en el inmueble, para lo cual se toman medidas y fotografías detalladas.
2.- Una vez realizada la visita de campo, se elabora un diagnóstico de las condiciones del inmueble, donde se valoran las acciones de conservación solicitadas, plasmadas en memoria descriptiva y proyecto, contra las condiciones, materiales y sistemas constructivos del bien inmueble o mueble. Se muestran fotografías detalladas con explicaciones claras y soluciones alternas.
3.- Una vez que se cuente con la autorización emitida por la H. Junta de Monumentos, el inspector notificará el acuerdo al solicitante mediante el oficio, el cual indicará los trabajos que se hayan autorizado.
4.- En el transcurso de la ejecución de los trabajos de conservación, el inspector realizará visitas periódicas para verificar que éstos se efectúen de acuerdo al proyecto de conservación autorizado, hasta el término de los trabajos.
5.- Si en el proceso de la ejecución de los trabajos, se pretende realizar alguna modificación al proyecto de conservación autorizado, deberá ingresar un nuevo formato de solicitud con la nueva propuesta adjuntando la documentación correspondiente a ventanilla única de la H. Junta; una vez turnada al inspector, éste realizará la visita para verificar en sitio la factibilidad de las modificaciones pretendidas y realizará el procedimiento correspondiente para evaluar la modificación y se esté en condiciones de emitir el oficio en alcance a la autorización previa. En el proceso de evaluar la modificación, el inspector realizará vistas de inspección al inmueble para verificar que no se realicen trabajos no autorizados.
6.- Si en el proceso de la obra el inspector constata la ejecución de trabajos no autorizados por la H. Junta, este procederá a levantar acta de verificación y/o en su caso de suspensión, según lo amerite el caso.
7.- El inspector le informará al propietario(s), representante legal, o al arrendatario según sea el caso sobre el acuerdo respectivo en base a la solicitud realizada.
Observaciones Las visitas se realizarán antes durante y al término de la intervención solicitada y a solicitud de parte cuando se requiera de alguna asesoría extraordinaria.
¿Qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria? Forma parte de un trámite o servicio