REGLAS.-De Operación 2023 para el Programa de Atención Alimentaria a Personas en Situación de Emergencia y Desastre del Estado de Zacatecas.
I. FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN JURÍDICA
L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado, en mi carácter de Director General del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la familia, conforme al nombramiento de fecha tres de febrero del año dos mil veintidós, expedido en mi favor por el C. Lic. David Monreal Ávila, Gobernador del Estado de Zacatecas y con fundamento en el artículo 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículo 57 Fracción I de la Ley de Entidades Públicas Paraestatales del Estado de Zacatecas y en los artículos 44 y 48 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas así como los artículos 18, 21, 22 y 30 de la Ley de Asistencia Social del Estado de Zacatecas, publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado en fecha 04 de abril de 2007, mediante Decreto no. 442 y su última reforma de fecha 26 de diciembre de 2020, emite las presentes:
REGLAS DE OPERACIÓN 2023
PARA EL PROGRAMA DE ATENCIÓN ALIMENTARIA A PERSONAS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA Y DESASTRE DEL ESTADO DE ZACATECAS
CONSIDERANDO:
Que existe inseguridad alimentaria en la población con carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad en el Estado de Zacatecas.
Que los criterios normativos para la operación de los programas alimentarios en el SEDIF se establecen en la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario (EIASADC), lo que implica que el Sistema es el responsable del uso de los recursos para lo cual se deben elaborar y publicar las reglas de operación que cumplan tanto con lo que establece el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).
Que la razón de ser de los Programas de Alimentación y Desarrollo Comunitario que implementa el SEDIF Zacatecas, son las familias que viven en condición de pobreza alimentaria, privilegiando el desarrollo de las capacidades asociadas con la educación, la salud y la nutrición, siempre en un margen de respeto a sus características culturales y locales, potenciando acciones integrales con el fin de garantizar efectos permanentes o a largo plazo.
Que si bien la presencia de carencias asociadas a cada uno de los espacios impone una serie de limitaciones específicas que violan la libertad y la dignidad de las personas, la presencia simultánea de carencias en los espacios de los derechos sociales y del bienestar económico agrava de forma considerable sus condiciones de vida. Puesto que se trata de derechos sociales garantizados por la Constitución, cualquier privación social tiene un interés fundamental. Sin embargo, para propósitos de política pública, es prioritaria la atención de las personas que, además de presentar carencias sociales, también tienen un ingreso insuficiente. De acuerdo con el documento metodológico, se considera que una persona está en situación de pobreza multidimensional cuando tiene carencias tanto en el espacio de bienestar económico como en el de derechos sociales, por ello el SEDIF se da a la tarea de proporcionar a la población en esta condición apoyos que ayuden a mitigar la situación de pobreza, toda vez que, una persona se encuentra en pobreza multidimensional si no tiene garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos para el desarrollo social, y si sus ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades‖ (CONEVAL, 2020).
Que según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en 2020 el 17.0 % de la población de Zacatecas se encuentra en condición de pobreza alimentaria, es decir, 277.1 miles de habitantes del estado de Zacatecas, definiendo a la pobreza alimentaria como la “Incapacidad para obtener una canasta básica alimentaria, aun si se hiciera uso de todo el ingreso disponible en el hogar en comprar sólo los bienes de dicha canasta”. La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), define que hay seguridad alimentaria “cuando las personas en todo momento tienen acceso físico y económico a suficiente alimento, seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida activa y sana”.
Que el Consejo Nacional de Población (CONAPO), identifica 181 localidades de muy alta y alta marginación en el Estado de Zacatecas, con una población de 5,388 habitantes que representan el 0.33% de la población estatal, ubicando en estas poblaciones las condiciones de mayor dificultad de vida por la vulnerabilidad e inseguridad alimentaria que prevalece entre la población que en ellas habita.
Que un gran número de zacatecanas y zacatecanos encuentran agravada su vulnerabilidad socioeconómica por razones de edad (adultos mayores), condiciones físicas o mentales (personas con discapacidad), situación familiar (mujeres jefas de familia) y otras.
Que la niñez se mantiene como una de las etapas más prometedoras para lograr el desarrollo del capital humano en nuestro país. El derecho a la protección de la salud y seguridad social de niñas y niños quedó establecido como prioridad con la creación del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en 2015. En 2018 se reafirma este sistema, además de que se consolidan cada una de las autoridades, desde sus respectivas competencias para, entre otras, reducir la morbilidad y mortalidad, asegurar asistencia médica y sanitaria, haciendo hincapié en la atención primaria de este grupo de población. La ENSANUT 2018 presenta el panorama de la situación referente al acceso a salud y seguridad pública que han tenido los niños y niñas de México. Los principales indicadores considerados para representar el estado de salud de niños y niñas comprenden: la cobertura de vacunación, el porcentaje de niñas y niños con enfermedades diarreicas o infecciones respiratorias, así como la funcionalidad, los accidentes a los que están expuestos además de, los episodios y el tipo de violencia que puedan sufrir. La ENSANUT 2018 obtuvo información de 10 100 niñas y niños de 0 a 4 años de edad, y de 11 395 niños y niñas de 5 a 9 años de edad. Para Zacatecas la muestra de niñas y niños de 0 a 9 años fue de 823, de los cuales 417 son hombres y 406 son mujeres. Éstos representaron una población de 312 887, de los cuales 49.5% fueron mujeres y 50.5% fueron hombres.
Que estos antecedentes sustentan que el Gobierno del estado de Zacatecas, instrumente acciones que contribuyan a mejorar el estado de nutrición y promuevan una alimentación correcta mediante el Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días, dirigidas a la población en pobreza alimentaria, agravada por otras condiciones de vulnerabilidad social.
Que en el SEDIF Zacatecas se operan varios programas para atacar la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad. Dichos programas se desarrollan con una inversión de fuente federal por medio del Ramo 33, Fondo de Asistencia Social, para abatir de manera paulatina la pobreza alimentaria que padece el Estado de Zacatecas; de igual forma, se manejan programas que apoyan en pequeña medida a disminuir la pobreza de capacidades y de patrimonio en grupos de atención prioritaria como lo son: las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes en edad escolar, recién nacidos y las madres jefas de familia.
1.1 Descripción del problema público y la intervención
1.1.1 Definición del Problema
Existen situaciones de emergencia o desastre que afectan el acceso a la alimentación de la población en el Estado de Zacatecas.
El SEDIF debe desarrollar e implementar programas con capacidades preventivas y de respuesta inmediata, eficaz y eficiente, dirigidos a mitigar los efectos adversos de los fenómenos naturales sobre la población, principalmente sobre la más vulnerable.
1.1.2 Estado actual del problema
Los desastres naturales afectan y se deben atenuar sus estragos sobre la salud y la alimentación de la población. El estado de nutrición de la población depende de la disponibilidad, el consumo y la utilización biológica de los alimentos. Los desastres naturales pueden perjudicar el estado nutricional de la población debido a su impacto sobre uno o varios componentes de la cadena alimentaria, que
dependerán del tipo, duración y magnitud del desastre, así como de las condiciones de alimentación y nutrición que existían previamente en la zona. Se revisa la información disponible sobre alimentación y nutrición en los desastres y se identifican las medidas de control y prevención para evitar la desnutrición y conseguir la mejor alimentación en las situaciones de emergencia, incluido la alimentación de lactantes y niños pequeños. Se precisan los pasos inmediatos a dar para garantizar la eficacia de un programa de ayuda alimentaria, entre ellos, evaluar las provisiones de alimentos disponibles después del desastre, determinar las necesidades nutricionales de la población afectada, calcular las raciones alimentarias diarias y las necesidades de grandes grupos de población y vigilar el estado de nutrición de la población afectada. En los desastres es necesario mejorar el abastecimiento de alimentos con un mayor aprovechamiento de los productos cosechados y ampliar la cultura nutricional, lo que traería aparejado el incremento de la seguridad alimentaria y la prevención de la desnutrición.
1.1.3 Diagnóstico
El 73% de la entidad presenta clima seco y semiseco, el 17%, presenta clima templado subhúmedo y se localiza hacia el oeste del estado; el 6 % es muy seco se presenta hacia la región norte y noreste, el 4% restante presenta clima cálido subhúmedo y se encuentra hacia el sur y suroeste de la entidad.
La temperatura media anual es de 17°C, la temperatura máxima promedio es alrededor de 30°C y se presenta en el mes de mayo, la temperatura mínima promedio es de 3°C y se presenta en el mes de enero.
La precipitación media estatal es de 510 mm anuales, las lluvias se presentan en verano en los meses de junio a septiembre.
El clima seco y semiseco de la entidad es una limitante para la agricultura, ésta se practica de riego y temporal, siendo los principales cultivos: maíz, avena, trigo, frijol, chile, sorgo, nopal y durazno.
El estado de Zacatecas se caracteriza por una alta frecuencia de sequías, heladas tempranas y tardías, lluvias torrenciales mal distribuidas y vientos de gran intensidad.
Estos antecedentes sustentan que el Gobierno del Estado, instrumente acciones que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de la población y promuevan una alimentación correcta mediante el Programa de Atención a Población en Condiciones de Emergencia y Desastre.
En el SEDIF Zacatecas se realizan varios programas para atacar la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad, que según cifras del Consejo Nacional de la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL, 2022) afecta a 227.1 mil personas en nuestro estado lo que representa un 17% del total de la población. Dichos programas se realizan con una inversión de fuente federal por medio del Ramo 33, Fondo de Asistencia Social, para abatir de manera paulatina la pobreza alimentaria que padece el Estado; de igual forma se manejan programas que apoyan en pequeña medida a disminuir la pobreza de capacidades y de patrimonio en grupos de atención prioritaria como lo son: las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes en edad escolar, recién nacidos y las madres jefas de familia.
Pasando al tema de marginación social, de acuerdo al Censo de Población 2020, Zacatecas cuenta aún con 181 localidades de muy alta y alta marginación; desagregadas en los 58 municipios como sigue: 87 localidades en muy alta marginación y el resto 94 en alta marginación.
Ilustración 1 Indicadores de Pobreza en Zacatecas según CONEVAL (2020)
Fuente: recuperado el 20 de abril de 2022 de https://www.coneval.org.mx/coordinacion/entidades/PublishingImages/Pobreza_2020/Cuadro_1_Za catecas.JPG
2. Antecedentes
En 1929 una organización altruista “La Gota de Leche” distribuía una ración de lácteo entre los niños pobres de las zonas periféricas de la Ciudad de México. El gobierno de México vio el esfuerzo altruista y decidió crear la Asociación de Protección a la Infancia (API) con el fin de ofrecer un desayuno frío a los escolares que atendía La Gota de Leche, le llamaron “Programa de Raciones Alimenticias”.
Entre 1935 y 1945 los desayunos escolares que se entregaban a los niños consistían en un cubo de 250 ml de leche entera, emparedado, huevo cocido y un postre. El programa empezó a ser tan solicitado que en 1988 se distribuían 606 mil 700 de estos paquetes diarios, sólo en la periferia de la ciudad de México.
Pero no fue hasta el año 1989 cuando los desayunos escolares empezaron a entregarse en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México y Tlaxcala; para 1990 se agregó al estado de Aguascalientes, en 1991 la cobertura aumentó hasta Guanajuato y en 1993 el programa sumó a Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla y Veracruz. Los estados de Chihuahua, Chiapas, Coahuila, Durango, San Luis Potosí, Tabasco, Zacatecas, Querétaro y Sinaloa fueron agregados en 1994, para 1995 los 32 estados participaban del programa.
En 1997 el propio SNDIF determinó que el modelo de operación para la entrega de desayunos escolares, no permitía la flexibilidad suficiente para considerar las diferencias en torno al consumo, así como los hábitos y cultura alimentaria de cada entidad. Además, los costos de operación se elevaban, resultando ser un modelo de operación poco eficiente, por lo que se decidió compartir la responsabilidad con las diferentes entidades.
En el periodo de 2015 a 2017 se dio relevancia al tema de focalización para la operación de los programas alimentarios y se formalizaron los Comités, con la finalidad de fortalecer la participación social, la rendición de cuentas, la trasparencia en la aplicación del recurso, vigilancia y seguimiento a la operación de los programas alimentarios.
De esta manera, se llevó a cabo la descentralización de los programas alimentarios. Es a partir de ésta, que en 2001 el SNDIF convocó a los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) para desarrollar un proyecto de coordinación para la operación de los programas alimentarios. Se conformaron comisiones de trabajo, en las que se llegó a la conclusión de que era necesaria la creación de una estrategia que permitiera retomar las diferentes modalidades de operación de los programas alimentarios, que los SEDIF estaban operando. El resultado de este trabajo fue la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria (EIASA), formada por cuatro programas, además de acciones de focalización, orientación alimentaria y aseguramiento de la calidad. Los Programas establecidos fueron el Programa de Desayunos Escolares, Programa de Asistencia Social Alimentaria a Menores de Cinco Años en Riesgo, no Escolarizados, Programa de Asistencia Social Alimentaria a Familias en Desamparo y Programa de Asistencia Social Alimentaria a Sujetos Vulnerables. El objetivo de la Estrategia fue contribuir a mejorar el estado de nutrición de los sujetos de asistencia social, misma que ha evolucionado de acuerdo con el contexto actual de salud y nutrición.
A partir de 2019 se trabajó en la construcción de una nueva estrategia integral a favor de la alimentación saludable, sostenible y justa para la niñez y la población en condiciones de vulnerabilidad, que contribuya a revertir las tendencias y cifras crecientes de los problemas de malnutrición, pero que, además, se enriqueciera con el fomento de la participación social y la promoción de la salud para contribuir al desarrollo de las comunidades más vulnerables de nuestro país.
En el año 2020 se amplió la variedad de insumos en las dotaciones alimentarias para la preparación de raciones nutritivas y se promueven estrategias sólidas de orientación y educación alimentaria. El Programa Comunidad DIFerente, se convierte en el Programa de Salud y Bienestar Comunitario. Se consolida un enfoque alimentario y de desarrollo comunitario, se une en una sola estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y de Desarrollo Comunitario en favor del bienestar de la población en condiciones de vulnerabilidad.
3. Glosario de términos
Almacén: El Almacén Central del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas.
AGEB: Es la extensión territorial que corresponde a la subdivisión de las áreas geoestadísticas municipales. Constituye la unidad básica del Marco Geoestadístico Nacional y, dependiendo de sus características, se clasifican en dos tipos: urbana y rural.
AGEB urbana: Área geográfica ocupada por un conjunto de manzanas que generalmente va de 1 a 50, perfectamente delimitadas por calles, avenidas, andadores o cualquier otro rasgo de fácil identificación en el terreno y cuyo uso del suelo sea principalmente habitacional, industrial, de servicios, comercial, etcétera, sólo se asignan al interior de las localidades urbanas.
AGEB rural: Subdivisión de las áreas geoestadísticas municipales que se ubican en la parte rural, cuya extensión territorial es variable y se caracteriza por el uso del suelo de tipo agropecuario o forestal. Contiene localidades rurales y extensiones naturales como pantanos, lagos, desiertos y otros, delimitada por lo general por rasgos naturales (ríos, arroyos, barrancas, etcétera) y culturales (vías de ferrocarril, líneas de conducción eléctrica, carreteras, brechas, veredas, ductos, límites prediales, etcétera).
Alimentación complementaria: Es el proceso que se inicia con la introducción paulatina de alimentos diferentes a la leche humana, para satisfacer las necesidades nutrimentales de la niña o el niño, se recomienda después de los 6 meses de edad.
Alimentación correcta: Hábitos alimentarios que, de acuerdo con los conocimientos reconocidos en la materia, cumplen con las necesidades específicas de las diferentes etapas de la vida, promueven en las niñas y los niños el crecimiento y desarrollo adecuados, y en los adultos, permiten conservar o alcanzar el peso esperado para la talla y previenen el desarrollo de enfermedades.
Análisis de laboratorio de los insumos: Procedimiento químico por el cual se analizan las características físicas, químicas, biológicas y de inocuidad de los alimentos.
Apoyo Alimentario: Dotación de alimentos básicos diseñada en base a los Criterios de Calidad Nutricia emitidos por el SNDIF.
Aseguramiento de la calidad alimentaria: Conjunto de acciones planificadas y sistematizadas, necesarias para proporcionar la confianza de que los insumos alimentarios que se entregan a los beneficiarios no afecten su salud.
Azúcares añadidos: Azúcares añadidos a los alimentos y bebidas durante la elaboración industrial o la preparación casera.
Beneficiarios: Población a la que van dirigidas los programas y apoyos de asistencia social.
Cadena de suministro: Secuencia de las etapas y operaciones involucradas en la producción, procesamiento, distribución, almacenamiento y manipulación de un alimento y sus ingredientes, desde su producción primaria hasta su consumo.
Calidad: Propiedades y características de un producto o servicio para satisfacer las necesidades específicas o implícitas de los consumidores.
Capacitación: Proceso de formación destinado a promover, facilitar, fomentar y desarrollar las aptitudes, habilidades o conocimientos de las personas, con el fin de permitirles mejores oportunidades y condiciones de vida.
Cédula de inspección a almacenes: Herramienta de verificación que incluye los requisitos mínimos establecidos en la normatividad oficial vigente, que permite evaluar las buenas prácticas de almacenamiento que deberá cumplir un almacén.
Cereales de grano entero: Cereal de granos intactos que, al someterse a un proceso de molienda, rompimiento, hojuelado, entre otros, conserva sus principales componentes anatómicos y están presentes en una proporción relativamente igual a la existente en el grano intacto original, logrando esto de manera natural o a través de medios tecnológicos.
Contaminación: Presencia de materia extraña, sustancias tóxicas o microorganismos, en cantidades que rebasen los límites permisibles establecidos por la Secretaría de Salud o en cantidades tales que representen un riesgo a la salud.
Comité: Grupo de personas con representación de la comunidad o grupo organizado para participar en los programas de los que son beneficiarios.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Contraloría Social: es el mecanismo de participación ciudadana ejercido por los Beneficiarios de los Programas Estatales de Desarrollo Social, quienes de manera organizada realizan acciones de vigilancia, seguimiento y evaluación de dichos programas, respecto del cumplimiento de las metas y acciones establecidas para la correcta aplicación de los recursos públicos asignados, así como el adecuado actuar de los servidores públicos responsables.
Cultura alimentaria: Manifestación singular de un grupo social relativa a sus hábitos de consumo de alimentos, con base en su acervo culinario, el cual está conformado por factores geográficos, económicos, sociales, religiosos e históricos.
Criterios de calidad nutricia: Herramienta conceptual, flexible a diferentes contextos, para orientar el diseño de dotaciones alimentarias y menús cíclicos que cumplan con las características de una dieta correcta.
Desastre: Resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural o por la actividad humana (antropogénicos), que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
Desnutrición: Al estado patológico inespecífico, sistémico y potencialmente reversible que se genera por el aporte insuficiente de nutrimentos, o por una alteración en su utilización por las células del organismo. Se acompaña de varias manifestaciones clínicas y reviste diversos grados de intensidad (leve, moderada y grave).
Dieta correcta: A la que cumple con las siguientes características de la dieta correcta: completa, equilibrada, inocua, suficiente, variada y adecuada.
Dotación alimentaria: paquete conformado por insumos que forman parte de la cultura alimentaria de los beneficiarios, de acuerdo con los criterios de calidad nutricia, que contribuye a promover una alimentación correcta y que se otorga a través de los programas de atención alimentaria.
EIASADC: Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario.
Especificaciones técnicas de calidad: Características o requisitos que deben cumplir los insumos alimenticios de acuerdo con la EIASADC.
Estado de nutrición o estado nutricio: Es el resultado del equilibrio entre la ingestión de alimentos (vehículo de nutrimentos) y las necesidades nutrimentales de los individuos; es asimismo consecuencia de diferentes conjuntos de interacciones de tipo biológico, psicológico y social.
Etiqueta: Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida, sobrepuesta o fijada al envase del producto preenvasado o, cuando no sea posible por las características del producto, al embalaje.
Fibra dietética: Parte comestible de las plantas o hidratos de carbono que son resistentes a la digestión y a la absorción en el intestino delgado humano y que sufren una fermentación total o parcial en el intestino grueso; se encuentra en leguminosas, cereales integrales, verduras y frutas. La fibra dietética incluye polisacáridos, lignina y otras sustancias asociadas a las plantas y se les divide en solubles e insolubles. Su consumo insuficiente se ha asociado con la aparición de enfermedades crónicas.
Focalización: Asegurar que los beneficios de las acciones lleguen a las familias que más requieren las intervenciones públicas, para concentrar la atención sobre un determinado problema o necesidad.
Frutas y hortalizas deshidratadas: Productos frescos, sanos y limpios, enteros o divididos, con madurez apropiada, a los cuales se les ha eliminado parcial o totalmente el agua mediante métodos naturales o artificiales.
Grupos de atención prioritaria: Son aquellos a quienes se ha identificado que deben ser atendidos de manera preferente, a través de programas especiales y estrategias, con la finalidad de alcanzar un equilibrio social.
Hábitos alimentarios: Conjunto de conductas adquiridas por un individuo, por la repetición de actos en cuanto a la selección, preparación y consumo de alimentos; se relacionan principalmente con las características sociales, económicas y culturales de una población o región determinada. Los hábitos generalizados de una comunidad suelen llamarse costumbres.
Inocuo: Concepto que implica que un alimento no causará daño al consumidor cuando se prepara y/o consume de acuerdo con el uso a que se destina.
Lactancia materna: Alimentación de los niños con leche materna, se sugiere que sea exclusiva los primeros seis meses y complementada por dos años o más.
Localidad: Todo lugar ocupado con una o más viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no; este lugar es reconocido por un nombre dado por la ley o la costumbre; por la cantidad de población, se dividen en urbanas (mayores de 2,500 habitantes) y rurales (menores de 2,500 habitantes) de acuerdo con Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Menú cíclico: Serie de menús planificados para un periodo específico que evita la repetición de platillos y la monotonía.
Niñas y niños: Personas de hasta 12 años incompletos, tal como lo establece el Artículo 2 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Obesidad: Enfermedad caracterizada por el exceso de tejido adiposo en el organismo. Se determina la existencia de obesidad en adultos cuando existe un índice de masa corporal mayor de 30 kg/m². Se debe a la ingestión de energía en cantidades mayores a las que se gastan, acumulándose el exceso en el organismo en forma de grasa.
Orientación y educación alimentaria (OEA): Conjunto de acciones enfocadas en transmitir nuevos conocimientos, así como reforzar aquellas buenas prácticas que realiza la comunidad, a través de diferentes actividades que motiven a tener actitudes saludables, mismas que, con el tiempo, se conviertan en acciones cotidianas (hábitos).
Participación Social: Proceso que permite involucrar a la población, autoridades locales, instituciones públicas y a los sectores social y privado en la planeación, programación, ejecución y evaluación de los programas y acciones de salud, con el propósito de lograr un mayor impacto.
PED: Plan Estatal de Desarrollo 2022- 2027.
Población objetivo: Población específica que un programa tiene planeado o programado atender para cubrir la población potencial y que cumple con los criterios de elegibilidad establecidos en su normatividad.
Prácticas de higiene: Medidas necesarias que se realizan durante las diferentes etapas de la cadena alimentaria, para garantizar su inocuidad.
Primeros 1000 días: El periodo de vida desde la concepción hasta los dos años de edad cumplidos. Proyecto Productivo: Consiste en la implementación de proyectos productivos de siembra o de animales considerados como pequeñas especies.
Pulpas o colados de frutas o verduras: Productos que han sido deshuesados, molidos o tamizados, sometidos a tratamiento térmico hasta su concentración y adicionados, o no, de ingredientes opcionales y aditivos para alimentos.
Ración alimentaria: Platillo preparado que se ofrece en los espacios alimentarios.
SAyDC: Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario
Seguridad alimentaria: Acceso físico y económico de todas las personas, en todo momento, a los alimentos inocuos y nutritivos que se requieren para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida saludable y activa.
SEDIF: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas.
Seguimiento de Proyectos: Documento que permite conocer el estado actual, avances y resultados del proyecto productivo.
SMDIF: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia. SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. SFP: La Secretaria de la Función Pública del Estado de Zacatecas.
SIIAS: Sistema electrónico para la captura de información de beneficiarios (padrón) que lleva por nombre “Sistema de Información Integral sobre Asistencia Social”.
SIPAB: Sistema de Padrón de Beneficiarios de programas estatales de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas.
Situación de emergencia: Condición que puede causar un daño y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un agente perturbador.
Sodio: Nutrimento inorgánico, que constituye el principal catión del espacio extracelular y su contenido corporal, está regulado a través de la función renal. Regula el volumen, la presión osmótica, y la carga eléctrica del fluido extra-celular. Interviene en la contracción muscular, la conducción nerviosa, la absorción de algunos nutrimentos y, en menor grado, en la constitución de los huesos.
Solicitud: Documento elaborado en base a un formato oficial establecido, mediante el cual los interesados en participar del Programa, solicitan su incorporación comprometiéndose a cumplir con la documentación requerida y con las presentes Reglas de Operación.
Vigilancia del estado nutricional: Conjunto de procedimientos sistemáticos que permiten identificar, seguir y evaluar las condiciones de nutrición en forma individual y colectiva, indispensable para la toma de decisiones.
Vulnerabilidad Social: La condición de riesgo que padece un individuo, una familia o una comunidad, resultado de la acumulación de desventajas sociales e individuales, de tal manera que esta situación no pueda ser superada en forma autónoma y queden limitados para incorporarse a las oportunidades de desarrollo.
4. Objetivo
Favorecer el acceso de las personas en condición de emergencia o desastre, a alimentos inocuos y nutritivos, a través de apoyos alimentarios temporales, diseñados con base en criterios de calidad nutricia y acompañados de acciones de orientación alimentaria y aseguramiento de la calidad para contribuir a que ejerzan su derecho a la alimentación.
4.1. Objetivos específicos
• Atender a los grupos prioritarios que estén afectados por desastres naturales y/o emergencia, en cuyo caso se proporcionará el primer alimento en coordinación con las instituciones a cargo de la atención de la emergencia.
• Impulsar la participación y organización social con perspectiva de género. Para la operación del mismo, se consideran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad de género.
4.2 Alineación con Instrumentos Programáticos Alineación al Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 Principio rector: 2. Bienestar para Todos
Políticas públicas: 9. Atención a Grupos Vulnerables
Fortalecer los mecanismos y programas para la atención de la infancia. Promover acciones para el desarrollo digno de los adultos mayores. Fortalecer la atención a personas en condiciones de vulnerabilidad. Brindar y fortalecer la atención a las personas con discapacidad.
Alineación al Programa General Prospectivo 2033
Estrategia de Intervención: Sociedad con Bienestar.
Componente Estratégico: Lograr la cobertura universal en servicios sanitarios y en el acceso a los nutrientes básicos.
Alineación a derechos humanos
16. Derecho a la Alimentación
Alineación a objetivos de desarrollo sostenible (ODS)
ODS 1. Fin de la pobreza ODS 2. Hambre cero
5. Cobertura
Estatal, en los cincuenta y ocho municipios del estado, localidades y AGEB rurales y urbanas, brindando los apoyos en las zonas de atención prioritaria y a las comunidades de alta y muy alta marginación preferentemente.
6. Población y focalización
6.1 Población potencial
1’622,128 equivalente a la Población total en Zacatecas, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 de INEGI. Así como las personas en condiciones de movilidad humana.
6.2 Población Objetivo
a) Personas que han sido afectadas por la ocurrencia de fenómenos destructivos naturales y/o antropogénicos que, por sus condiciones prioritarias, requieren apoyo institucional para enfrentarlos.
b) Personas migrantes y personas en situación de calle. La entrega del apoyo será temporal.
6.3. Criterios de focalización
Por la naturaleza del programa, como único criterio de selección se considera a las familias afectadas por fenómenos destructivos naturales y/o antropogénicos que, por sus condiciones prioritarias, requieren apoyo institucional para enfrentarlos, así como, migrantes y personas en situación de calle.
6.4. Requisitos de selección de beneficiarios
La selección de beneficiarios deberá respaldarse con los siguientes documentos que sirven como comprobación de los criterios de elegibilidad:
1. Estudio Socioeconómico que avale la situación de vulnerabilidad por lo cual se le incluye como beneficiario.
2. Identificación oficial. (Acta de Nacimiento, INE, constancia de identidad y/o pasaporte vigente)
3. Copia de la CURP
4. Comprobante de domicilio.
Dependiendo de la gravedad de la emergencia y/o desastre el SEDIF, en conjunto con las Dependencias que atienden la misma, determinarán si es posible solicitar estos documentos o llevar solamente un registro de las personas beneficiadas.
6.5 Métodos y/o procedimientos de selección
Ante una situación de emergencia o desastre, los SEDIF y SMDIF, deberán coordinar la entrega de apoyos alimentarios, a través de los Comités Estatales y Municipales APCE, dependiendo de la gravedad y necesidades tras el fenómeno natural o antropogénico.
Cuando así se considere, podrán transferir los recursos de los otros programas alimentarios al programa de Atención Alimentaria a Personas en Situación de Emergencia o Desastre, para atender a la población que así lo requiera.
La atención brindada a través de este programa deberá otorgarse en el marco del principio de protección a la primera infancia y del interés superior de la niñez, contribuyendo a aliviar el dolor y el impacto social, así como psicológico después de un desastre, fortaleciendo la resiliencia en la población afectada. En el caso específico de la población migrante se deberá priorizar preferentemente la atención a niñas, niños y adolescentes (NNA) no acompañados.
Cuando así aplique, el SEDIF brindará orientación y supervisará la conformación del padrón de beneficiarios que realiza el SMDIF, el cual deberá oficializarse mediante la captura en el SIIAS para su posterior integración en el SIPAB.
En caso de que al acercarse el final del ejercicio fiscal no se hubiera presentado alguna condición de emergencia, el SEDIF podrá destinar los recursos o insumos de este programa a otros de la Estrategia.
6.6 Programas potencialmente complementarios.
Protección Civil
Se encarga del cumplimiento de algunas o de todas las tareas humanitarias destinadas a proteger a la población contra los peligros de las hostilidades y de las catástrofes y a ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos, así como a facilitar las condiciones necesarias para su supervivencia.
Protocolo de Atención de Emergencias (CMIC).
El cual contempla la prevención, atención y recuperación en emergencias, entendiéndose como la sumatoria de acciones, estrategias y recursos técnicos para prevenir, controlar y recuperarse de aquellos eventos que puedan generar un impacto negativo sobre la sociedad mexicana, los bienes, y el medio ambiente.
7. Características de los Apoyos
7.1 Tipo de Apoyo
Apoyos en especie consistentes en dotaciones de alimentos básicos.
Considerando que la alimentación juega un papel importante en la prevención y mitigación frente a los riesgos posteriores a un desastre, es necesario tomar en cuenta que:
La dieta de sobrevivencia (1er semana), para el caso de los adultos, se considera de al menos 1500 kcal diarias para cubrir las necesidades básicas per cápita de energía (Menchú, 1998).
La dieta de mantenimiento, para el caso de adultos, se considera de al menos 1800 kcal diarias (Menchú, 1998).
Conformación de Menús Cíclicos para Espacios Alimentarios:
El SEDIF deberá elaborar y entregar solamente 20 menús cíclicos para los espacios alimentarios, en cuyo diseño se deberán considerar los siguientes puntos:
1. Bebida. Se recomienda brindar algún alimento o bebida caliente (té, café, leche, atole, consomé o sopa, entre otros) o fría dependiendo el clima del lugar, las que brindan un apoyo emocional (Ministerio de Salud de Panamá, 2002).
Para el caso de menores de un año, organizaciones como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), aconsejan evitar la distribución, adquisición o donación de sucedáneos de leche materna o leche en polvo, y por el contrario, se recomienda implementar medidas urgentes de promoción, protección y apoyo a la lactancia materna, alimentación complementaria adecuada, así como un ambiente que favorezca los cuidados de los menores de dos años de edad (Global Nutrition Cluster, 2008).
2. Platillo fuerte. Debe incluir al menos una ración de cereales integrales, leguminosas y/o alimentos de origen animal y, además, un mínimo de 70g de verduras.
3. Fruta. Incluir al menos una ración de 20g de fruta deshidratada o 70g de peso neto de fruta fresca. Conformación de Dotaciones:
La dotación a entregar, deberá estar conformada por al menos 7 insumos diferentes, integrada por los siguientes alimentos básicos y por uno o más de los alimentos denominados complementarios:
• Alimentos básicos, incluir al menos:
Dos cereales que sean fuente de fibra dietética.
Dos alimentos que sean fuente de calcio. En caso de incluir leche, ésta deberá ser descremada, si es deslactosada deberá ser baja en grasas también.
Dos variedades de leguminosas (frijol, lenteja, garbanzo, haba, entre otros).
• Alimentos complementarios:
Alimento fuente de proteína de origen animal y/o hierro hemínico.
Verduras (En caso de otorgar mezclas de verduras no deberán contener papa ni elote.
Frutas
Incluir alimentos de fácil almacenamiento, transportación y preparación, considerando que durante una emergencia no siempre se cuenta con las condiciones para la preparación de alimentos calientes, reconstitución de alimentos deshidratados o conservación de alimentos perecederos.
• Incluir alimentos que, por su naturaleza, permitan conservar su inocuidad hasta el momento de su consumo.
• Se permitirá la inclusión de huevo en polvo, pastas para sopas instantáneas (de acuerdo con los límites de sodio establecidos), fruta deshidratada y polvo para preparar gelatina light (excepto a población infantil).
• Evitar cualquier alimento que contenga 300mg de sodio o más, en 100 g de producto.
• Para el huevo en polvo se deberá asegurar el abastecimiento o disponibilidad de agua potable o leche para su preparación.
A fin de operar el programa, se debe incluir en el PAAA y en caso de emergencia o desastre, coordinarse con el área responsable de la Atención a Población en Condiciones de Emergencia (APCE).
En todos los casos en que el SEDIF esté en posibilidad de recibir una donación, consultará al SNDIF, quien emitirá una recomendación para la aceptación del insumo asegurándose del cumplimiento de los criterios Calidad Nutricia y de Aseguramiento de la Calidad Alimentaria, buscando siempre evitar cualquier conflicto de interés. En caso de que, debido de la emergencia, lo anterior no sea posible, el SEDIF realizará la justificación correspondiente sobre la aceptación del tipo de insumos y su distribución, enviando las evidencias pertinentes.
7.2 Unidad y periodicidad de los apoyos
Dependiendo de la gravedad de la emergencia y/o desastre el SEDIF, en conjunto con las Dependencias que atienden la misma, determinarán cantidades y periodicidad de entrega.
7.3 Criterios de selección para los insumos
Los alimentos deben ser de calidad e inocuos de acuerdo a las bases para la integración de los apoyos alimentarios que son distribuidos entre la población beneficiaria. Su intención es regular la conformación de menús y dotaciones, de manera que éstos sirvan para promover una alimentación correcta. La norma que aplica como base el SEDIF para llevar a cabo dichas acciones, es la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
Es importante destacar que el Programa de a Personas en Situación de Emergencia y Desastre deberá acompañarse de acciones en orientación y educación alimentaria y aseguramiento de la calidad e inocuidad alimentaria para la promoción de una alimentación correcta enfocadas en la selección, preparación y consumo de alimentos, y que formen parte de la cultura alimentaria, incentivando la participación comunitaria para crear corresponsabilidad entre los beneficiarios, lo anterior, conforme la emergencia o desastre lo permita.
Los apoyos alimentarios deberán incluir alimentos de los 3 grupos referidos en la NOM-043-SSA2- 2012, verdura y fruta, cereales, leguminosas y/o alimentos de origen animal e insumos que fomenten hábitos de alimentación correcta, como:
• Cereales integrales o sus derivados, elaborados con granos enteros o a partir de harinas integrales.
• Una amplia variedad de leguminosas, entre las que se encuentran: frijoles, lentejas, habas, garbanzos, chicharos secos, entre otras.
• Alimentos que sean fuente de calcio, por ejemplo, tortilla de nixtamal, charales, sardinas, leche y sus derivados.
• En el caso de la leche, ésta deberá otorgarse sin saborizantes, ni edulcorantes calóricos (azúcar) ni no calóricos (sustitutos de azúcar). Tampoco deberá contener grasa vegetal o cualquier otra sustancia que no sea propia de la leche.
• Alimentos que no sean fuente importante de azúcares, grasas, sodio, y/o harinas refinadas o que por su apariencia puedan parecer dulces, botanas, golosinas o postres.
8. Acciones transversales
8.1 Orientación y Educación Alimentaria Objetivo de la Orientación y Educación Alimentaria Tipo de apoyo: talleres y/o capacitaciones.
Promover la integración de una alimentación correcta, a través de acciones formativas y participativas con perspectiva familiar, comunitaria, de género y regional, a fin de empoderar a los beneficiarios de los programas para la toma de decisiones saludables. De esta manera, se resalta la importancia de mantener el desarrollo de conocimientos básicos y habilidades en alimentación correcta, incluyendo a su vez, la generación de estrategias integrales enfocadas en el cambio de comportamiento de la población a distintos niveles (NOM 043-SSA2-2012).
Población a la que va dirigida la orientación y educación alimentaria
Ante la situación de inestabilidad se deberá promover e impulsar entre la población:
• La importancia de conservar la lactancia materna en situaciones de emergencia o desastre, y ofrecer ayuda emocional a las madres lactantes para lograrlo.
• La cloración y el uso de agua hervida o embotellada.
• Medidas de higiene como: lavado de manos, lavado correcto de alimentos crudos, cocción correcta, así como conservación y manejo de alimentos.
Las herramientas sugeridas para la implementación de la OEA son:
a. Diseño de campaña para fomentar la lactancia materna en cualquiera de las situaciones anteriormente mencionadas.
b. Campaña de higiene basada en la Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
8.2 Aseguramiento de la Calidad Alimentaria
Será responsabilidad de cada SEDIF y SMDIF, asegurar las medidas de calidad e inocuidad durante el almacenamiento, la entrega y el consumo de los alimentos, por lo que se deberán tomar en cuenta lo establecido en la línea transversal de Aseguramiento de la Calidad Alimentaria. En caso de instalarse puntos en donde se preparen alimentos, éstos no deberán encontrarse cerca de sitios utilizados o asignados para defecar, desagües para aguas negras, depósitos de basura o cualquier otro similar que pudiera comprometer la inocuidad de los alimentos y en consecuencia la salud de los beneficiarios. Se deberá de verificar que la calidad del agua utilizada sea potable y para consumo humano, así como el abastecimiento de la misma, para poder cubrir las necedades básicas de la población objetivo, incluyendo la requerida para la elaboración de alimentos y adecuadas prácticas de higiene.
8.3 Organización y Participación Comunitaria
La participación social y comunitaria es un eje imprescindible del desarrollo humano. Ésta fortalece el sentido de pertenencia a un grupo, a través del cual se facilita el ejercicio de derechos, así como la mejora de los determinantes sociales de la salud. Las personas involucradas en la implementación de proyectos para el bien común desarrollan capacidades de cooperación, solidaridad y autogestión, fundamentales para lograr la sostenibilidad de los proyectos.
Asimismo, para lograr la participación hay que considerar una serie de acciones y principios que fomenten la salud y el bienestar comunitario, así como motivación para la transformación de una realidad adversa. Esta participación se caracteriza por ser:
• Voluntaria (no remunerada)
• Libre (no condicionada)
• Consciente (sabiendo que implica compromisos)
• Solidaria (por ayudar a otros)
• Por niveles (con opciones de participación según interés y posibilidad: desde opinar y asistir, hasta el seguimiento en la utilización de recursos y en la toma de decisiones)
• Universal (todos pueden participar sin distinción de educación, jerarquía, sexo, edad, posición económica, étnica, discapacidad, etc.).
La participación comunitaria, se concibe como la generación planificada e intencionada de escalones de participación cada vez más amplios. Si una comunidad o grupo está en proceso de ampliación y profundización de la participación social, existirían distintas posibilidades o escalones para participar, según el nivel de compromiso y corresponsabilidad que la gente adquiriera, sin embargo, se debe considerar que, entre más escalones hay, mayores son las posibilidades de participación. Un escenario posible en la participación comunitaria de los integrantes de una comunidad o grupo tendría como referencia la construcción de procesos sociales con un encuadre (normas, consignas y valores) diseñado colectivamente, manteniendo la organización como una necesidad, cooperando con sus recursos, comprometiéndose con la acción comunitaria para obtener logros materiales y humanos en beneficio de la comunidad, el grupo, la familia y para sí mismo. La participación debe ser valorada como el motor del hacer comunidad, como el instrumento a través del cual se cristalizan las decisiones, las aspiraciones y los valores del ser “sujeto” y del ser “comunidad”.
8.4 Organización comunitaria
La organización comunitaria implica la reconstrucción del tejido social, que en ocasiones se desgasta en los diversos espacios de convivencia, con impactos cada vez más visibles entre la población en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, incrementando riesgos. Es por eso que, resulta
imprescindible propiciar que la comunidad o el grupo, articulen procesos tendientes al ejercicio de sus derechos, a la recreación de su cultura y, fundamentalmente, a la toma de decisiones de lo que les atañe en la vida comunitaria. El fomentar la organización y participación comunitaria, siendo estos componentes inseparables del hacer comunidad, se convierten en valores instrumentales para arribar a formas superiores de desarrollo humano.
Como producto del proceso donde la participación y la organización se implementan, ocurre el empoderamiento de la comunidad o el grupo, donde las personas logran el poder, el control, el dominio sobre sí mismos, su convivencia y su vida. Aquí convergen el sentimiento de control personal y el interés por el bienestar social real, encaminado a un desarrollo comunitario.
8.5 Mecanismo de Participación Ciudadana
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, a efecto de que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, elaborada por la Instancia Ejecutora y validada por la Secretaría de la Función Pública; y demás documentos normativos establecidos por el Programa, promoviendo la participación de hombres y mujeres preferentemente de forma equitativa en la Conformación de los Comités de Contraloría Social.
Mecanismo de Participación Ciudadana
1. Datos Generales del Mecanismo de Participación Ciudadana
a) Institución que lo coordina: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.
b) Área dentro de la Institución responsable de la coordinación del mecanismo: Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario.
c) Nombre del mecanismo: Atención a sugerencias, quejas y denuncias.
d) Objetivo general del mecanismo: La corresponsabilidad, rendición de cuentas, la transparencia en la aplicación del recurso, la vigilancia y seguimiento a la operación del programa.
e) Tema central a desarrollar por el mecanismo: Participación Social
f) Requisitos para acceder al mecanismo de participación: Ser población beneficiaria del programa, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el programa.
g) Principal sustento jurídico que da origen al mecanismo:
Reglas de Operación del Programa Atención Alimentaria a Personas en Situación de Emergencia y Desastre 2023.
2. Vigencia: Temporal, de enero de 2023 a diciembre de 2023.
3. Tipo de Participación: De monitoreo.
4. Modalidad de la Participación: Presencial
5. Forma o Figura de la Participación: Participación Social.
6. Nivel de Incidencia del Mecanismo de Participación: Vigilancia.
7. Cobertura Territorial del Mecanismo: Estatal
8. Convocatoria para Participar en el Mecanismo:
Los beneficiarios, los representantes de los SMDIF u otras organizaciones y la población en general pueden acudir en cualquier momento al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente en la entrega de apoyos alimentarios. Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana.
9. Monitoreo y Seguimiento: Se debe promover la participación de la población beneficiaria de todos los programas operados con recursos federales, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el Programa. Lo anterior será a través de la integración, operación y vinculación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en cada uno, así como de la correcta aplicación de los recursos federales asignados al mismo.
10. Datos de Contacto del Responsable Institucional del Mecanismo de Participación Ciudadana:
Nombre: Juan Francisco Apellido Paterno: Díaz Apellido Materno:
Cargo: Subdirector de Alimentación y Desarrollo Comunitario
Estado: Zacatecas Municipio: Zacatecas Colonia: Hidráulica Calle: Rio Lerma Número exterior: 100 Número interior:
Código Postal: 98608
Teléfono: 4929242337
Extensión: 102
Correo electrónico: alimentariazacatecas@gmail.com
8.5 Protección y promoción de los derechos humanos de las personas en situación de vulnerabilidad.
Objetivo. - Promover el ejercicio de los derechos humanos de todas las personas que se encuentran en una situación particularmente vulnerable y que enfrentan obstáculos para acceder al derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a la salud y el bienestar; así como a un desarrollo integral. Esta línea transversal busca la implementación de acciones en tres sentidos:
1. Empoderamiento, promoción y restitución de derechos que contribuyan a la superación de toda forma de discriminación, violencia y abuso.
2. Promoción de la equidad social.
3. Integración o reintegración social, con pleno respeto a su dignidad.
8.6 Acciones de Fortalecimiento
Materiales de Consulta y Difusión
Como parte de las acciones de seguimiento en materia de Aseguramiento de la Calidad para la operación del Programa, el SEDIF realizará el desarrollo y/o actualización de documentos, manuales de procedimientos, guías, entre otros, los cuales serán difundidos a los SMDIF. Asimismo, para la difusión de temas relevantes en la materia, se deberán desarrollar materiales ya sea físicos y/o digitales, dirigidos a los beneficiarios, transmitiendo la importancia de la calidad e inocuidad de los alimentos.
Capacitación
El SEDIF, en coordinación con el SMDIF, deben transmitir la importancia de asegurar la calidad de los apoyos alimentarios, el papel que juegan dentro de ésta, el por qué y para qué se hace, con el fin de hacer entender a los comités, las y los beneficiarios, que las actividades que se realicen impactarán en la calidad e inocuidad de los insumos que conforman dichos apoyos.
Las capacitaciones deben planearse para evaluar las necesidades del personal que participará en ellas y, en concordancia con esto, diseñarlas a su medida; además, deberán ser continuas y actualizadas, con la intención de obtener los cambios esperados. Es recomendable que sean interactivas y presentarlas en segmentos cortos que ayuden a una mejor comprensión de los temas. La capacitación es fundamental, ya que implica el entrenamiento antes de la ejecución y los temas que se expongan deben ser entendibles.
La capacitación se encargará de instruir a los participantes en los conocimientos necesarios y cómo aplicarlos, además de incluir la enseñanza de nuevas habilidades, métodos y procedimientos que induzcan a un cambio de hábitos.
La impartición de las capacitaciones deberá de realizarse en todos los niveles de la cadena de suministro, desde el almacenamiento y hasta el beneficiario. De acuerdo con nivel de aplicación, de manera enunciativa, más no limitativa se deben incluir temas de capacitación en:
• Buenas prácticas de almacenamiento.
• Sistema Primeras Entradas-Primeras Salidas (PEPS).
• Buenas prácticas en la elaboración de los alimentos.
9. Derechos, obligaciones y sanciones.
9.1 Son Derechos de las y los Beneficiarios
• Los beneficiarios tienen derecho a recibir por parte del SEDIF y del SMDIF y de todos las dependencias que apoyan en la emergencia o desastre, un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de sexo, grupo étnico, situación de discapacidad, condición social, condiciones de salud, filiación política, opiniones, preferencias, estado civil, religión o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar sus derechos y libertades.
• Solicitar y recibir información clara, sencilla y oportuna sobre la operación del programa y los requisitos para participar en el mismo.
• Gestión e incorporación gratuita de los beneficios del programa.
• Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias.
9.1.1 Son obligaciones de los beneficiarios
• Proporcionar información veraz para el levantamiento del estudio socioeconómico.
• Presentar la documentación que se requiere para la conformación del expediente individual.
• Hacer un uso adecuado de los apoyos recibidos y de las acciones complementarias.
• Cumplir con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
9.1.2 Son obligaciones de los Comités
• Apoyar a las autoridades competentes mediante la preparación y servicio de alimentos en el Espacio Alimentario a la población afectada por situaciones de riesgo, emergencia o desastres naturales o antropogénicos.
• Verificar el cumplimiento en la recepción y entrega de las dotaciones, mediante el seguimiento, la supervisión y la vigilancia del programa que se recibe apoyando los procesos de transparencia, el uso de los recursos y la rendición de cuentas.
• Implementar las medidas de control necesarias para garantizar el cumplimiento con lo establecido en la Guía de Aseguramiento de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos emitida por el SNDIF.
• Suministrar las frutas y hortalizas, preferentemente de producción local, que complementen los apoyos alimentarios proporcionados por el SEDIF, fomentando el consumo de agua simple y el ejercicio físico.
• Asegurar el adecuado manejo de los apoyos alimentarios recibidos, garantizando su uso y preparación exclusiva para el espacio alimentario.
• Cumplir con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
9.1.3 Son obligaciones del SEDIF.
• Elaborar los calendarios para la entrega conjunta de los apoyos alimentarios a las personas beneficiarias, debiendo informar con anticipación a los SMDIF para su participación en términos de las presentes Reglas de Operación.”
• Difundir entre los 58 Municipios del Estado la información sobre objetivos y operación del Programa, destacando la importancia de la focalización para el aprovechamiento de los recursos.
• Operar el programa en estrecha coordinación con los SMDIF.
• Asegurar que las dotaciones cumplan con los Criterios de Calidad Nutricia establecidos en los Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario.
• Llevar a cabo los procesos pertinentes y apegados a normatividad para la adquisición de los insumos que posibiliten la operación del programa.
• Programar, coordinar y supervisar la distribución de los apoyos a los SMDIF-beneficiario.
• Brindar orientación y vigilar la correcta focalización e integración del padrón de las y los beneficiarios, así como implementar acciones para su verificación.
• Realizar visitas periódicas a los SMDIF con el fin de supervisar y apoyar en la operación adecuada del programa.
• Asesorar e implementar mecanismos de capacitación con el fin de asegurar que los apoyos alimentarios se encuentren en condiciones adecuadas de almacenaje para garantizar la calidad de los mismos.
• Coordinar las acciones complementarias (orientación y educación alimentaria, aseguramiento de la calidad e inocuidad de los alimentos, proyectos productivos y/o desarrollo comunitario) con el fin de brindar apoyos integrales.
• Supervisar el cumplimiento con las presentes Reglas de Operación a nivel municipal y local, así como llevar a cabo acciones para su difusión.
9.1.4 Son obligaciones de los SMDIF.
• Operar el programa en estricto apego a las presentes Reglas de Operación.
• Apegarse al calendario elaborado por el SEDIF para la entrega conjunta de los apoyos alimentarios a las personas beneficiarias.
• Nombrar un Enlace con la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario, que brinde el seguimiento puntual a las acciones relativas al Programa.
• Realizar un diagnóstico anual de comunidades y colonias para detectar a la población que por su situación de vulnerabilidad son sujetos de apoyo en el Municipio.
Conformar un expediente individual (cuando así aplique) para cada uno de los beneficiarios, en el que se incluya la siguiente documentación:
1. Estudio Socioeconómico que avale la situación de vulnerabilidad por lo cual se le incluye como beneficiario.
2. Identificación oficial. (INE, constancia de identidad y/o pasaporte vigente)
3. Copia de la CURP y/o acta de nacimiento.
4. Comprobante de domicilio.
5. Cualquier otro documento que avale el seguimiento que proporciona el SMDIF.
Dependiendo de la gravedad de la emergencia y/o desastre el SEDIF, en conjunto con las Dependencias que atienden la misma, determinarán si es posible solicitar estos documentos o llevar solamente un registro de las personas beneficiadas.
• Acreditar la distribución a beneficiarios (firmas de recibido) en el Formato Oficial Entrega de Apoyos elaborado por el SEDIF. El SMDIF deberá conformar el expediente de comprobación correspondiente a cada entrega realizada en el año y de todos y cada uno de los beneficiados. Como anexo a las presente Reglas de Operación, se incluye el formato oficial para acreditar la entrega de los apoyos.
• Conformar y registrar correctamente el padrón de beneficiarios en el sistema informático desarrollado por el SEDIF denominado SIIAS y en los tiempos establecidos por el mismo.
• Verificar mediante visitas aleatorias, el consumo adecuado por parte de los beneficiarios.
• Implementar las acciones en materia de Aseguramiento de la Calidad Alimentaria e Inocuidad de los Alimentos, en cumplimiento a lo establecido por el SNDIF, para garantizar la calidad e inocuidad de los insumos que conforman los apoyos alimentarios entregados a los beneficiarios, así como asegurar las condiciones físicas del sitio de almacenamiento de los insumos, cumpliendo con los requisitos mínimos que garanticen las condiciones adecuadas para mantener los productos secos, frescos, libres de plagas y contaminación.
9.2 Criterios de Incumplimiento, Retención, Suspensión o Reducción de Recursos.
El SEDIF podrá sancionar y/o suspender el apoyo a los Sistemas DIF Municipales que no cumplan con las presentes Reglas de Operación. Considerando como faltas las siguientes:
• Que los beneficiarios reportados en el Padrón Municipal a través del Sistema Integral de Información sobre Asistencia Social (SIIAS) no reciban el apoyo correspondiente.
• Que se lleve a cabo la distribución de apoyos a personas no inscritas en el Padrón de Beneficiarios.
• Que el SMDIF haya cometido tres faltas graves en el manejo del programa y existan antecedentes de actas de incidencias.
• Que el SMDIF haga divisiones o fracciones de las dotaciones que el SEDIF le hace llegar.
• Que el SMDIF empleé para actividades y fines distintos para lo que fue creado, los apoyos, ya sea proselitismo, campañas políticas, lucro, etc.).
• Que el SMDIF retenga los apoyos a los beneficiarios sin justificación alguna, en casos y circunstancias especiales, deberá consultar por escrito al SEDIF y contar con la autorización o negativa según sea el caso.
• Que el SMDIF no permita la supervisión del personal enviado por el SEDIF, a efecto de verificar el buen funcionamiento del programa.
10. Instancias participantes
10.1 Instancias ejecutoras
El SEDIF es la instancia ejecutora, a través de la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario en coordinación con los SMDIF, quienes estarán a cargo de la promoción, operación, administración, ejecución, evaluación, seguimiento y comprobación de los recursos asignados, conforme a las presentes Reglas de Operación.
10.2 Instancia normativa estatal
El SEDIF, por su facultad para publicar las presentes Reglas de Operación, es la entidad competente para coordinar la implantación y ejecución del Programa, así como para el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de seguridad operacional fijados en él, sin que esto altere las competencias que la normativa vigente atribuye a las autoridades nacionales de supervisión y al resto de los organismos, órganos, entes y entidades.
Asimismo, en coordinación con la Subdirección Jurídica del SEDIF, la Función Pública del Estado y el Órgano Interno de Control están facultados para interpretar las presentes Reglas de Operación, así como para resolver aspectos no contemplados en ellas.
10.3 Instancia normativa federal
Por tratarse de Recursos Federales le corresponde al SNDIF, a través de la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario por medio de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario, con fundamento en la Estructura Programática del FAM-AS del presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2023, fungir como instancia normativa federal.
11. Coordinación institucional
11.1 Prevención de duplicidades
Para contrarrestar los diversos problemas que implica una política social fragmentada (duplicidad de acciones, altos costos de coordinación y objetivos que podrían ser diversos) el SEDIF buscará la máxima coordinación posible con los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia y con otras Dependencias de Gobierno Estatal y Federal.
11.2 Convenios de colaboración.
De acuerdo con el principio de Fortalecimiento del Pacto Federal, se firmarán Convenios de Colaboración cuyo objeto será el establecer las bases de colaboración para fortalecer la operación de este Programa, estableciendo dentro de las facultades y atribuciones que a cada uno competen, la adecuada coordinación, concentración y desarrollo de acciones tendientes a elevar la calidad de vida de las familias y comunidades prioritarias por medio de los programas institucionales establecidos u otros especiales o extraordinarios que llegaren a convenir en el rubro de la Asistencia Social.
11.3 Colaboración
El SNDIF reforzará las relaciones intra e interinstitucionales, mediante la firma de convenios marco a nivel federal con diferentes instituciones del sector público, social y privado así como de los diferentes niveles de gobierno. Con el fin de optimizar recursos, se buscará otorgar una atención integral a los beneficiarios a través de la intervención y apoyo de otras instituciones gubernamentales en la operación de este Programa. Corresponde a “El SEDIF” y a “El SMDIF” ejecutar la acción de coordinación interinstitucional al nivel local para fortalecer la operación e impacto del Programa.
11.4 Concurrencia
El SNDIF, SEDIF y el SMDIF, promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios y de la población en pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación de la entidad, de conformidad con lo que establece la Ley General de Desarrollo Social.
Con la finalidad de apoyar la transparencia y rendición de cuentas, sobre los resultados de este Programa operado con recursos del Ramo 33 FAM-AS, existen mecanismos de intercambio de información entre los SMDIF, SEDIF y las Instancias Globalizadoras Federales, así como con el SNDIF. Estos mecanismos se constituyen por la evaluación y el seguimiento establecidos por instancias federales, como la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL); así como las visitas de seguimiento, asesorías, reuniones, encuentros nacionales, y por el envío de información al SNDIF por parte de “EL SEDIF”, de acuerdo al calendario emitido por el SNDIF.
12. Mecánica de Operación
12.1. Proceso
12.1.1. Planteamiento y Diagramas de Flujo
La ejecución del Programa la realiza el SEDIF a través de la SAyDC y en coordinación con los SMDIF en los Municipios del Estado donde se presente la emergencia y/o desastre, de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación
Atención Alimentaria a Personas en Situación de Emergencia y Desastre
• El SMDIF informa al Sistema Estatal DIF sobre la situación que prevalece en caso de una emergencia o desastre. Notificar el total de refugios temporales y/o centros de acopio instalados.
• El SMDIF coordina y ejecuta acciones de respuesta inmediata en una emergencia, en especial la operación de refugios temporales, centros de acopio y distribución de apoyos.
• El SMDIF informa al Sistema Estatal DIF de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
• El SEDIF determinará el momento en que se realizará la entrega de apoyos alimentarios y los mecanismos para su distribución.
• El SEDIF, en coordinación con el SMDIF, determinará la población que será beneficiada y realizará la distribución y entrega de los apoyos alimentarios.
• La entrega del apoyo será temporal, con duración máxima de un año, pasado el cual se buscará la incorporación de los beneficiarios a otros programas que incidan en el mejoramiento de su situación.
12.2 Ejecución
Con la finalidad de apoyar la transparencia y rendición de cuentas, sobre los resultados de este Programa operado con recursos del Ramo 33 FAM-AS, existen mecanismos de intercambio de información entre los SMDIF, SEDIF y las Instancias Globalizadoras Federales, así como con el SNDIF. Estos mecanismos se constituyen por la evaluación y el seguimiento establecidos por instancias federales, como la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL); así como las visitas de seguimiento, asesorías, reuniones, encuentros nacionales, y por el envío de información al SNDIF por parte de “EL SEDIF”, de acuerdo al calendario emitido por el SNDIF.
Avances físico-financiero
La SAyDC, formulará trimestralmente, por separado y bajo su estricta responsabilidad, los informes de los avances físico-financieros de las acciones realizadas, mismos que deberán remitir al SEDIF por conducto de la Subdirección de Planeación y Evaluación durante los siguientes quince días hábiles posteriores a la terminación de trimestre que se reporta y en los términos establecidos según el Programa Operativo Anual. Dichos informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso el reporte de las medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se informe.
Asimismo, el SEDIF, reportará a través de los diversos informes e indicadores solicitados por el SNDIF y otras instancias competentes, sobre los avances respecto al avance físico financiero de los programas.
Cierre de ejercicio
Conforme lo estipula la Ley General de Contabilidad Gubernamental se presentará la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.
El SEDIF entregará la información financiera que solicite la Secretaría de Finanzas del Estado para dar cumplimiento a esta Ley General de Contabilidad Gubernamental, en los términos de las disposiciones que para tal efecto emita la misma Secretaría.
La fiscalización sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental corresponderá a las entidades de fiscalización superior de las Entidades Federativas, así como a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Auditoría Superior de la Federación, en los términos de las disposiciones federales aplicables, fiscalizará las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal, así como el destino y ejercicio de los recursos con los que opera este Programa.
Conforme lo estipula el Artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios:
A más tardar el 15 de enero de cada año, se deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengadas por sus Entes Públicos.
Sin perjuicio de lo anterior, las transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior se hayan comprometido y aquéllas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el
convenio correspondiente; una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes. Los reintegros deberán incluir los rendimientos financieros generados.
Para los efectos de este artículo, se entenderá que las Entidades Federativas han devengado o comprometido las Transferencias federales etiquetadas, en los términos previstos en el artículo 4, fracciones XIV y XV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
12.3 Causas de Fuerza Mayor
Con fundamento en los planteamientos de la Gestión Integral de Riesgo de Desastres inmersos dentro de la Ley de Protección Civil y el derecho a la asistencia social con base en la Ley General de Asistencia Social, ante una condición de emergencia o desastre que por causas de fuerza mayor y/o casos fortuitos que no hayan podido ser previstos, el SNDIF y/o el SEDIF podrán re direccionar los recursos financieros o dotaciones ya adquiridas de los programas de asistencia social alimentaria a los grupos de mayor afectación y/o quienes pierdan su fuente de ingreso como resultado de la contingencia y/o a sectores urbanos y/o rurales que estén más expuestos. Lo anterior, a fin de atender de inmediato, en el corto y mediano plazo, las necesidades alimentarias básicas de la población afectada.
Lo anterior, se dará a conocer a través de los medios oficiales de comunicación y en la página oficial del SEDIF.
13. Evaluación, seguimiento y control.
13.1 Información Presupuestaria
Los recursos para la operación del Programa Atención Alimentaria a Personas en Situación de Emergencia y Desastre tienen su origen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, Ramo General 33: Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, Fondo V de Aportaciones Múltiples, componente Asistencia Social (FAM-AS), mismos que se rigen por la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). De acuerdo con esta Ley, el ejercicio y aplicación de estos, es responsabilidad de cada Entidad Federativa, en el marco de la estructura programática que establezca el SNDIF.
De acuerdo con la LCF, en su artículo 40, las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación, se destinarán en un 46% al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios, y de asistencia social, a través de instituciones públicas, con base en lo señalado en la Ley de Asistencia Social (LAS), el cual es denominado componente Asistencia Social. Asimismo, se destinará el 54% restante a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel, el cual es denominado Componente Infraestructura Educativa.
Los recursos del FAM-AS podrán ser utilizados para la operación de los programas de la EIASADC emitida por el SNDIF, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) y los servicios de asistencia social establecidos en el artículo 168 de la Ley General de Salud (LGS) y en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social (LAS), conforme a lo siguiente:
a) Los SEDIF deberán priorizar la atención alimentaria y, por lo tanto, utilizar no menos del 85% de los recursos del FAM-AS destinados para ese ejercicio fiscal que les fueren transferidos para la operación de programas alimentarios mediante los cuales se preste el servicio previsto en el artículo 12, fracción VIII, de la LAS, mismos que para estos efectos serán descritos en la presente estrategia.
b) Los SEDIF podrán destinar hasta un 15% de los recursos del FAM-AS destinados para ese ejercicio fiscal que les fueren transferidos para:
b.1) La prestación de otros apoyos y/o servicios de asistencia social enmarcados en el programa de Atención a Grupos Prioritarios de la Estrategia 2023, deberán apegarse a los enunciados en el artículo 12 de la LAS, y de conformidad con la presente estrategia.
b.2) La ejecución del Programa de Salud y Bienestar Comunitario (PSBC) (con base en el Índice de Desempeño (ID) se sugiere incrementar el presupuesto asignado a este programa con respecto al año anterior).
b.3) En caso de que los SEDIF requieran ejercer gastos de operación, podrán destinar hasta un 2% del total de los recursos del FAM-AS que les fueren transferidos. Estas actividades deberán a su vez, ser acordes con el propósito establecido para el FAM- AS en el Tomo IV del PEF 2023.
Los recursos federales, no pierden su carácter federal a pesar de ser transferidos a las Entidades Federativas, es por ello que son auditados y revisados por la Secretaría de la Función Pública (SFP), a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, o en su caso, por la Unidad de Auditoría Gubernamental de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y/o auditores/as independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
13.2 Evaluación.
El SEDIF podrá evaluar en cualquier momento el cumplimiento del programa mediante la revisión de trabajo administrativo y supervisión en campo.
Evaluación interna. Se llevará a cabo a través de un seguimiento de los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas, deberá incluir la realización de encuestas de satisfacción que permita medir el avance de la asistencia social alimentaria.
Evaluación externa. A través de la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación y del Estado, quienes deberán ajustarse a los Lineamientos aprobados por el Consejo Estatal de Evaluación.
Para efectos de la comprobación de gasto por parte de las instancias participantes de apoyo operativo a que se refiere este Programa, los documentos probatorios son:
• Solicitudes de apoyos por emergencia o desastre de los Municipios.
• Recibos de entrega a zonas prioritarias focalizadas por el SEDIF.
• Entrega de las dotaciones a los beneficiarios en cuyo caso se debe generar el Formato Oficial Entrega de Apoyos: formato para comprobación de entrega a beneficiarios finales (firmas) de cada uno de los apoyos otorgados, que deberá aplicarse como respaldo documental del apoyo otorgado a los beneficiarios.
13.3 Control y auditoría
El SNDIF, el SEDIF y los SMDIF tienen la obligación de proporcionar a Instancias Fiscalizadoras la información necesaria para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías, revisiones o visitas de inspección de acuerdo a los programas anuales de auditorías o en el caso que juzgue pertinente; así́ como dar atención a las recomendaciones realizadas por dichas instancias.
Los recursos federales, no pierden su carácter federal a pesar de ser transferidos a las Entidades Federativas. Es por ello que son auditados y revisados por la Secretaría de la Función Pública, a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, o en su caso, por la Unidad de Auditoría Gubernamental de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y/o auditores/as independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
El seguimiento a las evaluaciones lo realizarán en conjunto la Dirección General, la Coordinación Administrativa, la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario y la Subdirección de Planeación y Evaluación, atendiendo las recomendaciones que realicen la Secretaría de la Función Pública y otros entes fiscalizadores.
13.4 Indicadores de Resultados Matriz de Indicadores
14. Transparencia.
14.1 Difusión.
Conforme lo señala el Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el marco normativo y toda la información correspondiente a este Programa, se pondrán a disposición del público y se mantendrá actualizada, en los respectivos medios electrónicos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, estas Reglas de Operación, se publicarán en la Periódico Oficial del Estado y estarán disponibles en el portal de transparencia de la página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
De igual manera y tal como lo establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la información sobre montos, beneficiarios y avances físico-financieros estarán disponibles en el portal de la página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
El SEDIF, en coordinación con los SMDIF, realizan la difusión y promoción del Programa en todas y una de las localidades de la Entidad, principalmente las comunidades de alta y muy alta marginación y/o en las localidades focalizadas en conjunto con otras Instancias por contar con población potencial para ser atendidas.
Así mismo se da a conocer en los insumos y en cualquier medio de difusión la leyenda establecida en el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2023 "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
De igual manera y de acuerdo con los artículos 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 48 de la Ley de Contabilidad Fiscal, se publicarán los informes sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos que se realizan por medio del Sistema de Recursos Federales Transferidos.
Aunado a lo anterior para contribuir a la transparencia de la información sobre el desempeño de los recursos públicos. Se publicarán a través de los siguientes medios:
• Órganos locales oficiales de difusión, y
• Página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
14.2 Padrones de beneficiarios
La atención brindada a través de este programa deberá otorgarse en el marco del principio de protección a la primera infancia y del interés superior de la niñez, contribuyendo a aliviar el dolor y el impacto social, así como psicológico después de un desastre, fortaleciendo la resiliencia en la población afectada. En el caso específico de la población migrante se deberá priorizar preferentemente la atención a niñas, niños y adolescentes (NNA) no acompañados.
Cuando así aplique, el SEDIF brindará orientación y supervisará la conformación del padrón de beneficiarios, el cual deberá oficializarse mediante la captura en el Sistema Integral de Información Sobre Asistencia Social (SIIAS).
14.3 Quejas, denuncias y solicitudes de información.
Los beneficiarios, los representantes de los SMDIF u otras organizaciones y la población en general pueden acudir en cualquier momento al SEDIF para presentar sus solicitudes de información, así como sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente en la entrega de apoyos alimentarios, a través de las siguientes vías:
• De lunes a viernes de 8:30 a 16:00 horas en las Oficinas Centrales del SEDIF, Avenida Paseo de la Encantada número 102, Colonia La Encantada, Zacatecas, Zacatecas. C.P. 98088. Teléfono 492 925 68 03.
• De lunes a viernes de 8:30 a 16:00 horas en las Oficinas de la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario, Calle Rio Lerma número 100, Colonia Hidráulica, C.P. 98060. Teléfono 492 924 23 37 extensión 102.
• Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
a) Red Estatal de Buzones;
b) Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http//contraloriasocial.zacatecas.gob.mx
c) Correo electrónico: contraloriasocial@zacatecas.gob.mx, y lada gratuita: 55 26 26 67
Los programas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Zacatecas estarán regidos por lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus municipios, y el uso adecuado de los recursos que se entregan por parte del SEDIF es responsabilidad de quien los recibe.
Todos los programas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Zacatecas, son públicos, ajenos a cualquier partido político, queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los programas.
15. Transitorios y Rúbrica del Funcionario Facultado
Transitorios
UNO. - Las presentes reglas de operación se emiten conforme a la estructura establecida en el Anexo T2.A Modelo de reglas de operación de los Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario 2023, toda vez que deben encontrarse alineadas, en primer lugar, a las leyes emitidas por la Federación.
DOS. - Se emiten las presentes Reglas de Operación para el ejercicio 2023 del Programa de Atención Alimentaria a Población en Condiciones de Emergencia y Desastre con vigencia a partir del día siguiente de su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2023.
TRES.- Para efectos del Proceso Operativo Estatal se añade el siguiente planteamiento del proceso administrativo para la convocatoria, recepción de solicitudes, selección de beneficiarios y la solicitud para la ejecución del recurso.
Zacatecas, Zac., a los (25) veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Director General del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas.-
L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado. Rúbrica.
16. CONVOCATORIA Y ANEXOS
16.1 Convocatoria
El SMDIF Realiza la difusión sobre objetivos y operación del Programa, destacando la importancia de la focalización para el aprovechamiento de los recursos.
Lleva a cabo un diagnóstico de las solicitudes para detectar a la población que por su situación de vulnerabilidad son sujetos de apoyo.
Recibir Solicitudes. –
El SEDIF evalúa e incorpora el padrón de beneficiarios, integrando a los solicitantes que cumplan con los requisitos de las presentes reglas de operación y recaba la documentación requerida para integrar el padrón de beneficiarios.
Selección de Beneficiarios. -
El SEDIF realiza la captura del padrón en el Sistema Integral de Información sobre Asistencia Social (SIIAS).
Solicitud del Oficio de Ejecución. -
El SNDIF, a través de la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario, emite el oficio de notificación a través del cual se informa el presupuesto asignado para la operación de los programas y acciones de asistencia social. El SEDIF, presenta ante la Coordinación Estatal de Planeación del Gobierno del Estado de Zacatecas, el proyecto para la aplicación de recurso asignado.
Una vez revisado y aprobado el proyecto, la Coordinación Estatal de Planeación del Gobierno del Estado de Zacatecas emite el/los Oficio(s) de Ejecución con lo cual se brinda la autorización para la aplicación del recurso. Posteriormente El SEDIF inicia el procedimiento de licitación.
16.2 Anexos
Árbol del problema
Fuente: Elaboración propia
Árbol de Objetivos
Fuente: Elaboración propia
Información básica Información general
Nombre comercial del programa [PROGRAMA DE ATENCIÓN ALIMENTARIA A POBLACIÓN EN CONDICIONES DE EMERGENCIA Y DESASTRE.]
Nombre del Programa Presupuestario [73 - Hambre cero]
Modalidades de apoyo
( )
( )
( )
Apoyos económicos
a. Monetario
b. Becas
c. Convenios
( x )
( )
( )
Apoyos en especie
a. Bienes
b. Servicios
c. Infraestructura
Transversalidad
( IS-10 )
( DH - 10 )
( 2.1 ) (Si )
(Si )
Alineación a Transversalidades
a. Igualdad Sustantiva
b. Derechos Humanos
c. Objetivos de Desarrollo Sostenible
d. Niñas, Niños y Adolescentes
e. Prevención Social del Delito
Derecho social y humano
Anexo 1. Derechos Sociales y Humanos. [10 - Implementar acciones para la protección, respeto, promoción y garantía de los derechos humanos de todas las personas que transitan temporalmente por el territorio zacatecano]
Alineación al Plan Estatal de Desarrollo
Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 [2 - Política Social]
[2.3.4 - Garantizar la disponibilidad de alimentos en los hogares que respondan a las necesidades nutricionales, diversidad y cultura. ]
Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Zacatecas
2022-2027 [2.-Bienestar para Todos]
[9.-Atención a Grupos Vulnerables]
[5 - Fortalecer la atención a personas en condiciones de vulnerabilidad, bajo la norma de no dejar a nadie afuera, no dejar a nadie atrás. ]
Programa General Prospectivo 2030 [Estrategia]
4.2.1 Objetivo
Procurar y lograr una sociedad con bienestar a través del fortalecimiento del sentido de comunidad y la construcción de mecanismos de inclusión social, sobre los que se levante un escenario de igualdad de derechos a partir de la atención de rubros como el desarrollo social y el combate a la pobreza; la salud y la alimentación; las culturas del deporte; los desafíos relativos a la concentración y dispersión poblacional; la migración; y la producción y distribución del ingreso en las comunidades
[Componente Estratégico]
4.2.1.2 Lograr la cobertura universal en servicios sanitarios y en el acceso a los nutrientes básicos.
[Prioridad de acción ]
● Favorecer la complementariedad de programas federales y estatales con metas vinculadas a la mejora nutricional, a partir de eficientar la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno.
● Favorecer la producción de alimentos en comunidades y ejidos del estado para el autoconsumo en las mismas.
Programa Sectorial [OBJETIVO 48. Ampliar la cobertura de programas sociales federales para la atención a grupos vulnerables.]
[48.1 Otorgar apoyos a la población vulnerable de Zacatecas con el fin de coadyuvar en la superación de la carencia alimentaria mediante el Programa “Hambre Cero”.]
48.1.4 Otorgar Paquetes alimentarios para mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad en municipios, localidades o AGEB rurales, urbanas o indígenas de muy alto y alto grado de marginación.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 2.1
[2 Hambre Cero]
Información administrativa-organizacional
Dependencia responsable
[Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia]
Dirección o unidad administrativa directa responsable [Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario]
Información programática-presupuestal
Finalidad del Programa Función del Programa
[2 - Desarrollo Social]
[2.6 - Protección Social]
Presupuesto autorizado
[PENDIENTE]
Clave presupuestal [$566,100.00]
[4616101295734411]
Nota: en caso de registrar más de una clave presupuestal, indicar el monto para cada una.
[$0.00]
[4616101295-4411-4113]
Partida de gasto
[4411-4113]
Clave del programa presupuestario
[PPEO-61S073] S-76
Gastos de operación [$0.00]
[Clave presupuestal: UP-UR-UEG-PP- Componente-
Partida]
[4411 Ayuda social ( Compra de Despensas-paquetes alimentarios- desayunos fríos y calientes.] y 4113 Gastos de operación viáticos, gasolina etc