FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN JURÍDICA
L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado, en mi carácter de Director General del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la familia, conforme al nombramiento de fecha tres de febrero del año dos mil veintidós, expedido en mi favor por el C. Lic. David Monreal Ávila, Gobernador del Estado de Zacatecas y con fundamento en el artículo 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículo 57 Fracción I de la Ley de Entidades Públicas Paraestatales del Estado de Zacatecas y en los artículos 44 y 48 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas así como los artículos 18, 21, 22 y 30 de la Ley de Asistencia Social del Estado de Zacatecas, publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado en fecha 04 de abril de 2007, mediante Decreto no. 442 y su última reforma de fecha 26 de diciembre de 2020, emite las presentes:
REGLAS DE OPERACIÓN 2023
PARA EL PROGRAMA SALUD Y BIENESTAR COMUNITARIO DEL ESTADO DE ZACATECAS
CONSIDERANDO:
Que existe inseguridad alimentaria en la población con carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad en el Estado de Zacatecas.
Que los criterios normativos para la operación de los programas alimentarios en el SEDIF se establecen en la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario (EIASADC), lo que implica que el Sistema es el responsable del uso de los recursos para lo cual se deben elaborar y publicar las reglas de operación que cumplan tanto con lo que establece el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).
Que la razón de ser de los Programas de Alimentación y Desarrollo Comunitario que implementa el SEDIF Zacatecas, son las familias que viven en condición de pobreza alimentaria, privilegiando el desarrollo de las capacidades asociadas con la educación, la salud y la nutrición, siempre en un margen de respeto a sus características culturales y locales, potenciando acciones integrales con el fin de garantizar efectos permanentes o a largo plazo.
Que si bien la presencia de carencias asociadas a cada uno de los espacios impone una serie de limitaciones específicas que violan la libertad y la dignidad de las personas, la presencia simultánea de carencias en los espacios de los derechos sociales y del bienestar económico agrava de forma considerable sus condiciones de vida. Puesto que se trata de derechos sociales garantizados por la Constitución, cualquier privación social tiene un interés fundamental. Sin embargo, para propósitos de política pública, es prioritaria la atención de las personas que, además de presentar carencias sociales, también tienen un ingreso insuficiente. De acuerdo con el documento metodológico, se considera que una persona está en situación de pobreza multidimensional cuando tiene carencias tanto en el espacio de bienestar económico como en el de derechos sociales, por ello el SEDIF se da a la tarea de proporcionar a la población en esta condición apoyos que ayuden a mitigar la situación de pobreza, toda vez que, una persona se encuentra en pobreza multidimensional si no tiene garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos para el desarrollo social, y si sus ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades‖ (CONEVAL, 2020).
Que según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en 2020 el 17.0 % de la población de Zacatecas se encuentra en condición de pobreza alimentaria, es decir, 277.1 miles de habitantes del estado de Zacatecas, definiendo a la pobreza alimentaria como la “Incapacidad para obtener una canasta básica alimentaria, aun si se hiciera uso de todo el ingreso disponible en el hogar en comprar sólo los bienes de dicha canasta”. La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), define que hay seguridad alimentaria “cuando las personas en todo momento tienen acceso físico y económico a suficiente alimento, seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida activa y sana”.
Que el Consejo Nacional de Población (CONAPO), identifica 181 localidades de muy alta y alta marginación en el Estado de Zacatecas, con una población de 5,388 habitantes que representan el 0.33% de la población estatal, ubicando en estas poblaciones las condiciones de mayor dificultad de vida por la vulnerabilidad e inseguridad alimentaria que prevalece entre la población que en ellas habita.
Que un gran número de zacatecanas y zacatecanos encuentran agravada su vulnerabilidad socioeconómica por razones de edad (adultos mayores), condiciones físicas o mentales (personas con discapacidad), situación familiar (mujeres jefas de familia) y otras.
Que la niñez se mantiene como una de las etapas más prometedoras para lograr el desarrollo del capital humano en nuestro país. El derecho a la protección de la salud y seguridad social de niñas y niños quedó establecido como prioridad con la creación del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en 2015. En 2018 se reafirma este sistema, además de que se consolidan cada una de las autoridades, desde sus respectivas competencias para, entre otras, reducir la morbilidad y mortalidad, asegurar asistencia médica y sanitaria, haciendo hincapié en la atención primaria de este grupo de población. La ENSANUT 2018 presenta el panorama de la situación referente al acceso a salud y seguridad pública que han tenido los niños y niñas de México. Los principales indicadores considerados para representar el estado de salud de niños y niñas comprenden: la cobertura de vacunación, el porcentaje de niñas y niños con enfermedades diarreicas o infecciones respiratorias, así como la funcionalidad, los accidentes a los que están expuestos además de, los episodios y el tipo de violencia que puedan sufrir. La ENSANUT 2018 obtuvo información de 10 100 niñas y niños de 0 a 4 años de edad, y de 11 395 niños y niñas de 5 a 9 años de edad. Para Zacatecas la muestra de niñas y niños de 0 a 9 años fue de 823, de los cuales 417 son hombres y 406 son mujeres. Éstos representaron una población de 312 887, de los cuales 49.5% fueron mujeres y 50.5% fueron hombres.
Que estos antecedentes sustentan que el Gobierno del estado de Zacatecas, instrumente acciones que contribuyan a mejorar el estado de nutrición y promuevan una alimentación correcta mediante el Programa de Atención Alimentaria a Grupos Prioritarios, dirigidas a la población en pobreza alimentaria, agravada por otras condiciones de vulnerabilidad social.
Que en el SEDIF Zacatecas se operan varios programas para atacar la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad. Dichos programas se desarrollan con una inversión de fuente federal por medio del Ramo 33, Fondo de Asistencia Social, para abatir de manera paulatina la pobreza alimentaria que padece el Estado de Zacatecas; de igual forma, se manejan programas que apoyan en pequeña medida a disminuir la pobreza de capacidades y de patrimonio en grupos de atención prioritaria como lo son: las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes en edad escolar, recién nacidos y las madres jefas de familia.
Que de acuerdo al Censo de Población 2020, Zacatecas cuenta aún con 181 localidades de muy alta y alta marginación; desagregadas en los 58 municipios del estado de Zacatecas como sigue: 87 localidades en muy alta marginación y el resto, 94, en alta marginación.
Ilustración 1 Indicadores de Pobreza en Zacatecas según CONEVAL (2020)
Fuente: recuperado el 20 de abril de 2022 de https://www.coneval.org.mx/coordinacion/entidades/PublishingImages/Pobreza_2020/Cuadro_1_Za catecas.JPG
1. Introducción
El Desarrollo Comunitario es un proceso para la mejora de las condiciones sociales y económicas enfocadas al bienestar colectivo. Prioriza como eje fundamental de su quehacer el desarrollo de las personas a partir de su participación y autoconfianza.
Un elemento importante para el desarrollo comunitario, principalmente en aquellas localidades de alta y muy alta marginación, se centra en la implementación de acciones para la promoción de la salud. Esta es entendida como un derecho que trasciende el concepto de cuidado personal, para abarcar la relación entre los individuos y de estos con el Estado, como integrantes de una comunidad, que son capaces de ejercer el derecho a participar, conducirse con autonomía, tomar decisiones y demandar el acceso a servicios de salud de calidad.
La participación social y comunitaria es un eje imprescindible del desarrollo humano. Esta fortalece el sentido de pertenencia a un grupo, a través del cual se facilita el ejercicio de derechos, así́ como la mejora de los determinantes sociales de la salud.
Las personas involucradas en la implementación de proyectos para el bien común desarrollan capacidades de cooperación, solidaridad y autogestión, fundamentales para lograr la sostenibilidad de los proyectos.
La participación comunitaria, se concibe como la generación planificada e intencionada de escalones de participación cada vez más amplios. Debe ser valorada como el motor del hacer comunidad, como el instrumento a través del cual se cristalizan las decisiones, las aspiraciones y los valores del ser “sujeto” y del ser “comunidad”. La organización comunitaria implica la reconstrucción del tejido social, que en ocasiones se desgasta en los diversos espacios de convivencia, con impactos cada vez más visibles entre la población en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, incrementando riesgos.
Es por eso que, resulta imprescindible propiciar que la comunidad o el grupo, articulen procesos tendientes al ejercicio de sus derechos, a la preservación de su cultura y tradiciones, fundamentalmente, a la toma de decisiones de lo que les atañe en la vida comunitaria. El fomentar la organización y participación comunitaria, siendo estos componentes inseparables del hacer comunidad, se convierten en valores instrumentales para arribar a formas superiores de desarrollo humano. Como producto del proceso donde la participación y la organización se implementan, ocurre el empoderamiento de la comunidad o el grupo, donde las personas logran el poder, el control, el
dominio sobre sí mismos, su convivencia y su vida. Aquí́ convergen el sentimiento de control personal y el interés por el bienestar social real, encaminado a un desarrollo comunitario. A su vez la participación y organización permiten la coordinación o interrelación de los tres órdenes de gobierno (Federal, Estatal y Municipal).
Estos antecedentes sustentan que el Gobierno del Estado, instrumente acciones que contribuyan a fortalecer el desarrollo comunitario en localidades de alta y muy alta marginación, desde un enfoque basado en los derechos humanos y cultura de la paz, propiciando la organización, participación social, así como el desarrollo de capacidades individuales y colectivas orientadas en los determinantes sociales de la salud, incidiendo en la práctica de estilos de vida saludables para favorecer su calidad de vida mediante el Programa Salud y Bienestar Comunitario.
2. Antecedentes
Las Reglas de Operación del Programa Salud y Bienestar Comunitario, tienen como base que la asistencia social es un derecho de todos los mexicanos y corresponde al Estado garantizar su cumplimiento a través de instrumentos como la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social. Esta última confiere al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), la facultad de coordinar el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, y fijar las bases sobre las cuales se sustentará la coordinación y concertación de acciones del mismo, integrado, entre otras instancias, por los Sistemas Estatales DIF (SEDIF). Con éstos, el SNDIF se coordina para la operación de programas, prestación de servicios y la realización de acciones en materia de asistencia social.
En este contexto, uno de los servicios de asistencia social que a lo largo de su historia ha proporcionado el DIF, es la entrega de apoyos alimentarios y orientación alimentaria a la población de escasos recursos y a población de zonas marginadas. La historia de este tipo de apoyo se remonta a 1929 con el programa “Gota de Leche”, que a fines de los años setenta el DIF retoma con los Programas de Raciones Alimentarias (PRA) y Asistencia Social Alimentaria a Familias en Desamparo (PASAF). Hasta 1997 operaron de manera centralizada desde el SNDIF.
A partir de la descentralización de los programas alimentarios, en 2001 el SNDIF convocó a los SEDIF para desarrollar un proyecto de coordinación de los programas alimentarios, a través de Comisiones de Trabajo. El resultado fue el desarrollo de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria (EIASA) que reúne una nueva estructura de programas dirigidos a diversos sectores de la sociedad con actividades de focalización, orientación alimentaria, aseguramiento de la calidad e implementación de proyectos productivos brindando integralidad a la entrega de apoyos alimentarios directos.
Paralelamente, el enfoque de desarrollo comunitario, que prioriza como eje fundamental de su quehacer, el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades a partir de su participación activa, se remonta a la creación de la Red Móvil Nacional que, desde los inicios del SNDIF, se instauró como una red de 1,000 promotoras, quienes pasaban una estancia de tres a cuatro meses en localidades rurales e indígenas, con el propósito de formar grupos comunitarios, impulsando las coordinaciones locales e institucionales requeridas en cada estado y procurando diversos apoyos para el desarrollo de su trabajo en comunidad.
Asimismo, en el año de 1989, se crea el programa Cocinas Populares y Unidades de Servicios Integrales (COPUSI), el cual, además de apoyar la alimentación de las familias, tenía el propósito de ofrecer un espacio para el encuentro y la reflexión comunitaria, a fin de promover acciones de atención integral en cuatro ámbitos: alimentación, salud, educación, capacitación y recreación, fortaleciendo la participación y organización comunitaria a través del desarrollo de capacidades. Posteriormente, COPUSI fue complementado con el Programa de Fomento a la Producción de Alimentos para Autoconsumo (FOPAPA).
En 1993, la Red Móvil Nacional diseña una nueva estrategia de trabajo denominada “Modelo de Desarrollo Comunitario”, a través de la cual se incorporaron experiencias, prácticas y planteamientos novedosos, que dieron lugar a la conformación de redes municipales y la integración de grupos de trabajo interdisciplinarios.
En 2002, COPUSI se transformó en el Programa de Espacios de Alimentación Encuentro y Desarrollo (EAEyD), mientras que el FOPAPA se convirtió en el Programa de Unidades Productivas para el Desarrollo (UNIPRODES). Estos dos programas, junto a la experiencia de la Red Móvil Nacional, contribuyeron a la creación en 2003, del Programa Integral de Desarrollo Comunitario “Comunidad DIFerente”, que permaneció vigente durante 15 años, con el objetivo de mejorar las condiciones sociales de vida de la población en localidades de alta y muy alta marginación, a través de la conformación de Grupos de Desarrollo que implementaran de manera autogestiva, proyectos comunitarios, con la participación activa, organizada, sistemática y voluntaria de sus integrantes.
En 2020, el Programa Comunidad DIFerente, se convierte en el Programa de Salud y Bienestar Comunitario (PSBC), el cual tomó como base la experiencia de más de tres décadas y orientó sus esfuerzos para actuar prioritariamente sobre los determinantes sociales de la salud que afectan a las comunidades de alta y muy alta marginación, desde un enfoque de derechos. En este contexto, se estableció́ como eje rector la organización y participación comunitaria y el desarrollo de capacidades individuales y colectivas para promover la salud comunitaria desde el empoderamiento social, a partir de ocho componentes para el bienestar: organización para la autogestión, autocuidado, alimentación correcta y local, economía solidaria, espacios habitables sustentables, gestión integral de riesgos, sustentabilidad y recreación y manejo del tiempo libre, con el propósito de fortalecer el bienestar comunitario.
El derecho a la vida está consagrado en la Carta de las Naciones Unidas. El salvar a gente cuya capacidad de tener acceso a los alimentos se ha visto mermada es el primer principio de toda intervención humanitaria. La gente ha de sobrevivir primero para poder beneficiarse del desarrollo sostenible y contribuir también a él.
3. Glosario de Términos
Acta Constitutiva. Documento generado en Asamblea Comunitaria con vigencia de dos años, en el cual queda establecido el nombre, la edad, el domicilio y firma de quienes integran el Grupo de Desarrollo, sus funciones y la forma en que éste operará. Así com o nombre, fecha y lugar de nacimiento, sexo, domicilio y firma de la persona representante del Grupo de Desarrollo.
AGEB: Es la extensión territorial que corresponde a la subdivisión de las áreas geoestadísticas municipales. Constituye la unidad básica del Marco Geoestadístico Nacional y, dependiendo de sus características, se clasifican en dos tipos: urbana y rural.
AGEB urbana: Área geográfica ocupada por un conjunto de manzanas que generalmente va de 1 a 50, perfectamente delimitadas por calles, avenidas, andadores o cualquier otro rasgo de fácil identificación en el terreno y cuyo uso del suelo sea principalmente habitacional, industrial, de servicios, comercial, etcétera, sólo se asignan al interior de las localidades urbanas.
AGEB rural: Subdivisión de las áreas geoestadísticas municipales que se ubican en la parte rural, cuya extensión territorial es variable y se caracteriza por el uso del suelo de tipo agropecuario o forestal. Contiene localidades rurales y extensiones naturales como pantanos, lagos, desiertos y otros, delimitada por lo general por rasgos naturales (ríos, arroyos, barrancas, etcétera) y culturales (vías de ferrocarril, líneas de conducción eléctrica, carreteras, brechas, veredas, ductos, límites prediales, etcétera).
Asamblea Comunitaria. Reunión general de miembros de una localidad para decidir sobre asuntos relativos a la salud y el bienestar comunitario, tiene entre sus finalidades conformar un Grupo de Desarrollo, informar y tomar decisiones, así como darle seguimiento a las mismas.
Autogestión Comunitaria. Proceso formativo que implica acciones participativas para la toma de decisiones individuales, familiares y colectivas en torno la salud comunitaria, y para disminuir la dependencia de las ayudas gubernamentales dirigidas a sobrevivir . Lo cual requiere la creación de alianzas y redes con otras organizaciones y participación en las estructuras de poder.
Capacitación. Proceso de formación destinado a promover, facilitar, fomentar y desarrollar las aptitudes habilidades o conocimientos de las personas, con el fin de permitirles mejores oportunidades y condiciones de vida.
Comité de Contraloría Social (CCS). Se constituye por la Población Atendida del Programa Salud y Bienestar Comunitario electa democráticamente e integrada de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica, su propósito es verificar la adecuada ejecución del Programa, la correcta aplicación de los recursos públicos asignados y el cumplimiento de las metas.
Comunidad. Personas que en conjunto habitan un espacio geográfico determinado, que generan un sentido de pertenencia e identidad social, que interaccionan entre sí, operando redes de comunicación y apoyo mutuo, para lograr determinados objetivos, intereses, satisfacer necesidades, resolver problemas y desempeñar funciones sociales relevantes para su localidad.
CONAPO. Consejo Nacional de Población.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Contraloría Social: es el mecanismo de participación ciudadana ejercido por los Beneficiarios de los Programas Estatales de Desarrollo Social, quienes de manera organizada realizan acciones de vigilancia, seguimiento y evaluación de dichos programas, respecto del cumplimiento de las metas y acciones establecidas para la correcta aplicación de los recursos públicos asignados, así como el adecuado actuar de los servidores públicos responsables.
Convenio de Coordinación. Es el instrumento jurídico que suscriben el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia para la asignación de recursos, con el objetivo de ejecutar un proyecto alineado al Programa de Salud y Bienestar Comunitario.
Cuestionario de satisfacción de los apoyos recibidos. Es el instrumento a través del cual los Grupos de Desarrollo pueden manifestar su conformidad o inconformidad con los apoyos recibidos (capacitaciones e insumos para proyectos comunitarios).
CUDISBIC. Cuestionario diagnóstico de los grupos de desarrollo (GD).
Desarrollo Comunitario. Proceso destinado a crear condiciones de progreso social y económico para toda la comunidad, con su participación y autoconfianza, siempre enfocado a la salud comunitaria y al bienestar colectivo.
Determinantes sociales de la salud. Las condiciones culturales, económicas, políticas, educativas, psicológicas y biológicas que se presentan en la localidad donde las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, que pueden ser modificables a través de la acción comunitaria, y que están orientadas a la organización para la autogestión, autocuidado, alimentación correcta y local, economía solidaria, espacios habitables sustentables, gestión integral de riesgos, sustentabilidad y recreación y manejo del tiempo libre.
DGADC. Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario.
Diagnóstico Exploratorio (DE).Es el ejercicio inicial analítico realizado por el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia que constata las características económicas, sociales, políticas, culturales, demográficas y topográficas de la Comunidad, de manera que se ubiquen las circunstancias de las cuales se parte.
Diagnóstico de la Salud y el Bienestar de la Comunidad (DSBC). Es una caracterización de la condición que presenta la comunidad respecto a su salud y bienestar; se lleva a cabo al inicio de la intervención para obtener datos que permitan medir la situación inicial y , posteriormente, en distintas etapas del proceso para evaluar el avance que generan las acciones del PSBC.
Diagnóstico Participativo (DP). Es el ejercicio de reflexión de la realidad que llevan a cabo, en conjunto, el Grupo de Desarrollo y la Promotoría, basado en la metodología de Planeación Participativa, que permite identificar y priorizar sus problemáticas, y establecer alternativas de solución, todo ello como punto de partida para tomar decisiones encaminadas a mejorar la salud comunitaria.
Estilos de Vida Saludables. Son formas de comportamiento humano, cotidiano que expresan el desarrollo individual y colectivo de capacidades para: el autocuidado, la recreación y manejo del tiempo libre, la gestión integral de riesgos, los espacios habitables sustentables, la alimentación correcta y local, la sustentabilidad, la economía solidaria y la organización para la autogestión.
Estrategia Anual de Inversión Comunitaria (EAIC). Iniciativa en la que se detallan los proyectos sociales o productivos, las acciones de capacitación y asesoría técnica y sus respectivos requerimientos de financiamiento, que corresponden a las alternativas de acción colectiva que el GD ha identificado como prioritarios en su Programa de Trabajo Comunitario, pueden abarcar uno o más aspectos encaminados a modificar los determinantes sociales de la salud, de tal manera que incida significativamente en la creación de condiciones para la salud y el bienestar comunitarios.
Grupo de Desarrollo (GD). Es el conjunto de personas que se congregan y constituyen mediante asamblea como organización comunitaria, con el propósito de impulsar los trabajos para la salud y el bienestar de su localidad. Es conformado por personas que han decidido trabajar libre, gratuita y voluntariamente, sin discriminación por sexo, género, rango social, orientación sexual o cualquier otro motivo o circunstancia.
Insumos. Son tipos de beneficios tangibles, se refieren a los paquetes de alimentos, animales, materias primas, herramientas básicas y otros materiales útiles que faciliten y consoliden los Proyectos Comunitarios de los Grupos de Desarrollo, financiados a través de recursos de Fondo de Aportaciones Múltiples componente Asistencia Social (FAM-AS) Ramo 33.
Localidad. Es el espacio geográfico ocupado con una o más viviendas, las cuales pueden estar o no habitadas; este lugar es reconocido por un nombre dado por la ley o la costumbre.
Padrón de población beneficiaria. Es la lista, registro o base de datos de personas beneficiarias que reciben directa o indirectamente subsidios y/o apoyos presupuestarios (a nivel municipio y/o localidad), por haber cumplido con los criterios de elegibilidad y con los requerimientos establecidos en las disposiciones aplicables relativas al Programa de que se trate.
En el caso del PSBC, por tratarse de un programa que trabaja a nivel territorial (área de enfoque) se registran a las personas representantes del GD como población beneficiaria.
PED: Plan Estatal de Desarrollo 2022- 2027.
Población objetivo: Población específica que un programa tiene planeado o programado atender para cubrir la población potencial y que cumple con los criterios de elegibilidad establecidos en su normatividad.
Proyecto Anual de Desarrollo Comunitario (PADC). Es un instrumento de planeación del área de Desarrollo Comunitario del DIF Estatal, de elaboración anual, donde se plantea detalladamente el conjunto de acciones que impulsan el bienestar colectivo, a través de la promoción de la salud comunitaria. PSBC. Programa de Salud y Bienestar Comunitario.
IPPEADC. Informe Parcial del Proyecto Estatal Anual de Desarrollo Comunitario.
Planeación Participativa. Es una metodología que el Programa de Salud y Bienestar Comunitario retoma con el propósito de facilitar que los Grupos de Desarrollo participen en forma activa, corresponsable y decisoria en la búsqueda de alternativas que modifiquen las condiciones de vulnerabilidad social que les afectan. Permite que la toma de decisiones se construya en conjunto, a través de talleres de trabajo participativo, donde se aplican las herramientas que propician el análisis y la reflexión del contexto local; les permiten identificar prioridades colectivas y diseñar las estrategias y acciones pertinentes para impulsar el cambio, mismas que en forma de proyectos integrarán su Programa de Trabajo Comunitario. Esto es, constituye una estrategia central que direcciona el desarrollo y aplicación de capacidades para fortalecer la salud comunitaria.
Población Atendida. Son las localidades beneficiadas que reciben directamente subsidios y/o apoyos presupuestarios, al haber cumplido con los criterios de elegibilidad y con los requerimientos establecidos en las disposiciones aplicables relativas al Programa de Salud y Bienestar Comunitario.
Programa de Trabajo Comunitario (PTC). Es el documento que contiene la propuesta de trabajo del GD para el manejo y/o solución de las problemáticas identificadas en el Diagnóstico Participativo, en función de una visión integral que incluye las responsabilidades y tareas de los y las integrantes del GD.
Promotoría. Es el recurso humano fundamental (municipal/estatal), que apoya al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia en el proceso de instalación, implementación y seguimiento del Programa de Salud y Bienestar Comunitario.
Acompaña y guía al GD a lo largo de todas las fases de acción comunitaria, lo asesora y le brinda las herramientas necesarias para sus procesos de reflexión, planeación, ejecución, gestión y formación de promotores y promotoras comunitarias.
Proyecto Comunitario. Es un plan de acción que considera actividades concretas, interrelacionadas y coordinadas entre sí, que se realizan con el fin de generar determinados bienes y servicios, orientados a satisfacer necesidades y/o resolver problemas colectivos. Los Proyectos Comunitarios atienden temas relativos al logro de estilos de vida saludable por lo que pueden estar direccionados al autocuidado, a la recreación y manejo del tiempo libre, a la gestión integral de riesgos, a los espacios habitables sustentables, a la alimentación correcta y local, a la sustentabilidad y a la economía solidaria. Se dividen en proyectos sociales y proyectos productivos
Proyecto Productivo. Es el proyecto comunitario orientado a la producción de bienes y servicios materiales, considera la inversión en instalaciones, maquinarias, equipos, tecnología, etc. Ejemplos de este tipo son: panaderías, tianguis comunitarios, huertos comunitarios, invernaderos, estanques acuícolas, apiarios, granjas de especies menores, etc.
Proyecto Social. Es el proyecto comunitario encaminado a brindar servicios que si bien no generan utilidad monetaria o rentabilidad económica proporcionan beneficios a nivel de la sociedad. Ejemplos de este tipo son: culturales, activación física, construcción de parques, construcción de letrinas, mejoramiento de la vivienda, rehabilitación o equipamiento de espacios alimentarios, etc.
Salud Comunitaria. Se refiere a la combinación de habilidades, creencias y ciencias, dirigidas hacia el mantenimiento y la mejora de la salud de todas las personas de la comunidad a través de la acción colectiva o social, para lograr un estado de completo bienestar físico, mental y social.
Salud y Bienestar Comunitario. Para efectos de este programa, la salud y bienestar comunitario, es el estado de satisfacción de las necesidades de los integrantes de una comunidad, a través de la intervención en siete componentes: autocuidado de la salud, recreación y manejo del tiempo libre, gestión integral de riesgos, espacios habitables saludables, alimentación correcta y local, economía solidaria, así como sustentabilidad.
SAyDC: Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario SEDIF. Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia. SFP. Secretaría de la Función Pública.
SMDIF. Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia.
SNDIF. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
SIIAS: Sistema electrónico para la captura de información de beneficiarios (padrón) que lleva por nombre “Sistema de Información Integral sobre Asistencia Social”.
SIPAB: Sistema de Padrón de Beneficiarios de programas estatales de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas.
4. Objetivo
Fortalecer el desarrollo comunitario en localidades de alta y muy alta marginación, desde un enfoque basado en los derechos humanos y la cultura de la paz, propiciando la organización, participación social, así como el desarrollo de capacidades individuales y colectivas orientadas en los determinantes sociales de la salud, incidiendo en la practica de estilos de vida saludables para favorecer su calidad de vida, caracterizados a través de nueve componentes para el bienestar comunitario.
4.1 Objetivos específicos
1. Implementar proyectos comunitarios, tanto sociales como productivos, que a través del trabajo realizado al interior del Grupo de Desarrollo (GD), impacten de manera positiva en el resto de la localidad, a fin de fomentar la salud y el bienestar comunitario.
2. Impartir capacitaciones que permitan desarrollar conocimientos, habilidades y competencias en las personas, a fin de propiciar y fortalecer la organización y participación comunitaria para el bienestar colectivo.
5. Cobertura
Estatal, en los cincuenta y ocho municipios del estado, localidades y AGEB rurales y urbanas, brindando los apoyos en las zonas de atención prioritaria y a las comunidades de alta y muy alta marginación.
6. Población y focalización
6.1 Población potencial
De acuerdo al Censo de Población y Vivienda INEGI 2020, el Índice de Marginación por Localidad arroja que existen en Zacatecas 5,388 personas que habitan en las 181 localidades catalogadas como de alta y muy alta marginación, de estas, 2,618 personas habitan en las 25 localidades con más de 50 habitantes, localidades que pueden participar de las capacitaciones otorgadas a través del Programa Anual de Capacitaciones (PAC) y de las asesorías técnicas que se brindan para la puesta en marcha de proyectos comunitarios.
6.2. Población objetivo
Localidades de alta y muy alta marginación, de acuerdo con la publicación oficial "Índice de Marginación por Localidad 2020" para los GD constituidos.
La unidad y periodicidad de los apoyos se definirá con base en lineamientos emitidos por el SNDIF denominados Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario EIASADC 2023, y a través de un Convenio de Colaboración entre el SEDIF y el SMDIF se trazará la información particular municipal. Cualquier ajuste y/o modificación a lo ahí convenido, deberá ser autorizado por la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario del SNDIF, solicitud que se hará con el llenado de los formatos correspondientes.
6.3 Criterios de focalización
El SEDIF, en coordinación con los SMDIF, identifican las localidades y AGEB rurales y urbanas de alta y muy alta marginación de acuerdo con el Índice de Marginación por Localidad 2020, medida- resumen que permite diferenciar unidades territoriales según el impacto de las carencias de la población, por la falta de acceso a la educación, la residencia en viviendas inadecuadas, la percepción de ingresos monetarios insuficientes y las relacionadas con la residencia en localidades pequeñas.
6.4 Requisitos de selección de beneficiarios
a) Pertenecer a la población objetivo.
b) Contar con el Acta Constitutiva de la conformación del GD con un mínimo de 15 integrantes.
c) Disponer de un Diagnóstico Participativo y de un Programa de Trabajo Comunitario, que determine las necesidades de la población, así como las acciones y proyectos para fomentar la salud y bienestar comunitario, elaborados y suscritos por las personas que integran el GD.
6.5 Métodos y/o procedimientos de selección
a) Identificar las localidades de alta y muy alta marginación de acuerdo con la CONAPO
b) Contar con un diagnóstico exploratorio de las localidades seleccionadas para identificar el contexto y problemáticas generales en relación a los determinantes de la salud.
c) Convocar una asamblea comunitaria para exponer el programa de Salud y Bienestar Comunitario.
d) Implementación de la participación y organización por parte de los SEDIF y SMDIF.
e) Contar con un Diagnóstico Participativo (DP) y un Programa de Trabajo Comunitario (PTC) con relación a los componentes de la salud y bienestar comunitario con una vigencia no mayor a 2 años.
6.6 Programas potencialmente complementarios Apoyos para el Incremento a la Productividad Agrícola
Entrega de apoyos para la adquisición de semilla especializada.
Tipo de apoyo: Transferencia monetaria. El monto de apoyo se considera de 50% sin rebasar
$1,000.00 por hectárea, para la adquisición de semilla de frijol, maíz, trigo, avena, cebada, girasol, calabaza, entre otros y aplicar biofertilizante, o bien mejorador de suelo (yeso agrícola, cal agrícola), herbicida, insecticida, entre otros productos, que deberá comprobar con la facturación correspondiente, considerando preferentemente los cultivos de frijol, maíz, trigo, avena, cebada, girasol y calabaza, entre otros.
Programa de Impulso a la Artesanía con un Enfoque de Economía Creativa
Capacitación, Asesoría y Asistencia Técnica para Talleres Artesanales.
Tipo de apoyo: Prestación de servicio. Servicios de asesoría y capacitación, proporcionando, según el caso, el instructor, los insumos y herramientas. El monto y la duración de apoyo se determinarán en función del techo presupuestal asignado al Subprograma, tipo de curso y/o la asistencia técnica requeridos por los artesanos y las artesanas.
7. Características de los apoyos
7.1 Tipo de apoyo
Capacitaciones y asesorías técnicas. El SEDIF podrá presentar una serie de cursos, actividades, talleres y/o asesorías técnicas (con pertinencia cultural y adaptadas a las necesidades específicas de las comunidades ), que le permitan a la población adquirir conocimientos, habilidades o destrezas en cada uno de los siguientes componentes: autocuidado, recreación y manejo del tiempo libre, gestión integral de riesgos, espacios habitables sustentables, alimentación correcta y local, economía solidaria y sustentabilidad; así como darle seguimiento a los conocimientos adquiridos.
Proyectos Comunitarios. Los proyectos se otorgarán a través de una EAIC. Se refiere a la estructuración de una propuesta integral de atención anual por cada GD con el propósito de fortalecer uno o más componentes de la salud y el bienestar comunitario, el cual, puede incluir capacitaciones, proyectos sociales o productivos, así como otros insumos y acciones requeridas para el logro de los objetivos planteados por el GD en materia alimentaria.
7.2 Unidad y periodicidad de los apoyos
Proyectos comunitarios, capacitaciones y asesorías técnicas llevados a cabo y/o implementados en el ejercicio fiscal 2023.
7.3 Criterios de selección para los insumos.
Los temas brindados en las capacitaciones y los proyectos comunitarios a implementar se definirán con base en los resultados obtenidos en el Diagnóstico Participativo y al Programa de Trabajo Comunitario elaborado por los Grupos de Desarrollo.
8. Acciones Transversales
8.1 Orientación y Educación Alimentaria
Tipo de Apoyo: En Especie, mediante talleres y/o capacitaciones. Objetivo de la Orientación y Educación Alimentaria
Promover la integración de una alimentación correcta conforme lo establecido en la EIASADC, a través de acciones formativas y participativas con perspectiva familiar, comunitaria, de género y regional, a fin de empoderar a los beneficiarios de los programas para la toma de decisiones saludables.
Implementación de orientación y educación alimentaria
Para logar el objetivo es necesario transitar de la visión asistencial que concibe a las comunidades como receptoras pasivas tanto de los apoyos otorgados, como de los mensajes y acciones de orientación y educación alimentaria, a un enfoque basado en la participación comunitaria, en el cual, se asume que las comunidades son autogestivas y activas en el proceso de transformarse a sí mismas, en particular transformar sus comportamientos, actitudes y prácticas relativos a la alimentación. La orientación y educación alimentaria debe formar parte del proceso para otorgar asistencia social alimentaria, desde el momento de la composición de los apoyos alimentarios con criterios de calidad nutricia, durante el diseño de los menús, hasta que los insumos son consumidos por los beneficiarios.
9. Derechos, obligaciones y sanciones.
9.1. Derechos
De la Población atendida:
a) Recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, libre de discriminación por edad, sexo, género, grupo étnico, partido político o religión, orientación sexual, entre otros;
b) Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado;
c) Ser parte de los procesos de organización y participación comunitaria establecidos en el PSBC;
d) Participar en acciones de capacitación que respondan a sus requerimientos de conocimientos, habilidades y aptitudes;
e) Recibir apoyo para implementar o consolidar proyectos comunitarios que incluyan capacitación, asesoría técnica, insumos, conforme a las disposiciones normativas del PSBC y demás disposiciones vigentes;
f) Recibir información, orientación clara y oportuna sobre la operación del PSBC y el desarrollo de proyectos;
g) Participar en el proyecto desde la etapa de planeación hasta la evaluación, en los términos en los que el GD defina, y
h) Formar parte del Comité de Contraloría Social.
De los SMDIF
a) Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado, y
b) Recibir asesoría, capacitación, acompañamiento e información por parte del SEDIF.
9.2 Obligaciones
De la población atendida:
a) Conformar e integrarse a un GD;
b) Participar activamente en las acciones definidas por el GD;
c) Asistir y participar en las capacitaciones programadas por el SEDIF y/o el SMDIF para el ejercicio vigente;
d) Aplicar los conocimientos, las competencias y las habilidades adquiridas mediante las capacitaciones, en la implementación de proyectos comunitarios para mejorar su salud y bienestar comunitario;
e) Utilizar adecuadamente los insumos otorgados para la implementación o consolidación de proyectos comunitarios para los cuales fueron programados;
f) Informar al SEDIF de la satisfacción de los proyectos gestionados e implementados y de las capacitaciones a través del "Cuestionario de satisfacción de los apoyos recibidos";
g) Conformar o integrarse a un CCCS;
h) Respetar las políticas de operación del espacio comunitario que establezca el SEDIF;
i) Hacer buen uso de la infraestructura de espacios comunitarios (manejo, mantenimiento), y
j) Comprometerse al cuidado de las especies seleccionadas, de los proyectos comunitarios que contemplen animales de crianza, brindándoles un trato digno, un espacio adecuado con su mantenimiento correspondiente.
Del SMDIF
a) Dar a conocer las Reglas de Operación sobre el PSBC a los beneficiarios;
b) Coadyubar en el seguimiento y operación del programa.
c) Gestionar ante el ayuntamiento u otras instancias competentes, los recursos para la operación del PSBC;
d) Supervisar constantemente las localidades que hayan sido beneficiadas con el PSBC;
e) Dar seguimiento y acompañamiento en los procesos de capacitación e implementación de la EAIC programados en el PASBIC;
f) Observar la normativa federal aplicable al programa;
g) Apoyar a la localidad y fortalecer el cuidado de los proyectos productivos instalados en su región, llevando a cabo las acciones de seguimiento en coordinación con los GD; y
h) Proporcionar en tiempo y forma la información solicitada por el SEDIF sobre la operación y el seguimiento al PSBC.
Del SEDIF
a) Atender las observaciones y recomendaciones emitidas por el SNDIF;
b) Supervisar constantemente las localidades que hayan sido beneficiadas con el PSBC, llevando un reporte de la visita con evidencia fotográfica;
c) Participar en las capacitaciones que el SNDIF otorgue para la mejora de la implementación del PSBC;
d) Proporcionar en tiempo y forma la información solicitada por el SNDIF sobre la operación y el seguimiento al PSBC;
e) Proporcionar oportunamente la información solicitada por otras instancias facultadas para vigilar o fiscalizar la operación del PSBC;
f) Observar la normativa federal aplicable;
g) Determinar la cobertura de atención para el ejercicio fiscal, siempre que el territorio de atención sean localidades de alta y muy alta marginación de acuerdo con el "Índice de Marginación a nivel Localidad 2020" del CONAPO;
h) Dar a conocer las Reglas de Operación y otorgar capacitación sobre el PSBC a los SMDIF;
i) Capacitar a quienes integran los GD y a la población local interesada en las temáticas propuestas por el PSBC;
j) Otorgar la orientación alimentaria que requieren los GD por parte del área alimentaria del SEDIF;
k) Garantizar la existencia de promotoria (estatal y/o municipal) para el acompañamiento y seguimiento de los GD;
l) Apegarse a la normativa federal en materia de recursos federales, aplicable para la contratación y el otorgamiento de las capacitaciones y adquisición de insumos; así como, a lo establecido en su PASBIC y al cumplimiento del objetivo;
m) Dar seguimiento y acompañamiento en los procesos de capacitación e implementación de la EAIC programados en el PASBIC;
n) Garantizar que las personas capacitadoras cuenten con el perfil y experiencia requerida para el caso, reconocida y avalada por la Secretaría de Educación Pública o instituciones académicas como universidades privadas o públicas y/o institutos de investigación;
o) Los proyectos comunitarios para la rehabilitación y/o equipamiento de espacios alimentarios, preferentemente deberán implementarse en las localidades de alto y muy alto grado de marginación donde se ejecuten los programas alimentarios de desayunos escolares en su modalidad caliente;
p) Aplicar el "Cuestionario de Satisfacción de los apoyos otorgados" de manera colectiva al GD durante el segundo semestre del año y enviar un reporte sistematizado de los resultados al SNDIF antes del término del año fiscal;
q) En la contratación de personas proveedoras para el desarrollo de capacitaciones y adquisición de insumos deberá especificar lo siguiente: declarar bajo protesta de decir verdad, no llevar a cabo acciones de proselitismo hacia partidos políticos, asociación política nacional, sindicato o religión alguna y no tener entre sus directivos/as o
representantes a personas funcionarias públicas, representantes de elección popular o miembros del Poder Judicial, de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, y
r) Respetar y hacer un uso adecuado de la identidad gráfica del PSBC.
s) Programar, coordinar y supervisar el programa tanto a los SMDIF como al beneficiario.
10. Instancias Participantes
10.1 Instancias Ejecutoras
El SEDIF es la instancia ejecutora, a través de la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario en coordinación con los SMDIF, quienes estarán a cargo de la promoción, operación, administración, ejecución, seguimiento y comprobación de los recursos asignados, conforme a las presentes Reglas de Operación.
10.2 Instancia normativa estatal.
El SEDIF, por su facultad para publicar las presentes Reglas de Operación, es la entidad competente para coordinar la implantación y ejecución del Programa, así como para el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de seguridad operacional fijados en él, sin que esto altere las competencias que la normativa vigente atribuye a las autoridades nacionales de supervisión y al resto de los organismos, órganos, entes y entidades.
Asimismo, en coordinación con la Subdirección Jurídica del SEDIF, la Función Pública del Estado y el Órgano Interno de Control están facultados para interpretar las presentes Reglas de Operación, así como para resolver aspectos no contemplados en ellas.
10.3 Instancia normativa federal.
Le corresponde al SNDIF, a través de la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario por medio de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario, con fundamento en la Estrategia Programática del FAM-AS del presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2023 fungir como instancia normativa federal.
11. Coordinación institucional.
11.1 Prevención de duplicidades.
Para contrarrestar los diversos problemas que implica una política social fragmentada (duplicidad de acciones, altos costos de coordinación y objetivos que podrían ser diversos) el SEDIF buscará la máxima coordinación posible con los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia, Organizaciones Civiles y con otras Dependencias de Gobierno Estatal y Federal.
11.2 Convenios de colaboración.
De acuerdo con el principio de Fortalecimiento del Pacto Federal, se firmarán Convenios de Colaboración cuyo objeto será el establecer las bases de colaboración para fortalecer la operación de este Programa, estableciendo dentro de las facultades y atribuciones que a cada uno competen, la adecuada coordinación, concentración y desarrollo de acciones tendientes a elevar la calidad de vida de las familias y comunidades prioritarias por medio de los programas institucionales establecidos u otros especiales o extraordinarios que llegaren a convenir en el rubro de la Asistenci a Social.
11.3 Colaboración
El SNDIF reforzará las relaciones intra e interinstitucionales, mediante la firma de convenios marco a nivel federal con diferentes instituciones del sector público, social y privado así como de los diferentes niveles de gobierno. Con el fin de optimizar recursos, se buscará otorgar una atención
integral a los beneficiarios a través de la intervención y apoyo de otras instituciones gubernamentales en la operación de este Programa. Corresponde a “El SEDIF” y a “El SMDIF” ejecutar la acción de coordinación interinstitucional al nivel local para fortalecer la operación e impacto del Programa.
11.4 Concurrencia
El SNDIF, SEDIF, SMDIF y GD, promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios y de la población en pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación de la entidad, de conformidad con lo que establece la Ley General de Desarrollo Social.
Con la finalidad de apoyar la transparencia y rendición de cuentas, sobre los resultados de este Programa operado con recursos del Ramo 33 FAM-AS, existen mecanismos de intercambio de información entre los GD, SMDIF, SEDIF y las Instancias Globalizadoras Federales, así como con el SNDIF. Estos mecanismos se constituyen por la evaluación y el seguimiento establecidos por instancias federales, como la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL); así como las visitas de seguimiento, asesorías, reuniones, encuentros nacionales, y por el envío de información al SNDIF por parte de “EL SEDIF”, de acuerdo al calendario emitido por el SNDIF.
12. Mecánica de operación.
12.1 Proceso
SEDIF/SMDIF 1. Definen localidades a atender de acuerdo al grado de marginación.
2. Realizan diagnóstico exploratorio
3. Convocan asamblea comunitaria y presentan PSBC
4. Conforman Grupos de Desarrollo
5. Implementación de la participación y organización por parte de los SEDIF y SMDIF.
6. Elaboran el Diagnóstico Participativo (DP) y el Programa de Trabajo Comunitario (PTC).
SEDIF/SMDIF/GD
7. Aplican cuestionario diagnóstico de la Salud y Bienestar Comunitario (CUDISBIC).
8. Identifican necesidades de capacitación y de proyectos.
9. Elaboran Proyecto Anual de Salud y Bienestar Comunitario (PASBIC) y Estrategia Anual de Inversión Comunitaria (EAIC).
GD 10. Recibe capacitaciones e implementa proyectos comunitarios
11. Lleva a cabo procesos de Organización y Participación Comunitaria.
12. Continúa la ejecución de su PTC
12.2 Ejecución
Con la finalidad de apoyar la transparencia y rendición de cuentas, sobre los resultados de este Programa operado con recursos del Ramo 33 FAM-AS, existen mecanismos de intercambio de información entre los SMDIF, SEDIF y las Instancias Globalizadoras Federales, así como con el SNDIF. Estos mecanismos se constituyen por la evaluación y el seguimiento establecidos por instancias federales, como la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL); así como las visitas de seguimiento, asesorías, reuniones, encuentros nacionales, y por el envío de información al SNDIF por parte de “EL SEDIF”, de acuerdo al calendario emitido por el SNDIF.
Avances fiś ico-financiero
La SAyDC, formulará trimestralmente, por separado y bajo su estricta responsabilidad, el Reporte Parcial del Recurso Ejercido de las acciones realizadas, mismos que deberán remitir al SEDIF por conducto de la Subdirección de Planeación y Evaluación durante los siguientes quince días hábiles posteriores a la terminación de trimestre que se reporta y en los términos establecidos según el Programa Operativo Anual. Dichos informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso el reporte de las medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se informe.
Asimismo, el SEDIF, reportará a través de los diversos informes e indicadores solicitados por el Sistema Nacional DIF y otras instancias competentes, sobre los avances respecto al avance físico financiero de los programas.
Cierre de ejercicio
Conforme lo estipula la Ley General de Contabilidad Gubernamental se presentará la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.
El SEDIF entregará la información financiera que solicite la Secretaría de Finanzas del Estado para dar cumplimiento a esta Ley General de Contabilidad Gubernamental, en los términos de las disposiciones que para tal efecto emita la misma Secretaría.
La fiscalización sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental corresponderá a las entidades de fiscalización superior de las Entidades Federativas, así como a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Auditoría Superior de la Federación, en los términos de las disposiciones federales aplicables, fiscalizará las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal, así como el destino y ejercicio de los recursos con los que opera este Programa.
Conforme lo estipula el Artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios:
A más tardar el 15 de enero de cada año, se deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengadas por sus Entes Públicos.
Sin perjuicio de lo anterior, las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior se hayan comprometido y aquéllas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el
convenio correspondiente; una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes. Los reintegros deberán incluir los rendimientos financieros generados.
Para los efectos de este artículo, se entenderá que las Entidades Federativas han devengado o comprometido las Transferencias federales etiquetadas, en los términos previstos en el artículo 4, fracciones XIV y XV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
12.3 Causas de Fuerza Mayor
Con fundamento en los planteamientos de la Gestión Integral de Riesgo de Desastres inmersos dentro de la Ley de Protección Civil y el derecho a la asistencia social con base en la Ley General de Asistencia Social, ante una condición de emergencia o desastre que por causas de fuerza mayor y/o casos fortuitos que no hayan podido ser previstos, el SNDIF y/o el SEDIF podrán re direccionar los recursos financieros o dotaciones ya adquiridas de los programas de asistencia social alimentaria a los grupos de mayor afectación y/o quienes pierdan su fuente de ingreso como resultado de la contingencia y/o a sectores urbanos y/o rurales que estén más expuestos. Lo anterior, a fin de atender de inmediato, en el corto y mediano plazo, las necesidades alimentarias básicas de la población afectada.
Lo anterior, se dará a conocer a través de los medios oficiales de comunicación y en la página oficial del SEDIF.
13. Evaluación, seguimiento y control.
13.1 Información Presupuestaria
Los recursos para la operación del Programa Salud y Bienestar Comunitario tienen su origen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, Ramo General 33: Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, Fondo V de Aportaciones Múltiples, componente Asistencia Social (FAM-AS), mismos que se rigen por la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). De acuerdo con esta Ley, el ejercicio y aplicación de estos, es responsabilidad de cada Entidad Federativa, en el marco de la estructura programática que establezca el SNDIF.
De acuerdo con la LCF, en su artículo 40, las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación, se destinarán en un 46% al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios, y de asistencia social, a través de instituciones públicas, con base en lo señalado en la Ley de Asistencia Social (LAS), el cual es denominado componente Asistencia Social. Asimismo, se destinará el 54% restante a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel, el cual es denominado Componente Infraestructura Educativa.
Los recursos del FAM-AS podrán ser utilizados para la operación de los programas de la EIASADC, emitida por el SNDIF, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) y los servicios de asistencia social establecidos en el artículo 168 de la Ley General de Salud (LGS) y en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social (LAS), conforme a lo siguiente:
a) Los SEDIF deberán priorizar la atención alimentaria y, por lo tanto, utilizar no menos del 85% de los recursos del FAM-AS que les fueren transferidos para la operación de programas alimentarios mediante los cuales se preste el servicio previsto en el artículo 12, fracción VIII, de la LAS, mismos que para estos efectos serán descritos en la presente estrategia.
b) Los SEDIF podrán destinar hasta un 15% de los recursos del FAM-AS que les fueren transferidos para:
b.1) La prestación de otros apoyos y/o servicios de asistencia social enmarcados en el programa Asistencia Social a Personas en Situación de Vulnerabilidad de la EIASADC, deberán apegarse a los enunciados en el artículo 12 de la LAS, y de conformidad con la presente estrategia.
b.2) La ejecución del Programa de Salud y Bienestar Comunitario.
b.3) En caso de que los SEDIF requieran ejercer gastos de operación, podrán destinar hasta un 2% del total de los recursos del FAM-AS que les fueren transferidos. Estas actividades deberán a su vez, ser acordes con el propósito establecido para el FAM- AS en el Tomo IV del PEF 2023.
13.2 Evaluación.
Evaluación interna. Se llevará a cabo a través de un seguimiento de los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas, deberá incluir la realización de encuestas de satisfacción y la aplicación de una cédula que permita medir el avance de la salud y el bienestar comunitario.
Evaluación externa. A través de la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación y del Estado, quienes deberán ajustarse a los Lineamientos aprobados por el Consejo Estatal de Evaluación.
Indicadores de evaluación
Nombre del Indicador Fórmula
Porcentaje de Grupos de Desarrollo que habitan en localidades de alta y muy alta marginación, y que han implementado al menos un proyecto para el beneficio de la localidad. Número de Grupos de Desarrollo que habitan en localidades de alta y muy alta marginación que han implementado al menos un proyecto para el beneficio de su localidad en un periodo de 2 años
Número de Grupos de Desarrollo que habitan en localidades de alta y muy alta marginación que han sido apoyados por el programa en periodo de 2
años X 100
Porcentaje de Grupos de Desarrollo constituidos en las localidades de alta y muy alta marginación que han demostrado que cuentan con habilidades y conocimientos para la gestión e implementación de proyectos de desarrollo comunitario según una evaluación independiente que deberá aplicarse al concluir la capacitación. Número de Grupos de Desarrollo constituidos en localidades de alta y muy alta marginación cuya totalidad de integrantes aprobaron una calificación mínima de 7 en un ejercicio de evaluación de habilidades y conocimientos para la gestión e implementación de proyectos de desarrollo
comunitario en el año T
Número de Grupos de Desarrollo constituidos en localidades de alta y muy alta marginación que realizaron el ejercicio de evaluación de habilidades y conocimientos para la gestión e implementación de proyectos de desarrollo comunitario en el año
T x 100
Porcentaje de capacitaciones otorgadas a Grupos de Desarrollo Número de Capacitaciones otorgadas a Grupos de Desarrollo para generar conocimientos y habilidades de gestión
Número de capacitaciones programadas por el SEDIF para ser impartidas en un ejercicio fiscal. X 100
Porcentaje de actividades realizadas en el Número de actividades realizadas del programa anual para el seguimiento del subsidio
programa anual de trabajo para el otorgamiento y seguimiento de los subsidios. Número de actividades programadas en el programa anual para el seguimiento del subsidio x
100
13.3 Control y auditoría
El SNDIF, el SEDIF y los SMDIF tienen la obligación de proporcionar a Instancias Fiscalizadoras la información necesaria para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías, revisiones o visitas de inspección de acuerdo a los programas anuales de auditorías o en el caso que juzgue pertinente; así́ como dar atención a las recomendaciones realizadas por dichas instancias. Los recursos federales, no pierden su carácter federal a pesar de ser transferidos a las Entidades Federativas. Es por ello que son auditados y revisados por la Secretaría de la Función Pública, a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, o en su caso, por la Unidad de Auditoría Gubernamental de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y/o auditores/as independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Resultados y seguimiento
El seguimiento de las actividades lo realizarán en conjunto la Dirección General, la Coordinación Administrativa, la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario y la Subdirección de Planeación y Evaluación, atendiendo las recomendaciones que realicen la Secretaría de la Función Pública y otros entes fiscalizadores.
13.4 Mecanismo de participación ciudadana
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, a efecto de que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, elaborada por la Instancia Ejecutora y validada por la Secretaría de la Función Pública; y demás documentos normativos establecidos por el Programa, promoviendo la participación de hombres y mujeres preferentemente de forma equitativa en la Conformación de los Comités de Contraloría Social.
1. Datos Generales del Mecanismo De Participación Ciudadana
a) Institución que lo coordina: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.
b) Área dentro de la Institución responsable dela coordinación del mecanismo:
Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario.
c) Nombre del mecanismo: Comité de Participación Social.
d) Objetivo general del mecanismo: La corresponsabilidad, rendición de cuentas, la transparencia en la aplicación del recurso, la vigilancia y seguimiento a la operación de los
e) programas, ya que es la forma en la que los padres de familia y otros miembros de la comunidad se involucran en la operación de los mismos.
f) Tema central a desarrollar por el mecanismo: Participación Social
g) Requisitos para acceder al mecanismo de participación: Ser población beneficiaria del programa asistencia alimentaria a personas de atención prioritaria, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el programa.
h) Principal sustento jurídico que da origen al mecanismo:
Reglas de operación de los Programas Estatales del SEDIF Zacatecas.
2. Vigencia: Temporal, de enero de 2023 a diciembre de 2023.
3. Tipo De Participación: De monitoreo.
4. Modalidad De La Participación: Presencial.
5. Forma O Figura De La Participación: Parcelación Social.
6. Nivel De Incidencia Del Mecanismo De Participación: Vigilancia.
7. Cobertura Territorial Del Mecanismo: Municipal.
8. Convocatoria Para Participar En El Mecanismo:
La convocatoria se dará a conocer por medio de los SMDIF.
9. Monitoreo Y Seguimiento: Se debe promover la participación de la población beneficiaria de todos los programas operados con recursos federales, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el Programa. Lo anterior será a través de la integración, operación y vinculación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en cada uno, así como de la correcta aplicación de los recursos federales asignados al mismo.
10. Datos de Contacto del Responsable Institucional del Mecanismo de Participación Ciudadana
a) Nombre: Juan Francisco
b) Apellido Paterno: Díaz
c) Apellido Materno:
d) Cargo: Subdirector de Alimentación y Desarrollo Comunitario
e) Estado: Zacatecas
f) Municipio: Zacatecas
g) Colonia: Hidráulica
h) Calle: Rio Lerma
i) Número exterior: 100
j) Número interior:
k) Código Postal: 98608
l) Teléfono: 4929242337
m) Extensión:
n) Correo electrónico: alimentariazacatecas@gmail.com
13.4 Indicadores de resultados Matriz de indicadores
14. Transparencia
14.1 Difusión
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, estas Reglas de Operación, se publicarán en la Periódico Oficial del Estado y estarán disponibles en el portal de transparencia de la página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
De igual manera y tal como lo establece el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la información sobre montos, beneficiarios y avances físico-financieros estarán disponibles en el portal de la página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
El SEDIF, en coordinación con los SMDIF, realizan la difusión y promoción del Programa en todas y una de las localidades de la Entidad, principalmente las comunidades de alta y muy alta marginación y/o en las localidades focalizadas en conjunto con otras Instancias por contar con población potencial para ser atendidas.
Así mismo se da a conocer en los insumos y en cualquier medio de difusión la leyenda establecida en el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2023 "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
De igual manera y de acuerdo con los artículos 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 48 de la Ley de Contabilidad Fiscal, se publicarán los informes sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos que se realizan por medio del Sistema de Recursos Federales Transferidos.
Aunado a lo anterior para contribuir a la transparencia de la información sobre el desempeño de los recursos públicos. Se publicarán a través de los siguientes medios:
• Órganos locales oficiales de difusión, y
• Página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
14.2 Padrones de beneficiarios
Es la lista, registro o base de datos de personas beneficiarias que reciben directa o indirectamente subsidios y/o apoyos presupuestarios (a nivel municipio y/o localidad), por haber cumplido con los criterios de elegibilidad y con los requerimientos establecidos en las disposiciones aplicables relativas al Programa de que se trate.
En el caso del PSBC, por tratarse de un programa que trabaja a nivel territorial (área de enfoque) se registran a las personas representantes del GD como población beneficiaria.
La Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario es el área responsable de la integración del padrón de beneficiarios del programa y la periodicidad con que se deberán de entregar el padrón para su integración al Padrón Único de Beneficiarios del Gobierno del Estado.
14.3 Quejas, denuncias y solicitudes de información
Los beneficiarios, los representantes de los SMDIF u otras organizaciones y la población en general pueden acudir en cualquier momento al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente en la entrega de apoyos alimentarios, a través de las siguientes vías:
• De lunes a viernes de 8:30 a 16:00 horas en las Oficinas Centrales del SEDIF, Avenida Paseo de la Encantada número 102, Colonia La Encantada, Zacatecas, Zacatecas. C.P. 98088. Teléfono 01 492 92 5 68 03.
• De lunes a viernes de 8:30 a 16:00 horas en las Oficinas de la Dirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario, Calle Rio Lerma número 100, Colonia Hidráulica, C.P. 98060. Teléfono 01 492 92 4 23 37 extensión 102 y 103.
• Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
a) Red Estatal de Buzones;
b) Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http//contraloriasocial.zacatecas.gob.mx
c) Correo electrónico: contraloriasocial@zacatecas.gob.mx, y Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67
Los programas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Zacatecas estarán regidos por lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus municipios, y el uso adecuado de los recursos que se entregan por parte del SEDIF es responsabilidad de quien los recibe.
Todos los programas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Zacatecas, son públicos, ajenos a cualquier partido político, queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los programas.
Zacatecas, Zac., a los XX días del mes de enero del año dos mil veintitrés. El Director General del SEDIF L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado. - Rúbrica.
15. Transitorios y Rúbrica del Funcionario Facultado Transitorios
UNO.- Las presentes reglas de operación se emiten conforme a la estructura establecida en el Anexo T2.A Modelo de reglas de operación de los Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario 2023, toda vez que deben encontrarse alineadas, en primer lugar, a las leyes emitidas por la Federación.
DOS. - Se emiten las presentes Reglas de Operación para el ejercicio 2023 del Programa Salud y Bienestar Comunitario con vigencia a partir del día siguiente de su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2023.
TRES.- Para efectos del Proceso Operativo Estatal se añade el siguiente planteamiento del proceso administrativo para la convocatoria, recepción de solicitudes, selección de beneficiarios y la solicitud para la ejecución del recurso.
Zacatecas, Zac., a los (25) veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado Director General del Sistema Estatal para el
Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas
16. CONVOCATORIA Y ANEXOS
16.1 Convocatoria
El SMDIF Realiza la difusión sobre objetivos y operación del Programa, destacando la importancia de la focalización para el aprovechamiento de los recursos.
Lleva a cabo un diagnóstico de las solicitudes para detectar a la población que por su situación de vulnerabilidad son sujetos de apoyo.
Recibir Solicitudes. –
El SEDIF evalúa e incorpora el padrón de beneficiarios, integrando a los solicitantes que cumplan con los requisitos de las presentes reglas de operación y recaba la documentación requerida para integrar el padrón de beneficiarios.
Selección de Beneficiarios. -
El SEDIF realiza la captura del padrón en el captura en el SIIAS para su posterior integración en el SIPAB.
Solicitud del Oficio de Ejecución. -
El SNDIF, a través de la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario, emite el oficio de notificación a través del cual se informa el presupuesto asignado para la operación de los programas y acciones de asistencia social. El SEDIF, presenta ante la Coordinación Estatal de Planeación del Gobierno del Estado de Zacatecas, el proyecto para la aplicación de recurso asignado.
Una vez revisado y aprobado el proyecto, la Coordinación Estatal de Planeación del Gobierno del Estado de Zacatecas emite el/los Oficio(s) de Ejecución con lo cual se brinda la autorización para la aplicación del recurso. Posteriormente El SEDIF inicia el procedimiento de licitación.
16.2 Anexos
Árbol del problema
Fuente: Elaboración propia
Árbol de Objetivos
Fuente: Elaboración propia
Información básica Información general
Nombre comercial del programa [PROGRAMA SALUD Y BIENESTAR COMUNITARIO]
Nombre del Programa Presupuestario [73 - Hambre cero]
Modalidades de apoyo
( )
( )
( )
Apoyos económicos
a. Monetario
b. Becas
c. Convenios
( x )
( x )
( )
Apoyos en especie
a. Bienes
b. Servicios
c. Infraestructura
Transversalidad
( IS-10 )
( DH - 10 )
( 2.1 ) (Si )
(Si )
Alineación a Transversalidades
a. Igualdad Sustantiva
b. Derechos Humanos
c. Objetivos de Desarrollo Sostenible
d. Niñas, Niños y Adolescentes
e. Prevención Social del Delito
Derecho social y humano
Anexo 1. Derechos Sociales y Humanos. [10 - Implementar acciones para la protección, respeto, promoción y garantía de los derechos humanos de todas las personas que transitan temporalmente por el territorio zacatecano]
Alineación al Plan Estatal de Desarrollo
Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 [2 - Política Social]
[2.3.4 - Garantizar la disponibilidad de alimentos en los hogares
que respondan a las necesidades nutricionales, diversidad y cultura. ]
Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Zacatecas
2022-2027 [2.-Bienestar para Todos]
[9.-Atención a Grupos Vulnerables]
[5 - Fortalecer la atención a personas en condiciones de vulnerabilidad, bajo la norma de no dejar a nadie afuera, no dejar a nadie atrás. ]
Programa General Prospectivo 2030 [Estrategia]
4.2.1 Objetivo
Procurar y lograr una sociedad con bienestar a través del fortalecimiento del sentido de comunidad y la construcción de mecanismos de inclusión social, sobre los que se levante un escenario de igualdad de derechos a partir de la atención de rubros como el desarrollo social y el combate a la pobreza; la salud y la alimentación; las culturas del deporte; los desafíos relativos a la concentración y dispersión poblacional; la migración; y la producción y distribución del ingreso en las comunidades
[Componente Estratégico]
4.2.1.2 Lograr la cobertura universal en servicios sanitarios y en el acceso a los nutrientes básicos.
[Prioridad de acción ]
● Favorecer la complementariedad de programas federales y estatales con metas vinculadas a la mejora nutricional, a partir de eficientar la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno.
● Favorecer la producción de alimentos en comunidades y ejidos del estado para el autoconsumo en las mismas.
Programa Sectorial [OBJETIVO 48. Ampliar la cobertura de programas sociales federales para la atención a grupos vulnerables.]
[48.1 Otorgar apoyos a la población vulnerable de Zacatecas con el fin de coadyuvar en la superación de la carencia alimentaria mediante el Programa “Hambre Cero”.]
48.1.4 Otorgar Paquetes alimentarios para mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad en municipios, localidades o AGEB rurales, urbanas o indígenas de muy alto y alto grado de marginación.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 2.1
[2 Hambre Cero]
Información administrativa-organizacional
Dependencia responsable
[Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia]
Dirección o unidad administrativa directa responsable [Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario]
Información programática-presupuestal
Finalidad del Programa
Función del Programa
[2 - Desarrollo Social]
[2.6 - Protección Social]
Presupuesto autorizado
[$3,500,000.00]
Clave presupuestal [$3,320,000.00]
[4616101295734411]
Nota: en caso de registrar más de una clave presupuestal, indicar el monto para cada una.
[$1,180,000.00]
[4616101295-4411-4113]
Partida de gasto
[4411-4113]
Clave del programa presupuestario
[PPEO-61S073] S-76
Gastos de operación
[$1,180,000.00]
[Clave presupuestal: UP-UR-UEG-PP- Componente-
Partida]
[4411 Ayuda social ( Compra de Despensas-paquetes alimentarios- desayunos fríos y calientes.] y 4113 Gastos de operación viáticos, gasolina etc