I. FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN JURÍDICA
L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado, en su carácter de Director General del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la familia, conforme al nombramiento de fecha tres de febrero del año dos mil veintidós, expedido en mi favor por el C. Lic. David Monreal Ávila, Gobernador del estado de Zacatecas y con fundamento en el artículo 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículo 57 Fracción I de la Ley de Entidades Públicas Paraestatales del estado de Zacatecas y en los artículos 44 y 48 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Zacatecas así como los artículos 18, 21, 22 y 30 de la Ley de Asistencia Social del estado de Zacatecas, publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado en fecha 04 de abril de 2007, mediante Decreto no. 442 y su última reforma de fecha 26 de diciembre de 2020, tiene a bien expedir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN 2023
PARA EL PROGRAMA DE ATENCIÓN ALIMENTARIA EN LOS PRIMEROS 1000 DÍAS DEL ESTADO DE ZACATECAS
CONSIDERANDO:
Que existe inseguridad alimentaria en la población con carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad en el Estado de Zacatecas.
Que los criterios normativos para la operación de los programas alimentarios en el SEDIF se establecen en la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario (EIASADC), lo que implica que el Sistema es el responsable del uso de los recursos para lo cual se deben elaborar y publicar las reglas de operación que cumplan tanto con lo que establece el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).
Que la razón de ser de los Programas de Alimentación y Desarrollo Comunitario que implementa el SEDIF Zacatecas, son las familias que viven en condición de pobreza alimentaria, privilegiando el desarrollo de las capacidades asociadas con la educación, la salud y la nutrición, siempre en un margen de respeto a sus características culturales y locales, potenciando acciones integrales con el fin de garantizar efectos permanentes o a largo plazo.
Que si bien la presencia de carencias asociadas a cada uno de los espacios impone una serie de limitaciones específicas que violan la libertad y la dignidad de las personas, la presencia simultánea de carencias en los espacios de los derechos sociales y del bienestar económico agrava de forma considerable sus condiciones de vida. Puesto que se trata de derechos sociales garantizados por la Constitución, cualquier privación social tiene un interés fundamental. Sin embargo, para propósitos de política pública, es prioritaria la atención de las personas que, además de presentar carencias sociales, también tienen un ingreso insuficiente. De acuerdo con el documento metodológico, se considera que una persona está en situación de pobreza multidimensional cuando tiene carencias tanto en el espacio de bienestar económico como en el de derechos sociales, por ello el SEDIF se da a la tarea de proporcionar a la población en esta condición apoyos que ayuden a mitigar la situación de pobreza, toda vez que, una persona se encuentra en pobreza multidimensional si no tiene garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos para el desarrollo social, y si sus ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades‖ (CONEVAL, 2020).
Que según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en 2020 el 17.0 % de la población de Zacatecas se encuentra en condición de pobreza alimentaria, es decir, 277.1 miles de habitantes del estado de Zacatecas, definiendo a la pobreza alimentaria como la “Incapacidad para obtener una canasta básica alimentaria, aun si se hiciera uso de todo el ingreso disponible en el hogar en comprar sólo los bienes de dicha canasta”. La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), define que hay seguridad alimentaria “cuando las personas en todo momento tienen acceso físico y económico a suficiente alimento, seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida activa y sana”.
Que el Consejo Nacional de Población (CONAPO), identifica 181 localidades de muy alta y alta marginación en el Estado de Zacatecas, con una población de 5,388 habitantes que representan el 0.33% de la población estatal, ubicando en estas poblaciones las condiciones de mayor dificultad de vida por la vulnerabilidad e inseguridad alimentaria que prevalece entre la población que en ellas habita.
Que un gran número de zacatecanas y zacatecanos encuentran agravada su vulnerabilidad socioeconómica por razones de edad (adultos mayores), condiciones físicas o mentales (personas con discapacidad), situación familiar (mujeres jefas de familia) y otras.
Que la niñez se mantiene como una de las etapas más prometedoras para lograr el desarrollo del capital humano en nuestro país. El derecho a la protección de la salud y seguridad social de niñas y niños quedó establecido como prioridad con la creación del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en 2015. En 2018 se reafirma este sistema, además de que se consolidan cada una de las autoridades, desde sus respectivas competencias para, entre otras, reducir la morbilidad y mortalidad, asegurar asistencia médica y sanitaria, haciendo hincapié en la atención primaria de este grupo de población. La ENSANUT 2018 presenta el panorama de la situación referente al acceso a salud y seguridad pública que han tenido los niños y niñas de México. Los principales indicadores considerados para representar el estado de salud de niños y niñas comprenden: la cobertura de vacunación, el porcentaje de niñas y niños con enfermedades diarreicas o infecciones respiratorias, así como la funcionalidad, los accidentes a los que están expuestos además de, los episodios y el tipo de violencia que puedan sufrir. La ENSANUT 2018 obtuvo información de 10 100 niñas y niños de 0 a 4 años de edad, y de 11 395 niños y niñas de 5 a 9 años de edad. Para Zacatecas la muestra de niñas y niños de 0 a 9 años fue de 823, de los cuales 417 son hombres y 406 son mujeres. Éstos representaron una población de 312 887, de los cuales 49.5% fueron mujeres y 50.5% fueron hombres.
Que estos antecedentes sustentan que el Gobierno del estado de Zacatecas, instrumente acciones que contribuyan a mejorar el estado de nutrición y promuevan una alimentación correcta mediante el Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días, dirigidas a la población en pobreza alimentaria, agravada por otras condiciones de vulnerabilidad social.
Que en el SEDIF Zacatecas se operan varios programas para atacar la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad. Dichos programas se desarrollan con una inversión de fuente federal por medio del Ramo 33, Fondo de Asistencia Social, para abatir de manera paulatina la pobreza alimentaria que padece el Estado de Zacatecas; de igual forma, se manejan programas que apoyan en pequeña medida a disminuir la pobreza de capacidades y de patrimonio en grupos de atención prioritaria como lo son: las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes en edad escolar, recién nacidos y las madres jefas de familia.
Que de acuerdo al Censo de Población 2020, Zacatecas cuenta aún con 181 localidades de muy alta y alta marginación; desagregadas en los 58 municipios del estado de Zacatecas como sigue: 87 localidades en muy alta marginación y el resto, 94, en alta marginación.
Ilustración 1 Indicadores de Pobreza en Zacatecas según CONEVAL (2020)
Fuente: recuperado el 20 de abril de 2022 de https://www.coneval.org.mx/coordinacion/entidades/PublishingImages/Pobreza_2020/Cuadro_1_Za catecas.JPG
1. Introducción
Este programa busca incrementar la ingesta alimentaria y nutricional de mujeres embarazadas, lactantes, niñas y niños en los primeros 1,000 días de vida (entre 6 meses y 2 años de edad), que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad.
Según datos del Censo de Población y Vivienda 2020, en Zacatecas la población total de mujeres de 12 a 19 años es de 114, 451, de las cuales el 6.9%, es decir 7 mil 895 mujeres han tenido al menos una hija o hijo nacido vivo.
Aunado a lo anterior, la medición de pobreza de 2018 (según datos del CONEVAL) muestra que, en Zacatecas, el porcentaje de menores de edad en pobreza fue 2.2 puntos porcentuales mayor que el porcentaje nacional en el mismo año. En 2018, la entidad ocupó el lugar 12 respecto a las demás entidades federativas por su porcentaje de menores de edad en pobreza, con aproximadamente 283,900 menores de edad en esta situación. La pobreza en el grupo de personas menores de edad se redujo en 4.2 puntos de 2008 a 2018, mientras que el grupo de adultos redujo su porcentaje en
2.2 puntos porcentuales. En 2018 el porcentaje de pobreza de los niños y adolescentes en Zacatecas fue mayor al de los adultos por 7.6 puntos porcentuales.
Estos datos brindan información base sobre la problemática principal que se busca atender con este Programa y el por qué se atiende en varias fases embarazo, lactancia y del nacimiento hasta los 2 años.
En México, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), es la institución responsable de conducir políticas públicas en materia de asistencia social que promueven la integración de la familia y acciones encaminadas para mejorar la situación vulnerable de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.
La Organización de las Naciones Unidas reconoce en instrumentos concretos el derecho a la alimentación adecuada, como la Convención sobre los Derechos del Niño (apartado c del párrafo 2 del artículo 24 y párrafo 3 del artículo 27), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (párrafo 2 del artículo 12) y la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (apartado f del artículo 25 y párrafo 1 del artículo 28), si bien su formulación más explícita, a un nivel más general, aparece en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 y en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado el 16 de diciembre de 1966.
El 23 de noviembre de 2004, los 187 Estados Miembros del Consejo General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), adoptaron un “Conjunto de Directrices Voluntarias con el fin de Respaldar la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el Contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional”. Estas Directrices son un conjunto de recomendaciones que los Estados han aprobado para contribuir a la realización del derecho humano a una alimentación adecuada. Ofrecen a los Estados orientaciones prácticas sobre el mejor modo de cumplir la obligación, contraída en virtud del derecho internacional, de respetar el derecho a una alimentación adecuada y asegurar que las personas no padezcan hambre.
Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4° señala el derecho de los niños y las niñas a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, señalando que el Estado otorgará las facilidades a los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de este derecho.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio 2019, establece “No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera” como un principio rector, pugnando por la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la dignidad de los adultos mayores y el derecho de los jóvenes a tener un lugar en el mundo; orientado a subsanar y no a agudizar las desigualdades, consciente de las necesidades de los habitantes futuros del país; la Política Social para “Construir un país con bienestar”;
En alineación con el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 los Programas de Asistencia Social Alimentaria coadyuvan al Principio Rector 2. Bienestar para Todos, y a la Política Publica 2.9 Atención a Grupos Vulnerables.
A fin de coadyuvar en el cumplimento de lo descrito, se emiten las presentes Reglas de Operación para el ejercicio 2023 del Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días del estado de Zacatecas con vigencia a partir del siguiente día de su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2023.
2. Antecedentes
La historia del surgimiento del Programa inicia en 1929 con el “Programa Gota de Leche”. Entre 1935 y 1945 los desayunos escolares que se entregaban a los niños consistían en un cubo de 250 mililitros de leche entera, sándwich, huevo cocido y un postre. Cabe destacar, que la composición del desayuno escolar, atendía en esa época, a la declaratoria sobre la desnutrición como un problema grave de salud en México, ante lo cual, médicos e intelectuales incentivaron la adopción de una dieta basada en cereales, alimentos de origen animal, leche y productos lácteos (Aguilar Rodríguez, 2008).
Años después, el SNDIF retoma esta acción a través de dos Programas, Raciones Alimentarias (PRA) y Asistencia Social Alimentaria a Familias (PASAF), operando bajo un esquema centralizado, ya que en sus instalaciones se encontraba la planta de desayunos escolares en donde, tras empacar los productos, se enviaban a estados cercanos a la Ciudad de México a través una red de distribución. En 1989 los desayunos escolares comienzan a entregarse más allá de la periferia de la Ciudad de México, incluyendo a los estados de Hidalgo, Estado de México y Tlaxcala, en 1990 se agregó a la lista Aguascalientes.
Para 1991, la cobertura de desayunos escolares llegó al estado de Guanajuato y en 1993 se expandió a Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla y Veracruz. En 1994 los desayunos se empezaron a distribuir en Chihuahua, Chiapas, Coahuila, Durango, San Luis Potosí, Tabasco, Zacatecas, Querétaro, Sinaloa. Es en 1995 que el Programa abarcó las 32 entidades del país.
En 1997 el propio SNDIF determinó que el modelo de operación para la entrega de desayunos escolares, no permitía la flexibilidad suficiente para considerar las diferencias en torno al consumo, así como los hábitos y cultura alimentaria de cada entidad. Además, los costos de operación se elevaban, resultando ser un modelo de operación poco eficiente, por lo que se decidió compartir la responsabilidad con las diferentes entidades.
De esta manera, se llevó a cabo la descentralización de los programas alimentarios. Es a partir de ésta, que en 2001 el SNDIF convocó a los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) para desarrollar un proyecto de coordinación para la operación de los programas alimentarios. Se conformaron comisiones de trabajo, en las que se llegó a la conclusión de que era necesaria la creación de una estrategia que permitiera retomar las diferentes modalidades de operación de los programas alimentarios, que los SEDIF estaban operando. El resultado de este trabajo fue la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria (EIASA), formada por cuatro programas, además de acciones de focalización, orientación alimentaria y aseguramiento de la calidad. Los Programas establecidos fueron el Programa de Desayunos Escolares, Programa de Asistencia Social Alimentaria a Menores de Cinco Años en Riesgo, no Escolarizados, Programa de Asistencia Social Alimentaria a Familias en Desamparo y Programa de Asistencia Social Alimentaria a Sujetos Vulnerables. El objetivo de la Estrategia fue contribuir a mejorar el estado de nutrición de los sujetos de asistencia social, misma que ha evolucionado de acuerdo con el contexto actual de salud y nutrición.
A partir de 2019 se trabajó en la construcción de una nueva estrategia integral a favor de la alimentación saludable, sostenible y justa para la niñez y la población en condiciones de vulnerabilidad, que contribuya a revertir las tendencias y cifras crecientes de los problemas de malnutrición, pero que, además, se enriqueciera con el fomento de la participación social y la promoción de la salud para contribuir al desarrollo de las comunidades más vulnerables de nuestro país.
Otra de las acciones importantes, fue la creación del Programa de Asistencia Social Alimentaria en los Primeros 1000 Días, que comprende desde el embarazo hasta los dos años de vida de las niñas y niños, los cuales representan el grupo de edad en el que se encuentra la ventana de oportunidad para lograr mayor efectividad en las acciones e intervenciones para corregir problemas de desnutrición y/o deficiencias nutrimentales. Después de esta edad, las medidas que se tomen para modificar este tipo de condiciones, no podrán revertir las afectaciones en la talla de las niñas y niños ni en su desarrollo intelectual.
3. Glosario de términos
Almacén: El Almacén Central del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas.
AGEB: Es la extensión territorial que corresponde a la subdivisión de las áreas geoestadísticas municipales. Constituye la unidad básica del Marco Geoestadístico Nacional y, dependiendo de sus características, se clasifican en dos tipos: urbana y rural.
50, perfectamente delimitadas por calles, avenidas, andadores o cualquier otro rasgo de fácil identificación en el terreno y cuyo uso del suelo sea principalmente habitacional, industrial, de servicios, comercial, etcétera, sólo se asignan al interior de las localidades urbanas.
AGEB rural: Subdivisión de las áreas geoestadísticas municipales que se ubican en la parte rural, cuya extensión territorial es variable y se caracteriza por el uso del suelo de tipo agropecuario o forestal. Contiene localidades rurales y extensiones naturales como pantanos, lagos, desiertos y otros, delimitada por lo general por rasgos naturales (ríos, arroyos, barrancas, etcétera) y culturales (vías de ferrocarril, líneas de conducción eléctrica, carreteras, brechas, veredas, ductos, límites prediales, etcétera).
Alimentación complementaria: Es el proceso que se inicia con la introducción paulatina de alimentos diferentes a la leche humana, para satisfacer las necesidades nutrimentales de la niña o el niño, se recomienda después de los 6 meses de edad.
Alimentación correcta: Hábitos alimentarios que, de acuerdo con los conocimientos reconocidos en la materia, cumplen con las necesidades específicas de las diferentes etapas de la vida, promueven en las niñas y los niños el crecimiento y desarrollo adecuados, y en los adultos, permiten conservar o alcanzar el peso esperado para la talla y previenen el desarrollo de enfermedades.
Análisis de laboratorio de los insumos: Procedimiento químico por el cual se analizan las características físicas, químicas, biológicas y de inocuidad de los alimentos.
Apoyo Alimentario: Dotación de alimentos básicos diseñada en base a los Criterios de Calidad Nutricia emitidos por el SNDIF.
Aseguramiento de la calidad alimentaria: Conjunto de acciones planificadas y sistematizadas, necesarias para proporcionar la confianza de que los insumos alimentarios que se entregan a los beneficiarios no afecten su salud.
Azúcares añadidos: Azúcares añadidos a los alimentos y bebidas durante la elaboración industrial o la preparación casera.
Beneficiarios: Población a la que van dirigidas los programas y apoyos de asistencia social.
Cadena de suministro: Secuencia de las etapas y operaciones involucradas en la producción, procesamiento, distribución, almacenamiento y manipulación de un alimento y sus ingredientes, desde su producción primaria hasta su consumo.
Calidad: Propiedades y características de un producto o servicio para satisfacer las necesidades específicas o implícitas de los consumidores.
Capacitación: Proceso de formación destinado a promover, facilitar, fomentar y desarrollar las aptitudes, habilidades o conocimientos de las personas, con el fin de permitirles mejores oportunidades y condiciones de vida.
Cédula de inspección a almacenes: Herramienta de verificación que incluye los requisitos mínimos establecidos en la normatividad oficial vigente, que permite evaluar las buenas prácticas de almacenamiento que deberá cumplir un almacén.
Cereales de grano entero: Cereal de granos intactos que, al someterse a un proceso de molienda, rompimiento, hojuelado, entre otros, conserva sus principales componentes anatómicos y están presentes en una proporción relativamente igual a la existente en el grano intacto original, logrando esto de manera natural o a través de medios tecnológicos.
Contaminación: Presencia de materia extraña, sustancias tóxicas o microorganismos, en cantidades que rebasen los límites permisibles establecidos por la Secretaría de Salud o en cantidades tales que representen un riesgo a la salud.
Comité: Grupo de personas con representación de la comunidad o grupo organizado para participar en los programas de los que son beneficiarios.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Contraloría Social: es el mecanismo de participación ciudadana ejercido por los Beneficiarios de los Programas Estatales de Desarrollo Social, quienes de manera organizada realizan acciones de vigilancia, seguimiento y evaluación de dichos programas, respecto del cumplimiento de las metas y acciones establecidas para la correcta aplicación de los recursos públicos asignados, así como el adecuado actuar de los servidores públicos responsables.
Criterios de calidad nutricia: Herramienta conceptual, flexible a diferentes contextos, para orientar el diseño de dotaciones alimentarias y menús cíclicos que cumplan con las características de una dieta correcta.
Cultura alimentaria: Manifestación singular de un grupo social relativa a sus hábitos de consumo de alimentos, con base en su acervo culinario, el cual está conformado por factores geográficos, económicos, sociales, religiosos e históricos.
Desastre: Resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural o por la actividad humana (antropogénicos), que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
Desnutrición: Al estado patológico inespecífico, sistémico y potencialmente reversible que se genera por el aporte insuficiente de nutrimentos, o por una alteración en su utilización por las células del organismo. Se acompaña de varias manifestaciones clínicas y reviste diversos grados de intensidad (leve, moderada y grave).
Dieta correcta: A la que cumple con las siguientes características de la dieta correcta: completa, equilibrada, inocua, suficiente, variada y adecuada.
Dotación alimentaria: paquete conformado por insumos que forman parte de la cultura alimentaria de los beneficiarios, de acuerdo con los criterios de calidad nutricia, que contribuye a promover una alimentación correcta y que se otorga a través de los programas de atención alimentaria.
EIASADC: Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario.
Especificaciones técnicas de calidad: Características o requisitos que deben cumplir los insumos alimenticios de acuerdo con la EIASADC.
Estado de nutrición o estado nutricio: Es el resultado del equilibrio entre la ingestión de alimentos (vehículo de nutrimentos) y las necesidades nutrimentales de los individuos; es asimismo consecuencia de diferentes conjuntos de interacciones de tipo biológico, psicológico y social.
Etiqueta: Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida, sobrepuesta o fijada al envase del producto preenvasado o, cuando no sea posible por las características del producto, al embalaje.
Fibra dietética: Parte comestible de las plantas o hidratos de carbono que son resistentes a la digestión y a la absorción en el intestino delgado humano y que sufren una fermentación total o parcial en el intestino grueso; se encuentra en leguminosas, cereales integrales, verduras y frutas. La fibra dietética incluye polisacáridos, lignina y otras sustancias asociadas a las plantas y se les
divide en solubles e insolubles. Su consumo insuficiente se ha asociado con la aparición de enfermedades crónicas.
Focalización: Asegurar que los beneficios de las acciones lleguen a las familias que más requieren las intervenciones públicas, para concentrar la atención sobre un determinado problema o necesidad.
Frutas y hortalizas deshidratadas: Productos frescos, sanos y limpios, enteros o divididos, con madurez apropiada, a los cuales se les ha eliminado parcial o totalmente el agua mediante métodos naturales o artificiales.
Grupos de atención prioritaria: Son aquellos a quienes se ha identificado que deben ser atendidos de manera preferente, a través de programas especiales y estrategias, con la finalidad de alcanzar un equilibrio social.
Hábitos alimentarios: Conjunto de conductas adquiridas por un individuo, por la repetición de actos en cuanto a la selección, preparación y consumo de alimentos; se relacionan principalmente con las características sociales, económicas y culturales de una población o región determinada. Los hábitos generalizados de una comunidad suelen llamarse costumbres.
Inocuo: Concepto que implica que un alimento no causará daño al consumidor cuando se prepara y/o consume de acuerdo con el uso a que se destina.
Lactancia materna: Alimentación de los niños con leche materna, se sugiere que sea exclusiva los primeros seis meses y complementada por dos años o más.
Localidad: Todo lugar ocupado con una o más viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no; este lugar es reconocido por un nombre dado por la ley o la costumbre; por la cantidad de población, se dividen en urbanas (mayores de 2,500 habitantes) y rurales (menores de 2,500 habitantes) de acuerdo con Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Menú cíclico: Serie de menús planificados para un periodo específico que evita la repetición de platillos y la monotonía.
Niñas y niños: Personas de hasta 12 años incompletos, tal como lo establece el Artículo 2 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Obesidad: Enfermedad caracterizada por el exceso de tejido adiposo en el organismo. Se determina la existencia de obesidad en adultos cuando existe un índice de masa corporal mayor de 30 kg/m². Se debe a la ingestión de energía en cantidades mayores a las que se gastan, acumulándose el exceso en el organismo en forma de grasa.
Orientación y educación alimentaria (OEA): Conjunto de acciones enfocadas en transmitir nuevos conocimientos, así como reforzar aquellas buenas prácticas que realiza la comunidad, a través de diferentes actividades que motiven a tener actitudes saludables, mismas que, con el tiempo, se conviertan en acciones cotidianas (hábitos).
Participación Social: Proceso que permite involucrar a la población, autoridades locales, instituciones públicas y a los sectores social y privado en la planeación, programación, ejecución y evaluación de los programas y acciones de salud, con el propósito de lograr un mayor impacto.
PED: Plan Estatal de Desarrollo 2022- 2027
Población objetivo: Población específica que un programa tiene planeado o programado atender para cubrir la población potencial y que cumple con los criterios de elegibilidad establecidos en su normatividad.
Prácticas de higiene: Medidas necesarias que se realizan durante las diferentes etapas de la cadena alimentaria, para garantizar su inocuidad.
Primeros 1000 días: El periodo de vida desde la concepción hasta los dos años de edad cumplidos.
Proyecto Productivo: Consiste en la implementación de proyectos productivos de siembra o de animales considerados como pequeñas especies.
Pulpas o colados de frutas o verduras: Productos que han sido deshuesados, molidos o tamizados, sometidos a tratamiento térmico hasta su concentración y adicionados, o no, de ingredientes opcionales y aditivos para alimentos.
Ración alimentaria: Platillo preparado que se ofrece en los espacios alimentarios.
SAyDC: Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario
Seguridad alimentaria: Acceso físico y económico de todas las personas, en todo momento, a los alimentos inocuos y nutritivos que se requieren para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida saludable y activa.
SEDIF: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas.
Seguimiento de Proyectos: Documento que permite conocer el estado actual, avances y resultados del proyecto productivo.
SMDIF: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia. SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. SFP: La Secretaria de la Función Pública del estado de Zacatecas.
SIIAS: Sistema electrónico para la captura de información de beneficiarios (padrón) que lleva por nombre “Sistema de Información Integral sobre Asistencia Social”.
SIPAB: Sistema de Padrón de Beneficiarios de programas estatales de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas.
Situación de emergencia: Condición que puede causar un daño y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un agente perturbador.
Sodio: Nutrimento inorgánico, que constituye el principal catión del espacio extracelular y su contenido corporal, está regulado a través de la función renal. Regula el volumen, la presión osmótica, y la carga eléctrica del fluido extra-celular. Interviene en la contracción muscular, la conducción nerviosa, la absorción de algunos nutrimentos y, en menor grado, en la constitución de los huesos.
Solicitud: Documento elaborado en base a un formato oficial establecido, mediante el cual los interesados en participar del Programa, solicitan su incorporación comprometiéndose a cumplir con la documentación requerida y con las presentes Reglas de Operación.
Vigilancia del estado nutricional: Conjunto de procedimientos sistemáticos que permiten identificar, seguir y evaluar las condiciones de nutrición en forma individual y colectiva, indispensable para la toma de decisiones.
Vulnerabilidad Social: La condición de riesgo que padece un individuo, una familia o una comunidad, resultado de la acumulación de desventajas sociales e individuales, de tal manera que
esta situación no pueda ser superada en forma autónoma y queden limitados para incorporarse a las oportunidades de desarrollo.
1. Objetivos
Contribuir a un estado nutricional adecuado de las niñas y los niños (del Estado de Zacatecas) en sus primeros 1000 días, a través de la entrega de raciones alimenticias o dotaciones nutritivas, fomentando la educación nutricional, la lactancia materna y prácticas adecuadas de cuidado, higiene y estimulación temprana, para el correcto desarrollo.
1.1 Objetivos específicos
1. En mujeres embarazadas y lactantes. - Mejorar la ingesta de energía y algunos micronutrientes reduciendo las tasas de bajo peso, parto prematuro, retraso del crecimiento y anemia por deficiencia de hierro.
2. En niños en sus primeros 1,000 días. - Crear una red de seguridad que garantice que los infantes en riesgo de mala nutrición tengan acceso a un suministro de alimento adecuado y nutritivo.
3. Disminuir el riesgo de presentar retraso del crecimiento, anemia por deficiencia de hierro, bajo rendimiento académico, bajo desarrollo psicosociales, y una mayor probabilidad de desarrollar enfermedades crónicas como obesidad, enfermedades del corazón durante la edad adulta.
Para la operación de este Programa, se consideran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad de género.
2. Cobertura Geográfica
Estatal, en los cincuenta y ocho municipios del estado de Zacatecas, localidades y AGEB rurales y urbanas, brindando los apoyos en las zonas de atención prioritaria y a las comunidades de alta y muy alta marginación preferentemente.
3. Población y focalización
3.1 Población potencial
31,168 de nacimientos de personas proyectados a 2023 en la Entidad de acuerdo con la Proyección de la Población de los Municipios de México 2015-2030 Consejo Nacional de Población.
3.2 Población objetivo
a) Mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad en municipios, localidades o AGEB rurales, urbanas o indígenas de alto y muy alto grado de marginación (CONAPO 2020) o de rezago social (CONEVAL 2020).
b) Mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad con presencia de desnutrición, independiente del grado de marginación.
c) Mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad identificados con las herramientas de focalización aplicadas por el SMDIF y/o el SEDIF
6.3. Criterios de focalización
a) Identificar los municipios, localidades y AGEB rurales y urbanas consideradas de alta y muy alta marginación, de acuerdo con los índices del Consejo Nacional de Población (CONAPO) más recientes o aquellas personas en situación de desnutrición y carencia alimentaria.
b) Identificar a las Mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad que cumplan con las características de la población objetivo descritas en el punto 6.2 de las presentes Reglas de Operación.
6.4. Requisitos de selección de beneficiarios
La selección de beneficiarios deberá respaldarse con los siguientes documentos que sirven como comprobación de los criterios de elegibilidad:
1. Estudio Socioeconómico que avale la situación de vulnerabilidad por lo cual se le incluye como beneficiario.
2. Identificación oficial. (Acta de Nacimiento, INE, constancia de identidad y/o pasaporte vigente)
3. Copia de la CURP
4. Comprobante de domicilio.
Los sujetos para ser beneficiarios de dotaciones directas no deberán recibir ningún apoyo de otro programa alimentario.
En caso de tratarse de personas menores de edad y que no cuenten con algunos de los requisitos 2,3, y 4, se podrán entregar los documentos del padre o tutor.
En caso de tratarse de migrantes y que no cuenten con alguno de los requisitos 2,3 y 4, antes mencionados se deberá llenar el “FORMATO DE IDENTIDAD”, agregando evidencia fotográfica de la entrega del apoyo.
6.5 Métodos y/o procedimientos de selección
La selección de los beneficiarios la realizará el SEDIF y el SMDIF, atendiendo el proceso descrito a continuación:
1º. El SMDIF deberá elaborar un diagnóstico de sus localidades y zonas de atención prioritaria para determinar las áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza o marginación, indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social, con el propósito de dirigir las acciones más urgentes para superar las marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social y fortalecer el desarrollo regional equilibrado, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), preferentemente.
2º. El SEDIF y el SMDIF evaluarán e incorporarán el padrón de beneficiarios, integrando a los solicitantes que cumplan con lo establecido en el apartado 6.2 de las presentes reglas de operación.
3º. Para respaldar la selección de población que recibirá el apoyo, el SMDIF deberá elaborar el Estudio Socioeconómico mediante el cual se acredite la inclusión al programa.
4º. El SMDIF recabará la documentación requerida para integrar el padrón de beneficiarios.
5º. El SMDIF realizará la captura del padrón municipal en el Sistema Integral de Información (SIIAS) del SEDIF.
El SEDIF Zacatecas brindará orientación y supervisará la conformación del padrón de beneficiarios, el cual deberá oficializarse mediante la captura en el SIIAS para su posterior integración en el SIPAB.
6.6 Programas potencialmente complementarios
Programa de Desarrollo Humano Oportunidades ahora Bienestar de la Secretaría del Bienestar.
Brinda recursos económicos y también servicios. Se pueden beneficiar de él, las familias no pueden atender sus necesidades de educación, salud y alimentación, dando prioridad por supuesto, a aquellos hogares que tienen menores de 22 años y mujeres en edad de reproducción.
Programa de Abasto Social de Leche de Liconsa (empresa del Gobierno Federal)
El programa Liconsa, brinda mejoras en el acceso a la alimentación de las personas beneficiadas mediante el acceso al consumo de la leche fortificada, de excelente calidad y a bajo precio.
Programa de Apoyo Alimentario (PAL) de la Secretaría del Bienestar.
Es un programa del gobierno federal, que está dirigido a los hogares en condiciones extremas de pobreza alimentaria. Es decir, que presenten características de ingresos insuficientes o características socioeconómicas deficientes. Que no puedan invertir en su educación, nutrición y salud. Y que no estén atendidos por el Programa Oportunidades.
7. Características de los Apoyos
La conformación de los apoyos alimentarios correspondientes a este programa puede ser a través de dotaciones y/o desayunos o comidas calientes.
Vertiente 1.- Dotación para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
Características:
La dotación deberá estar conformada por al menos 12 insumos diferentes, con base en estos criterios y que formen parte de la cultura alimentaria de las beneficiarias.
Se deberá otorgar una dotación integrada por los siguientes alimentos:
• Alimentos básicos, al menos:
Dos cereales que sean fuente de fibra dietética.
Dos alimentos que sean fuente de calcio, uno de ellos tiene que ser leche entera.
Dos a tres variedades de leguminosas.
• Alimentos complementarios:
Verduras (En caso de otorgar mezclas de verduras no deberán contener papa ni elote).
Fruta fresca.
Alimento fuente de proteína de origen animal y/o hierro hemínico.
Vertiente 2.- Dotación para lactantes (6 a 24 meses de edad)
La dotación deberá estar conformada al menos por 7 insumos diferentes, con base en estos criterios y que formen parte de la cultura alimentaria de los beneficiarios
Deberá estar integrada por los siguientes alimentos básicos y por uno o más de los alimentos denominados complementarios:
• Alimentos básicos:
Al menos dos cereales (avena, arroz, papa, amaranto, maíz, pasta) y/o productos fortificados elaborados a base de éstos en suficiente cantidad (cereales fortificados tipo papilla).
Al menos dos leguminosas diferentes (frijol, lenteja, garbanzo, entre otros).
Al menos un alimento fuente de hierro hemínico de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012 Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. Apéndice Normativo B, excepto pescados y huevo.
• Alimentos complementarios:
Fruta fresca.
Verdura (En caso de otorgar mezclas de verduras no deberán contener papa ni elote).
Características:
• Los alimentos para lactantes no deberán contener azúcares añadidos.
• Los alimentos no deberán contener edulcorantes no calóricos (sucralosa, acesulfame K, sacarina, aspartame); ni los siguientes endulzantes: miel, glucosa, fructosa, jarabe de maíz de alta fructosa, sorbitol, manitol, xilitol.
• No se podrán incluir alimentos como leche o cualquiera de sus derivados, puré de papa industrializado, chocolate, café, miel, soya en cualquier presentación ni alimentos que hayan estado en contacto con equipos que hayan procesado soya (trazas).
• La fibra dietética presente en cereales integrales puede ser contraproducente en el caso de los lactantes hasta los 2 años, siendo mejor que consuman alimentos nutritivos frescos, aunque su contenido de fibra dietética sea menor.
• Las pulpas o colados, tanto de verduras como de frutas, no podrán incluirse como parte de este apoyo alimentario. Se sugiere que dentro de la orientación alimentaria se capacite a las madres en la preparación de papillas a partir de alimentos frescos. Ç
• Las barras de fruta deshidratada y el aceite no podrán incluirse como parte del apoyo alimentario en este programa
Cuando se considere la entrega de complementos alimenticios, se deberá consultar a la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad Alimentaria de la DGADC para su aprobación.
Las características de la dotación deberán ser las mismas a las dotaciones de 6 a 12 meses, considerando que en esta etapa se pueden integrar lácteos, pescado y huevo, mientras que el resto de alimentos alergénicos permanecen restringidos.
7.1 Tipo de Apoyo
Vertiente 1.- Apoyos en Especie, denominados Paquete Alimentario. Vertiente 2.- Apoyos en Especie, denominados Paquete Alimentario.
7.2 Unidad y periodicidad de los apoyos
El Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días considera: Vertiente 1.- Entrega mensual de un paquete alimentario a cada beneficiaria.
Vertiente 2.- Entrega mensual de un paquete alimentario a cada beneficiario o beneficiaria.
7.3 Criterios de selección para los insumos
Los alimentos deben ser de calidad e inocuos de acuerdo a las bases para la integración de los apoyos alimentarios que son distribuidos entre la población beneficiaria. Su intención es regular la conformación de menús y dotaciones, de manera que éstos sirvan para promover una alimentación correcta. La norma que aplica como base el SEDIF para llevar a cabo dichas acciones, es la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
Es importante destacar que el Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días deberá acompañarse de acciones en orientación y educación alimentaria y aseguramiento de la calidad e inocuidad alimentaria para la promoción de una alimentación correcta enfocadas en la selección, preparación y consumo de alimentos, y que formen parte de la cultura alimentaria, incentivando la participación comunitaria para crear corresponsabilidad entre los beneficiarios.
Los apoyos alimentarios deberán incluir alimentos de los 3 grupos referidos en la NOM-043- SSA2-2012, verdura y fruta, cereales, leguminosas y/o alimentos de origen animal e insumos que fomenten hábitos de alimentación correcta, como:
• Cereales integrales o sus derivados, elaborados con granos enteros o a partir de harinas integrales.
• Una amplia variedad de leguminosas, entre las que se encuentran: frijoles, lentejas, habas, garbanzos, chicharos secos, entre otras.
• Alimentos que sean fuente de calcio, por ejemplo, tortilla de nixtamal, charales, sardinas, leche y sus derivados.
• En el caso de la leche, ésta deberá otorgarse sin saborizantes, ni edulcorantes calóricos (azúcar) ni no calóricos (sustitutos de azúcar). Tampoco deberá contener grasa vegetal o cualquier otra sustancia que no sea propia de la leche.
• Alimentos que no sean fuente importante de azúcares, grasas, sodio, y/o harinas refinadas o que por su apariencia puedan parecer dulces, botanas, golosinas o postres.
8. Acciones transversales
8.1 Orientación y Educación Alimentaria
Tipo de apoyo: talleres y/o capacitaciones. Objetivo de la Orientación y Educación Alimentaria
Promover la integración de una alimentación correcta, a través de acciones formativas y participativas con perspectiva familiar, comunitaria, de género y regional, a fin de empoderar a los beneficiarios de los programas para la toma de decisiones saludables. De esta manera, se resalta la importancia de mantener el desarrollo de conocimientos básicos y habilidades en alimentación correcta, incluyendo a su vez, la generación de estrategias integrales enfocadas en el cambio de comportamiento de la población a distintos niveles (NOM 043-SSA2-2012).
Implementación de orientación y educación alimentaria
Para logar el objetivo es necesario transitar de la visión asistencial que concibe a las comunidades como receptoras pasivas tanto de los apoyos otorgados, como de los mensajes y acciones de OEA, a un enfoque basado en la participación comunitaria, en el cual, se asume que las comunidades son autogestivas y activas en el proceso de transformarse a sí mismas, en particular transformar sus comportamientos, actitudes y prácticas relativos a la alimentación. Formando parte de los procesos para otorgar atención alimentaria, desde el momento de la composición de los apoyos alimentarios con criterios de calidad nutricia, durante el diseño de los menús, hasta que los insumos son consumidos por los beneficiarios.
La planeación de las acciones debe estar basada en la identificación de los problemas de la comunidad, relacionados con la alimentación y la nutrición, señalando los factores que los determinan, ya sean socioeconómicos, climatológicos, demográficos, culturales (entre los que se encuentran los patrones de consumo), entre otros; examinando en el corto y largo plazo las consecuencias que estos problemas pueden generar.
8.2 Implementación de Huertos
Tipo de apoyo: insumos consistentes en paquete de semilla para huerto tradicional o sistema de riego por goteo que incluye paquete de semilla.
Para la implementación de huertos es importante que las áreas de Alimentación y Desarrollo Comunitario trabajen de manera vinculada, dado que el área de Desarrollo podría apoyar aportando la semilla y capacitaciones para la implementación y manejo de los huertos. Del mismo modo el área de Alimentación deberá ofrecer capacitaciones en alimentación correcta y lactancia materna.
Una alternativa, en caso de que no se puedan implementar y mantener huertos comunitarios, es promover la instalación de azoteas verdes, es decir espacios donde cada familia, según las dimensiones de su vivienda, pueda disponer para la siembra de hortalizas, que pueden utilizarse para autoconsumo, además se favorece otra relación y valoración de los alimentos consumidos, para ello el SEDIF podrá brindar semilla a las familias que deseen tener azotea verde, así como capacitación para la implementación y mantenimiento de las mismas, las familias pueden ser beneficiarias de los programas alimentarios.
8.3 Vigilancia Nutricional
El sistema de vigilancia nutricional es un proceso sistemático y permanente de recolección, transmisión, análisis e interpretación de información que permite mantener un conocimiento actualizado de la situación alimentaria nutricional de una población determinada. A su vez, pretende identificar problemas, causas, tendencias y factores asociados, con el fin de predecir cambios en la disponibilidad, consumo y aprovechamiento de los alimentos y sus consecuencias sobre el estado nutricional de la población, así como decidir las acciones preventivas, curativas, de rehabilitación o emergencia que deben llevarse a cabo para modificar la situación existente y evaluar la eficacia de tales acciones.
El SNDIF en colaboración con el Centro de Investigaciones en Políticas, Población y Salud (CIPSS) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), coordina el sistema de vigilancia nutricional denominado “Evaluación del Estado Nutricional” (EEN), en donde se concentra información de peso, talla y hábitos alimentarios.
La EEN la realizan los SEDIF en coordinación con el SNDIF y el CIPPS de acuerdo con la cédula que para tales efectos será emitida. Los resultados de la ENN deberán favorecer la focalización de la población objetivo de los programas alimentarios, así como, la construcción de estrategias o intervenciones en materia de orientación y educación alimentaria dirigidas a atender con mayor énfasis las problemáticas detectadas.
8.4 Aseguramiento de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos
El Programa deberá operar bajo mecanismos que garanticen la calidad e inocuidad de los insumos, con el fin de prevenir algún riesgo a la salud de los beneficiarios y asegurar la calidad nutrimental para su consumo.
Objetivo
Asegurar la entrega de alimentos de calidad e inocuos, a través de herramientas de control en cada una de las etapas de la cadena de suministro, desde la selección y adquisición, hasta la entrega y consumo de los apoyos alimentarios a los beneficiarios, garantizando la reducción de los riesgos de contaminación o deterioro de los insumos, contribuyendo a la prevención de las Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
8.5 Organización y Participación Comunitaria
La participación social y comunitaria es un eje imprescindible del desarrollo humano. Ésta fortalece el sentido de pertenencia a un grupo, a través del cual se facilita el ejercicio de derechos, así como la mejora de los determinantes sociales de la salud. Las personas involucradas en la implementación de proyectos para el bien común desarrollan capacidades de cooperación, solidaridad y autogestión, fundamentales para lograr la sostenibilidad de los proyectos.
Asimismo, para lograr la participación hay que considerar una serie de acciones y principios que fomenten la salud y el bienestar comunitario, así como motivación para la transformación de una realidad adversa. Esta participación se caracteriza por ser:
• Voluntaria (no remunerada)
• Libre (no condicionada)
• Consciente (sabiendo que implica compromisos)
• Solidaria (por ayudar a otros)
• Por niveles (con opciones de participación según interés y posibilidad: desde opinar y asistir, hasta el seguimiento en la utilización de recursos y en la toma de decisiones)
• Universal (todos pueden participar sin distinción de educación, jerarquía, sexo, edad, posición económica, étnica, discapacidad, etc.).
La participación comunitaria, se concibe como la generación planificada e intencionada de escalones de participación cada vez más amplios. Si una comunidad o grupo está en proceso de ampliación y profundización de la participación social, existirían distintas posibilidades o escalones para participar, según el nivel de compromiso y corresponsabilidad que la gente adquiriera, sin embargo, se debe considerar que, entre más escalones hay, mayores son las posibilidades de participación. Un escenario posible en la participación comunitaria de los integrantes de una comunidad o grupo tendría como referencia la construcción de procesos sociales con un encuadre (normas, consignas y valores) diseñado colectivamente, manteniendo la organización como una necesidad, cooperando con sus recursos, comprometiéndose con la acción comunitaria para obtener logros materiales y humanos en beneficio de la comunidad, el grupo, la familia y para sí mismo. La participación debe ser valorada como el motor del hacer comunidad, como el instrumento a través del cual se cristalizan las decisiones, las aspiraciones y los valores del ser “sujeto” y del ser “comunidad”.
8.6 Organización comunitaria
La organización comunitaria implica la reconstrucción del tejido social, que en ocasiones se desgasta en los diversos espacios de convivencia, con impactos cada vez más visibles entre la población en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, incrementando riesgos. Es por eso que, resulta imprescindible propiciar que la comunidad o el grupo, articulen procesos tendientes al ejercicio de sus derechos, a la recreación de su cultura y, fundamentalmente, a la toma de decisiones de lo que les atañe en la vida comunitaria.
Como producto del proceso donde la participación y la organización se implementan, ocurre el empoderamiento de la comunidad o el grupo, donde las personas logran el poder, el control, el dominio sobre sí mismos, su convivencia y su vida. Aquí convergen el sentimiento de control personal y el interés por el bienestar social real, encaminado a un desarrollo comunitario.
8.7 Protección y promoción de los derechos humanos de las personas en situación de vulnerabilidad.
Objetivo. - Promover el ejercicio de los derechos humanos de todas las personas que se encuentran en una situación particularmente vulnerable y que enfrentan obstáculos para acceder al derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a la salud y el bienestar; así como a un desarrollo integral. Esta línea transversal busca la implementación de acciones en tres sentidos:
1. Empoderamiento, promoción y restitución de derechos que contribuyan a la superación de toda forma de discriminación, violencia y abuso.
2. Promoción de la equidad social.
3. Integración o reintegración social, con pleno respeto a su dignidad.
8.8 Acciones de Fortalecimiento
Materiales de Consulta y Difusión
Como parte de las acciones de seguimiento en materia de Aseguramiento de la Calidad para la operación del Programa, el SEDIF realizará el desarrollo y/o actualización de documentos, manuales de procedimientos, guías, entre otros, los cuales serán difundidos a los SMDIF. Asimismo, para la difusión de temas relevantes en la materia, se deberán desarrollar materiales ya sea físicos y/o digitales, dirigidos a los beneficiarios, transmitiendo la importancia de la calidad e inocuidad de los alimentos.
Capacitación
El SEDIF, en coordinación con el SMDIF, deben transmitir la importancia de asegurar la calidad de los apoyos alimentarios, el papel que juegan dentro de ésta, el por qué y para qué se hace, con el fin de hacer entender a los comités, las y los beneficiarios, que las actividades que se realicen impactarán en la calidad e inocuidad de los insumos que conforman dichos apoyos.
Las capacitaciones deben planearse para evaluar las necesidades del personal que participará en ellas y, en concordancia con esto, diseñarlas a su medida; además, deberán ser continuas y actualizadas, con la intención de obtener los cambios esperados. Es recomendable que sean interactivas y presentarlas en segmentos cortos que ayuden a una mejor comprensión de los temas. La capacitación es fundamental, ya que implica el entrenamiento antes de la ejecución y los temas que se expongan deben ser entendibles.
La capacitación se encargará de instruir a los participantes en los conocimientos necesarios y cómo aplicarlos, además de incluir la enseñanza de nuevas habilidades, métodos y procedimientos que induzcan a un cambio de hábitos.
La impartición de las capacitaciones deberá de realizarse en todos los niveles de la cadena de suministro, desde el almacenamiento y hasta el beneficiario. De acuerdo con nivel de aplicación, de manera enunciativa, más no limitativa se deben incluir temas de capacitación en:
Buenas prácticas de almacenamiento.
• Sistema Primeras Entradas-Primeras Salidas (PEPS).
• Buenas prácticas en la elaboración de los alimentos.
9. Derechos, obligaciones y sanciones.
9.1 Son Derechos de las y los Beneficiarios
• Los beneficiarios tienen derecho a recibir por parte del Comité, del SMDIF y del SEDIF un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de sexo, grupo étnico, situación de discapacidad, condición social, condiciones de salud, filiación política, opiniones, preferencias, estado civil, religión o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar sus derechos y libertades.
• Solicitar y recibir información clara, sencilla y oportuna sobre la operación del programa y los requisitos para participar en el mismo.
• Gestión e incorporación gratuita de los beneficios del programa.
• Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias.
9.1.1 Son corresponsabilidades de las y los beneficiarios y de los integrantes de la familia.
La participación de las familias y de la comunidad es un elemento fundamental para el logro de los objetivos de este Programa, por lo que el cumplimiento de las siguientes corresponsabilidades de los beneficiarios y de sus familias, es indispensable para que reciban el beneficio de los mismos.
• Participar activamente de las acciones que en el marco de Orientación y Educación Alimentaria se lleven a cabo en el Municipio, así como atender a cabalidad las recomendaciones relacionadas con la alimentación y reproducirlas en el hogar, con el fin de fomentar sanos hábitos alimenticios e incrementar el impacto de los Programas.
• Desarrollar actividades en complemento a la recepción del apoyo alimentario, tales como la implementación de proyectos productivos o las acciones de desarrollo comunitario.
• En la implementación de proyectos productivos: realizar la aportación económica denominada cuota de recuperación previa a la entrega del proyecto, a fin de mostrar su interés y garantizar el cuidado y mantenimiento de éste.
9.1.2 Son obligaciones de los beneficiarios
• Solicitar su incorporación al programa.
• Proporcionar información veraz para el levantamiento del estudio socioeconómico.
• Presentar la documentación que se requiere para la conformación del expediente individual.
• Es responsabilidad de la comunidad o de la madre, padre o tutor participar activamente como parte del Comité de Contraloría Social.
• Hacer un uso adecuado de los apoyos recibidos y de las acciones complementarias.
Mantener comunicación con los SMDIF, a través del encargado de proyectos productivos en el Municipio, para informar sobre el avance del mismo.
• Proporcionar el mantenimiento y atención adecuados a los proyectos productivos, garantizando con esto la permanencia y la operación de los mismos por un mínimo de un año a partir de su recepción e instalación.
• Cumplir con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
9.2 Son obligaciones de los Comités
• Verificar el cumplimiento en la recepción y entrega del paquete alimentario, mediante el seguimiento, la supervisión y la vigilancia del programa que se recibe apoyando los procesos de transparencia, el uso de los recursos y la rendición de cuentas. La integración del Comité de Contraloría Social podrá realizar las actividades de Contraloría Social, así como actividades de seguimiento del manejo de recursos de otras fuentes.
• Suministrar las frutas y hortalizas, preferentemente de producción local, que complementen los apoyos alimentarios proporcionados por el SEDIF, fomentando el consumo de agua simple y el ejercicio físico.
• Asegurar el adecuado manejo de los apoyos alimentarios recibidos.
• Cubrir la cuota de recuperación que determine el SEDIF por los apoyos alimentarios.
• Fomentar el cuidado al medio ambiente.
• Cumplir con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
9.3 Mecanismo de Participación Ciudadana
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, a efecto de que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, elaborada por la Instancia Ejecutora y validada por la Secretaría de la Función Pública; y demás documentos normativos establecidos por el Programa, promoviendo la participación de hombres y mujeres preferentemente de forma equitativa en la Conformación de los Comités de Contraloría Social.
1. Datos Generales del Mecanismo de Participación Ciudadana
a) Institución que lo coordina: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.
b) Área dentro de la Institución responsable de la coordinación del mecanismo: Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario.
c) Nombre del mecanismo: Atención a sugerencias, quejas y denuncias.
d) Objetivo general del mecanismo: La corresponsabilidad, rendición de cuentas, la transparencia en la aplicación del recurso, la vigilancia y seguimiento a la operación del programa.
e) Tema central a desarrollar por el mecanismo: Participación Social
f) Requisitos para acceder al mecanismo de participación: Ser población beneficiaria del programa, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el programa.
g) Principal sustento jurídico que da origen al mecanismo:
Reglas de Operación 2023 del Programa Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días del estado de Zacatecas.
2. Vigencia: Temporal, de enero de 2023 a diciembre de 2023.
3. Tipo de Participación: De monitoreo.
4. Modalidad de la Participación: Presencial
5. Forma o Figura de la Participación: Participación Social.
6. Nivel de Incidencia del Mecanismo de Participación: Vigilancia.
7. Cobertura Territorial del Mecanismo: Estatal
8. Convocatoria para Participar en el Mecanismo:
Los beneficiarios, los representantes de los SMDIF u otras organizaciones y la población en general pueden acudir en cualquier momento al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente en la entrega de apoyos alimentarios. Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana.
9. Monitoreo y Seguimiento: Se debe promover la participación de la población beneficiaria de todos los programas operados con recursos federales, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el Programa. Lo anterior será a través de la integración, operación y vinculación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en cada uno, así como de la correcta aplicación de los recursos federales asignados al mismo.
10. Datos de Contacto del Responsable Institucional del Mecanismo de Participación Ciudadana:
Nombre: Juan Francisco Apellido Paterno: Díaz Apellido Materno:
Cargo: Subdirector de Alimentación y Desarrollo Comunitario
Estado: Zacatecas Municipio: Zacatecas Colonia: Hidráulica Calle: Rio Lerma Número exterior: 100 Número interior:
Código Postal: 98608
Teléfono: 4929242337
Extensión: 102
Correo electrónico: alimentariazacatecas@gmail.com
9.3 Son obligaciones del SEDIF.
• Elaborar los calendarios para la entrega conjunta de los apoyos alimentarios a las personas beneficiarias, debiendo informar con anticipación a los SMDIF para su participación en términos de las presentes Reglas de Operación.”
• Difundir entre los 58 Municipios del Estado la información sobre objetivos y operación del Programa, destacando la importancia de la focalización para el aprovechamiento de los recursos.
• Operar el Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días en estrecha coordinación con los SMDIF.
• Realizar la asignación de apoyos a los 58 Municipios de la Entidad, considerando aspectos regionales y otros índices de medición aplicables.
• Asegurar que el paquete alimentario cumpla con los Criterios de Calidad Nutricia establecidos en los Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario.
• Llevar a cabo los procesos pertinentes y apegados a normatividad para la adquisición de los insumos que posibiliten la operación del programa.
• Programar, coordinar y supervisar la distribución de los apoyos a los SMDIF-beneficiario.
• Brindar orientación y vigilar la correcta focalización e integración del padrón de las y los beneficiarios, así como implementar acciones para su verificación.
• Realizar visitas periódicas a los SMDIF con el fin de supervisar y apoyar en la operación adecuada del programa.
• Asesorar e implementar mecanismos de capacitación con el fin de asegurar que los apoyos alimentarios se encuentren en condiciones adecuadas de almacenaje para garantizar la calidad de los mismos.
• Coordinar las acciones transversales (orientación y educación alimentaria, aseguramiento de la calidad e inocuidad de los alimentos, proyectos productivos y/o desarrollo comunitario) con el fin de brindar apoyos integrales.
• Supervisar el cumplimiento con las presentes Reglas de Operación a nivel municipal y local, así como llevar a cabo acciones para su difusión.
9.4 Son obligaciones de los SMDIF.
• Operar el programa en estricto apego a las presentes Reglas de Operación.
• Apegarse al calendario elaborado por el SEDIF para la entrega conjunta de los apoyos alimentarios a las personas beneficiarias.
• Nombrar un Enlace con la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario, que brinde el seguimiento puntual a las acciones relativas al Programa.
• Realizar un diagnóstico anual de comunidades y colonias para detectar a la población que por su situación de vulnerabilidad son sujetos de apoyo en el Municipio.
• Conformar un expediente individual para cada uno de los beneficiarios, en el que se incluya la siguiente documentación:
1. Estudio Socioeconómico que avale la situación de vulnerabilidad por lo cual se le incluye como beneficiario.
2. Identificación oficial. (INE, constancia de identidad y/o pasaporte vigente)
3. Copia de la CURP y/o acta de nacimiento.
4. Comprobante de domicilio.
5. Cualquier otro documento que avale el seguimiento que proporciona el SMDIF.
• Acreditar la distribución a beneficiarios (firmas de recibido) en el Formato Oficial Entrega de Apoyos elaborado por el SEDIF. El SMDIF deberá conformar el expediente de comprobación mensual correspondiente a cada entrega realizada en el año y de todos y cada uno de los beneficiados, la firma corresponderá a la mujer embarazada, mujer en periodo de lactancia, madre o tutor del menor, según sea el caso. Como anexo a las presente Reglas de Operación, se incluye el formato oficial para acreditar la entrega de los apoyos.
1. Formato Oficial Entrega de Apoyos: contiene el formato para entrega a beneficiarios (firmas) de cada uno de los apoyos otorgados, que, deberá aplicarse por todos los SMDIF como respaldo documental del apoyo otorgado a los beneficiarios.
2. Informe Mensual de Entrega de Apoyos: consiste en un formato Excel que deberá requisitarse mensualmente con la información de apoyos otorgados en el Municipio, especificando localidad y número de beneficios otorgados.
Para llevar a cabo la revisión a los procesos de distribución, los SMDIF deberán hacer entrega de una copia de los formatos firmados por los beneficiarios (firmas, así como el informe mensual en formato Excel y firmado en formato PDF a la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunit ario del SEDIF, con fecha límite el día 10 del mes posterior al mes reportado. El SEDIF verificará que las firmas plasmadas en los formatos correspondan al padrón capturado y que la cantidad de firmas correspondan al total de apoyos asignados al Municipio.
• Establecer los mecanismos de control interno necesarios para que los comprobantes de entrega a beneficiarios originales estén debidamente ordenados por año, mes y comunidad, resguardándose en las instalaciones del SMDIF y asegurándose que estén disponibles para futuras revisiones tanto de este Sistema como de los entes fiscalizadores.
• Conformar y registrar correctamente el padrón de beneficiarios en el sistema informático desarrollado por el SEDIF denominado SIIAS y en los tiempos establecidos por el mismo, evitando cambios sustantivos durante el transcurso de las temporadas de entrega.
• Verificar mediante visitas aleatorias, la entrega de insumos a los beneficiarios.
• Implementar las acciones en materia de Aseguramiento de la Calidad, en cumplimiento a lo establecido por el SNDIF, para garantizar la calidad e inocuidad de los insumos que conforman los apoyos alimentarios entregados a los beneficiarios, así como asegurar las condiciones físicas del sitio de almacenamiento de los insumos, cumpliendo con los requisitos mínimos que garanticen las condiciones adecuadas para mantener los productos secos, frescos, libres de plagas y contaminación.
• Promover la organización y constitución de comités de padres de familia que serán corresponsables de la operación del programa.
• Capacitar a las beneficiarias o a los padres y madres de familia en las reglas de operación vigentes.
• Establecer mecanismos para asegurar la complementariedad del programa a través de acciones de orientación y educación alimentaria, proyectos productivos y desarrollo comunitario.
Implementar proyectos productivos, especialmente huertos pedagógicos, en conjunto con el SEDIF a través del Programa UNIPRODES, que faciliten el acceso a los alimentos frescos para los niños, niñas adolescentes y sus familias, asegurando su permanencia, impulso y progreso, considerando las siguientes acciones:
1. Nombrar un encargado de proyectos, el cual fungirá como enlace ante el SEDIF y llevará a cabo la asesoría, seguimiento y capacitación requeridos para garantizar la sostenibilidad de los mismos.
2. Cuando los proyectos le sean entregados al SMDIF para su distribución en la región, el SMDIF deberá acreditar la distribución a beneficiarios mediante el formato de comprobante de entrega de proyectos y remitir dicha información a la SAyDC, a través del Programa UNIPRODES, en los 30 días posteriores a la recepción de los proyectos.
3. Recuperar las cuotas de acuerdo al monto autorizado por el SEDIF a las y los beneficiarios del programa.
4. Enterar puntualmente las cuotas de recuperación al área de Contabilidad del SEDIF.
5. Garantizar la operatividad de los proyectos y proporcionar lo necesario para conservarlos en buen estado por un mínimo de un año a partir de su instalación.
6. Reportar al SEDIF, a través de la SAyDC, el funcionamiento y operación del programa por lo menos dos veces al año. En caso de detectarse problemáticas en la operación, se deberá notificar al SEDIF de manera inmediata.
7. Verificar mediante visitas aleatorias y apoyándose del Encargado de Proyectos Productivos, el cuidado, mantenimiento y aprovechamiento adecuado de los proyectos instalados.
8. Establecer mecanismos para asegurar la complementariedad del programa a través de acciones de orientación alimentaria y desarrollo comunitario.
9.5 Criterios de Incumplimiento, Retención, Suspensión o Reducción de Recursos.
El SEDIF podrá sancionar y/o suspender el apoyo a los Sistemas DIF Municipales que no cumplan con las presentes Reglas de Operación. Considerando como faltas las siguientes:
• Que los beneficiarios reportados en el Padrón Municipal a través del Sistema Integral de Información sobre Asistencia Social (SIIAS) no reciban el apoyo correspondiente.
• Que se lleve a cabo la distribución de apoyos a personas no inscritas en el Padrón de Beneficiarios.
• Que se aplique el mecanismo de corresponsabilidad para la entrega del programa en cualquier fase de distribución, toda vez que el programa es gratuito.
• Que el SMDIF haya cometido tres faltas graves en el manejo del programa y existan antecedentes de actas de incidencias.
• Que el SMDIF haga divisiones o fracciones de las dotaciones que el SEDIF le hace llegar.
• Que el SMDIF empleé para actividades y fines distintos para lo que fue creado, los apoyos, ya sea proselitismo, campañas políticas, lucro, etc.).
• Que el SMDIF retenga los apoyos a los beneficiarios sin justificación alguna, en casos y circunstancias especiales, deberá consultar por escrito al SEDIF y contar con la autorización o negativa según sea el caso.
• Que el SMDIF no permita la supervisión del personal enviado por el SEDIF, a efecto de verificar el buen funcionamiento de los programas
10. Instancias participantes
10.1 Instancias ejecutoras
El SEDIF es la instancia ejecutora, a través de la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario en coordinación con los SMDIF, quienes estarán a cargo de la promoción, operación, administración, ejecución, evaluación, seguimiento y comprobación de los recursos asignados, conforme a las presentes Reglas de Operación.
10.2 Instancia normativa estatal
El SEDIF, por su facultad para publicar las presentes Reglas de Operación, es la entidad competente para coordinar la implantación y ejecución del Programa, así como para el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de seguridad operacional fijados en él, sin que esto altere las competencias que la normativa vigente atribuye a las autoridades nacionales de supervisión y al resto de los organismos, órganos, entes y entidades.
Asimismo, en coordinación con la Subdirección Jurídica del SEDIF, la Función Pública del Estado y el Órgano Interno de Control están facultados para interpretar las presentes Reglas de Operación, así como para resolver aspectos no contemplados en ellas.
10.3 Instancia normativa federal
Por tratarse de Recursos Federales le corresponde al SNDIF, a través de la Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario por medio de la Estrategia Integral de Asistencia Social, Alimentaria y de Desarrollo Comunitario, con fundamento en la Estructura Programática del FAM-AS del presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2023, fungir como instancia normativa federal.
11. Coordinación institucional
11.1 Prevención de duplicidades
Para contrarrestar los diversos problemas que implica una política social fragmentada (duplicidad de acciones, altos costos de coordinación y objetivos que podrían ser diversos) el SEDIF buscará la máxima coordinación posible con los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia y con otras Dependencias de Gobierno Estatal y Federal.
11.2 Convenios de colaboración.
De acuerdo con el principio de Fortalecimiento del Pacto Federal, se firmarán Convenios de Colaboración cuyo objeto será el establecer las bases de colaboración para fortalecer la operación de este Programa, estableciendo dentro de las facultades y atribuciones que a cada uno competen, la adecuada coordinación, concentración y desarrollo de acciones tendientes a elevar la calidad de vida de las familias y comunidades prioritarias por medio de los programas institucionales establecidos u otros especiales o extraordinarios que llegaren a convenir en el rubro de la Asistencia Social.
11.3 Colaboración
El SNDIF reforzará las relaciones intra e interinstitucionales, mediante la firma de convenios marco a nivel federal con diferentes instituciones del sector público, social y privado así como de los diferentes niveles de gobierno. Con el fin de optimizar recursos, se buscará otorgar una atención integral a los beneficiarios a través de la intervención y apoyo de otras instituciones gubernamentales en la operación de este Programa. Corresponde a “El SEDIF” y a “El SMDIF” ejecutar la acción de coordinación interinstitucional al nivel local para fortalecer la operación e impacto del Programa.
11.4 Concurrencia
El SNDIF, SEDIF y el SMDIF, promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios y de la población en pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación de la entidad, de conformidad con lo que establece la Ley General de Desarrollo Social.
Con la finalidad de apoyar la transparencia y rendición de cuentas, sobre los resultados de este Programa operado con recursos del Ramo 33 FAM-AS, existen mecanismos de intercambio de información entre los SMDIF, SEDIF y las Instancias Globalizadoras Federales, así como con el SNDIF. Estos mecanismos se constituyen por la evaluación y el seguimiento establecidos por instancias federales, como la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL); así como las visitas de seguimiento, asesorías, reuniones, encuentros nacionales, y por el envío de información al SNDIF por parte de “EL SEDIF”, de acuerdo al calendario emitido por el SNDIF.
12. Mecánica de Operación
12.1. Proceso
12.1.1. Planteamiento y Diagramas de Flujo
La ejecución del Programa la realiza el SEDIF a través de la SAyDC y en coordinación con los SMDIF en los 58 Municipios del Estado, de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación El SEDIF en coordinación con los 58 SMDIF, realizan la promoción y difusión del programa en todas y cada una de las comunidades y colonias del Estado. Posteriormente el SMDIF realiza un diagnóstico en las comunidades de su región y determina la población objetivo
Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días • El SEDIF y el SMDIF evalúa e incorpora el padrón de beneficiarios, integrando a los solicitantes que cumplan con los requisitos de las presentes reglas de operación.
• El SMDIF recaba la documentación requerida para integrar el padrón de beneficiarios.
• El SMDIF realiza la captura del padrón municipal en el Sistema Integral de Información del SEDIF.
• El SEDIF coordina la oportuna entrega de los apoyos alimentarios directamente del proveedor a los SMDIF.
• El SMDIF entrega mensualmente el apoyo alimentario a los beneficiarios para su consumo.
• El SEDIF en coordinación con el SMDIF realizan acciones complementarias de orientación alimentaria.
• El SMDIF coordina acciones apoyando a la población en el nombramiento de comités de participación social, quienes fungirán como entes auditores sobre la operación de programa y apoyarán la participación de la población en las acciones complementarias del programa.
• El SMDIF impulsará mecanismos de intervención con la finalidad de brindar integralidad a los apoyos alimentarios mediante la implementación de proyectos productivos y el desarrollo de actividades que fomenten el
desarrollo comunitario.
2 Ejecución
Con la finalidad de apoyar la transparencia y rendición de cuentas, sobre los resultados de este Programa operado con recursos del Ramo 33 FAM-AS, existen mecanismos de intercambio de información entre los SMDIF, SEDIF y las Instancias Globalizadoras Federales, así como con el SNDIF. Estos mecanismos se constituyen por la evaluación y el seguimiento establecidos por instancias federales, como la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL); así como las visitas de seguimiento, asesorías, reuniones, encuentros nacionales, y por el envío de información al SNDIF por parte de “EL SEDIF”, de acuerdo al calendario emitido por el SNDIF.
Avances fiś ico-financiero
La SAyDC, formulará trimestralmente, por separado y bajo su estricta responsabilidad, los informes de los avances físico-financieros de las acciones realizadas, mismos que deberán remitir al SEDIF por conducto de la Subdirección de Planeación y Evaluación durante los siguientes quince días hábiles posteriores a la terminación de trimestre que se reporta y en los términos establecidos según el Programa Operativo Anual. Dichos informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso el reporte de las medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se informe.
Asimismo, el SEDIF, reportará a través de los diversos informes e indicadores solicitados por el SNDIF y otras instancias competentes, sobre los avances respecto al avance físico financiero de los programas.
Cierre de ejercicio
Conforme lo estipula la Ley General de Contabilidad Gubernamental se presentará la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.
El SEDIF entregará la información financiera que solicite la Secretaría de Finanzas del Estado para dar cumplimiento a esta Ley General de Contabilidad Gubernamental, en los términos de las disposiciones que para tal efecto emita la misma Secretaría.
La fiscalización sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental corresponderá a las entidades de fiscalización superior de las Entidades Federativas, así como a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Auditoría Superior de la Federación, en los términos de las disposiciones federales aplicables, fiscalizará las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal, así como el destino y ejercicio de los recursos con los que opera este Programa.
Conforme lo estipula el Artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y el Artículo 49 de la Ley de Austeridad, Disciplina y Responsabilidad Financiera del Estado de Zacatecas y sus Municipios: A más tardar el 15 de enero de cada año, se deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengadas por sus Entes Públicos. Sin perjuicio de lo anterior, las transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior se hayan comprometido y aquéllas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el convenio correspondiente; una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.
Los reintegros deberán incluir los rendimientos financieros generados.
Para los efectos de este artículo, se entenderá que las Entidades Federativas han devengado o comprometido las Transferencias federales etiquetadas, en los términos previstos en el artículo 4, fracciones XIV y XV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
12.3 Causas de Fuerza Mayor
Con fundamento en los planteamientos de la Gestión Integral de Riesgo de Desastres inmersos dentro de la Ley de Protección Civil y el derecho a la asistencia social con base en la Ley General de Asistencia Social, ante una condición de emergencia o desastre que por causas de fuerza mayor y/o casos fortuitos que no hayan podido ser previstos, el SNDIF y/o el SEDIF podrán re direccionar los recursos financieros o dotaciones ya adquiridas de los programas de asistencia social alimentaria a los grupos de mayor afectación y/o quienes pierdan su fuente de ingreso como resultado de la contingencia y/o a sectores urbanos y/o rurales que estén más expuestos. Lo anterior, a fin de atender de inmediato, en el corto y mediano plazo, las necesidades alimentarias básicas de la población afectada.
Lo anterior, se dará a conocer a través de los medios oficiales de comunicación y en la página oficial del SEDIF.
13. Evaluación, seguimiento y control.
13.1 Información Presupuestaria
Los recursos para la operación del Programa Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días ti enen su origen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, Ramo General 33: Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, Fondo V de Aportaciones Múltiples, componente Asistencia Social (FAM-AS), mismos que se rigen por la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). De acuerdo con esta Ley, el ejercicio y aplicación de estos, es responsabilidad de cada Entidad Federativa, en el marco de la estructura programática que establezca el SNDIF.
De acuerdo con la LCF, en su artículo 40, las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación, se destinarán en un 46% al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios, y de asistencia social, a través de instituciones públicas, con base en lo señalado en la Ley de Asistencia Social (LAS), el cual es denominado componente Asistencia Social. Asimismo, se destinará el 54% restante a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel, el cual es denominado Componente Infraestructura Educativa.
Los recursos del FAM-AS podrán ser utilizados para la operación de los programas de la EIASADC emitida por el SNDIF, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) y los servicios de asistencia social establecidos en el artículo 168 de la Ley General de Salud (LGS) y en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social (LAS), conforme a lo siguiente:
a) Los SEDIF deberán priorizar la atención alimentaria y, por lo tanto, utilizar no menos del 85% de los recursos del FAM-AS destinados para ese ejercicio fiscal que les fueren transferidos para la operación de programas alimentarios mediante los cuales se preste el servicio previsto en el artículo 12, fracción VIII, de la LAS, mismos que para estos efectos serán descritos en la presente estrategia.
b) Los SEDIF podrán destinar hasta un 15% de los recursos del FAM-AS destinados para ese ejercicio fiscal que les fueren transferidos para:
La prestación de otros apoyos y/o servicios de asistencia social enmarcados en el programa de Atención a Grupos Prioritarios de la Estrategia 2023, deberá apegarse a los enunciados en el artículo 12 de la LAS, y de conformidad con la presente estrategia.
b.1) La ejecución del Programa de Salud y Bienestar Comunitario (PSBC) (con base en el Índice de Desempeño (ID) se sugiere incrementar el presupuesto asignado a este programa con respecto al año anterior).
b.2) En caso de que los SEDIF requieran ejercer gastos de operación, podrán destinar hasta un 2% del total de los recursos del FAM-AS que les fueren transferidos. Estas actividades deberán a su vez, ser acordes con el propósito establecido para el FAM-AS en el Tomo IV del PEF 2023.
Los recursos federales, no pierden su carácter federal a pesar de ser transferidos a las Entidades Federativas, es por ello que son auditados y revisados por la Secretaría de la Función Pública (SFP), a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, o en su caso, por la Unidad de Auditoría Gubernamental de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y/o auditores/as independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
13.2 Evaluación.
El SEDIF podrá evaluar en cualquier momento el cumplimiento del programa mediante la revisión de trabajo administrativo y supervisión en campo.
Evaluación interna. Se llevará a cabo a través de un seguimiento de los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas, deberá incluir la realización de encuestas de satisfacción que permita medir el avance de la asistencia social alimentaria.
Evaluación externa. A través de la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación y del Estado, quienes deberán ajustarse a los Lineamientos aprobados por el Consejo Estatal de Evaluación.
Para efectos de la comprobación de gasto por parte de las instancias participantes de apoyo operativo a que se refiere este Programa, los documentos probatorios son:
Entrega de las dotaciones mensuales del SEDIF al SMDIF.
El SEDIF emitirá recibos de entrega debidamente foliados, que serán recabados por el proveedor toda vez que de conformidad realice la entrega de las dotaciones.
Entrega de las dotaciones mensuales del SMDIF a los beneficiarios.
El SMDIF entregará por escrito, en tiempo y forma, a la Subdirección de Alimentación y Desarrollo del SEDIF, el “Informe de Avance de Entrega de Apoyos”, en los formatos que se anexan a las presentes ROP, mediante el cual, se respalde la entrega mensual del apoyo alimentario a todos y cada uno de los beneficiarios. Mismo que deberá mostrar la firma y fecha de recibido por parte del beneficiario, o en su caso, padre, madre o tutor del menor, así como especificar el mes y programa al que corresponde dicha entrega. Debiéndose contar con la comprobación mensual de las entregas correspondientes a todo el año.
Los SMDIF elaborarán el “Informe de Avance de Entrega de Apoyos”, que deberá aplicarse en los procesos de distribución de los insumos y que permitirá contar con un mayor control de los recursos asignados.
El informe se conforma de los siguientes formatos:
• Formato Oficial Entrega de Apoyos: formato para comprobación de entrega a beneficiarios finales (firmas) de cada uno de los apoyos otorgados, que deberá aplicarse como respaldo documental del apoyo otorgado a los beneficiarios.
• Informe Mensual de Entrega de Apoyos: consiste en un formato Excel que deberá requisitarse mensualmente con la información de apoyos otorgados en el Municipio, especificando localidad y número de beneficios otorgados.
Para llevar a cabo la revisión a los procesos de distribución, los SMDIF deberán hacer entrega de una copia de los formatos firmados por los beneficiarios (firmas), así como el Informe Mensual en formato Excel y firmado en formato PDF, a la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario de este SEDIF, a través de los enlaces municipales de la misma área, con fecha límite el día 10 del mes posterior al mes reportado.
El SEDIF estará verificando que las firmas plasmadas en los formatos correspondan al padrón capturado, así mismo, se estará confirmando que la cantidad de firmas corresponda al total de apoyos mensuales del programa asignados al municipio.
13.3 Control y auditoría
El SNDIF, el SEDIF y los SMDIF tienen la obligación de proporcionar a Instancias Fiscalizadoras la información necesaria para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías, revisiones o visitas de inspección de acuerdo a los programas anuales de auditorías o en el caso que juzgue pertinente; así́ como dar atención a las recomendaciones realizadas por dichas instancias. Los recursos federales, no pierden su carácter federal a pesar de ser transferidos a las Entidades Federativas. Es por ello que son auditados y revisados por la Secretaría de la Función Pública, a través de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, o en su caso, por la Unidad de Auditoría Gubernamental de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y/o auditores/as independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
El seguimiento a las evaluaciones lo realizarán en conjunto la Dirección General, la Coordinación Administrativa, la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario y la Subdirección de Planeación y Evaluación, atendiendo las recomendaciones que realicen la Secretaría de la Función Pública y otros entes fiscalizadores.
13.4 Indicadores de Resultados Matriz de Indicadores
14. Transparencia.
14.1 Difusión.
Conforme lo señala el Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el marco normativo y toda la información correspondiente a este Programa, se pondrá a disposición del público y se mantendrá actualizada, en los respectivos medios electrónicos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Acceso a la Información Pública del estado de Zacatecas, estas Reglas de Operación, se publicarán en la Periódico Oficial del Estado y estarán disponibles en el portal de transparencia de la página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
De igual manera y tal como lo establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la información sobre montos, beneficiarios y avances físico-financieros estarán disponibles en el portal de la página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
El SEDIF, en coordinación con los SMDIF, realizan la difusión y promoción del Programa en todas y una de las localidades de la Entidad, principalmente las comunidades de alta y muy alta marginación y/o en las localidades focalizadas en conjunto con otras Instancias por contar con población potencial para ser atendidas.
Así mismo se da a conocer en los insumos y en cualquier medio de difusión la leyenda establecida en el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2023 "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
De igual manera y de acuerdo con los artículos 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 48 de la Ley de Contabilidad Fiscal, se publicarán los informes sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos que se realizan por medio del Sistema de Recursos Federales Transferidos.
Aunado a lo anterior para contribuir a la transparencia de la información sobre el desempeño de los recursos públicos. Se publicarán a través de los siguientes medios:
• Órganos locales oficiales de difusión, y
• Página electrónica del SEDIF http://dif.zacatecas.gob.mx/.
14.2 Padrones de beneficiarios
El SMDIF, conformará el padrón de beneficiarios, el cual deberá oficializarse mediante la captura en el Sistema Integral de Información sobre Asistencia Social (SIIAS) en los tiempos establecidos por el SEDIF y bajo su asesoría y supervisión. Posteriormente, los registros serán enviados a SNDIF conforme a los acuerdos en conjunto con la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad para servicio de confrontas y/o servicios web de la Clave Única del Registro de Población (CURP).
Con el propósito de desarrollar políticas públicas más eficaces, en el otorgamiento de apoyos proporcionados con recursos federales, así como para transparentar y rendir cuentas claras a la ciudadanía la Secretaría de la Función Pública (SFP) diseñó el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G), mismo que se dio a conocer mediante el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el día 12 de enero de 2006.
Posteriormente, el SIIPP-G fue complementado con los criterios establecidos en el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el 13 de septiembre del 2018.
La Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario es el área responsable de la integración del padrón de beneficiarios del programa y la periodicidad con que se deberán de entregar el padrón para su integración al Padrón Único de Beneficiarios del Gobierno del Estado.
14.3 Quejas, denuncias y solicitudes de información.
Los beneficiarios, los representantes de los SMDIF u otras organizaciones y la población en general pueden acudir en cualquier momento al SEDIF para presentar sus solicitudes de información, así como sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente en la entrega de apoyos alimentarios, a través de las siguientes vías:
• De lunes a viernes de 8:30 a 16:00 horas en las Oficinas Centrales del SEDIF, Avenida Paseo de la Encantada número 102, Colonia La Encantada, Zacatecas, Zacatecas. C.P. 98088. Teléfono 492 925 68 03.
• De lunes a viernes de 8:30 a 16:00 horas en las Oficinas de la Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario, Calle Rio Lerma número 100, Colonia Hidráulica, C.P. 98060. Teléfono 492 924 23 37 extensión 102.
• Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
a) Red Estatal de Buzones;
b) Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http//contraloriasocial.zacatecas.gob.mx
c) Correo electrónico: contraloriasocial@zacatecas.gob.mx, y lada gratuita: 55 26 26 67.
Los programas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Zacatecas estarán regidos por lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y la Ley de Austeridad, Disciplina y Responsabilidad Financiera del Estado de Zacatecas y sus Municipios, el uso adecuado de los recursos que se entregan por parte del SEDIF es responsabilidad de quien los recibe.
Todos los programas del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Zacatecas, son públicos, ajenos a cualquier partido político, queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los programas.
15. Transitorios y Rúbrica del Funcionario Facultado Transitorios
UNO.- Las presentes reglas de operación se emiten conforme a la estructura establecida en el Anexo T2.A Modelo de reglas de operación de los Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social, Alimentación y Desarrollo Comunitario 2023, toda vez que deben encontrarse alineadas, en primer lugar, a las leyes emitidas por la Federación.
DOS. - Se emiten las presentes Reglas de Operación para el ejercicio 2023 del Programa de Atención Alimentaria en los Primeros 1000 Días del estado de Zacatecas con vigencia a partir del día siguiente de su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2023.
Zacatecas, Zac., a los (25) veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado Director General del Sistema Estatal para el
Desarrollo Integral de la Familia de Zacatecas
16. Anexos
Árbol del problema
Fuente: Elaboración propia
Árbol de Objetivos
Fuente: Elaboración propia
Información básica Información general
Nombre comercial del programa [PROGRAMA DE ATENCIÓN ALIMENTARIA EN LOS PRIMEROS 1000 DÍAS]
Nombre del Programa Presupuestario [73 - Hambre cero]
Modalidades de apoyo
( )
( )
( )
Apoyos económicos
a. Monetario
b. Becas
c. Convenios
( x )
( x )
( )
Apoyos en especie
a. Bienes
b. Servicios
c. Infraestructura
Transversalidad
( IS-10 )
( DH - 10 )
( 2.1 )
(Si ) Alineación a Transversalidades
(Si )
a. Igualdad Sustantiva
b. Derechos Humanos
c. Objetivos de Desarrollo Sostenible
d. Niñas, Niños y Adolescentes
e. Prevención Social del Delito
Derecho social y humano
Anexo 1. Derechos Sociales y Humanos. [10 - Implementar acciones para la protección, respeto, promoción y garantía de los derechos humanos de todas las personas que transitan temporalmente por el territorio zacatecano]
Alineación Programática
Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024
[2 - Política Social]
[2.3.4 - Garantizar la disponibilidad de alimentos en los hogares que respondan a las necesidades nutricionales, diversidad y cultura. ]
Plan Estatal de Desarrollo del estado de Zacatecas
2022-2027 [2.-Bienestar para Todos]
[9.-Atención a Grupos Vulnerables]
[5 - Fortalecer la atención a personas en condiciones de vulnerabilidad, bajo la norma de no dejar a nadie afuera, no dejar a nadie atrás. ]
Programa General Prospectivo 2033 [Estrategia]
4.2.1 Objetivo
Procurar y lograr una sociedad con bienestar a través del fortalecimiento del sentido de comunidad y la construcción de mecanismos de inclusión social, sobre los que se levante un escenario de igualdad de derechos a partir de la atención de rubros como el desarrollo social y el combate a la pobreza; la salud y la alimentación; las culturas del deporte; los desafíos relativos a la concentración y dispersión poblacional; la migración; y la producción y distribución del ingreso en las comunidades
[Componente Estratégico]
4.2.1.2 Lograr la cobertura universal en servicios sanitarios y en el acceso a los nutrientes básicos.
[Prioridad de acción ]
● Favorecer la complementariedad de programas federales y estatales con metas vinculadas a la mejora nutricional, a partir de eficientar la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno.
● Favorecer la producción de alimentos en comunidades y ejidos del estado para el autoconsumo en las mismas.
Programa Sectorial [OBJETIVO 48. Ampliar la cobertura de programas sociales federales para la atención a grupos vulnerables.]
[48.1 Otorgar apoyos a la población vulnerable de Zacatecas con el fin de coadyuvar en la superación de la carencia alimentaria mediante el Programa “Hambre Cero”.]
48.1.4 Otorgar Paquetes alimentarios para mujeres embarazadas y mujeres en periodo de lactancia, así como niñas y niños de seis meses a dos años de edad en municipios, localidades o AGEB rurales, urbanas o indígenas de muy alto y alto grado de marginación.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 2.1
[2 Hambre Cero]
Información administrativa-organizacional
Dependencia responsable
[Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia]
Dirección o unidad administrativa directa responsable [Subdirección de Alimentación y Desarrollo Comunitario]
Información programática-presupuestal
Finalidad del Programa Función del Programa
[2 - Desarrollo Social]
[2.6 - Protección Social]
Presupuesto autorizado
[$11,221,920.00]
Clave presupuestal [$11,221,920.00]
[4616101295734411]
Nota: en caso de registrar más de una clave presupuestal, indicar el monto para cada una.
[$0.00]
[4616101295-4411-4113]
Partida de gasto
[4411-4113]
Clave del programa presupuestario
[PPEO-61S073] S-76
Gastos de operación [$0.00] [Clave presupuestal: UP-UR-UEG-PP- Componente-
Partida]
[4411 Ayuda social ( Compra de Despensas-paquetes alimentarios- desayunos fríos y calientes.] y 4113 Gastos de operación viáticos, gasolina etc
ANEXOS: