REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL BIENESTAR
Al tenor de la siguiente:
III. JUSTIFICACIÓN
Una de las variables que constituyen el grado de marginación, el rezago social y la pobreza, es la carencia de infraestructura social básica, concretamente en agua potable, drenaje, electrificación y urbanización, así como obras de infraestructura de salud, educación y alimentación, todo esto aunado a la carencia por calidad y espacios de la vivienda, por lo que el Estado, a través de la Secretaria, es el encargado de garantizar la satisfacción de dichas necesidades de la población que habita en aquellas localidades y áreas urbanas que se encuentran en esa condición, mediante el acceso a los servicios básicos, alimentación, así como de la mejora de su entorno físico mediante obras de urbanización y mejoramiento a la vivienda, con el firme propósito de elevar la calidad de vida de la población que habita en el territorio zacatecano y brindar oportunidades para el desarrollo social del Estado.
En el Diario Oficial de la Federación, en su “Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2022”, con fecha de lunes 29 de noviembre de 2021 y en base a los criterios generales emitidos por el CONEVAL, así como en los resultados de los estudios de medición de la pobreza y los indicadores asociados del 2020, se delimitan las Zonas de Atención Prioritaria para el Estado de Zacatecas.
Respecto al Índice de Rezago Social a nivel localidad, existen en el Estado 183 localidades en 40 municipios con Muy Alto y Alto Grado de Rezago Social, según datos del CONEVAL en 2020.
Además, de acuerdo a la última medición municipal de la pobreza, realizada por CONEVAL en el 2020, el 3.9% de la población zacatecana presentó pobreza extrema, es decir, existen en la entidad alrededor de 64 mil personas que sufren entre 3 y 6 carencias sociales y su ingreso es insuficiente para adquirir los bienes y servicios que requieren.
En cuanto a los Índices de Rezago Social, específicamente en el componente de la carencia por acceso a los Servicios Básicos en la Vivienda; en Zacatecas existe el 7.3% equivalente a
119.5 mil personas que aún sufren dicha carencia. Además, de acuerdo a los resultados del Censo Nacional de INEGI 2020, en Zacatecas hay un total de 442,623 viviendas particulares habitadas, de las cuales 8,210 de ellas carecen del servicio de agua potable entubada, 15,940 no cuentan con drenaje y 2,557 carecen de energía eléctrica; aunado al crecimiento urbano y poblacional que también demanda atención al acceso de estos servicios.
Para el caso del indicador de calidad y espacios de la vivienda, en México más de 14 millones de viviendas cuentan con un calentador solar, sin embargo, casi 19 millones de hogares no cuentan con este equipamiento. El estado de Zacatecas ocupa el quinto lugar a nivel nacional, donde las viviendas cuentan con un mayor número de calentadores solares, con un total de 138,475 según la Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares (ENCEVI-2018) realizada durante el primer semestre. (Comisión Nacional para el uso Eficiente de la Energía, 2021).
En base al total de viviendas particulares habitadas en el Estado, el 31.28% se encuentran equipadas con esta ecotecnología. Por lo que los retos para la entidad son amplios. En relación a las viviendas que cuentan con agua entubada del 77.5 % y que ya cuentan también con drenaje conectado a la red pública, el área de oportunidad para dotación e instalación es de 204,558 viviendas.
Por lo que es necesario redoblar esfuerzos en aquellas localidades y zonas urbanas prioritarias que sufren aún la carencia de servicios básicos y urbanización, ya que estas se encuentran principalmente en viviendas donde las familias no tienen los suficientes ingresos para satisfacer sus necesidades sociales más elementales como: la alimentación, salud, educación, vivienda e ingresos. Esta situación tiene como efectos la dificultad de tener mayores y mejores condiciones de vida.
El Programa de Infraestructura Social para el Bienestar (PISB) es un esfuerzo extraordinario que pretende abatir las carencias en servicios básicos a la vivienda, urbanización, infraestructura básica educativa, infraestructura básica en salud, alimentación y por calidad y espacios de la vivienda, a través de la aplicación de obras de agua potable, drenaje, electrificación, alumbrado público, guarniciones y banquetas, pavimentación de calles y caminos de acceso a comunidades; en infraestructura educativa ubicadas en ZAP se podrán realizar acciones en: aulas, techados en áreas de impartición de educación física, baños, bardas perimetrales; para infraestructura de Salud, en localidades con mayor rezago social se podrán realizar acciones tales como casas de salud; en el caso de alimentación se realizará la intervención en comedores escolares y comunitarios; en todos los casos anteriores en las modalidades de construcción, rehabilitación, ampliación, equipamiento; para el caso de carencia por calidad y espacios de la vivienda se implementarán acciones tales como la instalación de calentadores solares para elevar su calidad de vida y salud a través de los buenos hábitos de aseo personal de las población Zacatecana que se encuentra en situación de vulnerabilidad y pobreza extrema, además como consecuencia favorece al gasto familiar al proporcionar una alternativa para el ahorro económico. En este sentido, al proporcionar calentadores solares les permite un menor consumo en gas en los hogares. Es preciso mencionar; que la utilización de estos, permite un ahorro de gas de hasta un 60%, además de usar energía natural que preservan el equilibrio ecológico.
Una de las estrategias más importantes del Gobierno de Zacatecas para la atención de la pobreza, ha sido la atención de las carencias sociales, particularmente la de los servicios básicos en la vivienda; es importante señalar que solo ha sido posible reducir la pobreza y sus indicadores en conjunto con los gobiernos municipales del Estado a través de la concurrencia de voluntades y recursos, mediante la firma de los Convenios FISE-FISM.
Durante el ejercicio 2021 se dotaron de servicios básicos y obras de urbanización a personas que viven dentro de las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) del Estado, localidades con los dos grados de Rezago Social más alto y localidades en pobreza extrema, a través de 109 obras realizadas en convenio con la Secretaría de obras Públicas del Estado, la Secretaría de Agua y Medio Ambiente y con los municipios de Zacatecas, Guadalupe y Fresnillo con una inversión total de $71’473,276.88 pesos beneficiando a 1,666 viviendas. Además se atendieron prioritariamente a 1,712, familias que habitan en Zonas de Atención Prioritaria y en Pobreza extrema, con el suministro e instalación de calentadores solares, lo anterior para dar cumplimiento a las acciones en los hogares de quienes resultaron beneficiados.
IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Acta de entrega-recepción: Documento que da constancia de la terminación de una obra y se elabora con el propósito de efectuar la entrega a los beneficiarios de los trabajos programados.
Beneficiarios: Persona o grupos de personas que habitan una localidad determinada que reciben el beneficio directo de las obras y/o acciones a realizar, cumpliendo con los requisitos marcados por el inciso de Población Objetivo.
COEPLA: Coordinación Estatal de Planeación.
Comité de Contraloría Social: Conformación de Comités para la intervención de los habitantes de las localidades en la planeación de su propio desarrollo, con la ejecución de obras y/o acciones en beneficio de su población.
Comité Técnico de Seguimiento del Programa: Instancia coordinada por la Secretaría de Desarrollo Social e integrada por las siguientes dependencias: SEFIN, SEDUVOT, COEPLA y eventualmente la Secretaría de Bienestar. El comité será el encargado de dar seguimiento al ejercicio de los recursos del FAIS y colegiadamente resolver problemas administrativos suscitados durante el transcurso del mismo.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Convenios de Concertación: Instrumentos jurídicos que suscribe el Ejecutivo del Estado a través de las dependencias o entidades de la Administración Pública Estatal, con los municipios del Estado, con las organizaciones o con los particulares, para la realización de actividades relacionadas con el desarrollo social, mediante el cual se asegura el cumplimiento de la normatividad del programa y el establecimiento de mecanismos de información para el seguimiento de obras o acciones en el transcurso de su ejecución.
Dependencia Normativa: la Secretaría de Desarrollo Social o en su caso cualquier instancia que tenga que ver con la validación de los presupuestos de obra.
Dictamen de Emergencia: Documento oficial emitido por la Dirección de Protección Civil que señala cuando una zona se encuentra en condiciones de emergencia por desastre natural ocasionados por eventos naturales que hacen referencia a las enormes pérdidas materiales incluso humanas a causa de un fenómeno natural perturbador.
Documentación Comprobatoria: Conjunto de documentos que consigna materialmente y de una manera clara y fehaciente, las acciones específicas que realizó la instancia ejecutora, donde pueda constatarse que realmente se llevaron a cabo las obras propuestas.
Expediente Social: Conjunto de documentos que contienen la información básica de los beneficiarios que sustenta la necesidad de obras o acciones en un lugar determinado.
Expediente técnico: Conjunto de documentos que contienen la Información técnica más relevante de las obras o acciones que se llevarán a cabo en un lugar determinado.
FAIS: Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.
FISE: Fondo para la Infraestructura Social Estatal.
Infraestructura Social Básica: Concepto que se asocia al conjunto de elementos de bienes y servicios que están considerados para lograr el desarrollo de una localidad determinada y que son de uso común para su población, tales como alcantarillado, agua potable, electrificación.
Instancia Ejecutora: Dependencia u Organismo responsable de la realización o ejecución de obras o acciones.
Marginación: De acuerdo con el Consejo Nacional de Población (CONAPO) la marginación se asocia a la carencia de oportunidades sociales y a la ausencia de capacidades para adquirirlas o generarlas, pero también a privaciones e inaccesibilidad a bienes y servicios fundamentales para el bienestar.
MIDS: Matriz de Inversión para el Desarrollo Social.
la atención de las carencias por alimentación y por calidad y espacios de la vivienda; para elevar Pobreza: Se puede considerar que una persona se encuentra en condición de pobreza cuando tiene al menos una carencia social (en los indicadores de: rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación) y su ingreso es insuficiente para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades alimentarias y no alimentarias.
Programa: Programa de Infraestructura Social Básica.
Reglas: Reglas de Operación del Programa de Infraestructura Social Básica.
Recursos Propios: Recurso de origen Estatal.
Rezago Social: Resume cuatro indicadores de carencias sociales (educación, salud, servicios básicos y espacios en la vivienda) en un solo índice que tiene como finalidad ordenar a las unidades de observación según sus carencias sociales.
Urbanización: Desarrollo planificado de localidades que genera una serie de servicios para que la población pueda asentarse con normalidad tales como pavimentación de calles, guarniciones, banquetas, alumbrado público.
ZAP: Zona de Atención Prioritaria.
V. ALINEACIÓN CON INSTRUMENTOS PROGRAMÁTICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027
• Principio Rector: 2 Bienestar para todos
Política Pública: 2.3. Infraestructura básica para combatir el rezago social.
2. Programa General Prospectivo Zacatecas 2033
• Estrategia de Intervención: Sociedad con bienestar: fortalecimiento comunitario, florecimiento social e integración regional.
Componente Estratégico: Combatir la pobreza y satisfacer las necesidades básica dela población.
3. Derechos Humanos
• Derecho al agua y saneamiento.
4. Objetivos de Desarrollo Sostenible que se atienden
• ODS 1. Fin de la pobreza.
• ODS 6. Agua limpia y saneamiento.
• ODS 7. Energía asequible y no contaminante.
VI. OBJETIVOS Objetivo General:
Disminuir la carencia de los servicios básicos en las viviendas, el mejoramiento del entorno urbano, educativo y de salud, así como apoyar con la creación de la infraestructura para
los niveles de bienestar social y garantizando el mejoramiento de la calidad de vida de la población zacatecana, con la dotación de infraestructura básica de servicios a las personas que viven dentro de las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) del Estado, localidades con los dos grados de rezago social más alto y localidades donde existan personas en pobreza extrema.
Objetivos Específicos:
• OE 1: Abastecer con agua potable a las viviendas a través de obras de rehabilitación, construcción o ampliación.
• OE 2: Mejorar la calidad de vida y salud a través de los servicios de saneamiento del agua (alcantarillado y drenaje) en las viviendas.
• OE 3: Solucionar las carencias de electricidad y mejorar el abastecimiento energético a través de obras de electrificación en las viviendas.
• OE 4: Mejorar el acceso y tránsito de la población, incrementar la seguridad pública, a través de alumbrado público, banquetas y guarniciones, pavimentación de calles y caminos de acceso a las comunidades.
• OE 5: Mejorar la infraestructura educativa en las zonas de atención prioritarias (ZAP).
• OE 6: Mejorar la infraestructura de Salud en las localidades de mayor rezago social.
• OE 7: Abatir las carencias por alimentación a través de la construcción, rehabilitación y equipamiento de comedores escolares y comunitarios.
• OE 8: Contribuir a mejorar la calidad de vida de las familias zacatecanas en condiciones vulnerables o de pobreza a través del suministro e instalación de un calentador solar en sus viviendas.
VII. ALCANCE
“Este programa está diseñado con perspectiva de género, por lo que para la operación del mismo se consideran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad entre los géneros”
Tratándose de personas que, en términos de la legislación aplicable, sean reconocidas con la calidad de victima directa o indirecta por la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Estado, tendrán acceso de manera prioritaria y excepcional al programa regulado por las presentes reglas de operación con un enfoque transversal, de género y diferencial siendo responsabilidad de todas las Dependencias y Entidades, admitir como único requisito la constancia que las reconozca con tal carácter para justificar la aplicación de los apoyos, así como realizarlo de forma inmediata en favor de la víctima.
La expedición de la constancia de reconocimiento de víctima será responsabilidad del Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas del Estado de Zacatecas.
1. Cobertura territorial:
El programa podrá operar hasta en los 58 municipios del Estado, se dará prioridad a las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP urbanas y rurales), localidades con los dos grados de Rezago Social más altos.
El programa podrá atender localidades distintas a las señaladas anteriormente y personas que se encuentran en condición de Pobreza Extrema o en casos de emergencia, afectadas por desastres o contingencias naturales, previo dictamen de Protección Civil, previa justificación de las obras o acciones, señalando la importancia de los proyectos para aminorar los rezagos o las condiciones de emergencia generadas por las contingencias.
2. Población Potencial:
La constituyen las personas que carecen de servicios básicos, urbanización, infraestructura educativa, de salud, de alimentación y de calidad y espacios de la vivienda que habitan en las localidades ubicadas en los 58 municipios.
3. Población Objetivo:
La población objetivo la constituyen aquellas personas que carecen de servicios de agua potable, drenaje sanitario, electrificación o urbanización, además, de carencia por infraestructura educativa, infraestructura de salud y de alimentación, así como de calidad y espacios de la vivienda; que se encuentra localizada dentro de las Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales, en las localidades con los dos grados de rezago social más altos o en las zonas donde habitan personas que se encuentran en pobreza extrema.
VIII. BENEFICIARIOS
1. Criterios de elegibilidad
Las propuestas elegibles serán presentadas por los Municipios o la propia Secretaría. El programa dará prioridad a las obras que:
• Estén ubicadas dentro de la cobertura territorial señalada en las presentes Reglas de Operación.
• Que presenten alguna de las carencias en servicios básicos, urbanización, infraestructura educativa o de salud, infraestructura de alimentación o de calidad y espacios de la vivienda.
• En los municipios que no tienen Zonas de Atención Prioritaria, se podrá aplicar el recurso en las localidades en donde habitan personas que acrediten condición de pobreza extrema.
Para calentadores solares además de los criterios anteriores:
• Se atenderá como prioridad a adultos mayores, a familias que sean cuidadores de una persona con discapacidad con dependencia y personas víctimas de violencia en el Estado.
2. Requisitos de elegibilidad
Se deberá integrar la propuesta a la Secretaría de Desarrollo Social con los siguientes documentos:
Por parte de la instancia ejecutora a la Dirección de Infraestructura Social para el Bienestar
Expediente Técnico:
• Oficio de solicitud por parte de la Instancia Ejecutora.
• Formato de Propuesta de obras (formato F-PROG-03).
• Cédula de información básica (Carátula).
• Presupuesto de obra (Será responsabilidad directa de la instancia ejecutora y de la dependencia normativa correspondiente, por lo que en ningún caso podrá ser modificado a solicitud de ninguna instancia ajena, una vez validado).
• Calendario físico-financiero.
• Calendario de ejecución.
• Validación o dictamen de factibilidad.
• Croquis de municipio.
• Croquis de localidad.
• Croquis de ubicación geográfica de la obra.
• Proyecto (planos de construcción de obra).
• Memoria fotográfica formato digital (3 fotografías georreferenciadas de antes del inicio de las obras).
• Clave de registro MIDS municipal (en caso de que sea recurso convenido entre la Secretaría y los gobiernos municipales).
Expediente Social:
• Acta de aceptación de la obra.
• Acta constitutiva del comité.
• CUIS. Este se deberá llenar y capturar por la instancia ejecutora cuando la propuesta sea en localidades NO consideradas como ZAP o con rezago social alto o muy alto. De acuerdo a los requerimientos del sistema, la cantidad de CUIS a presentar podrá variar.
• Formulario básico para apoyos sociales. Este se deberá presentar para la captura de beneficiarios en el SIPABE acompañado de la copia de identificación oficial, CURP y comprobante de domicilio de los beneficiarios directos de la obra.
• Cuando existan casos de emergencia por desastres o contingencias naturales se deberá presentar el Dictamen correspondiente expedido por la Dirección de Protección civil.
Para Calentadores Solares además de los requisitos anteriores:
• Solicitud de apoyo dirigida al Gobernador.
• Cédula de validación por solicitante. (revisar el formato que incluya la opción de discapacidad)
•En caso de ser Víctimas de violencia presentar la constancia de reconocimiento de Víctima por medio de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Zacatecas.
• Que la vivienda cuente con techo de concreto, agua potable entubada al interior dela vivienda, drenaje conectado a la red pública, sanitario.
3. Restricciones de elegibilidad
• Que este fuera de las zonas de cobertura del programa.
• Viviendas no habitadas.
• No presentar en tiempo y forma los expedientes técnico y social de las obras.
• Las obras de urbanización que se pretendan ejecutar en calles que no cuenten con todos los servicios básicos.
4. Derechos de los beneficiarios
De los beneficiarios:
• Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna.
• Estar informados sobre las obras a realizarse en beneficio de su comunidad.
• Formar parte de los Comités de Contraloría Social para ser partícipes en el seguimiento y control de la ejecución de la misma y en una aplicación clara y transparente de los recursos aprobado en su beneficio.
De las Instancias Ejecutoras:
El personal de las instancias ejecutoras encargado de la elaboración y entrega de los expedientes técnicos y sociales tiene derecho a:
• Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna.
• Recibir capacitaciones, asesorías y los formatos necesarios para la integración del expediente técnico y social de las obras.
• Recibir la retroalimentación necesaria para la debida corrección y conformación de los expedientes técnicos y sociales, así como la información complementaria necesaria para la aprobación de la transferencia de la aportación Estatal.
• Recibir la Información correspondiente respecto al estado que guarda el trámite de liberación de los recursos.
5.Obligaciones de los beneficiarios
De los beneficiarios:
Proporcionar la documentación a que se refieren los requisitos de elegibilidad.
Informar, a través de los Comités de Contraloría Social y/o Comités de obra, las irregularidades que se encuentren en la ejecución de la obra o aplicación de los recursos.Hacer uso adecuado de la obra o apoyo recibida y mantenerla en buen estado.
De las Instancias Ejecutoras:
El personal de las instancias ejecutoras encargado de la elaboración y entrega de los expedientes técnicos y sociales están obligados a:
• Proporcionar un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna al personal de la Dirección de Infraestructura Social Básica.
• Acudir a capacitaciones, asesorías, llenar y entregar los formatos necesarios para la integración del expediente técnico y social de las obras.
• Entregar en tiempo y forma la propuesta de obra en el formato F-PROG-03, para las revisiones correspondientes.
• Entregar en tiempo y forma el expediente técnico y social de sus propuestas de obra, paralas revisiones correspondientes.
• Solventar y entregar en tiempo y forma las observaciones realizadas en las revisiones correspondientes a la propuesta de obra y los expedientes técnicos y sociales de las obras, así como la documentación necesaria (Formulario Básico para apoyos sociales, CUIS, Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), entre otros).
• Conformar los Comités de Contraloría Social para el control y vigilancia en la ejecución de las obras.
• Cuidar con los beneficiarios que la obra o apoyo no reciba ninguna modificación por lo menos el ejercicio fiscal siguiente.
• Proporcionar copia de la documentación comprobatoria de las obras ejecutadas a la dirección de infraestructura social básica de forma física y digital:
• Oficio de Ejecución.
• Proceso de Licitación o adjudicación.
• Contrato de obra.
• Fianzas (Anticipo, cumplimiento, vicios ocultos).
• Pago de anticipo (en caso de haberse entregado)
• Números generadores.
• Estimaciones y órdenes de pago.
• Informe mensual y trimestral Físico Financiero.
• Comprobantes fiscales de pago a contratistas (facturas).
• Memoria fotográfica en formato digital (3 fotografías georreferenciadas del inicio, 3del durante y 3 del término de la obra).
• Bitácoras con oficio de inicio y término de los trabajos.
• Pago de Finiquito.
• Estados de cuentas.
• Cédula de Verificación de Obra.
• Acta de Entrega-Recepción.
Capturar en el SIPABE los beneficiarios de las obras.
En caso de recursos FAIS, capturar las CUIS que sean requeridas por la plataforma MIDS.
En caso de realizar convenios con municipios y otras instancias, la responsabilidad del ejercicio del recurso y la documentación comprobatoria, estará a cargo de las instancias ejecutoras.
1. Criterios de incumplimiento, retención, suspensión o reducción de recursos
La Secretaría de Desarrollo Social podrá rechazar propuestas de inversión de una instancia ejecutora que haya incumplido compromisos de ejecución, de comprobación documental, de aplicación de los recursos o de otras obras que le hayan sido autorizadas con anterioridad, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar.
Cuando la Secretaría de Desarrollo Social o algún órgano de fiscalización o instancias de Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desvío de recursos, incumplimiento a los convenios o acuerdos, o incumplimiento en la entrega oportuna de información relativa a avances y metas alcanzadas, la Secretaría de Desarrollo Social podrá suspender los apoyos e inclusive solicitar su reintegro, de acuerdo con el origen de los recursos aportados, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables, así como las que determine los órganos de fiscalización que correspondan.
En el caso de que los ejecutores no ejerzan el recurso dentro del plazo establecido en los ordenamientos legales administrativos o los convenios correspondientes, deberán ser reintegrados a la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados y deberán remitir copia del reintegro a la Secretaría de Desarrollo Social para su registro correspondiente.
IX. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS
1. Tipo de apoyo: Transferencia monetaria.
2. Características del apoyo: Aportación para la construcción, ampliación, mejoramiento, equipamiento, instalación y rehabilitación de las obras contempladas en el Catálogo delos lineamientos de operación del FAIS.
OBRAS DIRECTAS
Se podrán aplicar al menos el 50% de los recursos federalizados, asignados al programa, en obras de incidencia directa contempladas en el catálogo de obras de los lineamientos de operación del FAIS.
OBRAS COMPLEMENTARIAS
Se podrán aplicar hasta el 50% de los recursos federalizados, asignados al programa, en obras de incidencia complementaria contempladas en el catálogo de obras de los lineamientos de operación del FAIS. Además, tratándose de recursos del FAIS, para el caso de recursos estatales podrá aplicarlos hasta el 100% en los 58 municipios.
DIRECCIONAMIENTO DE OBRAS
Para el direccionamiento, tratándose de recursos del FAIS, debe planearse y ejecutarse al menos el 40% de ellos en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), y el 60% de los recursos deberán destinarse en localidades con los dos grados de rezago social más alto y familias en pobreza extrema. Y en el caso de Recursos Estatales, su direccionamiento quedara para atender las prioridades de infraestructura social del Estado en los municipios.
3. Periodicidad del apoyo: La periodicidad es anual y la cantidad de apoyos depende del número, tipo y monto de las obras a realizar en los municipios del Estado.
4. Monto del apoyo: El valor de la obra. Se podrán otorgar tantos apoyos como número de obras propongan los municipios, teniendo como techo financiero el presupuesto asignado al Programa.
Para el presupuesto del Programa de Infraestructura Social para el Bienestar, el Estado destinará los recursos de acuerdo al gasto del presupuesto aprobado por el Congreso del Estado, con el fin de elevar la calidad de vida y bienestar social de las personas más vulnerables de nuestro estado.
El techo financiero asignado a los municipios será determinado en base al presupuesto autorizado, y éste será aprobado en función a las necesidades del Programa, con acciones enfocadas al abatimiento de carencias sociales, prioritariamente de las localidades y colonias en situación de pobreza o rezago social.
X. OPERATIVIDAD
1. Planteamiento
Para coordinar los procesos de la elaboración, recepción, revisión y aprobación de las propuestas de las diferentes obras en materia de infraestructura social, urbanización, infraestructura de educación, de salud y de alimentación, así como las de calidad y espacios de la vivienda (calentadores solares), es necesario realizar una serie de acciones y procedimientos que coadyuven y garanticen alcanzar las metas planteadas al inicio de cada ejercicio fiscal para la atención y beneficio de la población objetivo, por lo que el proceso de operación es el siguiente:
Gastos de Operación:
Del recurso FISE asignado al programa, se destinará hasta el 3% del total de los recursos para gastos indirectos, mismos que serán operados por “El Estado”, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, para el seguimiento de la ejecución de la obra, en concordancia con lo establecido en el Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Gasto Público Vigente.
XI. MONITOREO, EVALUACIÓN Y CONTRALORÍA SOCIAL
1. Monitoreo
Los ejecutores serán responsables del seguimiento directo de las obras o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable, conjuntamente con personal de las Coordinaciones Territoriales ubicadas en las diversas regiones del estado. Así mismo, la Dirección de Infraestructura Social para el Bienestar tiene la facultad para asignar personal de la propia Dirección para realizar visitas de seguimiento y de esta manera verificar los avances físicos y financieros de las acciones aprobadas.
La documentación original comprobatoria del gasto será conservada bajo su responsabilidad por el ejecutor, en los términos de la normatividad aplicable, remitiendo copia a la Instancia Normativa, en este caso, a la Secretaría de Desarrollo Social en la Dirección de Infraestructura Social Básica, para presentarla en el momento en que le sea requerida por los Órganos de Control competentes para tal efecto.
Cuando el Gobierno del Estado funja como ejecutor, será éste el responsable del resguardo de la documentación comprobatoria original debiendo presentarla en el momento en que le sea requerida por los Órganos de Control competentes para tal efecto.
La Secretaría de Desarrollo Social podrá solicitar al ejecutor y/o comités de obra la información o documentación que considere necesaria para la administración y seguimiento del programa. Una vez concluidas las acciones, el ejecutor procederá a realizar el proceso de entrega recepción de la obra, obteniendo las actas correspondientes y entregando copia de las mismas a la Secretaría de Desarrollo Social en la Dirección de Infraestructura Social Básica. Al acto de entrega recepción deberán asistir representantes de la Secretaría de la Función Pública y Secretaría de Desarrollo Social, además de las instancias involucradas en la ejecución de la obra.
2. Evaluación
La Secretaría de Desarrollo Social a través de la Dirección de Infraestructura Social Básica elaborará en conjunto con la Coordinación de Planeación, Evaluación y Seguimiento de la Secretaría de Desarrollo Social, un instrumento que refleje de manera mensual los avances físico-financieros de las obras y de esta manera determinar el desarrollo de las mismas. (El instrumento es para seguimiento) El área deberá ajustarse a los Lineamientos aprobados por el Consejo Estatal de Evaluación.
Así mismo, el Comité Técnico de Seguimiento del Programa analizará y validará la aprobación para la incorporación de localidades o colonias o en su caso obras que no hayan sido consideradas o contempladas en las Reglas de Operación y lo No Previsto en las presentes Reglas de Operación y la evaluación de los avances en el cumplimiento de las metas con relación a los indicadores del programa.
3. Indicadores de Evaluación MIR
1. Porcentaje de población en viviendas sin acceso al agua.
2. Porcentaje de población en viviendas sin drenaje.
3. Porcentaje de población en viviendas sin electricidad
4. Porcentaje de comedores comunitarios intervenidos con construcción, rehabilitación o equipamiento con área de influencia en Zonas Prioritarias.
5. Porcentaje de obras de urbanización ejecutadas en Zonas de Atención Prioritaria y localidades con 2 grados de Rezago Social más altos.
6. Porcentaje de población que habita en Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales, localidades de dos grados de rezago social más alto y pobreza extrema, apoyadas con calentadores solares.
4. Contraloría Social
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, a efecto de que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, elaborada por la Instancia Ejecutora y validada por la Secretaría de la Función Pública; y demás documentos normativos establecidos por el Programa, promoviendo la participación de hombres y mujeres preferentemente de forma equitativa en la Conformación de los Comités de Contraloría Social.
En caso de recursos FISE las instancias ejecutoras serán las responsables de su promoción y conformación.
5. Ejercicio de recursos
Será reportado de manera trimestral a la Coordinación Estatal de Planeación y en caso de ser recursos federalizados esta a su vez al Portal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Coordinación de Planeación, Evaluación y Seguimiento de la Secretaría de Desarrollo Social.
XII. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
A) Participación Social ( Recursos Federalizados)
1. Datos generales del mecanismo de Participación Social.
a) Institución que lo coordina. La Instancia ejecutora y/o la misma Secretaría serán las instituciones responsables de la coordinación para la creación del mecanismo de Participación Social.
b) Área dentro de la Institución responsable de la coordinación del mecanismo. Las Áreas responsables de la Secretaría de Desarrollo Social serán el Programa de Infraestructura Social Básica y la Coordinación territorial correspondiente, por parte de la instancia ejecutora serán las áreas con las cuales se convenga, ya sean las de Desarrollo Social y/o Económico (cuando es con las Presidencias Municipales) y/o las Dependencias Estatales o Federales correspondientes.
c) Nombre del mecanismo. Al mecanismo de Participación Social se le denominará “Acta Constitutiva de Comité”.
d) Objetivo general del mecanismo. Promover la participación comunitaria en la planeación, registro y establecimiento de mecanismos de control y seguimiento de los proyectos que se realicen con los recursos FISE a través de los Comités de Obra.
e) Tema central a desarrollar por el mecanismo. Involucrar a la población beneficiada en la toma de decisiones sobre la planeación y el seguimiento de las políticas públicas, para asegurar que las obras realizadas respondan a las necesidades de las localidades, así mismo, fortalecer los principios de transparencia y rendición de cuenta de los gobiernos, además de fomentar el trabajo coordinado y potenciar las acciones para el beneficio de las comunidades.
f) Requisitos para acceder al mecanismo.
• Ser beneficiario directo de la obra o apoyo a ejecutar en su comunidad, colonia o calle.
• Ser un participante electo de manera democrática por los demás beneficiarios.
g) Principal sustento jurídico que da origen al mecanismo.
Lineamientos del Fondo de Aportaciones Para la Infraestructura Social (FAIS) y Guía Operativa Para la Constitución, Operación y Seguimiento de la Participación Social en el Fondo de Aportaciones Para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
2. Vigencia. La vigencia del mecanismo de participación ciudadana es de carácter temporal, ya que comienza a partir de la integración del Acta Constitutiva de Comité, y después de la conclusión de la ejecución de los trabajos.
3. Tipo de participación. El tipo de participación será de monitoreo.
4. Modalidad de la participación. La modalidad de participación será presencial.
5. Forma o Figura de la participación. La figura será el Comité.
6. Nivel de incidencia del mecanismo. Vigilancia.
7. Cobertura Territorial del mecanismo. AGEB.
8. Convocatoria para participar en el mecanismo. La convocatoria para acceder al Comité se dará a conocer en la reunión destinada para la firma del Acta de aceptación de la comunidad.
9. Monitoreo y seguimiento. De acuerdo a las visitas de seguimiento que realicen las Coordinaciones Regionales, el Programa de Infraestructura Social Básica y/o las Instancias Ejecutoras a las respectivas obras.
10.Datos de contacto del responsable institucional del mecanismo.
a) Gerardo
b) Robles
c) Mata
d) Subsecretario de Desarrollo Social y Atención a la Pobreza
e) Zacatecas
f ) Zacatecas
g) Col. ciudad Gobierno
h) Circuito Cerro del Gato edificio B 3er. piso
i) s/n
j) s/n
k) 98160
l) 4921237058
m) 35291
n) gerardo.mata@zacatecas.gob.mx.com
B) Contraloría Social ( Recursos Estatales)
1. Datos generales del mecanismo de Contraloría Social.
a) Institución que lo coordina. La Instancia ejecutora y/o la misma Secretaría serán las instituciones responsables de la coordinación para la creación del mecanismo de participación Social.
b) Área dentro de la Institución responsable de la coordinación del mecanismo. Si se trata de las Instancias ejecutoras, los responsables serán las áreas de desarrollo social y/o económico (en el caso de que los ejecutores sean los gobiernos municipales) y en el caso de que la Institución responsable sea la Secretaría, podrá ser a través de sus coordinaciones territoriales o el área de Infraestructura Social Básica.
c) Nombre del mecanismo. Al mecanismo de Participación ciudadana se le denominará “Acta Constitutiva de Comité”.
d) Objetivo general del mecanismo. Realizar acciones de control, vigilancia y evaluación, de manera organizada, en un modelo de derechos y compromisos ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, así como para exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes.
e) Tema central a desarrollar por el mecanismo. Realizar visitas de vigilancia en el lugar de ejecución de las obras y/o acciones, revisar el padrón de beneficiarios, comprobar que los beneficios cumplan con la calidad, cantidad y tiempos de entrega establecidos por el mismo, celebrar reuniones con los beneficiarios para dar a conocer los avances de las acciones de contraloría social en la operación del Programa, presentar ante las instancias normativas y/o ejecutoras los reportes ciudadanos correspondientes y difundir a los beneficiarios toda la información que se reciba.
f) Requisitos para acceder al mecanismo.
• Ser beneficiario directo de la obra o apoyo a ejecutar en su comunidad, colonia o calle.
• Ser un participante electo de manera democrática por los demás beneficiarios.
g) Principal sustento jurídico que da origen al mecanismo. Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social del Estado de Zacatecas, para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública de Gobierno del Estado de Zacatecas y Municipios y la Guía Operativa de Contraloría Social del Programa de Infraestructura Social Básica.
2. Vigencia. La vigencia del mecanismo de participación ciudadana es de carácter temporal, ya que comienza a partir de la integración del Acta Constitutiva de Comité, y después de la conclusión de la ejecución de los trabajos.
3. Tipo de participación. El tipo de participación será de monitoreo.
4. Modalidad de la participación. La modalidad de participación será presencial.
5. Forma o Figura de la Participación. La figura será de Contraloría Social.
6. Nivel de incidencia del mecanismo. Vigilancia.
7. Cobertura Territorial del mecanismo. AGEB.
8. Convocatoria para participar en el mecanismo. La convocatoria para acceder a la Contraloría Social se dará a conocer en la reunión destinada para la firma del Acta de aceptación de la comunidad.
9. Monitoreo y seguimiento. De acuerdo a las visitas de seguimiento que realicen las Coordinaciones Regionales, el Programa de Infraestructura Social Básica y/o las Instancias Ejecutoras a las respectivas obras.
10. Datos de contacto del responsable institucional del mecanismo.
a) Gerardo
b) Robles
c) Mata
d) Subsecretario de Desarrollo Social y Atención a la Pobreza
e) Zacatecas
f) Zacatecas
g) Col. ciudad Gobierno
h) Circuito Cerro del Gato edificio B 3er. piso
i) s/n
j) s/n
k) 98160
l) 4921237058
m) 35291
n) gerardo.robles@zacatecas.gob.mx.com
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XIII. INSTANCIAS PARTICIPANTES
1. Instancia Ejecutora
Las Dependencias del Gobierno del Estado o entidades federales, Los Ayuntamientos.
2.Instancia Normativa
De acuerdo a la fuente del recurso asignado al Programa si es de origen federal, la instancia normativa queda a cargo de la Secretaría de Bienestar.
Y en el caso de origen estatal será la Secretaría de Desarrollo Social.
A nivel Estatal, el Comité Técnico de Seguimiento FAIS será la instancia facultada para interpretar las presentes Reglas de Operación y para resolver los casos no previstos en las mismas.
3. Instancia de Control y Vigilancia
En el caso de recursos federalizados la instancia facultada para el control y vigilancia del Programa, quedarán a cargo de la Auditoría Superior de la Federación. Y en el caso de Recursos Estatales, la Secretaria de la Función Pública y la Auditoría Superior del Gobierno del Estado, serán las instancias responsables para el control y vigilancia del Programa.
4. Instancia de apoyo operativo
La Secretaría de Desarrollo Social establecerá los mecanismos de coordinación necesaria para garantizar que sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal y/o estatal.
Por tal motivo el apoyo operativo quedará a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Atención a la Pobreza a través de las Coordinaciones Regionales a Iniciando desde el momento de la puesta en marcha de los trabajos hasta el término de los mismos.
XIV. TRANSPARENCIA
a) Publicación de las Reglas de Operación
Las Reglas de Operación serán publicadas en el Periódico Oficial, además, de conformidad con la Ley General y Estatal de Transparencia, en la Plataforma Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx/), en el Portal de Transparencia de Gobierno del Estado (http://transparencia.zacatecas.gob.mx/) y en la página institucional de la dependencia (http://www.sedesol.zacatecas.gob.mx).
b) Difusión
Las convocatorias del programa serán publicadas en la página de Internet de la Secretaría de Desarrollo Social (http://sedesol.zacatecas.gob.mx/) para la consulta de criterios, requisitos, restricciones de elegibilidad y vigencia de las mismas. El enlace de las convocatorias se compartirá a través de las redes sociales oficiales de la Dependencia, para una mayor difusión. Además, las convocatorias se darán a conocer a la población a través de las coordinaciones regionales de la dependencia y de su publicación en medios impresos.
El área responsable de la difusión será la Dirección de Comunicación y la Dirección encargada del programa.
c) Unidades de Transparencia
Para solicitud de información, la Unidad de Transparencia de la Dependencia se encuentra ubicada en el 5° piso del Edificio B del Complejo de Ciudad Administrativa, con domicilio en Circuito Cerro del Gato, Colonia Ciudad Gobierno, Código Postal 98160, Zacatecas, Zac.; correo electrónico transparencia.sedesol@zacatecas.gob.mx, teléfono 491 5000, extensión 35200; o bien, a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información SISAI 2.0 (https://www.plataformadetransparencia.org.mx).
d) Padrón de beneficiarios
Una vez otorgado el beneficio se procederá a su integración en el Padrón de Beneficiarios de la Dependencia, cuya captura en el SIPABE será permanente y estará bajo la responsabilidad de la Dirección encargada del programa y, de forma periódica se informará la realización de traspaso de datos y actualización de las plataformas Estatales y Nacionales de Acceso a la Información Pública. La Coordinación de Planeación, Evaluación y Seguimiento conciliará el padrón con los avances programáticos y entregará un reporte trimestral a la Unidad de transparencia y a la Coordinación Estatal de Planeación para la integración del Padrón Único de Beneficiarios del Gobierno del Estado (SIPAB), para cumplir con las Obligaciones en esta materia.
XV.QUEJAS Y DENUNCIAS
a)Procedimiento para interponer queja o denuncia
Las quejas y denuncias derivadas de la operación del programa deberán ser presentadas por los beneficiarios, por escrito, en el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Desarrollo Social o a través de los medios que se señalan en el inciso c) de este apartado. Dicho escrito deberá contener como mínimo:
• ¿Qué sucedió?
• ¿Cuándo sucedió?
• ¿Dónde sucedió?
b) Área responsable de atención de quejas y denuncias
Órgano Interno de Control de la Secretaría de Desarrollo Social, que para tal efecto se encuentra ubicada en Circuito Cerro del Gato, Edificio “B”, cuarto piso, Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zacatecas.
c) “Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:”
• Red estatal de buzones:
• Sistema electrónico de Atención Ciudadana: http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx;
• Correo electrónico: contraloría.social@zacatecas.gob.mx
• Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67
d) Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución
Los plazos de resolución serán determinados según los procedimientos del Órgano Interno de Control.
XVI. TRANSITORIOS Y RÚBRICA DEL FUNCIONARIO FACULTADO
ÚNICO. – La interpretación de las presentes Reglas de Operación, así como los temas no contemplados en las mismas serán resueltos por la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Zacatecas.
Zacatecas, Zac., a los 22 (veintidós) días del mes de enero del año dos mil veintidós .
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE ZACATECAS.- CARLOS ALBERTO ZÚÑIGA RIVERA.