Modelo de actuación para la prevención y erradicación
de la violencia de género contra las mujeres
Zacatecas, septiembre de 2019
Índice
1. Introducción...................................................................................................................................5
2. Esquema del Modelo de actuación para la prevención y erradicación de
la violencia de género contra las mujeres.....................................................................................7
3. Violencia de género contra las mujeres......................................................................................8
4. Diagnóstico general .....................................................................................................................10
5. Obligaciones de las autoridades para prevenir y erradicar la violencia
de género contra las mujeres..........................................................................................................13
6. Relación entre los modelos de prevención y de erradicación................................................23
6.1. Elementos de la prevención y erradicación.....................................................................26
6.2. Ejes de actuación.................................................................................................................26
7. Acciones de prevención de la violencia de género contra las mujeres.................................29
7.1. Aspectos generales de los modelos de prevención ........................................................30
7.2. Niveles de prevención........................................................................................................30
7.3. Actividades por autoridades responsables.......................................................................32
8. Acciones de erradicación de la violencia de género contra las mujeres...............................40
8.1 Fases de la erradicación.......................................................................................................40
8.2. Actividades por autoridades responsables............................................................................41
9. Monitoreo ....................................................................................................................................44
9.1. Comisión de prevención....................................................................................................44
9.2. Comisión de erradicación ..................................................................................................44
10. Fuentes de consulta ...................................................................................................................46
Índice de gráficas
1. Relación entre violencia contra las mujeres y discriminación 8
2. Violencia contra las mujeres y relaciones de poder 9
3. Obligaciones de los Estados para prevenir y erradicar la violencia contra
las mujeres
13
4. Obligación del Estado de participar de manera activa 17
5. Obligación de todas las autoridades en materia de derechos humanos 17
6. Medidas institucionales para corregir condiciones de desigualdad 19
7. Objetivos de los modelos de prevención y erradicación 22
8. Contenido de las medidas para la prevención y erradicación 24
9. Relación entre prevención y erradicación 25
10. Ejes de la prevención y erradicación 28
11. Dirección de las acciones de prevención 29
12. Elementos para el modelo de prevención 31
13. Dirección de las acciones de erradicación 40
14. Fases de la erradicación 41
Índice de tablas
1. Derechos humanos de las mujeres 14
2. Acciones generales para la prevención y erradicación 18
3.
4. Atribuciones de los tres órdenes de gobierno 20
5. Definición de prevención y erradicación 23
6. Elementos de la prevención y erradicación 26
7. Niveles de la prevención 31
8. Actividades de prevención por nivel y autoridad responsable 32
9. Actividades de erradicación por autoridad responsable 41
5
1. Introducción
La violencia de género contra las mujeres constituye una forma de discriminación y una
violación a los derechos humanos que causa graves perjuicios a la sociedad, ya que es una
manifestación de abuso de poder sobre las mujeres y las niñas. No es casual ni coyuntural,
sino estructural, por ello su fuente o su origen está en la desigualdad por motivos de género.
Se trata de un fenómeno que tiene distintas dimensiones y complejidades, de tal manera que,
para prevenirla y erradicarla se requiere realizar acciones de detección, difusión, registro y
evaluación para su prevención y erradicación.
En Zacatecas, alineados con la política nacional integral, realizamos de manera
coordinada, interinstitucional y con participación ciudadana, planes, programas, estrategias y
acciones a efecto de prevenir y erradicar, en todas sus formas, la violencia de género;de manera
tal que se institucionalicen mecanismos de no repetición y remoción de obstáculos, prácticas y
conductas que menoscaben los derechos humanos de las mujeres.
Modificar los patrones y comportamientos sociales y culturales, basados en prejuicios y
estereotipos de género, debe ser uno de los principales objetivos a seguir para abatir las
relaciones de poder asimétricas que todavía existen entre hombres y mujeres. Trabajar a favor
de los derechos humanos de las mujeres, de la igualdad, la no discriminación y una vida libre de
violencia es prioridad en Zacatecas, por ello, contamos con el Programa Estatal para Prevenir,
Atender, Sancionar, Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Pase 2017-2021) y,de
conformidad con la normativa, articulamos acciones de prevención y erradicación a través delas
Comisiones delSistema Estatal de Violencia (Sepasev), órgano colegiado integrado por más de
80 instituciones estatales y municipales.
Realizar dichas acciones implica preparar o disponer con anticipación lo necesario para
un fin, así como, advertir para evitar un daño; por lo que debe trabajarse con un modelo de
actuación que impida peligros o menoscabos de algún derecho o en la integridad de una
persona. Asimismo, involucra informar y promover las diversas formas de ejercicio de un
derecho para evitar el daño a la integridad física, emocional o sexual de las mujeres; tomar
precauciones para evitar lo que implique amenaza.
Los modelos de actuación para la prevención y erradicación de la violencia de género —
entonces— prevén la identificación o ubicación de situaciones de riesgo, en un escenario
temporal y la realización de acciones para la remoción de obstáculos, evitando un posible daño
6
o vulneración a los derechos humanos de las mujeres. Por lo que, los modelos de actuación son
instrumentos o puntos de referencia que muestran, de forma general, esquemas teóricos,
normativos y prácticos que coadyuvan al conocimiento o anticipación de un perjuicio o daño en
el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y contribuyen a la erradicación de este
fenómeno social histórico, estructural y sistemático que afecta de manera importante el
desarrollo de nuestro país. De ahí que, la prevención y erradicación deben estar encaminadas a
la promoción y difusión de los derechos de las mujeres; así como, a identificar factores de riesgo
con el fin de evitar actos de violencia.
El presente Modelo de actuación para la prevención y erradicación de la violencia de género contra las
mujeres tiene como objetivo brindar los elementos conceptuales, normativos y prácticos para la
modificación de los patrones culturales a través de la promoción, difusión, identificación de la
violencia de género y, la implementación, articulación y monitoreo del actuar institucional y
ciudadano para eliminar los obstáculos que existen para que las mujeres ejerzan sus derechos
humanos.
Para la elaboración de este documento se tomó en cuenta lo dispuesto por la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como, la local y sus reglamentos, los objetivos,
aspectos generales, niveles, atribuciones y competencias por autoridades y ámbitos de
competencia en materia de prevención y erradicación.
7
2. Esquema del Modelo de actuación para la prevención y erradicación de
la violencia de género contra las mujeres
Objetivo
Modificación de los patrones culturales a través de la promoción,
difusión e identificación de la violencia de género, para la
implementación, articulación y monitoreo del actuar institucional y
ciudadano para eliminar los obstáculos que existen para que las
mujeres ejerzan sus derechos humanos
Primario Secundario Terciario
Antes de la violencia Durante la violencia Después de la violencia
Promover Difundir Identificar Implementar Articular Monitorear
Prevención Erradicación
Ejes de intervención
Promoción
Difusión
Identificación
Sensibilización Educación Comunicación
Formación profesional Atención Registro e investigación
Salud Seguridad Participación ciudadana
Autoridades responsables
Implementación
Federación Estado Municipios Articulación
Poder
Ejecutivo
Poder
Legislativo
Poder
Judicial
Órganos
Autónomos
Instituciones
privadas
Participación
ciudadana
Sepasev
Monitoreo
Comisión de Prevención Comisión de Erradicación
8
3. Violencia de género contra las mujeres
La violencia de género es una expresión o concepto, hecho político por el movimiento
feminista para visibilizar un sistema de desigualdades entre hombres y mujeres que ha traído
múltiples violaciones a los derechos humanos de las mujeres, así como un daño a la dignidad
humana y un problema de salud pública.
Cuando se habla de violencia de género se hace referencia no a hechos aislados o
individualizados, sino a una estructura social que instituye relaciones inequitativas, injustas, de
poder, que se manifiesta y ejerce contra las mujeres. Por ello, también se le conoce como
violencia machista, violencia sexista, violencia patriarcal. El común denominador es que las
agresiones se cometen en contra de las mujeres, no solo por su pertenencia a un sexo, sino por
los significados que socialmente se le han dado al “ser mujer” y a lo “femenino”.
Por ello, cuando se habla de violencia de género, se hace referencia a las distintas
formas de violencia producto de relaciones desiguales de poder que se ejercen contra las
mujeres. En síntesis, la violencia de género es una manifestación de un sistema (patriarcal) que
instituye relaciones de dominio-subordinación, en perjuicio de las mujeres.
Así, la violencia contra las mujeres es una forma de discriminación que impide
gravemente el goce y ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales
(Recomendación General 19: 1992). Por lo que constituye una manifestación directa de
relaciones desiguales o de una ruptura del principio de igualdad (formal, material y sustantiva).
Gráfica 1. Relación entre violencia contra las mujeres y discriminación
Los poderes públicos no pueden ser ajenos a la violencia que se ejerce por motivos de género,
porque constituye uno de los ataques más flagrantes a los derechos humanos de las mujeres; las
autoridades tienen la obligación de adoptar medidas para hacer reales y efectivos todos los
9
derechos humanos, así como, remover obstáculos que impiden o dificultan su goce y/o
ejercicio a plenitud.
Dicho de otra forma, la violencia de género contra las mujeres es una violación a: los
derechos humanos, a la vida, igualdad, no discriminación, libertad, seguridad, salud, educación,
trabajo, paz, entre otros. La violencia contra las mujeres es un ataque a su dignidad humana.
Gráfica 2. Violencia contra las mujeres y relaciones de poder
10
4. Diagnóstico general
En Zacatecas se trabaja con datos sobre violencia contra las mujeres derivados de las
estadísticas de las encuestas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), con los
registros administrativos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
y del Banco Estatal de Datos sobre Violencia contra las Mujeres (Banevim).
En nuestra entidad se han elaborado diagnósticos, informes y boletines informativos
sobre los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, sus causas y efectos en la
sociedad zacatecana, tales como: Violencias contra las mujeres en el estado de Zacatecas: diagnóstico
cuantitativo (2018), Diagnóstico estadístico de los feminicidios para los años 2018 y 2019, Informes de la
Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, informes del Sepasev y los Informes
trimestrales y semestrales del Banevim.
1
En ese sentido, es importante decir que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las
Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2016) incorpora los actos violentos contra las mujeres
y homologa el conjunto para cada tipo de violencia en los diferentes ámbitos de ocurrencia (de
pareja, familiar, escolar, laboral o comunitario). Además, agrega nuevos tópicos como la
atención obstétrica y el abuso sexual en la infancia. Así, los resultados de dicha encuesta
arrojaron que, a nivel nacional, 66.1% de las mujeres de 15 años y más han experimentado al
menos un incidente de violencia emocional, económica, física o sexual a lo largo de su vida. En
el caso específico de la violencia sexual, 41.3% ha sido víctima de ella (INEGI:2016).
A nivel local, 59% de las mujeres zacatecanas de 15 años y más sufrieron al menos un
incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o algún tipo de discriminación a lo
largo de su vida, en alguno —o varios— de los ámbitos (familiar, escolar, laboral o
comunitario) y fue ejercida por distintos tipos de agresores. De estas mujeres, 30.9% sufrió
violencia de tipo sexual.
Ámbito familiar
A nivel nacional, 10.3% de las mujeres de 15 años o más fue víctima de un acto violento por
parte de algún integrante de su familia, sin considerar al esposo o la pareja. La violencia sexual,
1 Dichos diagnósticos e informes pueden ser consultados en la página de la Secretaría de las Mujeres,
http://semujer.zacatecas.gob.mx/diagnosticos/ (fecha de consulta: 2 de septiembre de 2019).
11
en este ámbito —y bajo estas circunstancias— registra un porcentaje de 1.1%. Por su parte, en
Banevim se han registrado, hasta el primer semestre de 2019, 12979 casos, de los cuales
92.88% corresponde a la violencia familiar.
De acuerdo con la ENDIREH, los agresores más señalados son los hermanos, el padre
y la madre. Asimismo, los principales agresores sexuales son los tíos o los primos. En
promedio cada mujer declaró a 1.6 agresores, de entre los cuales estuvieron el hermano
(25.3%), padre (15.5%), madre (14.1), otro familiar (9.6%), tío/a (6.7%), primo/a (5.9%),
cuñado/a (5.7%), hijo/a (5.5%), suegro/a (4.2%), sobrino/a (2.6%), abuelo/a (2.3%),
padrastro o madrastra (1.9%), yerno (0.7%). La violencia familiar ocurre principalmente en la
casa de la mujer (67.1%), seguida de la casa de otro familiar (26.3%), calle o parque (3.0%),
lugar público (1.4%), mercado o centro comercial (0.2%).
Ámbito escolar
En el ámbito escolar, el porcentaje de mujeres que han experimentado diferentes tipos de
violencia en la escuela es de 25.3%, y de 10.9% para el caso de violencia sexual. Los principales
agresores son el compañero (39.9%), la compañera (20.1%), maestro (14.4%), persona
desconocida de la escuela (11.9%), otra persona de la escuela (5.4%), maestra (5.0%),
trabajador de la escuela (1.8%), director/a (1.1%), trabajadora de la escuela (0.3%).
Ahora bien, según la ENDIREH, los lugares donde ocurre la violencia escolar son los
siguientes: la escuela (74.3%); calle, parque o lugar público cerca de la escuela (15.9%); lejos de
la escuela (5.7%); en el transporte público (1.8%).
Para el caso de nuestra entidad federativa, 25.0% de las zacatecanas expresó haber
vivido violencia escolar en algún momento de su vida; 40.5% de las zacatecanas sufrieron
agresiones y daño físico, propuestas de tipo sexual a cambio de calificaciones, fueron objeto de
contactos obscenos u obligadas a tener relaciones sexuales; 45.4% de las víctimas de violencia
en las escuelas señalan a los maestros o a otras autoridades del centro educativo como
responsables y en 65% de los casos a sus propios compañeros (INEGI:2011).
Ámbito laboral
Respecto a la prevalencia nacional en el ámbito laboral de violencia contra las mujeres de 15
años y más que han trabajado alguna vez es de 26.6% y la que mayormente se comete es la
emocional (48.4%), seguida de la sexual (47.9%) y de la física (3.7%). En ese sentido, en el
12
Banevim, los casos de violencia laboral y docente ascienden a 0.67%, con un número de 87
registros.
Los agresores son, principalmente, compañero/a de trabajo (31.8%), jefe/a (23.8%),
supervisor/a o coordinador/a (10.5%), gerente o directivo (8.2%), cliente (7.7%), persona
desconocida del trabajo (7.1%), otra persona del trabajo (6.9%), familiar del patrón (3.9%). Los
lugares donde ocurre la violencia laboral son en las instalaciones del trabajo (79.1%), en la calle,
parque o en un lugar público cerca del trabajo (11.5%), lejos del trabajo (1.1%), en el
transporte público (4.3%), en una casa particular (3.1%).
Zacatecas registra un porcentaje de violencias en este ámbito de 23.4%. De ellas, 10.8%
fueron víctimas de violencia física y/o sexual, según datos de 2016, mientras que en 2011,
24.2% de las zacatecanas de 25 años y más habían sufrido violencia de un colega o de un
superior en su ámbito laboral.
Debido a que el acoso sexual y el hostigamiento sexual se pueden dar en el lugar de
trabajo, así como en las instituciones educativas, establecimientos de salud, centros de
recreación, medios de transporte, vía pública, o cualquier otro lugar, se agrega que en 2016 la
prevalencia de la violencia en el ámbito comunitario o público fue de 27.6%.
Ámbito comunitario
A nivel nacional, el predominio de violencia en la comunidad asciende a 38.7% y la que mayor
incidencia registra es la de tipo sexual (34.3%), seguida de la emocional (14.6%) y la física
(9.9%). Según los registros de Banevim, 5.81% de los casos corresponden a esta modalidad de
violencia con 754 violencias en la comunidad.
Los lugares donde ocurre esta modalidad de violencia es en la calle o parque (65.3%),
autobús (13.2%), mercado, plaza, tianguis, centro comercial (5.2%), feria, fiesta, asamblea o
junta vecinal (1.9%), cantina, bar o antro (1.1%), taxi (1.0%), iglesia o templo (0.3%). De esta
forma, la ENDIREH (INEGI: 2016) registra que las agresiones ocurridas en la calle son
principalmente de tipo sexual, tales como: piropos o expresiones groseras u ofensivas,
intimidación, acecho, abuso sexual, violación o intento de violación.
En Zacatecas, 23.7% de las mujeres de 15 años o más fueron víctimas de violencia
sexual en ámbito público. Este porcentaje representa la proporción de las mujeres que han
experimentado a lo largo de su vida conductas que comprenden: ofensas, abuso, extorsión,
13
hostigamiento, acoso, agresiones de carácter sexual en sitios públicos que fueron perpetradas
por cualquier persona, excluyendo al esposo o pareja y a cualquier persona del ámbito familiar.
5. Obligaciones de las autoridades para prevenir y erradicar
la violencia de género contra las mujeres
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, la Ley General
de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento y demás normativa aplicable,
establecen que tanto la federación, los estados y los municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias, deben expedir normas y realizar acciones para garantizar a las mujeres el
derecho humano a vivir libres de violencia.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
“ConvenciónBelém Do Pará”es uno de los instrumentos internacionales de derechos humanos de
las mujeres dirigido a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de género contra las
mujeres, cometidas tanto en el ámbito privado como el público; ahí se establecen las
obligaciones de los Estados Parte de cumplirla.
Gráfica 3. Obligaciones de los Estados para
prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres
14
A partir de 2002, México presentó una propuesta de mecanismo de seguimiento de dicha
Convención, a través del cual estamos obligados a informar sobre el cumplimiento de la
normativa internacional y nacional en la materia, así como a cumplir con las recomendaciones
realizadas por el Sistema de Cooperación Técnica (Mesecvi).
La Convención Belém Do Pará establece que las mujeres tienen derecho al
reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades
consagrados en la normativa nacional y local. Esos derechos, comprenden, entre otros:
1) Derecho a la vida.
2) Derecho a la integridad física, psíquica y moral.
3) Derecho a la libertad y a la seguridad personales.
4) Derecho a no ser sometidas a torturas.
5) Derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y se proteja a su familia.
6) Derecho a la igualdad de protección ante la ley y de la ley.
7) Derecho a la impartición de justicia pronta y expedita.
8) Derecho a la libertad de asociación.
9) Derecho a la libertad de profesar la religión y las creencias propias dentro de la ley.
10) Derecho a la igualdad en la participación y el ejercicio de las funciones públicas de su
país, incluido la toma de decisiones.
Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas
las autoridades federales, estatales y municipales de promover, respetar, proteger y garantizar
los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad. Aunado a ello, el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y
reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Los principios rectores por los que los poderes del estado, en los tres niveles de
gobierno, deben actuar con base en los principios de igualdad y no discriminación, respeto de
la dignidad humana y libertad de las mujeres.
En México todas las personas deben gozar de los derechos humanos reconocidos tanto
en la Constitución como en los tratados internacionales en los que el Estado sea parte; en
armonización con ello están reconocidos los siguientes derechos humanos:
15
Tabla 1. Derechos humanos de las mujeres
Derechos humanos Comentarios
1.
Vida
a) Como obligación del Estado a
respetar la vida.
b) Como limitación al actuar de
los particulares.
2. Igualdad Igualdad formal o ante la ley Debe ser reconocida formalmente
en las leyes: “El hombre y la
mujer son iguales ante la ley”.
Igualdad real Debe ser efectiva, esto es, un
hecho material, por lo que el
estado debe atender circunstancias
propias de cada persona a fin de
crear condiciones que permitan el
acceso a los derechos.
Igualdad sustantiva Debe ser vivido por las personas,
debe convertirse en una realidad
protegida y garantizada; por lo
que se mide con resultados
concretos.
3. No discriminación 1. Gozar y disfrutar de todos los
derechos.
2. Prohibida la exclusión.
3.Prohibido el trato diferenciado
por motivos de: nacionalidad,
origen étnico, sexo, género, edad,
identidad u orientación sexual,
creencia religiosa, trabajo,
discapacidad, condición de salud,
condición social o económica,
estado civil.
4. Vivir libres de violencia Derecho que tienen todas las
mujeres a que ninguna acción u
omisión, basada en el género, se le
cause daño o sufrimiento
psicológico, físico, económico,
patrimonial o sexual, o la muerte,
tanto en el ámbito privado como
en el público.
5.
Libertad
Libertad de trabajo, profesión,
industria o comercio.
Libertad de expresión.
Libertad de conciencia
Libertad de imprenta
Libertad de tránsito y residencia
Libertad de asociación, reunión y
manifestación
Libertad religiosa y de culto
6. Integridad y seguridad personales Prohibidas penas de muerte,
mutilaciones, infamia, marca,
azotes, palos o tormento de
cualquier especie, multa excesiva,
confiscación de bienes.
7. Irretroactividad de la ley
8. Audiencia y debido proceso
9. Seguridad jurídica
10.
Inviolabilidad
Inviolabilidad de domicilio
Inviolabilidad de comunicaciones
privadas
11. Propiedad
12. Acceso a la información
13. Protección de datos personales Derecho a que el estado proteja
los datos que se refieren a la vida
privada cuando se encuentren en
posesión de particulares o de la
autoridad.
14. Petición
15. Ciudadanía Participación en el ámbito público
y político.
Reparación y máxima
protección
Reparación integral del daño
16. Reparación por violaciones a
derechos humanos
17. Educación
18. Salud
19. Sexuales y reproductivos
20. Vivienda
21. Agua y saneamiento
22. Alimentación
23. Ambiente sano
24. Identidad y libre desarrollo de la personalidad
25. Pueblos y comunidades indígenas
26. Agrarios
27. Acceso a la cultura Cultura física y deporte
28. Trabajo Al trabajo
En el trabajo
29. Seguridad social
30. Verdad
31. Reinserción social
Es importante subrayar la relación, indisoluble, entre el derecho a vivir libres de violencia y los
derechos a la igualdad y no discriminación; por ello, en materia de prevención y erradicación de
la violencia contra las mujeres, deben observarse los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En consecuencia, este Modelo coloca en su centro, que el Estado y todas sus
instituciones deben actuar con base en sus obligaciones positivas “de hacer” y las negativas “de
no hacer” de manera activa, esto es, siendo promotor y facilitador, no solo actuar cuando las
violencias han sido cometidas para su atención y sanción.
17
Gráfica 4. Obligación del Estado para participar de manera activa
Este actuar proactivo del Estado está previsto en la Constitución: “todas las autoridades, en el
ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar
los derechos humanos (…)”, por lo que el Estado tiene la obligación de: 1) no discriminar; 2)
realizar acciones para fortalecer los derechos humanos de las mujeres a través de la promoción,
respeto, protección y garantía de los mismos.
Gráfica 5. Obligación de todas las autoridades en materia de derechos humanos
18
Esta responsabilidad activa del Estado mexicano implica que, en materia de respeto de los
derechos humanos de las mujeres, todas las autoridades tienen la obligación de no injerir,
obstaculizar o impedir el acceso al goce de un derecho; esto es, no interferir o realizar algún
acto que los menoscabe.
En lo que corresponde a la promoción de los derechos humanos de las mujeres, el
Estado, en los tres poderes y niveles de gobierno, debe desarrollar condiciones para que las
personas puedan gozar de sus derechos.
Asimismo, en materia de protección, las autoridades tienen la obligación de impedir
que terceros injieran, obstaculicen o impidan el goce de un derecho; es decir, se debe impedir
que se violenten los derechos humanos de las mujeres, o se restrinja o imposibilite su ejercicio.
Se les debe proteger de los abusos a través de distintos medios y mecanismos de carácter
legislativo, administrativo y/o judicial.
Finalmente, para garantizar los derechos humanos es necesario que el Estado asegure
que la titular de los mismos acceda al bien o servicio cuando no pueda hacerlo por sí misma.
Es indispensable disponer de todos los medios para lograr el efectivo goce de los derechos
humanos y su reparación en caso de su violación.
En ese sentido, la obligación positiva del Estado significa que todas las autoridades deben
adoptar medidas de tipo legislativo o de política pública (o cualquier otra) para promover,
respetar, proteger y garantizarles a las mujeres su derecho humano a vivir libres de violencia.
Algunas de estas acciones han sido divididas en diferentes materias que abarcan los modelos de
prevención y erradicación:
Tabla 2. Acciones generales para la prevención y erradicación de
la violencia contra las mujeres
Normativo
Incluir en su legislación normas que aseguren el cumplimiento de los
derechos humanos de las mujeres.
Abolir o modificar normativa y prácticas jurídicas que perpetúan la
violencia contra las mujeres.
Actuación
Abstenerse de realizar cualquier acción o práctica de violencia contra
las mujeres.
Velar por que todas las autoridades cumplan con su obligación de
reconocer, promover, respetar y garantizar los derechos humanos de
las mujeres.
Adoptar medidas jurídicas que protejan efectivamente a las mujeres
de sus agresores.
Fomentar el reconocimiento y el monitoreo del derecho de las
mujeres a una vida libre de violencia.
Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y
19
Promoción y Educación
mujeres eliminando prácticas educativas que refuercen ideas,
actitudes o estereotipos sobre hombres y mujeres que perpetúan la
violencia contra las mujeres.
Fomentar la educación y capacitación de agentes del Estado
encargados de aplicar la ley y las políticas de prevención, sanción y
eliminación de la violencia contra las mujeres.
Fomentar y apoyar programas de educación que hagan difusión al
público sobre la violencia contra las mujeres.
Alentar a los medios de comunicación para la elaboración de
directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la
violencia contra las mujeres.
Ofrecer programas eficaces de rehabilitación y capacitación a las
mujeres víctimas de violencia que les permitan insertarse de manera
plena en la vida pública, privada y social.
Investigación Garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás
información pertinente que permita visualizar la violencia que sufren
las mujeres.
Coordinación Promover la cooperación internacional, nacional y locales para el
intercambio de ideas y experiencias para la prevención y erradicación
de la violencia de género contra las mujeres.
Es importante mencionar que estas acciones son medidas deliberadas que las instituciones y la
sociedad civil determinan para corregir condiciones de desigualdad formal y de trato, así como
en el acceso y disfrute de los derechos humanos de las mujeres, libertades fundamentales y
bienes y servicios públicos. Existen diferentes medidas de respeto, promoción, protección y
garantía de los derechos humanos de las mujeres (Pino Pacheco: 2015, p. 18):
Gráfica 6. Medidas institucionales para corregir condiciones de desigualdad
Medidas de nivelación: son acciones orientadas a eliminar los obstáculos físicos, de
comunicación, normativos o de otro tipo para el ejercicio de los derechos humanos y libertades
fundamentales.
20
Medidas de inclusión: son acciones de carácter preventivo o correctivo, cuyo objeto es
eliminar mecanismos de exclusión o diferenciaciones desventajosas para que todas las mujeres
gocen y ejerzan sus derechos en condiciones de igualdad y no discriminación.
Acciones afirmativas: son medidas especiales, específicas y de carácter temporal, a favor de
personas o grupos en situación de discriminación, en este caso las mujeres, cuyo objetivo es
corregir situaciones patentes de desigualdad en el disfrute, goce y ejercicio de los derechos
humanos.
Estas tres medidas han permitido que en México se adopten prescripciones o
directrices de acción vinculantes, políticas públicas y medidas para la igualdad, obligatorias para
los tres poderes del Estado y en los tres niveles de gobierno:
En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las
violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley General de Acceso de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Dado que las acciones de prevención y erradicación
están estrechamente ligadas; tanto la Federación, como los estados y los municipios deben
cumplir, de manera corresponsable, con cada una de sus atribuciones legales en la materia.
Tabla 3. Atribuciones de los tres órdenes de gobierno
en materia de prevención y erradicación
Federación Estados Municipios
Garantizar el pleno ejercicio del
derecho de las mujeres a vivir libres
de violencia
Instrumentar y articular políticas
públicas en concordancia con la
política integral nacional
Instrumentar y articular la política
municipal orientada a erradicar la
violencia contra las mujeres
Formular y conducir la política
nacional integral para prevenir,
atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres
Coadyuvar en la adopción y
consolidación del Sistema Nacional
de Violencia
Coadyuvar, con federación y estado
en la adopción y consolidación del
Sistema Nacional de Violencia
Vigilar la política nacional integral Participar en la elaboración del
Programa Integral Nacional
Ejecutar acciones necesarias para el
cumplimiento del Programa
Integral Nacional
Educar en derechos humanos de
las mujeres
Integrar el Sistema Estatal de
Violencia
Asegurar la difusión y promoción
de los derechos humanos de las
mujeres
Promover programas y proyectos
de educación, capacitación,
investigación y cultura de los
derechos humanos de las mujeres
Vigilar que los usos y costumbres
no atenten contra derechos
humanos de las mujeres
Proveer de los recursos
presupuestarios, humanos y
materiales al Programa Estatal de
21
Violencia
Coordinar los programas de
reeducación integrales a agresores
Impulsar programas reeducativos
integrales a agresores
Apoyar la creación de programas
reeducativos integrales a agresores
Garantizar una adecuada
coordinación entre federación,
estados y municipios
Promover programas de
información a la población en
materia de derechos humanos
Promover programas educativos
sobre la igualdad y la no
discriminación contra las mujeres
para eliminar la violencia de género
Realizar campañas de información
sobre la protección integral de los
derechos humanos de las mujeres
Impulsar la participación de las
OSC dedicadas a la promoción y
defensa de los derechos humanos
de las mujeres
Participar y coadyuvar en la
prevención y erradicación de la
violencia de género
Promover y realizar investigaciones
sobre causas y consecuencias de la
violencia de género contra las
mujeres
Promover investigaciones sobre las
causas y consecuencias de la
violencia contra las mujeres
Evaluar las acciones de prevención
y erradicación a nivel nacional
Revisar y avaluar la eficacia de las
acciones y políticas públicas en
materia de prevención y
erradicación
Vigilar a los medios de
comunicación para que no
promuevan imágenes
estereotipadas de mujeres y
hombres y eliminen patrones de
conducta generadores de violencia
Difundir por todos los medios de
comunicación el contenido de la
Ley General de Acceso
Llevar a cabo programas de
información sobre la violencia
contra las mujeres
Desarrollar mecanismos para el
cumplimiento de la política integral
nacional
Por su parte la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas
establece que son materia de coordinación, concurrencia y concertación la prevención y
erradicación de la violencia contra las mujeres, la capacitación del personal encargado de la
prevención, la reeducación de las personas generadoras de violencia y el suministro,
intercambio, sistematización y difusión de todo tipo de información en la materia.
De esta forma, el estado de Zacatecas debe realizar las siguientes acciones en materia
de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres:
1) Estandarizar los procesos y acciones de prevención y erradicación.
2) Coadyuvar en la coordinación de las actuaciones de los órganos de gobierno.
3) Fomentar la participación y colaboración de las organizaciones sociales, instituciones
académicas y privadas; así como medios de comunicación.
4) Promover campañas permanentes de difusión, informativas y formativas, sobre la
importancia de la convivencia pacífica y el gran daño que causa a la sociedad la
violencia de género.
5) Promover una cultura de respeto de los derechos humanos de las mujeres.
22
6) Diseñar, coordinar, desarrollar y evaluar políticas, programas, modelos, campañas y
acciones de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.
7) Orientar sobre los mecanismos para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.
8) Promover la investigación científica sobre la violencia de género.
9) Organizar actividades públicas y sociales alusivas a la erradicación de la violencia de
género.
10) Promover que los medios de comunicación fomenten una cultura que elimine
estereotipos e imágenes que atentan contra la dignidad de las mujeres.
En ese sentido, las autoridades competentes deben tomar las medidas idóneas para la
eliminación de la violencia de género contra las mujeres, por lo que la Ley en mención ha
definido la prevención y la erradicación como “todas las políticas, programas, modelos,
acciones y campañas, realizadas por las autoridades, los sectores social, académico y privado,
los medios de comunicación, cuyo fin sea desarrollar las medidas necesarias e idóneas para
evitar, detectar, denunciar, corregir y eliminar todo tipo de riesgos, daños, perjuicios y hechos
constitutivos de violencia contra las mujeres.”
Gráfica 7. Objetivos de modelos prevención y erradicación
23
6. Relación entre prevención y erradicación
La prevención ha sido definida por el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia como el “conjunto de estrategias para que los tres órdenes de gobierno,
con participación social, generen condiciones idóneas a efecto de erradicar la violencia y
cualquier forma de discriminación hacia la mujer, en los ámbitos público y privado, y
modifiquen los patrones de comportamientos sociales y culturales basados en estereotipos de
hombres y mujeres”.
Lo cual significa que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como órganos
autónomos, instituciones públicas y privadas, la sociedad civil organizada y la academia, tanto
de la federación, estado y sus municipios, deben realizar acciones con participación ciudadana,
encaminadas a modificar las relaciones desiguales existentes entre hombres y mujeres que
vulneran el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos; así como estereotipos y
prejuicios basados en el género que conllevan discriminación y violencia.
Por su parte, la erradicación implica el conjunto de estrategias para que todas las
autoridades se coordinen de manera efectiva para implementar “mecanismos de no repetición,
abatimiento de la impunidad y remoción de obstáculos que, por acción u omisión del Estado,
genera violencia contra las mujeres, a fin de eliminar las prácticas, conductas, normas,
costumbres sociales y culturales que menoscaben o anulen los derechos humanos de las
mujeres.”
Tabla 4. Definición de prevención y erradicación
Prevención Erradicación
Conjunto de estrategias para que los tres órdenes de
gobierno, con participación social, generen
condiciones idóneas a efecto de erradicar la violencia
y cualquier forma de discriminación hacia la mujer, en
los ámbitos público y privado, y modifiquen los
patrones de comportamientos sociales y culturales
basados en estereotipos de hombres y mujeres.
Conjunto de estrategias para que todas las
autoridades se coordinen de manera efectiva para
implementar mecanismos de no repetición,
abatimiento de la impunidad y remoción de
obstáculos que, por acción u omisión del Estado,
genera violencia contra las mujeres, a fin de eliminar
las prácticas, conductas, normas, costumbres sociales y
culturales que menoscaben o anulen los derechos
humanos de las mujeres.
24
Por tal motivo, se deben diseñar, elaborar y ejecutar modelos que tomen en cuenta datos
estadísticos sobre violencia contra las mujeres, así como planes y programas integrales de
prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia.
La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas indica
que los mecanismos e instrumentos para la prevención y erradicación de la violencia contra las
mujeres deben fomentar en la sociedad:
1) Principios de igualdad entre mujeres y hombres y no discriminación.
2) Respeto a la dignidad y libertad de las mujeres.
3) Convivencia armónica.
4) Respeto a los derechos humanos.
5) Cultura de la paz.
6) Cultura de la denuncia.
De esta manera el diseño de las medidas para la prevención y erradicación de la violencia
contra las mujeres deben tomar en cuenta lo siguiente:
Gráfica 8. Contenido de las medidas para la prevención y erradicación
25
De esta forma los modelos de prevención deben encaminarse a constituir un marco de
referencia conceptual, normativo y práctico sobre las acciones encaminadas a “promover y
difundir los derechos humanos de las mujeres e identificar factores de riesgo, con el fin de
evitar actos de violencia de género”. Por su parte, los modelos de erradicación deben contener
mecanismos, medidas y acciones reeducativas o de modificación de patrones culturales que
vinculen a todas las instituciones para un resultado eficiente y eficaz.
Como se advierte, ambos modelos están relacionados por el hecho de prever acciones y
mecanismos para la modificación patrones culturales y remoción de obstáculos que impliquen
la coordinación interinstitucional, con participación ciudadana, para la eliminación de toda
forma violencia de género y de las violaciones a los derechos humanos de las mujeres.
Gráfica 9. Relación entre prevención y erradicación
La relación directa entre las acciones de prevención y erradicación radica en que están
orientadas a generar cambios culturales en la sociedad, de manera que se construyan relaciones
igualitarias y libres de violencia de género.
26
6.1. Elementos de la prevención y la erradicación
La Ley General de Acceso establece que los modelos de prevención y erradicación deben integrar
los siguientes elementos:
Tabla 5. Elementos de la prevención y la erradicación
Prevención Erradicación
Sensibilizar, concientizar y educar en igualdad, no
discriminación y no violencia contra las mujeres.
Definir y ejecutar acciones interinstitucionales
tendientes a desalentar prácticas violentas contra las
mujeres
Diseñar campañas de difusión disuasivas y
reeducativas integrales y especializadas
Contar con registros administrativos sobre casos de
violencia contra las mujeres
Detectar de forma oportuna posibles actos o hechos
violentos contra las mujeres
Recopilar y dar seguimiento a la información
estadística y medición del impacto de la violencia
contra las mujeres
Fomentar que los medios de comunicación promuevan
el respeto a los derechos humanos de las mujeres
Establecer mecanismos para la armonización legislativa
en materia de igualdad, no discriminación y una vida
libre de violencia
Generar mecanismos para la comunicación
institucional con perspectiva de género
Implementar, vigilar y monitorear los modelos de
prevención y erradicación
Como se puede observar, las acciones dirigidas a la eliminación de la violencia de género
contra las mujeres toman en cuenta acciones de sensibilización, concientización, educación y
reeducación social para dejar de naturalizar las distintas agresiones que se cometen contra las
mujeres y que son justificadas y permitidas social e institucionalmente; por tanto, la obligación
del estado es contar con informes, diagnósticos, registros administrativos y análisis estadísticos
coordinados que involucren a todas las instituciones para implementar, vigilar y monitorear el
comportamiento de los distintos tipos y modalidades de violencia, por lo que se pueden
detectar, también algunos componentes relacionales.
6.2. Ejes de actuación
Los modelos de prevención y erradicación deben contener al menos nueve ejes de conducción
de las acciones y actividades de las autoridades responsables, de manera que la identificación,
difusión, implementación, articulación y monitoreo de las mismas puedan brindar los
resultados y objetivos planteados.
27
Sensibilización. Dotar a la sociedad de los instrumentos cognitivos necesarios para que
puedan reconocer la violencia contra las mujeres, su proceso, círculo y ciclo de la misma, así
como el daño que provoca en el desarrollo tanto de hombres como de mujeres.
Educación. Brindar, tanto a la sociedad como a las personas que trabajan al interior de las
instituciones, información de la normativa en materia de derechos humanos de las mujeres
para que los respeten, protejan y garanticen; que eviten actuar provocando un menoscabo en
su ejercicio. Permite, a su vez, dotar de los elementos para la detección de la violencia de
género y su debida atención. El centro de este eje es instruir en la cultura de la igualdad entre
mujeres y hombres y la cultura de la paz.
Comunicación. Las y los profesionales de los medios de comunicación deben sumarse a las
acciones de transmisión de la cultura de igualdad y de la paz, así como de la promoción de los
derechos humanos de las mujeres; evitando reproducir información noticiosa que estereotipe,
discrimine o fomente la violencia de género.
Profesionalización. Implica la capacitación continua y especializada de las y los servidores
públicos en materia de derechos humanos de las mujeres, igualdad, no discriminación, así
como de la prevención, atención y sanción de la violencia de género.
Atención. Consiste en brindar atención especializada, gratuita, pronta y expedita a las mujeres
víctimas de violencia acorde con la Ruta Única de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia en el
Estado. La atención debe estar libre de estereotipos y prejuicios de género.
Registro e Investigación. Se debe favorecer la interdisciplinariedad para el registro
administrativo de casos de violencia de género que se atiende en las instituciones, de manera
que se cuente con datos estadísticos de los tipos y modalidades, causas y efectos, así como de
información necesaria para el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas.
Salud. Se refiere a la atención en los servicios de salud para la detección oportuna de posibles
violencias de género, evitando su repetición. Asimismo, brindar acompañamiento a las
28.
7. Acciones de prevención de la violencia de género contra las mujeres
Las acciones encaminadas a la prevención de la violencia de género contra las mujeres implican
la promoción y difusión de los derechos humanos de las mujeres, a la par de identificar
factores de riesgo con el fin de evitar actos o agresiones.
Gráfica 11. Dirección de las acciones de prevención
El objetivo de la prevención es reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres,
y se integra con las siguientes etapas.
1) Evitar la generación de la violencia en todas sus modalidades.
2) Detectar de forma oportuna los posibles actos de violencia.
3) Disminuir el número de víctimas.
Con base en ello, la Ley ha establecido que para poder ejecutar dichas acciones deben tomarse
en cuenta distintos aspectos de la prevención de la violencia contra las mujeres, tales como los
componentes o materias que principalmente se deben de atender y los niveles de intervención.
En ese sentido, es importante mencionar que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, así como órganos autónomos, en coordinación con los municipios y en sus respectivas
competencias, promoverán acciones de prevención contra las modalidades y tipos de violencia,
tomando en cuenta las siguientes acciones mínimas:
1) Establecer programas de detección oportuna de la violencia.
2) Promover una cultura de no violencia contra las mujeres.
3) Difusión de los derechos humanos de las mujeres y los procedimientos para su defensa.
4) Desarrollar programas que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
5) Promover la participación de las mujeres en los diferentes sectores.
La prevención de la violencia institucional debe desarrollarse, por todas las autoridades, con las
siguientes acciones tanto en el ámbito estatal como municipal:
30
1) Capacitar y educar al personal encargado de la procuración e impartición de justicia.
2) Capacitar y educar a las autoridades de seguridad pública.
3) Designar en cada una de las dependencias y entidades de la administración pública
estatal las áreas responsables de seguimiento y observancia de las acciones de
prevención.
4) Fomentar la prestación de servicios especializados en materia de prevención de la
violencia contra las mujeres.
7.1. Aspectos generales de los modelos de prevención
Según lo establece la Ley, para el diseño y ejecución del modelo de prevención debe
considerarse lo siguiente:
1) Diagnóstico de la modalidad de violencia a prevenir y población a la que está dirigida.
2) Usos y costumbres y su concordancia con el respeto de los derechos humanos.
3) Intervención multidisciplinaria.
4) Metas a corto, mediano y largo plazo, contenidas en el Pase 2017-2021, así como en el
Programa de Trabajo del Sepasev.
5) La capacitación.
6) Mecanismos de evaluación.
7.2. Niveles de prevención
Si bien la violencia de género encuentra su origen en un sistema de dominación y
subordinación, en el cual se coloca a las mujeres en situación de desventaja o desigual con
respecto a los hombres, y responde a múltiples factores y causas, es importante que se tomen
en cuenta la percepción social de la violencia, los usos y costumbres de los pueblos y
comunidades indígenas y su concordancia con los derechos humanos, el grado de pobreza,
marginación y analfabetismo, así como la esperanza de vida de las mujeres, intervención
interdisciplinaria en materia de salud, educación, seguridad, desarrollo social, asistencia social y
desarrollo humano, información desagregada de casos de violencia de género, así como los
niveles de prevención.
31
Gráfica 12. Elementos para el modelo de prevención
Además,para la ejecución del modelo de prevención, deben tomarse en cuenta los diferentes
ámbitos de intervención, como lo son: el familiar, laboral, docente, institucional, digital y en la
comunidad. Ello aunado al reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres, como
sujetos de derechos, generación de cambios culturales, fomento de la cultura de la legalidad, de
la denuncia y participación activa y equitativa de las mujeres en diferentes sectores sociales.
Finalmente, el modelo de prevención, como ya se mencionó, debe contener los
siguientes niveles:
Tabla 6. Niveles de prevención de la violencia contra las mujeres
Primario Secundario Terciario
Antes de la violencia
Acciones dirigidas a evitar la
violencia
Durante la violencia
Acciones de respuesta inmediata
una vez que haya ocurrido la
violencia, a fin de evitar actos de
violencia posterior
Después de la violencia
Acciones de atención y apoyo a
largo plazo a víctimas de violencia
- Manifestaciones públicas
de cero tolerancia a la
violencia.
- Elaboración e
implementación de
lineamientos, manuales o
protocolos de
prevención.
- Campañas internas de
comunicación sobre las
violencias de género.
- Capacitaciones continúas
- Implementación de
protocolos o estrategias
de atención a la violencia
contra las mujeres.
- Procedimientos de
investigación y sanción
con base en el contexto
de la víctima y en sus
derechos humanos.
- Acciones legales y
materiales para la
protección de las
- Acompañamiento a mujeres
víctimas de violencia,
acorde con las atribuciones
de cada institución.
- Acceso a la justicia de
manera pronta y expedita.
- Debida diligencia en los
procedimientos legales.
32
al personal. víctimas.
- Modificación de
estructuras
organizacionales que
fomenten la desigualdad,
la discriminación y la
violencia contra las
mujeres.
7.3. Actividades por autoridades responsables
De conformidad con la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de
Zacatecas, la Secretaría General de Gobierno es la responsable de conducir la política integral de
atención de la violencia contra las mujeres. Asimismo, las autoridades responsables que deben
realizar acciones de prevención de la violencia de género son las siguientes:
Tabla 7. Actividades de prevención por nivel y autoridad responsable
Nivel Actividad Autoridad
Responsable
Primario
Manifestaciones de Cero Tolerancia a la Violencia
Promover cultura de la no violencia contra las mujeres
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Órganos autónomos
Instituciones Públicas y
Privadas
Elaborar programas de detección oportuna de la violencia de
género
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Órganos autónomos
Instituciones Públicas y
Privadas
Impulsar todo tipo de manifestaciones y actividades educativas
y culturales que contribuyan a prevenir y erradicar la violencia
de género
Secretaría de Educación
Orientar a la comunidad sobre los mecanismos para prevenir y
erradicar la violencia contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Organizar actividades públicas y sociales alusivas a la
prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Lineamientos, manuales, modelos, programas, protocolos
Estandarizar los procesos y acciones de prevención y de
atención de las víctimas de violencia, así como de personas
generadoras de violencia
Secretaría General de
Gobierno
Diseñar, coordinar, desarrollar y evaluar políticas, programas,
modelos, campañas y acciones de prevención y erradicación de
la violencia contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Elaborar, en coordinación con las instituciones
correspondientes, protocolos o modelos para la atención de la
Secretaría de las Mujeres
33
violencia contra las mujeres
Validar manuales, modelos, protocolos y estrategias de
prevención, detección, atención, médica, o programas
integrales de asistencia, atención y rehabilitación; y operación
de centros de atención y refugios
Sepasev en Pleno
Desarrollar los modelos de detección (elaborados por el DIF)
así como formular y aplicar sus propios modelos
Secretaría de Salud
Incluir en las políticas y programas educativos la perspectiva de
género y la cultura de prevención, denuncia y erradicación de
la violencia contra las mujeres
Secretaría de Educación
Eliminar de los programas educativos los materiales que hagan
apología de la violencia contra las mujeres o que contribuyan a
la promoción de conductas sociales y culturales que impliquen
prejuicios, discriminación y estereotipos que fomenten la
desigualdad entre mujeres y hombres
Secretaría de Educación
Desarrollar los protocolos o modelos de detección elaborados
por el DIF Estatal, así como formular y aplicar sus propios
modelos que permitan la detección temprana de violencia
contra mujeres y niñas en los albergues, centros educativos,
deportivos, culturales o recreativos a su cargo, y canalizar a las
instituciones correspondientes los casos detectados
Secretaría de Educación
Diseñar la política de desarrollo integral orientada a la
prevención, atención y erradicación de la violencia contra las
mujeres
Secretaría de Desarrollo
Social
Incorporar en el Sistema de Planeación Democrática de
Desarrollo el adelanto de las mujeres y su plena participación
en todos los ámbitos de la vida
Secretaría de Desarrollo
Social
Realizar programas, modelos, servicios y acciones afirmativas
tendientes a mejorar las condiciones de las mujeres y sus
familia
Secretaría de Desarrollo
Social
Promover políticas de igualdad de condiciones y
oportunidades entre mujeres y hombres; así como de
empoderamiento de las mujeres
Secretaría de Desarrollo
Social
Desarrollar sus políticas, programas y acciones con perspectiva
de género, derechos humanos y prevención de la violencia
contra las mujeres
Secretaría del Campo
Impulsar proyectos de inversión de recursos a proyectos
destinados a las mujeres del ámbito rural
Secretaría del Campo
Incorporar en sus políticas, programas, modelos, acciones y
campañas la perspectiva de género y la cultura de prevención,
denuncia y erradicación de la violencia contra las mujeres
DIF-Estatal
Desarrollar modelos o protocolos de detección en todos los
centros, programas, campañas y acciones a su cargo
DIF-Estatal
Formular y proponer la política de seguridad pública y de
prevención del delito con perspectiva de género, con acciones
para fortalecer la prevención, atención y sanción de la violencia
contra las mujeres
Secretaría de Seguridad
Pública
Secretaría General de
Gobierno
Diseñar con perspectiva de género, en el marco de la política
de salud integral de las mujeres, programas, modelos, acciones
y campañas de prevención de la violencia
Secretaría de Salud
Promover programas de intervención temprana para prevenir
la violencia contra las mujeres en las zonas que reporten mayor
incidencia
DIF- Estatal
Elaborar y desarrollar, en coordinación con las instituciones
correspondientes, protocolos o modelos para la detección de la
DIF-Estatal
34
violencia contra las mujeres en todos los centros a su cargo
Desarrollar la investigación multidisciplinaria encaminada a
crear protocolos o modelos de prevención, detección, atención
y erradicación de la violencia contra las mujeres en los centros
educativos
Secretaría de Educación
Campañas de comunicación
Acciones preventivas y campañas permanentes de difusión,
informativas y formativas que contribuyan a generar
conciencia de la convivencia pacífica y el daño que causa la
violencia de género
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Órganos autónomos
Instituciones Públicas y
Privadas
Promover que los medios de comunicación masiva fomenten
una cultura que elimine estereotipos e imágenes que atentan
contra la dignidad de las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Diseñar y desarrollar campañas de difusión e información
encaminadas a sensibilizar a la población en general, sobre los
tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, causas,
efectos y las formas de prevenirla, atenderla, sancionarla y
erradicarla
Secretaría de las Mujeres
Realizar campañas de difusión e información encaminadas a
sensibilizar a la población en general sobre las formas de
violencia contra las mujeres, sus causas y efectos, así como los
mecanismos para prevenirlas
Secretaría General de
Gobierno
Coordinación de
Comunicación Social
Secretaría de las Mujeres
Medios de Comunicación
Elaborar una guía de recomendaciones dirigida a los medios de
comunicación, para el manejo adecuado de la información
sobre la violencia contra las mujeres y exhortarlos para que
realicen campañas de prevención y erradicación
Secretaría de las Mujeres
Ejecutar campañas de prevención y erradicación sobre
violencia contra las mujeres, las que tendrán por objetivo que
la sociedad perciba el fenómeno como un asunto de seguridad
pública y de derechos humanos y no como un problema
familiar
DIF-Estatal
Diseñar y ejecutar campañas de difusión para promover la
cultura de denuncia de la violencia contra las mujeres
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Promover la participación política de las mujeres Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Órganos autónomos
Instituciones Públicas y
Privadas
Impulsar la difusión de la legislación en materia de violencia
contra las mujeres
Poder Legislativo
Secretaría de las Mujeres
Implementar campañas de información en las regiones del
Estado sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de
violencia, en el ámbito público, privado y social, y difundir el
procedimiento para interponer quejas por presuntas
violaciones a este derecho fundamental, cuando sean
Comisión de Derechos
Humanos del Estado de
Zacatecas
35
imputables a servidoras o servidores públicos estatales o
municipales
Campañas internas de comunicación
Promover la instalación de módulos de información en los
órganos municipales de atención a las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Difundir en los centros e instituciones a su cargo, material
referente a la prevención y atención de la violencia contra las
mujeres, y a los efectos que produce en la salud de las mujeres
y su impacto en la pobreza de las familias
Secretaría de Salud
Instalar módulos de información en sus oficinas, así como
promover su instalación en los DIF municipales, y diseñar y
ejecutar, en coordinación con la Semujer, campañas de
difusión e información encaminadas a sensibilizar a la
población en general, sobre los tipos y modalidades de
violencia contra las mujeres, sus efectos, así como las formas
de prevenirla, atenderla, sancionarla y erradicarla.
DIF-Estatal
Diseñar y difundir materiales educativos que promuevan la
prevención, denuncia y erradicación de la violencia contra las
mujeres
Secretaría de Educación
Fomentar y promover una cultura laboral de respeto a los
derechos humanos de las mujeres
Servicio Estatal del
Empleo
Capacitaciones continuas al personal
Promover la capacitación y actualización permanente de
servidoras y servidores públicos en materia de violencia contra
las mujeres y derechos humanos.
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Órganos autónomos
Instituciones Públicas y
Privadas
Capacitar a las diferentes instituciones de los sectores público,
social, académico y privado, incluido el personal a su cargo, en
materia de prevención, atención y erradicación de la violencia
contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Coordinar la formación de promotores/as y capacitadores/as
comunitarios cuya función básica será estimular los programas
de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres,
en los centros urbanos, poblaciones o comunidades rurales, así
como en instituciones educativas, o centros laborales,
recreativos, deportivos o culturales
Secretaría de las Mujeres
Secretaría de Salud
DIF-Estatal
Canalizar al personal a su cargo para que sea capacitado con
perspectiva de género para el desempeño de su labor
Secretaría del Campo
Capacitar con perspectiva de género al personal a su cargo para
prevenir, detectar y atender la violencia contra las mujeres, así
como sobre el trato que se les debe proporcionar a las víctimas
Secretaría de Salud
Capacitar al personal de las diferentes instancias policiales a su
cargo para atender, con perspectiva de género y de
conformidad con los protocolos estandarizados, los casos de
violencia contra las mujeres
Secretaría de Seguridad
Pública
Implementar programas de capacitación en materia de
atención a las mujeres víctimas de violencia
Secretaría de Seguridad
Pública
Diseñar y ejecutar programas para mejorar la calidad de la
atención materno-infantil, que contemplen de forma integral
su adecuada capacitación sobre directrices y parámetros
contenidos en Normas Oficiales en materia de Atención
durante el embarazo, parto y puerperio, así como del/a recién
nacido/a.
Secretaría de Salud
36
Capacitar con perspectiva de género al personal a su cargo,
para el desempeño de su labor, en materia de prevención,
atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, así
como al de los del DIF municipales
DIF-Estatal
Participación en la formación de promotores/as y
capacitadores/as comunitarios para la aplicación de
instrumentos y mecanismos de prevención, atención y
erradicación de la violencia contra las mujeres
DIF-Estatal
Capacitar al personal docente, directivo, administrativo y de
apoyo, sobre igualdad, equidad, derechos humanos,
prevención, denuncia y erradicación de la violencia contra las
mujeres, asimismo para que estén en condiciones de otorgar
atención urgente a las alumnas que sufren algún tipo de
violencia
Secretaría de Educación
Impartir cursos de formación y especialización a MP, peritos,
policía ministerial, personal administrativo, servidoras y
servidores públicos encargados de la procuración de justicia y
persecución del delito a fin de mejorar la atención a mujeres
víctimas de violencia
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Promover la capacitación de las y los servidores públicos del
Poder Legislativo del Estado, para que incorporen la
perspectiva de género en el ejercicio de sus funciones,
actividades y obligaciones
Poder Legislativo
Capacitar a las y los servidores públicos a su cargo, para que
incorporen la perspectiva de género en el ejercicio de sus
funciones
Poder Judicial
Intervención con personas generadoras de violencia
Establecer las acciones y medidas que se deberán tomar para la
reeducación y reinserción social de las personas generadoras de
violencia
Secretaría de Seguridad
Pública
Brindar a víctimas y a personas generadoras de violencia
información integral sobre las instituciones públicas y privadas
encargadas de su atención
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Acciones de prevención con participación ciudadana
Fomentar la participación y colaboración de las osc y la
academia
Secretaría General de
Gobierno
Secretaría de las Mujeres
OSC
Universidades públicas y
privadas
Promover que una OSC otorgue anualmente reconocimiento
público a quienes intervienen en la prevención y erradicación
de la violencia contra las mujeres y en la atención de sus
víctimas
Secretaría de las Mujeres
Realizar acciones que promuevan la autonomía económica y el
acceso al trabajo remunerado de las mujeres víctimas de
violencia
Secretaría de las Mujeres
Desarrollar acciones y mecanismos en todos los niveles de
escolaridad, que garanticen la igualdad y la equidad en todas las
etapas del proceso educativo, que fomenten el respeto a los
derechos humanos de las mujeres, el aprendizaje de la
resolución pacífica de conflictos y la cultura de una vida libre
de violencia, y que favorezcan el adelanto de las mujeres
Secretaría de Educación
37
Elaborar materiales educativos, cursos y talleres dirigidos a la
prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y
al desarrollo de habilidades para la resolución pacífica de
conflictos
Secretaría de Educación
Garantizar el derecho de las niñas y mujeres a la educación, a la
alfabetización y al acceso, permanencia y terminación de
estudios en todos los niveles, a través de la obtención de becas
y otras subvenciones y, en su caso, de la aplicación de medidas
extraordinarias para lograr la equidad
Secretaría de educación
Desarrollar proyectos de inversión para mujeres en situación
de violencia
Servicio Estatal del
Empleo
Realizar, dentro del ámbito de su competencia, acciones
tendientes a mejorar las condiciones de las mujeres que se
encuentren en situación de violencia
Servicio Estatal del
Empleo
Otorgar asistencia técnica, información y apoyos económicos a
mujeres en situación de violencia
Servicio Estatal del
Empleo
Nivel Actividad Autoridad
Responsable
Secundario
Implementación de manuales, modelos, protocolos o estrategias de atención a la
violencia contra las mujeres
Implementar un programa especial para proporcionar
tratamiento terapéutico al personal encargado de la atención de
las mujeres víctimas de violencia
Secretaría de las Mujeres
Implementar un programa especial para proporcionar
tratamiento terapéutico al personal encargado de la atención de
las mujeres víctimas de violencia
DIF-Estatal
Modificación de estructuras organizacionales que fomenten la desigualdad, la
discriminación y la violencia contra las mujeres
Fomentar la apertura de instituciones públicas o privadas
encargadas de la atención para las mujeres víctimas de violencia,
donde se presten servicios especializados de tratamiento
Secretaría de las Mujeres
Implementará estrategias que estimulen las capacidades,
habilidades y actitudes que permitan a las docentes y los
docentes desarrollar metodologías didácticas que fortalezcan la
formación cívica del alumnado en la equidad de género y para la
resolución no violenta de conflictos en su práctica educativa
cotidiana
Secretaría de Educación
Evitar, mediante acciones afirmativas, que la educación que se
imparta en el Estado sea discriminatoria y que las alumnas
embarazadas sean expulsadas de los centros educativos
Secretaría de Educación
Establecer como un requisito de contratación, para todo el
personal de la Dependencia, que no cuente con antecedentes de
violencia contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
DIF-Estatal
Elaborar un programa de servicio social especializado para dotar
de recursos humanos a los refugios, y centros de atención,
protección y asistencia para las mujeres víctimas de violencia, así
como a los centros reeducativos para personas agresoras
Secretaría de Educación
Emitir las disposiciones administrativas necesarias para
garantizar que los docentes y el personal directivo,
administrativo y de apoyo de los centros educativos, coadyuven
para que las aulas y las escuelas se conviertan en espacios libres
Secretaría de Educación
38
de violencia y discriminación y lugares propicios para una
convivencia pacífica y armónica y un trato igualitario entre
mujeres y hombres
Contar con Unidades de Investigación; especializadas en
violencia contra las mujeres
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Institucionalizar la perspectiva de género, los principios de
igualdad, equidad y no discriminación, el respeto pleno a los
derechos humanos de las mujeres, y la cultura de prevención,
denuncia y erradicación de la violencia contra las mujeres, en la
administración e impartición de justicia
Poder Judicial
Comisión de Derechos
Humanos del Estado de
Zacatecas
Procedimientos de investigación y sanción con base en el contexto de la víctima y en
sus derechos humanos
Asesoramiento jurídico y atención integral, oportuna y adecuada
a víctimas de violencia
Autoridades de Ruta
Única de Atención
Establecer medidas correctivas y acciones sancionadoras para
erradicar la violencia de género que se manifiesta en conductas
que dañan la autoestima de las alumnas con actos de
discriminación por su sexo, edad, condición social, académica,
limitaciones o características físicas, que les inflijan maestras o
maestros
Secretaría de Educación
Diseñar y desarrollar con perspectiva de género una política
persecutoria e indagatoria del delito, orientada a la prevención y
sanción efectiva de la violencia contra las mujeres
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Vigilar el respeto a los derechos político electorales de las
mujeres
Instituto Electoral del
Estado de Zacatecas
Tribunal de Justicia
Electoral del Estado de
Zacatecas
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Comisión de Derechos
Humanos del Estado de
Zacatecas
Nivel Actividad Autoridad
Responsable
Terciario
Acompañamiento a mujeres víctimas de violencia
Establecer programas y servicios profesionales que atiendan
eficazmente a las mujeres víctimas de violencia
Secretaría de Salud
Asegurar que en la prestación de los servicios de salud sean
respetados los derechos humanos de las mujeres
Secretaría de Salud
Brindar por medio de los centros e instituciones a su cargo, de
manera integral e interdisciplinaria, atención médica y
psicológica, con perspectiva de género, a las víctimas
Secretaría de Salud
Garantizar el cumplimiento e implementación de las Normas
Oficiales vigentes en materia de violencia familiar y violencia
contra las mujeres y la instalación de mecanismos de supervisión
Secretaría de Salud
39
y evaluación de su efectividad
Canalizar a las víctimas de violencia a las instituciones públicas o
privadas que presten asistencia y protección
Secretaría de Seguridad
Pública
Proporcionar a las mujeres víctimas de violencia, orientación y
asesoría jurídica y de cualquier índole, necesarias para su eficaz
atención y protección, así como información objetiva que les
permita reconocer su situación
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Dictar las medidas necesarias para que la víctima reciba atención
médica de emergencia.
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Establecer medidas de protección adecuadas, necesarias y
suficientes para salvaguardar la integridad física de las mujeres
que lo soliciten
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Intervenir por conducto de la policía de investigación en la
notificación de las medidas y órdenes de protección que
determinen las y los Fiscales del Ministerio Público y/o el Juez o
Jueza de Control.
Fiscalía General de
Justicia del Estado de
Zacatecas
Diseñar e implementar un sistema de educación alternativo para
niñas y niños que vivan en los refugios, con el fin de no
interrumpir su ciclo escolar, así como para aquellos que
requieran cambiar de residencia, como consecuencia de la
violencia padecida, o que se encuentren en situación de riesgo
Secretaría de Educación
Declarar el agravio comparado y ordenar las medidas a que haya
lugar, cuando así lo soliciten las o los afectados y se acredite su
integración
Poder Judicial
40
8. Acciones de erradicación de la violencia de género contra las mujeres
Como ya se ha advertido, las acciones de erradicación están encaminadas a definir acciones
interinstitucionales tendientes a desalentar prácticas violentas contra las mujeres.
Gráfica 13. Dirección de las acciones de erradicación
En ese sentido es importante mencionar que para la sistematización de la información
requerida para la erradicación de la violencia se requieren al menos:
1) Homologación de registros administrativos sobre casos de violencia contra las mujeres.
2) Análisis estadístico de los procesos y resoluciones jurisdiccionales sobre la aplicación y
observancia de las disposiciones a favor de los derechos humanos de las mujeres.
3) Resultados del monitoreo de la incidencia de la violencia contra las mujeres.
4) Avances legislativos en materia de prevención de la violencia de género.
5) Impacto en la ejecución del modelo de erradicación.
8.1. Fases de la erradicación
El modelo de erradicación debe constar de las siguientes fases:
1. Ejecución de actividades encaminadas al desaliento de prácticas violentas contra las
mujeres.
2. Vigilancia y monitoreo.
41
Gráfica 14. Fases de la erradicación
Por tal motivo, la información que se procese debe contener avances legislativos en la materia,
criterios y lineamientos jurisdiccionales sobre los tipos y modalidades de violencia, diagnósticos
sobre posibles casos de violencia contra las mujeres y el impacto en la ejecución del modelo de
erradicación.
Es importante mencionar que los diagnósticos que se desarrollen sobre la violencia
contra las mujeres por razones de género deben estar vinculadas necesariamente al Banevim.
8.2. Actividades por autoridades responsables
De conformidad con la Ley, las siguientes acciones de erradicación son:
Tabla 8. Actividades de erradicación por autoridad responsable
Actividad Autoridad responsable
Definir y ejecutar acciones interinstitucionales tendientes a
desalentar prácticas violentas contra las mujeres
Conducir, con visión transversal y con perspectiva de género, la política
integral de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia
contra las mujeres.
Secretaría General de Gobierno
Formular las bases para la cooperación, coordinación y concertación entre
autoridades competentes
Secretaría General de Gobierno
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Establecer, realizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y
acciones de prevención y erradicación de la violencia
Secretaría General de Gobierno
Conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con las asociaciones, iglesias,
agrupaciones y organizaciones religiosas, con respeto a su credo.
Dirección de Asuntos Religiosos
de la Subsecretaría de Desarrollo
Político de la Secretaría General
de Gobierno.
Contar con registros administrativos sobre casos de violencia contra las mujeres
Promover la implementación del Banco Estatal de Datos sobre Violencia
contra las Mujeres
Secretaría de las Mujeres:
Banevim
Implementar y mantener actualizado el Banevim, en el que integren,
además de los casos correspondientes, las investigaciones realizadas por los
sectores público, social, académico y privado sobre las causas,
características y consecuencias de la violencia contra las mujeres, medidas
de prevención, atención y erradicación y las evaluaciones de las mismas, así
como la información que generan las instituciones acerca de promover los
derechos humanos de las mujeres
Secretaría de las Mujeres:
Banevim
Establecer en todos los centros, unidades e instituciones a su cargo, una
base de datos sobre los casos atendidos, tramitados o canalizados, edad,
número de mujeres pacientes víctimas de violencia, tipos y modalidades de
violencia, causas, daños y recursos erogados, la cual será proporcionada a
las instituciones encargadas de realizar el diagnóstico estatal y demás
investigaciones relativas y formará parte del Banevim
Secretaría de Salud
DIF-Estatal
Establecer, en todos los órganos y unidades a su cargo, una base de datos
sobre los casos atendidos, tramitados o canalizados, edad, número de
víctimas, tipos y modalidades de violencia, causas, daños, recursos
erogados, y formará parte del Banevim,la cual será proporcionada a
instituciones encargadas de realizar el diagnóstico estatal y demás
investigaciones relativas.
Fiscalía General de Justicia del
Estado de Zacatecas
En el ejercicio de sus funciones, conformar una base de datos sobre los
casos de violencia contra las mujeres conocidos por los tribunales y
juzgados que lo integran, edad, número de víctimas, tipos y modalidades de
la violencia, causas, daños y recursos erogados, la cual será proporcionada a
las instituciones encargadas de realizar el diagnóstico estatal y demás
investigaciones relativas, y formará parte del Banco Estatal
Poder Judicial
Establecer, en todos los órganos y unidades a su cargo, una base de datos
sobre los casos atendidos, tramitados o canalizados, edad, número de
víctimas, tipos y modalidades de la violencia, causas, daños y recursos
erogados, la cual será proporcionada a las instituciones encargadas de
realizar el diagnóstico estatal y demás investigaciones relativas, y formará
parte del Banco Estatal
Comisión de Derechos
Humanos del Estado de
Zacatecas
Recopilar y dar seguimiento a la información estadística y medición del
impacto de la violencia contra las mujeres
Promover la investigación científica cuantitativa y cualitativa sobre la
violencia de género contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Impulsar la elaboración de diagnósticos estatales sobre las causas,
características y consecuencias de los tipos y modalidades de violencia
contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Realizar un diagnóstico estatal sobre la violencia contra las mujeres, así
como coordinar y realizar otras investigaciones complementarias con la
colaboración de los organismos correspondientes, sobre las causas,
características y consecuencias de cada uno de los tipos y modalidades de
violencia contra las mujeres en todos los ámbitos, a fin de que los
resultados sirvan para diseñar nuevos instrumentos de prevención y
Secretaría de las Mujeres
43
erradicación
Impulsar la difusión de resultados de investigación sobre las causas,
características y consecuencias de los tipos y modalidades de violencia
contra las mujeres
Secretaría de las Mujeres
Coordinar la difusión del diagnóstico, del resultado de las investigaciones y
de las actuaciones de las autoridades, con el objeto de fomentar el debate
social y valorar las medidas destinadas a erradicar la violencia en todos sus
tipos y modalidades
Secretaría de las Mujeres
Realizar investigaciones y establecer mecanismos para definir y medir la
violencia obstétrica; el maltrato y los abusos en la atención materna y para
tal efecto deberá implementar el Registro de Datos e Información que sirva
para el diagnóstico integral y confiable sobre los casos de violencia
obstétrica y morbilidad y remitirlos al Banevim
Secretaría de Salud
Promoverá la realización de investigaciones científicas y estudios de campo
que permitan diseñar las estrategias y las acciones puntuales para prevenir y
erradicar la violencia de género en los centros educativos, favoreciendo la
retroalimentación continua entre ellos, así como la coordinación constante
con las instituciones académicas de la entidad
Secretaría de Educación
Establecer mecanismos para la armonización legislativa en materia de igualdad,
no discriminación y una vida libre de violencia
Vigilar que la normatividad del Estado garantice el cumplimiento de la
presente Ley, y proponer las reformas y adecuaciones correspondientes
Poder Legislativo
Impulsar la difusión de la legislación en materia de violencia contra las
mujeres
Poder Legislativo
Secretaría de las Mujeres
Implementar, vigilar y monitorear los modelos de prevención y erradicación
Informar trimestralmente al Sepasev, o cuando éste lo solicite, sobre la
ejecución de acciones de su competencia contenidas en el Pase 2017-2021,
con la finalidad de evaluar su eficacia
Secretaría de Seguridad Pública
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9. Monitoreo
Las acciones de prevención y erradicación de la violencia de género contra las mujeres
requieren del monitoreo y evaluación de resultados y de impacto. En Zacatecas es a través del
Sepasev que tienen que articularse las instituciones para la planeación, implementación y
evaluación de las políticas públicas en la materia. Por ello, se tienen que generar los
instrumentos de coordinación con los municipios, así como con todas las autoridades estatales
para la ejecución de las actividades de prevención y erradicación. Asimismo, se prevé la
creación de grupos comunitarios de apoyo técnico y social para la revisión del Modelo.
Además, con la finalidad de impulsar el diseño, implementación y seguimiento de las
actividades de prevención y erradicación, en cada uno de los ejes de acción, el Sepasev debe
integrarse por Comisiones de: prevención, atención, sanción y erradicación, en las que participa
la ciudadanía a través de las organizaciones de la sociedad civil y la academia. Para efectos de
este Modelo se abordarán la primera y la última comisión del Sistema Estatal.
9.1. Comisión de prevención
Esta Comisión centrará su monitoreo en el nivel primario (antes de que suceda la violencia),
respecto de las acciones y metas relativas a la promoción, difusión e identificación de factores
de riesgo; y en las que, de manera transversal, confluyen los ejes de intervención en materia de
salud, educación, comunicación, formación profesional, atención, registro e investigación,
salud, seguridad y participación ciudadana. Para tal efecto deben realizarse sesiones ordinarias y
—en su caso— extraordinarias, que la comisión considere necesarias para el desarrollo óptimo
de sus funciones. Además, debe rendir un informe anual al Sepasev en el que especifique la
evaluación de resultados del cumplimiento de las metas previstas en el Pase y en el Programa
de Trabajo del Sepasev.
9.2 Comisión de erradicación
La Comisión realizará el monitoreo respecto de los niveles secundario (durante la violencia) y
terciario (después de la violencia), según la implementación y articulación de las acciones,
actividades y metas institucionales tendentes a la modificación de patrones culturales,
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eliminandolos obstáculos para que las mujeres ejerzan plenamente su ciudadanía. Para tal
efecto, deben realizarse sesiones ordinarias y —en su caso— extraordinarias, que la comisión
considere necesarias para el desarrollo óptimo de sus funciones. Debe rendir un informe anual
al Sepasev en el que especifique la evaluación de resultados del cumplimiento de las metas
previstas en el Pase y en el Programa de Trabajo del Sepasev.
En las Comisiones deberá contemplarse como herramienta para el monitoreo un sistema
informático que permita incorporar el grado de avance de cada una de las metas programadas y
la dependencia e institución responsable de su ejecución, con la finalidad de elaborar los
informes que serán presentados al Sepasev.
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10. Fuentes de consulta
Del Pino Pacheco, Mireya, Catálogo de medidas para la igualdad, Consejo Nacional para Prevenir la
Discriminación, Secretaría de Gobernación, México, 2015.
Diario Oficial de la Federación, Decreto promulgatorio de la Convención Interamericana para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Convención Belém Do Pará, México, 1999.
Diario Oficial de la Federación, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,
México, 2007.
Diario Oficial de la Federación, Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia, México, 2008.
INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, México, 2016.
INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, México, 2011.
INEGI, Panorama de la Violencia contra las mujeres en Zacatecas, México, 2011.
Organización de las Naciones Unidas, Recomendación General 19 de la Cedaw, Nueva York,
1992.
Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Zacatecas, Ley de Acceso de las Mujeres a una vida
Libre de Violencia, Zacatecas, 2009.
Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Zacatecas, Reglamento de la Ley de Acceso de las
Mujeres a una vida Libre de Violencia, Zacatecas, 2015.
Secretaría de las Mujeres, Diagnóstico estadístico de la violencia feminicida 2018, Banco Estatal de
Datos sobre Violencia contra las Mujeres, Gobierno del Estado de Zacatecas,
Zacatecas, 2018.
Secretaría de las Mujeres, Diagnóstico estadístico de feminicidios 2019, Banco Estatal de Datos sobre
Violencia contra las Mujeres, Gobierno del Estado de Zacatecas, Zacatecas, 2018.
Secretaría de las Mujeres, Violencias contra las mujeres en el estado de Zacatecas: diagnóstico cuantitativo
(2018), Gobierno del Estado de Zacatecas, Zacatecas, 2018.