Para la Secretaría de las Mujeres del estado de Zacatecas
(Semujer) resulta de vital importancia disponer de un
Manual que permita fortalecer la Red de Promotoras
Voluntarias para Prevenir la Violencia contra las Mujeres
(RPV), y disponer de una herramienta necesaria que
visibilice la violencia de género y sus formas de erradicación
como vías necesarias para alcanzar la igualdad sustanva.
El presente texto pretende conocer el impacto de la
perspecva de género, las diferentes aristas de la violencia
patriarcal, su pología y modalidades, el marco normavo, -
a nivel internacional, nacional y local- y algunos recursos
necesarios para la prevención y atención.
El Manual que se presenta es el resultado de la acción
conjunta entre el Instuto Nacional de Desarrollo Social
(Indesol) mediante el Programa de Apoyo a las Instancias de
la Mujeres en las Endades Federavas (Paimef) y la
Secretaría de las Mujeres de Zacatecas, (Semujer).
Presentación 01
TITULAR DE LA SECRETARIA DE LAS MUJERES DE ZACATECAS
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Presentación
I.- Introducción
II.- La perspectiva de género: una herramienta para el
empoderamiento de las mujeres y el logro de la igualdad
sustantiva.
1- La construcción social de los géneros: el sistema sexogénero
2- Los roles y los estereotipos
III.- ¿Dónde se reproducen los patrones de feminidad y
masculinidad?
IV.- La perspectiva de género
V.- Igualdad y no discriminación: dos retos para la
erradicación de la violencia de género
VI.- Las masculinidades: de la hegemonía a la alternancia
VII.- ¿Qué es la violencia contra las mujeres y cómo
contrarrestarla?
VIII- Tipos de violencia
IX.- Manifestaciones e indicadores de la violencia
X.- Modalidades de la violencia
XI.- Marco normativo
XII.- Algunas teorías acerca de la violencia de género
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Índice
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
XIII.- Conceptos básicos para entender la
violencia de género
XIV.- Vías para erradicar la violencia ¿qué hacer
para construir la igualdad entre mujeres y hombres
y la erradicación de la violencia de género?
XV. Bibliografía
XVI. Atención para las mujeres
en Zacatecas
30
32
33
34
Una red se forma con una participación voluntaria
en la que se presupone un reconocimiento mutuo,
su formación no es casual, sino deliberada para
alcanzar un objetivo común.
El Manual para la Red de Promotoras Voluntarias para prevenir la violencia contra
las Mujeres(RPV), es una herramienta para que a parr del conocimiento de la
perspecva de género, las integrantes de la Red idenfiquen y reconozcan las
aristas de la violencia de género, tomando en cuenta los pos de violencia que se
presentan contra las mujeres, entre otras, la sica, psicológica, económica,
patrimonial, sexual, así como las modalidades o espacios donde la violencia
contra las mujeres, mayormente se comete como son la familiar, laboral, escolar,
instucional y comunitaria.
De igual manera, se pretende que la RPV disponga de un documento que
contemple el actual marco normavo, así como algunas teorías y recursos que
desde la prevención y sensibilización permitan reconocer las disntas violencias,
tanto de las más extremas y evidentes, como aquellas que puedan resultar más
impercepbles y, por tanto, más dicil de detectar.
La discriminación y la violencia de género son dos de las formas más extremas de
la desigualdad que afectan a millones de seres humanos en el mundo,
principalmente mujeres, niñas y niños y que, lamentablemente no disngue
posición socioeconómica, edad, raza o condición de migrante en una sociedad y
cultura determinada, lo que sitúa a las mujeres, niñas y niños en una posición de
alta vulnerabilidad, tanto en el ámbito público como en el privado.
En México, la problemáca sigue permaneciendo en su gran mayoría en el
ámbito domésco, si bien, desde la úlma década del pasado siglo y,
parcularmente en los años recorridos del actual, ha surgido la necesidad de
sacarlo al espacio público, lo cual ha supuesto un cambio fundamental, fruto de
la suma de esfuerzos de organizaciones de la sociedad civil, redes de apoyo,
instuciones de gobierno a nivel nacional, estatal y municipal, así como un
proceso de concienciación y sensibilización a través de campañas que han
permido hacer visible la magnitud de la violencia de género.
I. Introducción 05
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
06
Generar espacios de debate y
discusión que permitan conocer la
situación de violencia en la que se
encuentran inmersas muchas
mujeres fruto de las
construcciones sociales, y
visibilizar algunas alternavas de
solución para su erradicación
OBJETIVO
II.- La perspectiva de género: una herramienta para el
empoderamiento de las mujeres y el logro de la igualdad
sustantiva.
En aras a lo que establece la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el estado de
Zacatecas (LAMVLVZ),la Secretaría de las Mujeres del estado destaca la importancia de una actuación
coordinada, integral y con perspecva de género a través de la intervención y colaboración de instancias
públicas y sociales, a fin de garanzar una aplicación más eficiente de los recursos desnados para la
producción de proyectos encaminados a la prevención de la violencia de género, opmizarlos y avanzar
en la detección, así como en una adecuada atención a las mujeres, para que dispongan de los medios
necesarios que les permitan poner fin a la situación en la que se encuentran como consecuencia de la
problemáca que enfrentan.
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
1- La construcción social de los
géneros: el sistema sexo -
género
Históricamente, se ha ido construyendo en el imaginario
colecvo que las mujeres “por naturaleza” son inferiores
en relación a los hombres, lo que ha ocasionado
innumerables situaciones de desigualdad.
El sexo establece una disnción biológica entre mujeres y
hombres que guarda relación con la naturaleza y que
refiere a las diferencias y caracteríscas biológicas,
anatómicas, fisiológicas y hormonales.
El género es una construcción social que en cada época se
ha determinado y que se ha constuido mediante el
conjunto de funciones y cualidades que se le atribuyen a
las personas según su sexo biológico, por lo que se puede
afirmar que, el género es una cuesón cultural. Por tanto,
el concepto de género se refiere a los valores, atributos,
roles y representaciones que la sociedad asigna a mujeres
y a hombres, se trata de la construcción social y simbólica
sobre la base de la diferencia sexual.
Al ser construido, el género es cambiante, dinámico y
modificable. Así, cada cultura determina su ideal de lo
femenino y lo masculino, y aunque compartan similitudes
pueden variar significavamente; en una misma cultura
el género se transforma a lo largo del empo.
¡Sexo y género son dos
conceptos distintos que
merecen ser aclarados!
Mientras que el sexo es la diferencia
biológica entre hombres y mujeres, el
género refiere a la construcción social de
lo que es ser hombre o mujer, niña o niño.
Así como el género no es sinónimo de sexo,
tampoco se liga únicamente a las mujeres;
por el contrario, es un concepto
relacional que considera necesariamente
tanto a mujeres como a hombres.
Fuente: Instuto Social y Políco de la Mujer
(www.ispm.org.ar). Guía Europea de perspecva
de género. UNIFEM (www.unifem.org)
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
08
El psiquiatra y psicoanalista estadounidense Robert
Stoller definió el género como categoría analíca. El
autor, a finales de los años sesenta cuesonó que el
comportamiento y la idendad de mujeres y
hombres dependieran de su sexo biológico, para
proponer que en éstos intervenía la influencia de
asignaciones sociales y culturales.
¿Entonces qué es sexo
y qué es género?
Sexo
Género
Diferencias y caracteríscas biológicas
entre la mujer y el hombre, determinadas
genécamente.
Concepto que se refiere a los valores,
atributos, roles y representaciones que la
sociedad asigna a hombres y a mujeres.
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
09
Ante esto, debemos cuesonarnos como
se lleva a cabo el proceso de construcción
de los géneros cuyo fundamento se
cimenta en disntos conceptos, como lo
son la asignación de género, la idendad
de género y los roles de género, de los que
derivan las normas, valoraciones y
estereopos.
ASIGNACIÓN DE GÉNERO
Determinación del género masculino o
femenino en el momento en que nace el o la
bebé, a parr de la apariencia externa de sus
genitales. Hay veces que dicha apariencia está
en contradicción con la carga cromosómica.
Es decir, la existencia de pene y tesculos u
ovarios y vagina, entre otros órganos, ocasiona
la asignación genérica. Existen personas
intersexuales, las cuales nacen con genitales
tanto de hombre como de mujeres.
LA IDENTIDAD DE GÉNERO
Momento en que el niño o niña estructura en su
experiencia vital el género al que pertenece. Se
idenfica con dicho género en todas sus
manifestaciones: senmientos o actudes de
"niño" o de "niña", comportamientos, juegos,
etcétera.
2- Los roles y los estereotipos
ROLES DE GÉNERO
Conjunto de normas y prescripciones que la sociedad y la cultura dictan sobre el
comportamiento femenino o masculino. Es decir, son comportamientos que la
sociedad espera de los hombres y de las mujeres en un lugar y empo determinados.
Como ha sido señalado, los roles de género son entonces “ un conjunto de normas,
conductas, valores y actudes que se cree son los comportamientos apropiados
para una persona de acuerdo con su sexo en un contexto dado. Estos roles definen lo
que socialmente se espera que hagan los hombres y las mujeres”.
1
Incorporación de la Perspecva de Género a las Polícas Públicas, Observatorio de Violencia Social y de Género de Benito Juárez.
Quintana Roo.
1
Rol reproducvo, históricamente asignado a las mujeres.
Está relacionado con la reproducción biológica y las acvidades
necesarias para garanzar el bienestar y la sobrevivencia de la familia.
Se inserta dentro del ámbito privado, domésco y reproducvo.
Algunos ejemplos de roles femeninos
Ama de casa
Maestra
Enfermera
Rol producvo, atribuido históricamente a los hombres.
Son acvidades que generan ingresos económicos, que producen bienes
o servicios para la venta o el autoconsumo. Se asocian en el ámbito
público, extradomésco y producvo.
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Políco
Mecánico
Jefe
Chofer
Algunos ejemplos de MASCULINOS
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
ESTEREOTIPOS
Son aquellas ideas que comparte un
país/sociedad/comunidad que establecen
cómo deben ser mujeres y hombres a parr de
creencias. No se toman en cuenta sus
verdaderas caracteríscas, capacidades y
senmientos.
Algunos ejemplos de estereopos masculinos
Racionales
Mujeriegos
Fuertes
Líderes
Independientes
Agresivos
Algunos ejemplos de estereopos femeninos
Sensibles
Tiernas
Débiles
Dependientes
Maternales
Guapas
Todo ello ha colocado un alto número de brechas de
género que se traducen en disparidades en todos los
ámbitos de la vida civil, como la presencia políca, el
ingreso en el mundo público remunerado, el acceso a
la educación formal en todos sus niveles, la inclusión
en los modelos de género, en el desarrollo en el campo
de la cooperación internacional, la normavidad, las
polícas públicas implementadas, etcétera.
III.-¿Dónde se reproducen
patrones de feminidad y
masculinidad?
Son diversos los factores que a través de los
patrones de feminidad y masculinidad han
permido la "naturalización y normalización" de
las desigualdades y violencias con base al sexo de
las personas.
Esencialmente, se contemplan:
Las familias
Las escuelas
Los medios de comunicación y el lenguaje
sexista
Las religiones
Los usos y costumbres
El funcionamiento de las instuciones
La legislación existente
Familias
Los cambios generados en las úlmas décadas han
propiciado modificaciones en las llamadas
familias nucleares o extensas y actualmente existe
una diversidad que de familias que reproducen la
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
elección y el actual senr de un amplio sector de la
sociedad y que deben ser atendidas desde todos
los sectores. Tal es el caso de las familias
monoparentales o monomarentales, las uniones
de hecho, las familias reconstruidas o las
relaciones de personas del mismo sexo.
Escuelas
Pese a los adelantos realizados por establecer una
educación inclusiva, sin disnción de sexo ni
género, aún siguen reproduciéndose en un alto
número de instuciones educavas diferencias
entre niñas y niños que promueve los roles y
estereopos tradicionalmente impuestos.
Medios de comunicación y lenguaje
Si bien la concienzación social acerca de la
necesidad de incluir un lenguaje no sexista, lo
cierto es que a la fecha sigue predominando el
lenguaje androcéntrico fruto de las sociedades
patriarcales.
“El sexismo en el lenguaje es expresión de
convenciones sociales construidas en torno
a las experiencias, mensajes y discursos
que se gestan en una sociedad y
esgmazan las formas de ser y actuar de
mujeres y hombres….” 3
2
Son aquellas uniones en las que uno o los dos miembros aportan descendencia a la relación.
10 recomendaciones para el uso no sexista del lenguaje, segunda edición, CONAPRED, 2009.
Androcéntrico: Visión del mundo y de las relaciones sociales centrada en el punto de vista masculino.
2
3
Evitar expresiones sexistas que denotan
desprecio, subordinación o ridiculización de las
mujeres.
Reafirmar su fundamento como personas
conscientes de sus deberes y derechos en las
esferas pública y privada.
Religiones
La prácca de credos y fe, propicia en muchas
ocasiones, desventajas, exclusiones y limitaciones
en contra de las mujeres, que se ven abocadas al
silencio, la indiferencia y el no reconocimiento de sus
derechos humanos.
Usos y costumbres
Si bien éstos expresan el mosaico y la diversidad
cultural, en ocasiones las tradiciones históricamente
asignadas en muchos pueblos y comunidades
perpetúan ritos y práccas que impiden el desarrollo
en condiciones de igualdad de mujeres con relación
los hombres.
Instuciones
Las práccas conservadoras y existentes en las
instuciones han facilitado que las mujeres se vean
perjudicadas en muchos campos como salarios,
presencia políca, acceso a puestos de responsabilidad
y, en suma, en plenas condiciones de igualdad.
Legislación
Si bien se ha avanzado mucho para lograr la plena
igualdad legal, es necesario promulgar leyes con
perspecva de género y no solo adicionar el
componente mujer.
Ulizar un lenguaje igualitario y no excluyente,
permite visibilizar a las mujeres rompiendo con
estereopos y prejuicios sexistas y equilibrar las
asimetrías de género y,
4
4
IV.- La perspectiva de género
Con frecuencia quienes trabajan en apoyo a las
mujeres vícmas de violencia ulizan el término
"perspecva de género (PG)", el cual merece ser
analizado y entendido como una herramienta
conceptual que busca mostrar que las diferencias
entre mujeres y hombres se dan, más que por su
determinación biológica, por las diferencias culturales
asignadas a los seres humanos, es decir, este concepto
propone tomar en consideración y prestar atención a
las diferencias entre mujeres y hombres en cualquier
acvidad o ámbito dados en una políca.
Uno de los principios básicos de los cuales parte este
enfoque es que resulta posible eliminar las causas de la
opresión de género -como la desigualdad, la injuscia
y la jerarquización de las personas basada en el sexo-, a
través de un análisis social que arroje luz sobre las
estructuras que sirven de sostén a esa opresión.
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
¿Quienes nos ayudan a ser mujeres y hombres?
ESTADO
ECONOMIA
fAMILIAS
Instituciones
RELIGIÓN
COMUNIDAD
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
ESCUELA
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
La perspecva de género es definida por la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia que, en su arculo 5.IX, considera
que "Es una visión cienfica, analíca y políca sobre las mujeres y los
hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como
la desigualdad, la injuscia y la jerarquización de las personas basada en
el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el
adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad
en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de
derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la
representación políca y social en los ámbitos de toma de decisiones".
La perspecva de género permite:
Hacer visibles las condiciones y necesidades
diferenciadas de mujeres y hombres.
Detectar los factores de desigualdad.
Desarrollar acciones para modificar las
estructuras que sosenen las relaciones
desiguales entre sexos.
DESNATURALIZAR las explicaciones sobre las
diferencias entre mujeres y hombres, basadas
en la biología.
COMPRENDER los procesos que convierten
las diferencias biológicas en desigualdades
sociales.
IDENTIFICAR vías alternavas para modificar
la desigualdad de género y promover la
equidad.
VISIBILIZAR la experiencia de los hombres en
su condición de género, y considerarlos en su
diversidad.
V.- Igualdad y no
discriminación: dos retos
para la erradicación de la
violencia de género
Si hay violencia, hay desigualdad y se producen
discriminaciones y efectos nocivos para quienes
son vícmas de algún episodio de la misma.
Por ello, hay que visibilizar que la igualdad es un
derecho humano que, teóricamente, todas las
personas deberíamos de tener. En el caso de la
igualdad de género ha sido una conquista
histórica de las mujeres. Hace 250 años
plantearse la igualdad de derecho era un hito
inconcebible ya que se consideraba que las
mujeres eran naturalmente diferentes e
inferiores a los hombres. Hoy en día ese derecho
ya se encuentra reconocido en muchas
constuciones y leyes específicas. México no es
una excepción.
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
La violencia de género constuye una de las
conductas más deplorables de las sociedades. Es
inclusive, uno de los símbolos más brutales de la
desigualdad y es, en toda la extensión de la palabra,
un ataque a los derechos fundamentales de la
persona humana. Esta forma de violencia se basa en
una relación de poder desigual y su ejercicio
contribuye a perpetuar esta desigualdad. En efecto,
la existencia de marcadas normas de género que
establecen los roles socialmente aceptables para
hombres y mujeres, proporciona la jusficación
social para el uso de la violencia en la pareja.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas 4
4
Sabemos bien que no basta decretar la igualdad en la
ley si en la realidad no es un hecho. Para que así lo sea,
la igualdad debe traducirse en oportunidades reales y
efecvas, algunas de ellas, entre otras muchas serían:
ir a la escuela, acceder a un trabajo, servicios de salud
y seguridad social; comper bajo criterios objevos y
razonables por puestos o cargos de representación
popular; gozar de libertades para elegir pareja,
conformar una familia y parcipar en los asuntos de
nuestras comunidades, organizaciones y pardos
polícos.
Para que la igualdad sea una realidad, es importante
tener presente que no basta con la acción de los
gobiernos. Los y las ciudadanas también debemos
acvarnos en consecuencia mediante la apropiación
de los derechos y la capacidad para hacerlos valer.
Por su parte, la discriminación de acuerdo con el
arculo 1 de la Convención para la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW, por sus siglas en inglés) es entendida como:
En México, el arculo 1.III de la Ley Federal para
Prevenir y Eliminar la Discriminación, amplía los
supuestos en los que personas, grupos o
colecvidades pueden ser discriminados. "Para los
efectos de esta ley se entenderá por discriminación
toda disnción, exclusión, restricción o preferencia
que, por acción u omisión, con intención o sin ella,
no sea objeva, racional ni proporcional y tenga
por objeto o resultado obstaculizar, restringir,
impedir, menoscabar o anular el reconocimiento,
goce o ejercicio de los derechos humanos y
libertades, cuando se base en uno o más de los
siguientes movos: el origen étnico o nacional, el
color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad,
las discapacidades, la condición social, económica,
de salud o jurídica, la religión, la apariencia sica,
las caracteríscas genécas, la situación
migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones,
las preferencias sexuales, la idendad o filiación
políca, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, el idioma, los
antecedentes penales o cualquier otro movo".
La propia ley reconoce que: "También se
entenderá como discriminación la homofobia,
misoginia, cualquier manifestación de xenofobia,
segregación racial, ansemismo, así como la
discriminación racial y otras formas conexas de
intolerancia".
En nuestro país y estado normavo, establece el
derecho a la no discriminación, como lo es:
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Ley general para
la igualdad entre
mujeres y hombres
Constitución política
de los Estados
Unidos Mexicanos
Se prohíbe la discriminación por razones de género y establece
que el varón y la mujer son iguales ante la ley (arculos 1º y 4).
Entre los principios rectores y respecto a la no discriminación
por razón de sexo señala como sujetos de derechos de dicha ley a
quienes se encuentren con algún po de desventaja ante la
violación del principio de igualdad (arculos 2 y 3).
VI.- Las masculinidades: de
la hegemonía a la alternancia
En los úlmos años se ha reconocido que para
erradicar la violencia y lograr la igualdad sustanva,
es necesario involucrar a los hombres en el proceso
igualitario.
¿Qué significan y qué implican las nuevas
masculinidades?
Las masculinidades son el conjunto de atributos,
valores, comportamientos y conductas que se
atribuyen del ser hombre en una sociedad
determinada, las cuales, hoy en día, deben estar
encaminadas a relaciones que propicien la igualdad.
Involucrando a los hombres en el proceso igualitario
permirá, más fácilmente, lograr la igualdad
sustanva. Mientras esto se consolida, sigue
primando la llamada masculinidad hegemónica, es
decir, la derivada de la cultura patriarcal, que es rígida
e inflexible con el pensar y actuar de las personas y
que ha propiciado exclusiones, disparidades y la
aceptación social de una cultura de poderío
masculino y donde el machismo ha sidodominante.
La masculinidad hegemónica suele caracterizarse por
el hecho que sus miembros intentan ser personas
importantes, independientes, autónomas, acvas,
producvas, heterosexuales y a nivel familiar
proveedores y con amplio control sobre sus
emociones.
Por el contrario, en los úlmos años se intenta
reconstruir el género y plantear alternavas a las
masculinidades tradicionales a través de nuevas
formas de comportamiento y convivencia mediante
l a a lte r n a n c i a . A trav é s d e l a s n u e v a s
masculinidades, se pretende construir una sociedad
en la que el dominio masculino esté ausente y para
ello se debe de educar en contextos de igualdad, no
discriminación y construir vidassin violencias.
Es así que las nuevas masculinidades intentan que los
hombres elijan caracteríscas, actudes y conductas
nuevas, de ahí que hay hombres que toman lo bueno
de unas y otras, obteniendo la posibilidad de elegir
cómo relacionarse con otros, entendiendo que las
relaciones no deben ser violentas, ni implica
atracción sexual, respeta los derechos a definir
preferencias sexuales y asume que los hombres
enen senmientos como las mujeres, de igual forma
evalúan posivamente la amistad entre hombres.
VII.- ¿Qué es la violencia de
género y cómo contrarrestarla?
La violencia de género se produce desde empos
inmemoriales, fruto de la construcción de los géneros
que ha permido que el uso del poder masculino
ocacione violencias en contra de las mujeres. Éstas
estuvieron durante siglos ocultas e invisibles bajo el
esquema de que las mujeres no tenían derechos en
un primer momento de la historia, o, más tarde, los
tuviesen limitados. Ello permió el abuso del poder y,
consecuentemente, el ejercicio de las violencias.
La violencia de género se define como
cualquier violencia ejercida contra una
persona en función de su idendad o
condición de género, sea hombre o mujer,
tanto en el ámbito público como en el privado.
Las mujeres suelen ser las vícmas principales
de tal violencia, debido a la situación de
desigualdad y discriminación en la que viven.
(Centro Interagencial de Género).
¿Qué es la violencia
contra las mujeres?
La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia
contra la Mujer de las Naciones Unidas la define
como: "Todo acto de violencia basado en la
pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda
tener como resultado un daño o sufrimiento sico,
sexual o psicológico para la mujer, inclusive las
amenazas de tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la
vida pública o privada".
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia define la violencia contra las
mujeres como: “Cualquier acción u omisión,
basada en su género, que les cause daño o
sufrimiento psicológico, sico, patrimonial,
económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito
privado como en el público”.
Como señala la Exposición de Movos de la Ley de
Acceso de las mujeres a una Vida Libre de Violencia
para el Estado de Zacatecas (LAMVLVZ), la
violencia de género constuye una de las
conductas más deplorables de las sociedades. Es
inclusive, uno de los símbolos más brutales de la
desigualdad y es, en toda la extensión de la palabra,
un ataque a los derechos fundamentales de la
persona humana.
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Esta forma de violencia se basa en una relación
de poder desigual y su ejercicio contribuye a
perpetuar esta desigualdad. La existencia de
marcadas normas de género que establecen los
roles socialmente aceptados para hombres y
mujeres, proporciona la justificación social para
el uso de la violencia en la pareja.
Por tanto, la violencia contra las mujeres es un
tipo de violencia de género ejercida contra ellas
por su condición de mujer. Esta violencia
presenta numerosas facetas que van desde los
micromachismos y las discriminaciones, a la
agresión física, sexual, económica, patrimonial y
psicológica.
Más aún, la trata de mujeres y el feminicidio son
dos exponentes claros de violencia extrema
contra las mujeres, puesto que son éstas
quienes, mayormente, son víctimas de estos
delitos. La trata de mujeres atenta contra un
elevado número de derechos humanos como
los son la libertad, dignidad o individualidad
pero también, aglutina un alto número de
violencias al estar presente la física, sexual,
psicológica, moral y, en muchos casos, la
económica y patrimonial.
La violencia de género se exterioriza, igualmente,
por medio de los feminicidios , es decir, el
asesinato donde a la mujer o niña se le priva de su
vida por su condición, consecuencia de la
misoginia y el poder desequilibrante.
Para eliminar la violencia son necesarias
medidas desde la prevención y atención, que
unidas a las de carácter sancionador.
Algunas medidas para la prevención
de la violencia contra las mujeres:
C re a c i ó n d e c e ntro s d e
asesoramiento, información y
documentación
Invesgación documental y de
campo
Sensibilización ciudadana
Cultura de denuncia
Protocolos interinstucionales
Legislación avanzada y con
perspecva de género
Algunas medidas para la atención de la
violencia contra las mujeres:
Centros especializados 24
horas
Refugios y albergues
Centros de Juscia para
Mujeres.
Los micromachismos son práccas de dominación y violencia masculina en la vida codiana que, en ocasiones, son consideradas
impercepbles.
Femicidios:
5
5
6
6
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
VIII.- Tipos de violencia
Un atentado contra la integridad, la dignidad y la
libertad de las mujeres, independientemente del
ámbito en el que se produzca
De acuerdo a Ley general de acceso de las mujeres a
una vida libre de violencia para el Estado de
Zacatecas, se idenfican 5 pos:
1
2
3
psicológica
física
sexual
Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que
puede consisr en: negligencia, abandono, descuido reiterado,
celopia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, desamor,
indiferencia, infidelidad, comparaciones destrucvas, rechazo,
restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la
vícma a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoesma
e incluso al suicidio.
Es el uso de la fuerza sica para provocar daño, no accidental; o con
algún po de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean
internas, externas, o ambas.
Son los actos que degradan o dañan el cuerpo y/o la sexualidad de la
vícma y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad
sica. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía
masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto.
¿Te reconoces en alguna de estas situaciones?
VIOLENCIA Física
Si te empujan, pellizcan, golpean,
jalonean o dañan cualquier parte de tu
cuerpo, sea o no visible.
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
4
5
económica
patrimonial
Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia
económica de la vícma. Se manifiesta a través de limitaciones
encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así
como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un
mismo centro laboral.
Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la vícma.
Puede manifestarse en: la transformación, sustracción, destrucción,
retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y
valores, derechos patrimoniales o recursos económicos desnados a
sasfacer necesidades y puede abarcar los daños a los bienes
comunes o propios de la vícma.
IX.- Manifestaciones e
indicadores de la violencia
La violencia se puede manifestar de diversas formas y
de manera relacionada, por lo que cualquier expresión
de la misma debe ser objeto de conciencia y atención.
Dentro de la violencia sica se pueden encontrar las
siguientes manifestaciones:
Golpes, empujones, cachetadas, patadas, pellizcos,
quemaduras, mordeduras, arañazos, perforaciones,
así como daños con armas u objetos.
Los indicadores de dichas manifestaciones son:
Lesiones específicas a partir de las manifestaciones,
hematomas, fracturas, cortes, heridas, discapacidad, pérdida
de la vida.
21
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Dentro de la violencia psicológica algunas
manifestaciones son:
Negligencia, abandono, descuido
r e it e r a d o , c e l o p i a , i n s u lt o s,
humi l l a c iones, deva lua c iones,
marginación, indiferencia, infidelidad,
comparaciones destrucvas, rechazo,
restricción a la autodeterminación y
amenazas, hoslidad verbal o no verbal.
Los indicadores de dichas
manifestaciones son:
Depresión, aislamiento,
devaluación de su autoestima e
incluso suicidio, sensación de
ahogo, mareo, inestabilidad, poca
hambre/voracidad, dificultad para
tomar decisiones, palpitaciones,
taquicardia.
Psicológica:
Pueden ser gritos, insultos,
amenazas, humillaciones y
actitudes hirientes
Dentro de la violencia sexual (maltrato sexual,
abuso sexual, agresión sexual, acoso sexual,
hosgamiento sexual), se pueden encontrar las
siguientes manifestaciones:
Cualquier acto que degrada o daña el cuerpo
y/o la sexualidad de la vícma y que por tanto
atenta contra su libertad, dignidad e integridad
sica, agresiones, abusos, realización de
práccas no deseadas, violación, tocamientos,
rozamientos, miradas, palabras y acciones
obscenas.
Los indicadores de dichas
manifestaciones son, entre
otras, las siguientes:
Hematomas, heridas, sangrado anal y
genital, contusiones en el aparato
reproductor, dolor, lesiones, daño en
mamas y en clítoris, vagina,
aislamiento, miedo, depresión.
Sexual:
Miradas lascivas, comentarios
maliciosos, penetración con el
pene u objetos
22
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Dentro de la violencia patrimonial encontramos
las siguientes manifestaciones:
La transformación, sustracción, destrucción,
retención o distracción de objetos, documentos
personales, bienes y valores, derechos
patrimoniales o recursos económicos desnados
a sasfacer sus necesidades y puede abarcar los
daños a los bienes comunes o propios de la
vícma.
Los indicadores de dichas
manifestaciones son, entre otras, las
siguientes:
Daño patrimonial, vulnerabilidad, abandono,
indefensión, engaño, abuso.
VIOLENCIA
Patrimonial
ES Cuando dañan
o destruyen tus
bienes y
pertenencias
Dentro de la violencia económica las
manifestaciones más frecuentes son:
Acciones u omisiones del agresor que afectan la
supervivencia económica de la vícma,
limitaciones encaminadas a controlar el ingreso
de sus percepciones económicas, así como la
percepción de un salario menor por igual
trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
Los indicadores de dichas manifestaciones son, entre
otras, las siguientes:
Daño económico, vulnerabilidad, abandono,
indefensión, engaño, abuso
Si bien, la violencia moral, en ocasiones, se
ubica dentro de la psicológica, es importante
reconocer sus peculiaridades y las siguientes
manifestaciones:
Todo acto u omisión encaminados a la vejación,
escarnio y mofa de la vícma que se sienta
afectada en su calidad humana y en su moral
como persona como burlas, comparaciones,
chantajes, manipulación.
Los indicadores de dichas
manifestaciones son,
entre otras, las
siguientes:
Depresión, desprecio de
los demás, aislamiento,
imposibilidad de
integración social,
devaluación de su
autoestima,
pensamientos de suicidio,
sensación de ahogo,
mareo, inestabilidad,
poca hambre/voracidad,
dificultad para tomar
decisiones, palpitaciones,
taquicardia.
24
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
X.- Modalidades de la violencia
Son todas las formas y los lugares en que se presenta y ocurre la violencia contra las mujeres.
Violencia
familiar
Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar,
someter, controlar, o agredir de manera sica, verbal, psicológica,
patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio
familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por
consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o hayan
mantenido una relación de hecho.
Violencia
laboral
y docente
Violencia en
la Comunidad
Violencia
Institucional
Violencia
Feminicida
Se ejerce por las personas que enen un vínculo laboral, docente o
análogo con la vícma, independientemente de la relación jerárquica,
consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la
autoesma, salud, integridad, libertad y seguridad de la vícma, e impide
su desarrollo y atenta contra la igualdad.
Puede consisr en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya
suma produce el daño. También incluye el acoso o el hosgamiento sexual.
Son los actos colecvos que transgreden derechos fundamentales de las
mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o
exclusión en el ámbito público.
Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier
orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar
o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así
como su acceso al disfrute de polícas públicas desnadas a prevenir,
atender, invesgar, sancionar y erradicar los diferentes pos de violencia.
Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto
de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado,
conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden
conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y
otras formas de muerte violenta de mujeres.
25
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
XI.- Marco normativo
El Estado Mexicano ha firmado y raficado disntos
tratados y convenciones dirigidos al avance de los
derechos humanos de las mujeres. Igualmente, ha
sido parte integrante en diferentes conferencias
mundiales y cumbres internacionales, tanto las
organizadas por las Naciones Unidas como por el
Sistema Interamericano.
De igual manera, dispone de una nutrida
normavidad nacional y la armonización legislava
de la misma ha impactado en las endades
federavas, entre ellas en Zacatecas, al disponer de
legislación local en la materia.
INSTRUMENTOS INT ERNACIONAL ES DE L
SISTEMA DE NACIONES UNIDAS
Carta de las Naciones Unidas (CNU)
Firmada en San Francisco, el 26 de junio de 1945 es el
primer instrumento que incluye medidas dirigidas a
lograr la igualdad, así como la no discriminación por
razón de sexo.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
(DUDH)
Establece los derechos de carácter civil, políco,
social, económico y cultural. Se firmó el 10 de
diciembre de 1948 y señala que toda persona ene
los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin disnción alguna de raza, color,
sexo, idioma, religión, opinión políca o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Convención sobre los derechos polícos de la mujer
(CDPM)
Aprobada el 20 de diciembre de 1952 y entró en
vigor el 7 de julio de 1954. Es el primer instrumento
que prevé la incorporación de las mujeres en la vida
políca.
En el texto se contempla la voluntad por parte de los
Gobiernos firmantes de establecer la prácca del
principio de igualdad de derechos de hombres y
mujeres en el disfrute y ejercicio de los derechos
polícos.
Pacto Internacional de derechos civiles y polícos
(PIDCP)
Es un tratado mullateral general que reconoce
Derechos civiles y polícos y establece mecanismos
para su protección y garana. Fue adoptado por la
Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de
diciembre de 1966, entrando en vigor el 3 de enero
de 1976.
Los derechos que regula son la protección por
movos de sexo, religiosas, raciales u otras formas
de discriminación, la libertad individual de creencia,
expresión, asociación, libertad de prensa y el
derecho a celebrar asambleas.
Convención para la eliminación de todas las formas
de discriminación contra la mujer (Convención
CEDAW)
El 18 de diciembre de 1979 se aprobó por parte de la
Asamblea General de Naciones Unidas, la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que ha
sido considerada la Carta Magna respecto al
reconocimiento de los derechos de las mujeres.
26
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
INSTRUMENTOS INT ERNACIONAL ES DE L
SISTEMA INTERAMERICANO
Declaración Americana de los Derechos y Deberes
del Hombre (DADDH)
Aprobada en 1948, en Bogotá, es el primer acuerdo
internacional sobre derechos humanos y recoge los
derechos de igualdad y no discriminación cuando
en su arculo 3 señala que "Todas las personas son
iguales ante la ley. Para el goce de los derechos
civiles no podrán establecerse restricciones que se
basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o
religión. No se reconocen empleos ni privilegios
hereditarios"
Convención Americana sobre Derechos Humanos
(Pacto de San José de Costa Rica)
Aprobada en 1969, México, como país que la firmó
y raficó,se compromete a respetar los derechos y
libertades reconocidos en ella y a garanzar su libre
y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su
jurisdicción, sin discriminación alguna por movos
de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones
polícas o de cualquier otraíndole, origen nacional
o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición social.
Protocolo Adicional a la Convención Americana
sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de
San Salvador)
Aprobado en 1988, México como parte, contratante
se compromete a garanzar el ejercicio de los
derechos que en él se enuncian, sin discriminación
alguna por movos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opiniones polícas o de cualquier otra
índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición social.
Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
"Convención de Belém do Pará"
La Convención de Belém do Pará fue adoptada y
abierta a la firma, raficación y adhesión por la
Asamblea General de la Organización de Estados
Americanos, el 9 de junio de 1994.
Contempla como violencia contra la mujer aquella
que incluye la violencia sica, sexual y psicológica
en los siguientes casos:
a) Que tenga lugar dentro de la familia o
unidad domésca o en cualquier otra relación
interpersonal, ya sea que el agresor comparta o
haya compardo el mismo domicilio que la mujer, y
que comprende, entre otros, violación, maltrato y
abuso sexual;
b) Que tenga lugar en la comunidad y sea
perpetrada por cualquier persona y que
comprende, entre otros, violación, abuso sexual,
tortura, trata de personas, prostución forzada,
secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así
c o m o e n i n s t u c i o n e s e d u c a v a s ,
establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y
c) Que sea perpetrada o tolerada por el
Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
ALGUNOS COMPROMISOS INTERNACIONALES
EN LOS QUE MÉXICO HA SIDO PARTE
Conferencia de Ciudad de México, de 1975
Conferencia de Copenhague, de 1980
Conferencia de Nairobi, de 1985
Conferencia de Viena, de 1993
Conferencia de El Cairo, de 1994
Conferencia de Beijing, de 1995 y las posteriores
reuniones quinquenales derivadas de la misma
(Beijing +5, +10, +15 y +20, respecvamente).
Declaración del Milenio
Conferencia de Quito, de 2007
Conferencia de Brasilia, de 2010
LEGISLACIÓN NACIONAL
Ley del Instuto Nacional de las Mujeres (LINM)
El objeto general del Instuto es promover y
fomentar las condiciones que posibiliten la no
discriminación, la igualdad de oportunidades y de
trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los
derechos de las mujeres y su parcipación equitava
en la vida políca, cultural, económica y social del
país.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la
Discriminación (LFPED)
Promulgada en el año 2003, su objevo principal es
prevenir y el iminar todas las formas de
discriminación que se ejerzan contra cualquier
persona en los términos del arculo 1 de la
Constución Políca de los Estados Unidos
Mexicanos, así como promover la igualdad de
oportunidades y de trato.
Ley general para la igualdad entre mujeres y
hombres (LGIMH)
Promulgada el 2 de agosto de 2006, ene como
principios rectores el de la propia igualdad y,
también, el de no discriminación, el de equidad, así
como todos aquellos contemplados en la
Constución Políca de los Estados Unidos
Mexicanos.
El ámbito de actuación, de acuerdo con lo previsto en
el arculo 7, abarca a la Federación, los Estados, el
Distrito Federal y los Municipios, todos ellos en su
calidad de entes encargados de establecer las bases
d e c o o r d i n a c i ó n p a r a l a i n t e g r a c i ó n y
funcionamiento del Sistema Nacional para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia (LGAMVLV).
Promulgada el 1° de febrero del 2007, ene como
objeto establecer la coordinación entre la
Federación, las endades federavas, el Distrito
Federal y los municipios para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres, así como los
principios y modalidades para garanzar su acceso a
una vida libre de violencia que favorezca su
desarrollo y bienestar conforme a los principios de
igualdad y de no discriminación, así como para
garanzar la democracia, el desarrollo integral y
sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen
democráco establecidos en la Constución Políca
de los Estados Unidos Mexicanos.
28
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los
Delitos en Materia de Trata de Personas y para la
protección y asistencia a las vícmas de estos delitos
(LGPSETP)
Puesto que la trata de personas es una forma de
violencia extrema y se comete mayormente contra
mujeres y niñas, la promulgación de esta ley en el año
2012 ha supuesto un gran avance en contra de la
violencia machista. En el arculo 10 del texto se
señalan las formas de explotación que son la
esclavitud; la condición de siervo; la prostución
ajena u otras formas de explotación sexual; la
explotación laboral; el trabajo o servicios forzados; la
mendicidad forzosa, en los términos del arculo 24 de
la presente Ley; la ulización de personas menores de
dieciocho años en acvidades delicvas; la adopción
ilegal de persona menor de dieciocho años; el
matrimonio forzoso o servil; el tráfico de órganos,
tejidos y células de seres humanos vivos y la
experimentación biomédica ilícita en seres humanos.
Código Penal Federal
El arculo 325 establece que comete el delito de
feminicidio quien prive de la vida a una mujer por
razones de género. Se considera que existen razones
de género cuando concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
I. la vícma presente signos de violencia sexual de
cualquier po;
II. a la vícma se le hayan infligido lesiones o
mulaciones infamantes o degradantes, previas o
posteriores a la privación de la vida o actos de
necrofilia;
III. existan antecedentes o datos de cualquier po de
violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del
sujeto acvo en contra de la vícma;
IV. haya exisdo entre el acvo y la vícma una
relación senmental, afecva o de confianza;
V. existan datos que establezcan que hubo amenazas
relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o
lesiones del sujeto acvo en contra de la vícma;
VI. la vícma haya sido incomunicada, cualquiera que
sea el empo previo a la privación de la vida;
VII. el cuerpo de la vícma sea expuesto o exhibido en
un lugar público.
A quien cometa el delito de feminicidio se le
impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de
quinientos a mil días multa.
Además de las sanciones descritas en el presente
arculo, el sujeto acvo perderá todos los derechos
con relación a la vícma, incluidos los de carácter
sucesorio.
LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS
Constución Políca del Estado de Zacatecas
En su arculo 21 establece que: "En el Estado de
Zacatecas todas las personas gozarán de los derechos
humanos reconocidos en la Constución Políca de
los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados
Internacionales de los cuales el Estado Mexicano sea
parte, y los señalados en esta Constución y las leyes
que de ella emanen, así como de las garanas para su
protección cuya vigencia no podrá suspenderse ni
restringirse sino en los casos y mediante los
procedimientos que los respecvos ordenamientos
determinen".
En el mismo arculo se señala "Queda prohibida toda
forma de discriminación movada por el origen
étnico, nacional o regional, el género, la raza, el color
de piel, las caracteríscas sicas, el idioma, el estado
civil, la edad, la profesión, el trabajo desempeñado, la
condición social o económica, las discapacidades, las
condiciones de salud, el estado de embarazo, las
costumbres, las preferencias sexuales, las ideologías
o creencias religiosas, la calidad migratoria o
cualquier otra que atente contra la dignidad humana
29
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos
y libertades de las personas".
Por su parte, la igualdad como principio también se
reconoce en el arculo 22 cuando se dice que: "La
mujer y el varón son iguales ante la ley y deben gozar de
las mismas oportunidades para el desenvolvimiento de
sus facultades sicas e intelectuales, así como de las
mismas seguridades para la preservación de su vida,
integridad sica y moral, y su patrimonio.
Se reconoce la equidad entre los géneros como
principio necesario para el desarrollo del pueblo
zacatecano. El Estado promoverá este postulado para
lograr una sociedad más justa y equitava, y la ley
determinará las facultades y acciones que deban
aplicarse para el cumplimiento de este fin".
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia para el Estado de Zacatecas
Publicada el 17 de enero de 2009, y de acuerdo con su
arculo 2 “ene por objeto prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
en el Estado, así como establecer la coordinación
entre las instancias de la administración pública del
estado y los municipios, y los principios, instrumentos
y mecanismos que favorezcan su desarrollo y
bienestar y garancen su acceso a una vida libre de
violencia”.
Ley para prevenir y erradicar toda forma de
discriminación en el estado de Zacatecas
Publicada el 29 de julio de 2006 y que de conformidad
con su arculo 3 establece que: "Queda prohibida
toda forma de discriminación movada por el origen
étnico, nacional o regional, el género, la edad, las
discapacidades, la condición social o económica, las
condiciones de salud, las opiniones, las preferencias
sexuales, el estado civil, el trabajo desempeñado, las
costumbres, la raza, las ideologías o creencias
religiosas, la migración o cualquier otra que atente
contra la dignidad humana y tenga por objeto anular
o menoscabar los derechos y libertades de las
personas".
Ley para la igualdad entre mujeres y hombres en el
estado de Zacatecas
Publicada el 24 de mayo de 2008, y cuyo objeto es
regular y garanzar el derecho a la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres, para
eliminar la discriminación de la mujer, cualquiera que
sea su circunstancia o condición, tanto en el ámbito
público como en el privado.
Ley para prevenir, atender, combar y erradicar la
trata de personas en el estado de Zacatecas
Publicada el 28 de febrero de 2015, y como se
contempla en su arculo 7 "Se reconocerán como
vícmas de estos delitos a aquella persona sica que
directa o indirectamente ha sufrido daño o el
menoscabo de sus derechos producto de una
violación de derechos humanos o de la comisión de
un delito".
En su arculo 8 desglosa textualmente a quienes
consideran Grupos Vulnerables a los Delitos de Trata
de Personas, a saber:
I. Las Mujeres;
II. Las niñas, niños y adolescentes;
III. Los Migrantes, en parcular las niñas y niños
migrantes no acompañados;
IV. Las Personas con Discapacidad;
V. Los Indígenas;
VI. Las Personas en condición de calle;
VII. Las Personas en condición de pobreza extrema, y
VIII. Las Vícmas Directas e Indirectas de Violencia
Domésca.
30
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Código Penal para el Estado de Zacatecas
Publicado el 17 de mayo de 1986. Entre los arculos
y/o tulos que inciden mayormente en los Derechos
Humanos de las Mujeres destacan: el 182 bis respecto
al delito de discriminación; el 187 en cuanto a
lenocinio; el tulo décimo segundo con relación a los
diferentes delitos que atentan contra la libertad
sexual e integridad de las personas, el arculo 254 en
sus disntos incisos con relación a la violencia familiar.
El arculo 309 bis establece que “Comete el delito de
feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones
de género. A quien cometa el delito de feminicidio se le
impondrán de veinte a cincuenta años de prisión y multa de
doscientas a trescientas sesenta y cinco cuotas.
Se considera que existen razones de género cuando
concurra alguna de las siguientes circunstancias:
I. La vícma presente signos de violencia sexual de
cualquier po;
II. A la vícma se le hayan infligido lesiones o mulaciones
infamantes o degradantes, previas o posteriores a la
privación de la vida o actos de necrofilia;
III. Existan antecedentes o datos de cualquier po de
violencia de género del sujeto acvo en contra de la vícma;
se entenderá por violencia de género en los términos
definidos por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia;
IV. Haya exisdo entre el acvo y la vícma una relación
senmental, afecva, de confianza, de parentesco por
consanguinidad o afinidad; de matrimonio; de
concubinato; noviazgo o cualquier otra relación de hecho o
amistad;
V. Se haya dado entre el acvo y la vícma una relación
laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o
superioridad o inclusive cuando implique deber de brindar
cuidados;
VI. Existan datos que establezcan que hubo amenazas
relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del
sujeto acvo en contra de la vícma;
VII. La vícma haya sido incomunicada, cualquiera que sea
el empo previo a la privación de la vida;
VIII. El cuerpo de la vícma sea expuesto o exhibido en un
lugar público.
Además de las sanciones descritas en el presente arculo, el
sujeto acvo perderá todos los derechos con relación a la
vícma, incluidos los de carácter sucesorio.
La reparación del daño a la que alude el arculo 34 del
presente código, en los casos de feminicidio deberá
determinarse conforme al principio de integralidad
contenido en la Ley General de Vícmas, así como
atendiendo los parámetros de dicha norma.
En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las
reglas del homicidio.
Al ser vidor públi co que retarde o entorpezca
maliciosamente o por negligencia la procuración o
administración de juscia se le impondrá pena de prisión de
tres a ocho años y de doscientos cincuenta a trescientos
sesenta y cinco días de multa, además será destuido e
inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro
empleo, cargo o comisión públicos”
XII.- Algunas teorías acerca
de la violencia de género
Son diferentes las teorías acerca de la violencia de
género que permiten visibilizar los disntos
componentes que confluyen en la violencia
ocasionada en contra de las mujeres.
Es importante conocer la que se ha venido
conociendo como el Ciclo de la Violencia, planteada
en 1984 por Leonore E. Walker.
El ciclo cumple tres fases muy determinantes:
31
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
Acumulación de la tensión.
El agresor se enoja, discute y culpa a la mujer,
provocando un aumento de tensión en la relación. En
este periodo inicial la mujer normalmente puede
ejercer un mínimo de control sobre la frecuencia y
severidad de los episodios de abuso.
Explosión o incidente agudo de la violencia.
En esta fase explota la tensión acumulada y
sobreviene la violencia sica, siempre acompañada
de violencia psicológica y, a veces, también de
agresiones o abusos de índole sexual. En este
episodio es cuando, en ocasiones, la mujer se decide
a acudir a los centros sanitarios, a requerir el apoyo
de los recursos sociales y a los centros de bienestar
social y promoción de la igualdad existente en su
lugar de residencia y hasta puede decidirse a
interponer una denuncia ante los organismos
pernentes.
Luna de miel o reconciliación.
Esta fase es el resultado del alivio de la tensión, se
caracteriza por el arrepenmiento del agresor y la
esperanza por parte de la vícma de que las
relaciones conyugales van a mejorar. En múlples
ocasiones, el propio agresor llega a minimizar el abuso
e inclusive culpa a la mujer por provocarlo. Es esta
etapa de reconciliación y esperanza de cambio lo que
comúnmente suele atrapar a la mujer en la relación.
02
01
03
Ciclo de la
Violencia
TENSIÓN
AGRESIÓN LUNA DE
MIEL
Aumenta la tensión, la vícma
intenta calmar al abusador y
adelantarse a todo lo que
él/ella pueda desear.
La tensión acumulada
causa abusos verbales
graves, ataques sicos o
sexuales violentos.
Fase de reconciliación
o luna de miel, el
a b u s a d o r u s a
mecanismos de defensa como
culpar a los demás o minimizar
la violencia.
32
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
También, es oportuno saber la Teoría de la
indefensión aprendida, de Marn Seligman, la cual
nos ayuda a explicar las reacciones que una mujer
vícma de maltrato puede realizar, ya que la
situación de inseguridad del maltrato y la pérdida de
capacidad para predecir las consecuencias de sus
actos origina en la mujer respuestas de ansiedad y
alerta permanentes. El hecho de que se adapte a las
exigencias del agresor no es consecuencia de una
actud pasiva, sino de una respuesta adaptava para
aumentar las posibilidades de supervivencia.
XIII.- Conceptos básicos
para entender la violencia de
género
ANDROCENTRISMO
Enfoque que centraliza la experiencia humana
únicamente desde la perspecva masculina.
DISCRIMINACIÓN
Todo acto u omisión basado en prejuicios o
convicciones relacionados con el sexo, la raza, la
pertenencia étnica, el color de la piel, la
nacionalidad, la lengua, la religión, las creencias
polícas, el origen y la condición social o económica,
el estado civil, el estado de salud, la situación real o
potencial de embarazo, el trabajo o la profesión, las
caracteríscas sicas, la edad, la preferencia sexual,
cualquier forma de discapacidad (o una combinación
de éstos u otros atributos), que genera la anulación,
el menoscabo o la restricción del reconocimiento, el
goce o el ejercicio de los derechos humanos, las
libertades fundamentales y la igualdad real de
oportunidades de las personas.
GÉNERO
Refiere a los conceptos sociales de las funciones,
comportamientos, acvidades y atributos que cada
sociedad considera apropiados para los hombres y
l a s mujeres. L a s diferentes func iones y
comportamientos pueden generar desigualdades de
género, es decir, diferencias entre los hombres y las
mujeres que favorecen sistemácamente a uno de
los dos grupos.
PATRIARCADO
Forma de organización políca, económica,
religiosa y social basada en la idea de autoridad y
liderazgo del varón, en la que se da el predominio de
los hombres sobre las mujeres, el marido sobre la
esposa, del padre sobre la madre y los hijos e hijas, y
de la línea de descendencia paterna sobre la
materna.
PERSPECTIVA DE GÉNERO
Herramienta conceptual que busca mostrar que las
diferencias entre mujeres y hombres se dan, más
que por su determinación biológica, por las
diferencias culturales asignadas a los seres
humanos.
33
MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
POLÍTICAS DE IGUALDAD
Son polícas de igualdad de oportunidades que enen la finalidad de garanzar
que tanto las mujeres como los hombres puedan parcipar en todas las esferas
de la vida económica, políca, social y de toma de decisiones
EMPODERAMIENTO
Proceso por el que las mujeres se transforman en
agentes acvos de sus deseos, intereses y
necesidades, lo que supone la alteración de los
determinantes y estructuras que reproducen la
subordinación de las mujeres
INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PERSPECTIVA
DE GÉNERO
Mandato de inclusión del género en las polícas y
acciones del Estado
MASCULINIDADES
Conjunto de atributos, valores, comportamientos
y conductas que son caracteríscas del ser hombre
en una sociedad determinada.
SEXISMO
Expresión de la discriminación basada en el sexo,
caracterizada por diferencias y por un trato desigual
entre hombres y mujeres movada por la
supeditación de un sexo al otro.
SEXO
El sexo determina biológicamente la función de la
reproducción humana y, parcialmente, una serie de
caracteríscas corporales.
VIOLENCIA
Uso deliberado de la fuerza sica o el poder, ya sea
en grado de amenaza o efecvo, contra uno mismo,
otra persona o un grupo o comunidad, que cause o
tenga muchas probabilidades de causar lesiones,
muerte, daños psicológicos, trastornos del
desarrollo o privaciones.
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MANUAL PARA LA RED DE PROMOTORAS VOLUNTARIAS POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA 2017
XIV.- Vías para erradicar la
violencia ¿qué hacer para
construir la igualdad entre
mujeres y hombres y la
erradicación de la violencia de
género?
Si bien las previsiones a mediano plazo son
desalentadoras, es necesario connuar con el
impulso colecvo que permita acelerar el proceso
para erradicar la violencia.
Algunas medidas son:
1.- Sensibilización ciudadana para el logro de una sociedad
igualitaria y sin violencia
Los cambios y mejoras obtenidos a la fecha son tímidos e
insuficientes. Los siglos de dominio masculino, con base a la
construcción de los géneros diametralmente opuestos y que
han sido perpetuados por estructuras e instituciones
patriarcales, han permitido la idea de que lo masculino se
convierte en el modelo de lo humano.
2.-Proliferación de centros de asesoramiento e información
donde las mujeres puedan conocer sus derechos y las
alternativas puntuales para su problemática.
3.- Promulgación de leyes que incluyan la perspectiva de
género
El Derecho desempeña un importante y elemental
papel en las relaciones de género, y en múlples
situaciones, sexo y género, éste relacionado con los
derechos de las mujeres, son fusionados en un solo
concepto, que es el sexo femenino, entendido como
un hecho natural e inmutable. Por el contrario, si se
relaciona con los hombres ésta situación no se
produce. Al ser ello un claro ejemplo de la desigualdad
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producido por ser mujer u hombre, es necesario no sólo “agregar” o “añadir” a una ley el componente mujer,
sino promulgar leyes con perspecva de género en la que se valoren las relaciones de poder entre los sexos
considerando las disparidades y repercusiones del sistema patriarcal, y se cuesone social y legalmente el
androcentrismo y el análisis de las diferentes formas en que el sexismo se impregna en la sociedad.
4.- Implementar polícas públicas transformadoras
Para que la igualdad sea posible se requiere implementar nuevas polícas públicas, introduciendo criterios
que equilibren las desigualdades entre mujeres y hombres, así como entre los propios grupos de mujeres y de
hombres.
5.- Establecer acciones que permitan un cambio hacia las masculinidades emergentes y posivas
La transformación de conductas, valores y subjevidades de los hombres va a permir transitar de sociedades
en las que la violencia machista está presente a otras en las que la cultura de paz y vida ausente de cualquier
violencia sea lo que impere.
Los procesos de sensibilización y toma de conciencia y cultura social han impactado en
determinados sectores,
sigue existiendo una
férrea barrera ciudadana
para llevar a cabo
cambios culturales, tanto
en mujeres como hombres,
que permitan reconstruir
lo históricamente
construido, y que permita
avanzar para el logro de
relaciones igualitarias y
sin violencia.