SECRETARIA DEL CAMPO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
8. SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DEL CAMPO ZACATECANO
COMPONENTE C2. SERVICIOS PRESTADOS PARA FOMENTAR LA ACUACULTURA EXTENSIVA CON LA PRODUCCIÓN DE CRIAS DE TILAPIA EN EL CENTRO ACUICOLA
En cumplimiento a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 46 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020. Asimismo, con base en los artículos 25, 43 fracción VI y 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; y artículos 20 y 21 fracción IX de la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas y sus Municipios se publican las Reglas de Operación de los Programas Estatales a Ejecutarse en el Ejercicio Fiscal 2020.
I. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
LIC. ADOLFO BONILLA GÓMEZ, SECRETARIO DEL CAMPO, con fundamento en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas de fecha de publicación 11 de julio de 1998, artículos 84 y 86, así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado De Zacatecas, publicada el 30 de noviembre de 2016, artículos 8, 12, 21, 22 y 39 y del Reglamento Interior vigente de la Secretaria del Campo capítulo II y sección III, artículo 6, 14 y 32
II CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo del Estado de Zacatecas, dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, estipuló los objetivos, metas, estrategias y líneas de acción para hacer de Zacatecas una tierra competitiva y próspera, además, de un lugar al que regresen la seguridad y la tranquilidad.
Que la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, dispone que los titulares de los Entes Públicos y de las dependencias del Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus presupuestos y recursos financieros aprobados y en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades legales, serán los directamente responsables de: La formulación y desarrollo de sus programas; la correcta administración, contratación, aplicación, ejecución y ejercicio de los mismos, de los montos autorizados y dentro de los calendarios y plazos otorgados; y la información financiera y presupuestal que se genere; del cumplimiento de sus fines y destinos, atendiendo exclusivamente a la instancia, etapa o parte del procedimiento en que participen; del cumplimiento de las disposiciones para el ejercicio óptimo de gasto público; de que dichos recursos se ejecuten con oportunidad y eficiencia en las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de las estrategias y objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo y demás programas formulados con base en la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas, y de la estricta observancia de las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública y disciplina presupuestal.
Que en el Poder Ejecutivo, las dependencias y organismos descentralizados que ejecuten gasto público serán responsables del ejercicio y aplicación de los recursos que les sean autorizados.
Serán consideradas instancias ejecutoras de estos recursos, aquellas dependencias y organismos descentralizados y sus servidores públicos, que participen o lleven a cabo los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida o licitación de obras, adquisiciones de bienes o prestación de servicios, ya sea que paguen directamente o no, a los contratistas o proveedores, o a través de cualquier otro medio de adquisición, adjudicación o contratación permitidos por la Ley.
De igual forma en el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020 dispone la aplicación de programas sociales cuyo objetivo es que los recursos públicos se asignen prioritariamente en beneficio a la población.
Así mismo la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, establece que las dependencias y entidades ejecutoras de gasto deberán ajustar su actuación a lo establecido en las leyes, reglamentos, lineamientos, reglas de operación y demás marco jurídico aplicable y, en su caso, a los convenios que al efecto se celebren, quienes aplicarán de reglas y criterios en el manejo de recursos y contratación de obligaciones por los Entes Públicos, mismos que se llevarán a cabo con Disciplina financiera, entendida esta como la observancia de los principios y las disposiciones en materia de responsabilidad hacendaria y financiera, que aseguren una gestión responsable y sostenible de sus finanzas públicas, generando condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo, y la estabilidad del sistema financiero.
III JUSTIFICACIÓN
La acuacultura extensiva en Zacatecas, es una realidad y se practica desde hace más de medio siglo, la pesca comercial se realiza en nuestra entidad desde los años 80’s en 33 unidades de producción organizadas en sociedades cooperativas de producción pesquera debidamente registradas y las conforman 539 pescadores debidamente credencializados por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER). Las unidades de producción donde estos pescadores trabajan es donde se debe sembrar y resembrar cada año y es el Centro Acuícola Julián adame Alatorre el que las abastece con crías de peces.
La acuacultura es una alternativa porque genera alimento rico en proteína animal barata, digerible y si el pescado forma parte de nuestra dieta al menos tres días a la semana, con esto combatiríamos la desnutrición y el sobrepeso; además de que genera empleo y recursos económicos con la venta del pescado que mejora la economía familiar y arraigo.
lV. GLOSARIO DE TERMINOS
Autoridad Fiscalizadora.- Auditoría Superior del Estado, Secretaría de la Función Pública, y las demás que apliquen.
Unidades de Producción.- Sociedades de Producción Pesquera y Granjas Acuícolas.
Indicador.- La expresión cualitativa o cuantitativa observable que permite describir características, comportamientos o fenómenos de la realidad, a través del establecimiento de una relación entre variables.
Lineamientos.- Los lineamientos para la entrega de crías de tilapia y carpa a las personas morales y/o físicas será en función del espejo de agua con que cuenten y la capacidad de producción del Centro Acuícola.
Medio Rural.- Son conceptos que identifican al espacio geográfico calificado como rural, en el estado de Zacatecas; son aquellas comunidades de menos de 2500 habitantes, las que se consideran como rurales
Planeación Estratégica.- Es el proceso de elaboración de planes de desarrollo regional, o de cadenas productivas, para que con una visión integral de disponibilidad de recursos naturales, tecnológicos, económicos y humanos, se determine las problemáticas y las alternativas de solución que impulsen el desarrollo territorial.
Proyecto.- Conjunto de las actividades que desarrolla una persona o una entidad para alcanzar un determinado objetivo. Estas actividades se encuentran interrelacionadas y se desarrollan de manera coordinada.
Reglas de operación.- Las reglas de operación son el conjunto de normas, criterios y mecanismos operativos y de transparencia de cada programa estatal para su instrumentación. Tiene una periodicidad anual que se ajusta al ejercicio fiscal para el cual se elaboran.
SECAMPO.- Secretaria del Campo
Sujetos.- Personas físicas, morales o Instituciones diversas sin fines de lucro (sectores de la población)
Tilapia nilotica (Tilapia gris).- Variedad de tilapia adaptada en el Estado de Zacatecas y Tilapia Rocky mountain (Tilapia blanca).- Variedad de tilapia adaptada en el Estado de Zacatecas.
V. . ALINEACION CON INSTRUMENTOS PROGRAMATICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo:
Eje 3. Competitividad y Prosperidad.
Línea estratégica 3.6. Productividad en el sector agropecuario
Estrategia 3.6.3. Impulsar alianzas estratégicas para promover la agroindustria.
2. Programa General Prospectivo o Estrategia de Intervención:
Sociedad con bienestar o Componente Estratégico: Contrarrestar los desequilibrios regionales, municipales y la dispersión poblacional.
3. Programa Sectorial: Desarrollo Económico
4. Derechos Humanos que se atienden o fortalecen:
Igualdad entre hombres y mujeres
Derecho a la alimentación
Derecho al trabajo
5. Objetivo (s) de Desarrollo Sostenible que se atienden.
Derecho Humano: Crecimiento económico.
Objetivo de Desarrollo Sostenible: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
VI. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL.- Producción de crías de tilapia en el centro acuícola con el fin de abastecer la demanda de organizaciones pesqueras en el Estado.
OBJETIVO ESPECÍFICO.- Producir 3.5 millones de crías de tilapia, para sembrar y resembrar el mayor número de espejos de agua del Estado donde perdure el agua de ciclo a ciclo para el desarrollo de los organismos.
VII. ALCANCES
a). Cobertura Territorial
El Programa tendrá cobertura estatal
b) Población Potencial
Productores zacatecanos que cuenten con espejos de agua.
c) Población Objetivo
Sociedades Cooperativas de Producción pesquera y pequeños propietarios.
VlII. BENEFICIARIOS
1. Criterios de elegibilidad.
Serán elegibles para obtener los apoyos de este componente, los solicitantes que cumplan con los siguientes criterios:
Presentar solicitud de apoyo correspondiente, croquis de ubicación del espejo de agua y teléfono para notificar fecha de siembras. Ser mexicano y contar con espejo de agua que perdure de ciclo a ciclo.
2. Requisitos de elegibilidad
El solicitante interesado deberá presentar solicitud por escrito dirigida al Secretario de la SECAMPO.
Ser mexicano y contar con espejo de agua que perdure de ciclo a ciclo.
Derechos y obligaciones de los beneficiarios.- Cuidar el desarrollo de las crías hasta que alcancen un peso mínimo de 250 gramos para su captura.
3. Restricciones de elegibilidad
a).-Que los cuerpos de agua donde pretenden sembrar no perduren de ciclo a ciclo el espejo de agua.
4, Derechos de los beneficiarios
a).-Recibir asesoría por parte de la Dirección de Desarrollo Acuícola.
b).-Interponer por escrito sus inconformidades, quejas y denuncias, con respecto a la ejecución del programa, directamente en el Órgano de la Función Pública del gobierno del Estado.
c).- Ejercer los medios de defensa contra los actos y resoluciones emitidos por las Unidades Responsables y/o Instancias Ejecutoras, en los términos establecidos en la ley.
Son obligaciones de los beneficiarios:
a).- evitar la captura de los peces antes de alcanzar un peso de 250 gramos
b).- Facilitar a los entes fiscalizadores las auditorias necesarias con el fin de verificar las siembras realizadas.
lX. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS
Sujetos a la disponibilidad presupuestal autorizada por la Secretaria de Finanzas, el programa se podrá operar como sigue:
Tipo y monto de apoyo
El costo de producción de las crías de los peces será con cargo al presupuesto del centro acuícola que opera la Secretaría del Campo, para abastecer las crías solicitadas por los beneficiarios.
X. OPERATIVIDAD
1. Planteamiento.
La Secretaria del Campo estará encargada de la elaboración de los presentes lineamientos de operación del programa, en ellos plasmará y definirá los objetivos generales y particulares y los criterios para la correcta aplicación y ejecución del programa. Una vez terminadas los presentes lineamientos de Operación la Secretaria del Campo se realizará su publicación por quien corresponda.
2.- Diagrama
XI MONITOREO, EVALUCION Y CONTRALORIA SOCIAL
1. Monitoreo y Seguimiento.
Mecanismos o procedimientos a desarrollarse por la dependencia, periodicidad y área responsable.
La Instancia Ejecutora a través del Responsable del Programa deberá de informar trimestralmente el avance físico financiero de los apoyos bajo su cargo y de manera electrónica a la Subsecretaria de Desarrollo Rural Sustentable.
De igual manera la Instancia Ejecutora a través del área correspondiente deberá informar de las supervisiones realizadas.
2. Evaluación
Las Instancias Ejecutora y Normativa mediante sus área designadas y ya sea en coordinación o por separado realizarán las revisiones que crean necesarias para garantizar que los recursos públicos han sido aplicados de manera correcta, y los objetivos del programa han sido cubiertos.
El personal de la SECAMPO que realice las evaluaciones se ajustara a los lineamientos aprobados y los criterios emanados de estos lineamientos y demás reglamentos internos de la SECAMPO.
3. Matriz de Indicadores de Resultados del Programa.
Diagrama 1. Alineación MIR
3. Matriz de Indicadores de Resultados del Programa.
Diagrama 2. Alineación MIR
4. Contraloría social
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de las sociedades cooperativas de producción pesquera, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a la producción de crías.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, para que promueva y realice las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, previamente validada por la Secretaría de la Función Pública y demás documentos normativos establecidos por el Programa.
5. Ejercicio de recursos.
La Secretaria del Campo con la participación de los ejecutores realizara una medición trimestral de resultados o de evaluación interna. El avance de los indicadores que evalúan los resultados del componente se incluyen en los reportes de avance físico-financiero. Una vez finiquitado el Programa al final del año, se hará una evaluación de resultados para ver el impacto del presupuesto aplicado al programa en las acciones realizadas.
Se establece como fecha límite para el cierre operativo de este programa, el último día hábil de diciembre del año en que sea presupuestado, para ello se tendrá que utilizar los formatos de las metas alcanzadas, que deberán contener los recursos ejercidos, así como una relación de las personas a las que se les entrego las crías.
XII. INSTANCIAS PARTICIPANTES.
l. Instancia Ejecutora.
Subsecretaría de Desarrollo Rural de la SECAMPO a través de la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Acuícola.
2. Instancia Normativa.
La Secretaria del Campo, a través de la Subsecretaria de Desarrollo Rural Sustentable y la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Acuícola será la encargada de establecer los lineamientos del programa y aprobar las solicitudes recibidas.
3. Instancia de Control y Vigilancia.
La Secretaria del Campo como parte normativa, tendrá a su cargo la vigilancia de ejecución de los apoyos aprobados y de la correcta aplicación de los recursos a través de la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Acuícola
4. Instancia de apoyo operativo.
La Instancia de apoyo operativo será la Dirección de Desarrollo Acuícola y el personal del Centro Acuícola Julián Adame Alatorre.
XIII. TRANSPARENCIA
a) Publicación de Lineamientos de Operación.
La Secretaria del Campo realizará la publicación de los presentes lineamientos de operación.
b) Difusión.
La Secretaria del Campo como Instancia Normativa dará a conocer el inicio de siembras del ciclo 2020 a través de los enlaces municipales de la Secretaría del Campo.
c) Unidades de Enlace de Acceso a la Información Pública.
Unidad Administrativa Titular de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública Lic. Humberto Luna Coronel Tel. 01 478 985 4210 Ext. 3015 Correo electrónico: humberto.luna@zacatecas.gob.mx
d) Padrón de Beneficiarios.
La Subsecretaria de Desarrollo Rural a través de la Dirección de Desarrollo Rural será la responsable de registrar el padrón de quienes reciben las crías del programa del Centro Acuícola, de su resguardo y de tenerlos en los medios necesarios para las instancias fiscalizadoras y datos de rendición de cuentas que así las requieran, vigilando siempre la protección de datos personales.
XIV. QUEJAS Y DENUNCIAS.
a) En caso de haber una queja o denuncia
Ésta deberá presentarse en la oficina de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública de la Secretaria del Campo, en carta con formato libre, o en el área de contraloría interna del Municipio especificando las razones de la queja y los datos de domicilio del demandante.
b) Área que dará atención a la denuncia.
La queja o denuncia se entrega en la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública. La Unidad de Transparencia turna el caso a la Dirección Responsable del componente del Programa Estatal de Atención al Campo, donde corresponda la queja de la beneficiaria. Si es necesario, se hace una visita de campo para corroborar las razones de la denuncia.
c) En todas los Lineamientos de Operación de los programas de las dependencias y entidades
Invariablemente deberán incluir la siguiente leyenda: “Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
• Red Estatal de Buzones; • Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx; correo electrónico: contraloría.social@zacatecas.gob.mx, y • Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67”
d) Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución.
La Secretaria del Campo tiene 20 días hábiles para emitir la resolución y darla a conocer a las y los ciudadanos solicitantes.
XV. ANEXOS
Anexo I. Solicitud
TRANSITORIO. ÚNICO- Las presentes Lineamientos de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas.
SECRETARIA DEL CAMPO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
8. SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DEL CAMPO ZACATECANO
COMPONENTE C3. SERVICIOS PARA FOMENTAR LA PLANTACIONES DE ARBOLES FORESTALES (VIVERO)
En cumplimiento a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 46 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020, cuyo texto está publicado en el Decreto N° ____ con fecha ___ de diciembre del año 2019. Asimismo, con base en los artículos 25, 43 fracción VI y 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; y artículos 20 y 21 fracción IX de la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas y sus Municipios se publican los lineamientos de Operación de los Programas Estatales a Ejecutarse en el Ejercicio Fiscal 2020.
I. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
LIC. ADOLFO BONILLA GÓMEZ, SECRETARIO DEL CAMPO, con fundamento en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas de fecha de publicación 11 de julio de 1998, artículos 84 y 86, así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado De Zacatecas, publicada el 30 de noviembre de 2016, artículos 8, 12, 21, 22 y 39 y del Reglamento Interior vigente de la Secretaria del Campo capítulo II y sección III, artículo 6, 14 y 32
II CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo del Estado de Zacatecas, dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, estipuló los objetivos, metas, estrategias y líneas de acción para hacer de Zacatecas una tierra competitiva y próspera, además, de un lugar al que regresen la seguridad y la tranquilidad.
Que la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, dispone que los titulares de los Entes Públicos y de las dependencias del Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus presupuestos y recursos financieros aprobados y en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades legales, serán los directamente responsables de: La formulación y desarrollo de sus programas; la correcta administración, contratación, aplicación, ejecución y ejercicio de los mismos, de los montos autorizados y dentro de los calendarios y plazos otorgados; y la información financiera y presupuestal que se genere; del cumplimiento de sus fines y destinos, atendiendo exclusivamente a la instancia, etapa o parte del procedimiento en que participen; del cumplimiento de las disposiciones para el ejercicio óptimo de gasto público; de que dichos recursos se ejecuten con oportunidad y eficiencia en las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de las estrategias y objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo y demás programas formulados con base en la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas, y de la estricta observancia de las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública y disciplina presupuestal.
De igual forma en el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020 dispone la aplicación de programas sociales cuyo objetivo es que los recursos públicos se asignen prioritariamente en beneficio a la población.
III JUSTIFICACIÓN
El Estado de Zacatecas cuenta con una superficie total de 7’553,910 hectáreas, de las cuales 379,303 son coníferas, 686,942 son bosque de encino-pino, 2’760,817 con material xerófilo, 350,258 de selva caducifolia, 1’120,439 de pastizal, 2’113,611 para agricultura, 15,468 ocupadas por cuerpos de agua, y 127,072 destinadas a otros usos.
La estrategia ambiental está orientada a elevar la calidad de vida de los seres humanos, y a promover el aprovechamiento adecuado sostenible y sustentable de los recursos naturales.
El cuidado del ambiente requiere la participación de los distintos Órdenes de Gobierno y ciudadanos organizados, conscientes de temas como el calentamiento global, la disponibilidad de agua, la deforestación, los patrones de producción y consumo, así como los principios y valores que sustentan a la sociedad humana.
Por ello, el Gobierno del Estado a través de la Secretaria del Campo, dentro del Departamento de Desarrollo Forestal, unifica criterios que contribuyan a frenar el deterioro ambiental, apoyando con árboles de forma gratuita a Productores, Organizaciones Sociales, Instituciones Educativas, Órdenes de Gobierno Federal, Estatal y/o Municipal, y a toda la población en su conjunto.
lV. GLOSARIO DE TERMINOS
Calentamiento global: Fenómeno ocasionado por los cambios promedio del aumento en la temperatura de la atmosfera terrestre y de los océanos.
Cambio climático: Incremento promedio de las temperaturas terrestres y marinas globales en el tiempo.
Conservación de suelos: acciones encaminadas a buscar la estabilidad o la recuperación del suelo respecto a su origen.
Deforestación: Acción que despoja o degrada al suelo de su cobertura forestal original de manera parcial o total.
Desequilibrio ecológico: Degradación de áreas vulnerables.
Distribución de planta: La entrega de material vegetativo de manera gratuita a los beneficiarios directa o indirectamente para su establecimiento definitivo.
Ecosistema: Conjunto formado por un espacio físico determinado y todos los seres vivos que lo habitan.
Erosión: Proceso que se da cuando las rocas y el suelo se desprenden de la superficie original, principalmente por acción del agua y el viento.
Estado de pertenencia: Con responsabilidad propia.
Forestación: El establecimiento de plantaciones forestales en terrenos sin la evidencia de haber existido.
Hábitat: El ambiente o espacio donde habita una población o especie que reúne las condiciones adecuadas para que ésta pueda residir, reproducirse y perpetuarse.
Incendios forestales: Es el fuego que se extiende sin control en terrenos forestales o silvestres, afectando a combustibles vegetales, flora y fauna. Un incendio forestal se distingue de otros tipos de incendios por su amplia extensión, la velocidad con que se puede extender desde su lugar de origen, su potencial para cambiar de dirección inesperadamente, y su capacidad para superar obstáculos como carreteras, ríos, cortafuegos, etc.
Inventario forestal: Información precisa y confiable que permite planificar mediante un sistema de recolección y registro cuali-cuantitativo del bosque existente en un territorio y en un tiempo determinados.
Lineamientos del programa: Conjunto de disposiciones que precisan la forma de operar el presente servicio, con el propósito de lograr los niveles esperados de eficiencia, eficacia, equidad y transparencia; así como la corresponsabilidad con las instituciones del sector medioambiental.
Manejo forestal: Es el instrumento que planifica la gestión del patrimonio ecológico o el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales de un terreno determinado, resguardando la calidad de las aguas y evitando el deterioro de los suelos.
Mantenimiento de planta: El cuidado de planta forestal producida en un ejercicio, con la finalidad de ser distribuida en el siguiente y/o subsecuentes.
Planta forestal: La que se produce en los viveros de Gobierno del Estado.
Producción de planta: Producción de material vegetativo maderable o no maderable de diferentes especies, por la intervención del hombre.
Reforestación: Establecimiento forestal en sitios donde existió o existe cobertura vegetal similar.
Sanidad forestal: Acciones encaminadas a mantener la salud y vitalidad de los ecosistemas con bosques maderables y no maderables, viveros y plantaciones forestales comerciales.
Secretaría: La Secretaría del Campo.
Sostenible: Algo que puede mantenerse a sí mismo a través de condiciones económicas, sociales y ambientales presentes o futuras en equilibrio.
Sustentable: Algo que puede mantenerse por sí mismo.
Suelos frágiles: Sitios expuestos o sensibles a la Degradación.
V. . ALINEACION CON INSTRUMENTOS PROGRAMATICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo:
Eje 3. Competitividad y Prosperidad.
Línea estratégica 3.6. Productividad en el sector agropecuario
Estrategia 3.6.3. Impulsar alianzas estratégicas para promover la agroindustria.
2. Programa General Prospectivo o Estrategia de Intervención: Sociedad con bienestar o Componente Estratégico: Contrarrestar los desequilibrios regionales, municipales y la dispersión poblacional.
3. Programa Sectorial: Desarrollo Económico
4. Derechos Humanos que se atienden o fortalecen:
Igualdad entre hombres y mujeres
Derecho a la alimentación
Derecho al trabajo
5. Objetivo (s) de Desarrollo Sostenible que se atienden.
Derecho Humano: Crecimiento económico.
Objetivo de Desarrollo Sostenible: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
VI. OBJETIVOS
VISIÓN
Ser una institución líder en el sector, eficiente y eficaz en el manejo de los recursos, soportada en una estructura de personal profesional que elabora con alto sentido ético para el Desarrollo Forestal en el Estado.
MISIÓN
Promover e impulsar el Desarrollo Forestal sustentable en la entidad, mediante acciones de políticas públicas y ejecución de programas, orientados a elevar la protección, producción y productividad, para así contribuir al crecimiento económico y el desarrollo social.
a) Objetivo General
Proporcionar la donación de árboles a la población en general, que beneficie al Medio ambiente, mediante apoyos del Gobierno del Estado, para la conservación, regeneración y mejora en la existencia de los recursos forestales naturales e inducidos.
b) Objetivos Específicos
1. La producción de planta de buena calidad, para apoyar acciones y proyectos integrales de restauración forestal y de suelos frágiles, a efecto de recuperar la capacidad, la cobertura y el potencial natural del suelo.
2. Atención hacia los sectores urbano, periurbano y rural, de solicitudes de apoyo con la donación de árboles forestales maderables y no maderables, que beneficien a toda la población en la Entidad, mediante un esquema de colaboración y coordinación voluntaria entre el Gobierno del Estado de Zacatecas y los beneficiarios; al igual que con los ámbitos de Gobierno Municipal y Federal.
3. Generar condiciones para el fortalecimiento de actividades de forestación y reforestación; arreglo de áreas verdes y predios particulares en general, dentro del territorio Estatal, que aporten disminuir o amortiguar los fenómenos ambientales del Cambio Climático y el Calentamiento Global.
4. Que los ecosistemas forestales con los que cuenta la entidad, se promueva el estado de pertenencia en términos de público, social y privado, creando conciencia e interés de restaurar aéreas degradadas, desertificadas o con desequilibrio ecológico, mediante acciones forestales.
VII. ALCANCES
Con el establecimiento de especies forestales en el territorio estatal producidas en los viveros a cargo de la Secretaria del Campo, impacta de manera positiva en la mitigación del cambio climático, como captación de carbono, liberación de oxigeno, protección de la erosión, entre otros.
Éste programa está diseñado con perspectiva de género, por lo que para la operación del mismo se consideran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad ente los géneros.
a). Cobertura territorial
Estatal.
b). Población Potencial
La Secretaría reconoce la importancia de los bienes y servicios ambientales que proporcionan los ecosistemas forestales estatales, por ello, estimula a dueños, poseedores y beneficiarios de los mismos para su aprovechamiento, provisión de productos, regulación de las condiciones tangibles o intangibles que dependen del contexto sociocultural, como lo es el sustento de formación y conservación de suelo, ciclo del agua, de nutrientes y de la producción primaria.
c). Población objetivo.
Toda la población zacatecana de forma directa o indirecta.
VlII. BENEFICIARIOS
1. Criterios, requisitos y restricciones de elegibilidad.
Solicitud dirigida al ejecutivo de Estado o al titular de la Secretaría del Campo, especificando la cantidad.
Ubicación de sitio a establecer.
Compromiso de plantación y mantenimiento, que garantice el arraigo y sobrevivencia de las especies donadas.
Copia simple de identificación oficial vigente.
Firma de aceptación de la orden de entrega que recibe.
2. Restricciones de elegibilidad
Los que señale éste ordenamiento legal, y los que considera la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Zacatecas y su Reglamento
El mal uso del apoyo recibido
Incumplir con el compromiso aceptado del establecimiento y/o mantenimiento del mismo
Inventario de disponibilidad de planta en los Viveros.
3, Derechos de los beneficiarios
Recibir planta de buena calidad conforme a existencias.
4. Son obligaciones de los beneficiarios:
Presentar solicitud; respetar periodo de entrega en tiempo y forma; para áreas de temporal de marzo a septiembre, y en condiciones de riego se puede ampliar el período.
Cumplir a cabalidad con los requisitos establecidos en los presentes lineamientos.
Aplicar a los fines autorizados los apoyos o subsidios recibidos.
Facilitar a los entes fiscalizadores las auditorias necesarias con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados.
lX. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS
Sujetos a la disponibilidad presupuestal autorizada por la Secretaria de Finanzas, el programa se podrá operar como sigue:
Tipo y monto de apoyo
El apoyo puede ser de hasta 1,200 plantas por beneficiario de forma individual; y tratándose de Instituciones Educativas, Dependencias Gubernamentales o cualquier otra organización o agrupación social, etc., la cantidad se puede incrementar de acuerdo al criterio del técnico y la disponibilidad del recurso;
Si el beneficiario comprueba cumplir a satisfacción técnica con el compromiso contraído, podrá ser sujeto de apoyo a futuro;
El apoyo siempre estará sujeto a la demanda social y al inventario disponible; El costo de producción por planta individual será absorbido en un 100% por el Gobierno del Estado.
X. OPERATIVIDAD
1. Planteamiento.
La Secretaria del Campo estará encargada de la elaboración de los presentes lineamientos de operación del programa; en ellas plasmará y definirá los objetivos generales y particulares, y los criterios para la correcta aplicación y ejecución del mismo. Se diseñará los formatos, definirá las instancias participantes y definirá los mecanismos para la entrega a los beneficiarios.
2.- Diagrama
XI MONITOREO, EVALUCION Y CONTRALORIA SOCIAL
1. Monitoreo y Seguimiento.
Con el fin de llevar a cabo seguimiento puntual y preciso, la Secretaría del Campo por medio de sus técnicos, pertenecientes al Departamento de Desarrollo Forestal, realiza visitas de supervisión con el fin de evaluar los avances físicos de la producción, mantenimiento y distribución de planta.
Seguimiento. Este se desarrollará conforme al avance técnico y financiero trimestralmente de lo programado, durante el periodo de tiempo correspondiente, de acuerdo al cronograma de actividades, respecto a la producción, su distribución y el mantenimiento consecuente.
2. Evaluación
Describir el proceso de Reforestación:
i. Disponibilidad de planta;
ii. Cepas de 30 X 30 cm y/o más;
iii. Establecimiento;
iv. Riego. División y subdivisión; %; muestreo aleatorio. Se llevarán a cabo supervisiones físicas por el personal técnico de la dependencia mediante bitácora; para ello el personal técnico informará a la jefatura de Desarrollo Forestal, sobre el resultado de las supervisiones realizadas.
v. la medición de impactos vía indicadores y un informe final.
3. Matriz de Indicadores de Resultados del Programa.
Diagrama 1. Alineación MIR ROP
3. Matriz de Indicadores de Resultados del Programa.
Diagrama 2. Alineación MIR ROP
4. Contraloría social
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las acciones comprometidas; así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.
Para lograr lo anterior, se deberá sujetar a los presentes "Lineamientos, para que promueva y realice las acciones necesarias para la operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, validada por la Secretaría de la Función Pública y demás ordenamientos normativos.
5. Ejercicio de recursos.
La Secretaria del Campo podrá realizar supervisión interna a los beneficiarios, que evalué resultados. Al final del año, se hará una evaluación de resultados para ver el impacto del presupuesto aplicado en las acciones realizadas.
Se establece como fecha límite para el cierre operativo, el último día hábil de diciembre del año para el que fue presupuestado. Para ello, se tendrá que informar las metas alcanzadas, que deberán contener los recursos ejercidos, así como una relación de beneficiarios.
XIII. INSTANCIAS PARTICIPANTES.
l. Instancia Ejecutora.
Subsecretaría de Desarrollo Rural Sustentable, a través de la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Forestal.
2. Instancia Normativa.
La Secretaría del Campo, a través de la Subsecretaria de Desarrollo Rural Sustentable, que será la encargada de establecer los Lineamientos de operación del programa, calificar y aprobar las solicitudes recibidas.
3. Instancia de Control y Vigilancia.
La Secretaria del Campo como parte normativa, tendrá a su cargo la vigilancia de ejecución de los apoyos aprobados y de la correcta aplicación de los recursos, a través de la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Forestal.
4. Instancia de apoyo operativo.
Departamento de Desarrollo Forestal, a través de los Viveros Forestales de General Enrique Estrada en el municipio del mismo nombre; alta productividad en la Unidad Académica de Agronomía de la UAZ y de Jalpa en la cabecera municipal de Jalpa.
XIII. TRANSPARENCIA
a) Publicación de los Lineamientos de Operación.
La Secretaria del Campo realizará la publicación de los presentes Lineamientos de Operación.
b) Difusión.
La Secretaria del Campo como Instancia Normativa, dará a conocer la convocatoria del programa vía ventanilla única.
c) Unidades de Enlace de Acceso a la Información Pública.
Unidad Administrativa Titular de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública Lic. Humberto Luna Coronel Tel. 01 478 985 4210 Ext. 3015 Correo electrónico: humberto.luna@zacatecas.gob.mx
d) Padrón de Beneficiarios.
La Subsecretaria de Desarrollo Rural Sustentable a través de la Dirección de Desarrollo Rural, será la responsable de registrar el padrón de beneficiarios del programa de su resguardo, y de tenerlos en los medios necesarios para las instancias fiscalizadoras y datos de rendición de cuentas que así las requieran, vigilando siempre la protección de datos personales.
XVI. QUEJAS Y DENUNCIAS.
a) En caso de haber una queja o denuncia
Ésta deberá presentarse en la oficina de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública de la Secretaria del Campo, en carta con formato libre, o en el área de contraloría interna del Municipio especificando las razones de la queja y los datos de domicilio del demandante.
b) Área que dará atención a la denuncia.
La queja o denuncia se entrega en la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública. La Unidad de Transparencia turna el caso a la Dirección Responsable del componente del Programa Estatal de Atención al Campo, donde corresponda la queja de la beneficiaria. Si es necesario, se hace una visita de campo para corroborar las razones de la denuncia.
c) En todas las Reglas de Operación de los programas de las dependencias y entidades
Invariablemente deberán incluir la siguiente leyenda: “Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
• Red Estatal de Buzones; • Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx; correo electrónico: contraloría.social@zacatecas.gob.mx, y • Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67”
d) Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución.
La Secretaria del Campo tiene 20 días hábiles para emitir la resolución y darla a conocer a las y los ciudadanos solicitantes.
XVII. ANEXOS
Anexo I. Solicitud Única Anexo
TRANSITORIO. ÚNICO- Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas.
Anexo I. Solicitud Única Anexo
SECRETARIA DEL CAMPO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
8. SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DEL CAMPO ZACATECANO
COMPONENTE C4. SERVICIOS DE CONSERVACIÓN Y COSECHA DE AGUA (MAQUINARIA PESADA)
En cumplimiento a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 46 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020, cuyo texto está publicado en el Decreto N° ____ con fecha ___ de diciembre del año 2019. Asimismo, con base en los artículos 25, 43 fracción VI y 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; y artículos 20 y 21 fracción IX de la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas y sus Municipios se publican los lineamientos de Operación de los Programas Estatales a Ejecutarse en el Ejercicio Fiscal 2020.
II. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
LIC. ADOLFO BONILLA GÓMEZ, SECRETARIO DEL CAMPO, con fundamento en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas de fecha de publicación 11 de julio de 1998, artículos 84 y 86, así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado De Zacatecas, publicada el 30 de noviembre de 2016, artículos 8, 12, 21, 22 y 39 y del Reglamento Interior vigente de la Secretaria del Campo capítulo II y sección III, artículo 6, 14 y 32
II CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo del Estado de Zacatecas, dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, estipuló los objetivos, metas, estrategias y líneas de acción para hacer de Zacatecas una tierra competitiva y próspera, además, de un lugar al que regresen la seguridad y la tranquilidad.
Que la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, dispone que los titulares de los Entes Públicos y de las dependencias del Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus presupuestos y recursos financieros aprobados y en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades legales, serán los directamente responsables de: La formulación y desarrollo de sus programas; la correcta administración, contratación, aplicación, ejecución y ejercicio de los mismos, de los montos autorizados y dentro de los calendarios y plazos otorgados; y la información financiera y presupuestal que se genere; del cumplimiento de sus fines y destinos, atendiendo exclusivamente a la instancia, etapa o parte del procedimiento en que participen; del cumplimiento de las disposiciones para el ejercicio óptimo de gasto público; de que dichos recursos se ejecuten con oportunidad y eficiencia en las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de las estrategias y objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo y demás programas formulados con base en la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas, y de la estricta observancia de las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública y disciplina presupuestal.
De igual forma en el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020 dispone la aplicación de programas sociales cuyo objetivo es que los recursos públicos se asignen prioritariamente en beneficio a la población.
III JUSTIFICACIÓN
Referente a la problemática que existe en el campo se identifican los siguientes: un sobrepastoreo, erosión de suelos, abatimiento de mantos freáticos. Más del 75% del territorio presenta un clima árido y semiárido. El 80% de la agricultura es de temporal con lluvias escasas y mal distribuidas; deficiente planificación agraria, mínimo nivel de organización de los productores, predominio del minifundio, limitado conocimiento para la conservación de áreas naturales protegidas, deficiente gestión para la conservación y protección de recursos naturales del medio ambiente, salinización de suelos (pérdida de áreas agrícolas por elevación del nivel freático), insuficiente capacitación especializada de uso de maquinaria pesada en el Sector Agropecuario.
Ante la gran demanda que se tiene para la construcción de obras como: bordos, perforación de pozos y otras de la misma naturaleza, se requiere del apoyo de acciones que le permitan al productor del campo, una mayor producción y una transformación positiva del sector agropecuario con obras de aprovechamiento a corto plazo para la construcción de obras de bordos, perforación de pozos, rehabilitación de caminos, drenes, nivelaciones y perforación de pozos.
lV. GLOSARIO DE TERMINOS
ENI. Estrategia Nacional de Inclusión.
EROSIÓN DE SUELOS: proceso de arrastre del suelo por acción del agua o del viento; o como un proceso de desprendimiento y arrastre acelerado de las partículas de suelo causado por el agua y el viento
FND. Financiera Nacional De Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal, Pesquero.
OSC. Organizaciones de la Sociedad Civil.
PERIODICO OFICIAL.- Periódico Oficial Gobierno del Estado de Zacatecas.
PED. Plan Estatal de Desarrollo.
PND. Plan Nacional de Desarrollo.
SOBREPASTOREO: se produce cuando las plantas están expuestas al pastoreo intensivo durante largos períodos, o sin períodos suficientes de recuperación. Puede ser causado por el ganado en las aplicaciones agrícolas mal gestionadas, o por sobrepoblaciones de animales salvajes nativos o no nativos.
SECAMPO. Secretaría del Campo.
ZAP. Zonas de Atención Prioritaria
V. . ALINEACION CON INSTRUMENTOS PROGRAMATICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo:
Eje 3. Competitividad y Prosperidad.
Línea estratégica 3.6. Productividad en el sector agropecuario
Estrategia 3.6.3. Impulsar alianzas estratégicas para promover la agroindustria.
2. Programa General Prospectivo o Estrategia de Intervención:
Sociedad con bienestar o Componente Estratégico: Contrarrestar los desequilibrios regionales, municipales y la dispersión poblacional.
3. Programa Sectorial: Desarrollo Económico
4. Derechos Humanos que se atienden o fortalecen:
Igualdad entre hombres y mujeres
Derecho a la alimentación
Derecho al trabajo
5. Objetivo (s) de Desarrollo Sostenible que se atienden.
Derecho Humano: Crecimiento económico.
Objetivo de Desarrollo Sostenible: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
VI. OBJETIVOS
a) Objetivo General
Apoyo a productores y productoras agropecuarios en el incremento de la disponibilidad de agua para usos diversos, promoviendo el uso eficiente del recurso y la cosecha de agua.
b) Objetivos Específicos
Personas físicas o morales, que requieran habilitar caminos saca cosecha, bordos, mejoramiento de tierras, movimiento de tierras, perforación de pozos, aforo, obras de captación de agua para uso agropecuario o que favorezcan la recuperación de mantos acuíferos.
VII. ALCANCES
a) Cobertura territorial
Estatal.
b) Población Potencial
Personas físicas o morales, que requieran habilitar caminos de acceso y/o mejoramiento de tierras, realizar obras de perforación de pozos, obras de captación de agua para uso agropecuario o que favorezcan la recuperación de los mantos acuíferos.
c) Población.
Se atenderán 400 obras en beneficio de 14,307 personas para rehabilitación de bordos, perforación de pozos, mejoramiento de tierras y habilitación de caminos saca cosecha.
VlII. BENEFICIARIOS
1. Criterios y requisitos de elegibilidad.
Solicitud en escrito libre de obra o acción requerida.
Identificación oficial vigente y con fotografía del representante legal o solicitante.
Para el caso de perforación se deberá acreditar la posesión legal del predio y presentar la concesión del derecho de agua expedido por la CONAGUA.
Firmar convenio donde se establecen las aportaciones y compromisos del solicitante dependiendo del tipo de obra.
Para bordos, caminos y movimientos de tierra, el traslado del equipo hasta 100 hr. convenidas o más, será proporcionado por la SECAMPO, menos de 100 hr el traslado será aportado por el usuario.
El movimiento de equipo de perforación y aforo de pozos hasta 100 Km lo aportará la Secretaría del Campo, después de este rango el usuario aportara 1.5 litros de combustible/Kilómetro recorrido.
Adicionalmente a la cuota de recuperación, el usuario deberá proporcionar trasporte, Alimentación, y hospedaje a los operadores, así como el combustible requerido desde el inicio hasta el término de la obra.
Las cuotas de recuperación se depositaran en cuenta bancaria que para el efecto defina la Secretaria de Finanzas, en cualquier oficina de recaudación de rentas en los Municipio, entregando copia de la ficha de depósito a la Secretaría del Campo.
Las cuotas de recuperación de los servicios otorgados a través de las áreas de Maquinaria Pesada y Perforación de Pozos, en lo que corresponda a las aportaciones de los usuario, solo podrán ser modificadas o condonadas por instrucciones del C. Gobernador del Estado o el Secretario del Campo, mediante un convenio de beneficio social.
2. Requisitos de elegibilidad
El solicitante interesado en los tiempos establecidos por la ventanilla de la SECAMPO, deberá ingresar solicitud única y el pago en la recaudación de rentas por el servicio.
3. Restricciones de elegibilidad
Cuando la Secretaría del Campo o algún órgano de fiscalización o instancias de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento a la aplicación del Programa, podrá retirar o suspender los apoyos, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables. Así como las que determine los órganos de fiscalización que correspondan.
3, Derechos de los beneficiarios
Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna
Recibir asistencia técnica y consultoría de las áreas competentes;
Continuar con la producción de alimentos para el beneficio de la población en general.
4. Son obligaciones de los beneficiarios:
Si les fuera requerido y sin faltar a la verdad, proporcionar, datos personales relativos a nombre, edad, sexo, domicilio, situación socio-económica, grado máximo de estudios, número de dependientes económicos y, en la medida de lo posible, fecha, lugar de nacimiento y CURP;
Participar con la información relativa al ejercicio de lo otorgado.
Utilizar el apoyo recibido únicamente para los fines del programa.
Disposición para ser revisado y evaluado.
lX. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS
Sujetos a la disponibilidad presupuestal autorizada por la Secretaria de Finanzas, el programa se podrá operar como sigue:
Tipo y monto de apoyo
Con un presupuesto preliminar de $6, 465,966.00 pesos en beneficio de Productores Agropecuarios distribuidos en el estado de Zacatecas.
Criterios y cuotas de recuperación en perforación de pozos.
Tipo de obra Cuota de
recuperación/metro
perforado ( $ )
Cuando el permiso de construcción de perforación especifique en sus
consideraciones técnicas que los trabajos a realizar sean: Exploración
de 12 ¼ para colocación de tubería de ademe de 8” Ø. 1,000.00
Cuando el permiso de construcción de perforación especifique en sus
consideraciones técnicas que los trabajos a realizar sean: Exploración
de 12 ¼ y ampliación de obra a 18”Ø para colocación de tubería de
ademe de 12” Ø. 1,200.00
Desarrollo de aforo de pozo con equipo de 4” y 6” el costo será el
siguiente:
Por un periodo de 24 hr.
Por un periodo de 36 hr.
Los precios de aforo no incluyen maniobras de extracción y colocación
de bomba y columna. Cuota por aforo: ( $ )
14,000.00
19,000.00
X. OPERATIVIDAD
1. Planteamiento.
La Secretaria del Campo estará encargada de la elaboración de los presentes lineamientos de operación del programa, en ellas plasmará y definirá los objetivos generales y particulares y los criterios para la correcta aplicación y ejecución del programa, se diseñará los formatos, definirá las instancias participantes y definirá los mecanismos para la entrega a los beneficiarios.
3. Matriz de Indicadores de Resultados del Programa
Diagrama 1. Alineación MIR ROP
3. Matriz de Indicadores de Resultados del Programa
Diagrama 2. Alineación MIR ROP
4. Contraloría social
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, para que promueva y realice las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, previamente validada por la Secretaría de la Función Pública y demás documentos normativos establecidos por el Programa.
5. Ejercicio de recursos.
La Secretaria del Campo con la participación de los ejecutores realizara una medición trimestral de resultados o de evaluación interna. El avance de los indicadores que evalúan los resultados del componente se incluyen en los reportes de avance físico-financiero. Una vez finiquitado el Programa al final del año, se hará una evaluación de resultados para ver el impacto del presupuesto aplicado al programa en las acciones realizadas.
Se establece como fecha límite para el cierre operativo de este programa, el último día hábil de diciembre del año en que sea presupuestado, para ello se tendrá que utilizar los formatos de las metas alcanzadas, que deberán contener los recursos ejercidos, así como una relación de beneficiarios.
XIV. INSTANCIAS PARTICIPANTES.
l. Instancia Ejecutora.
Subsecretaría de Desarrollo Rural de la SECAMPO a través de la Dirección de Maquinaria Pesada.
2. Instancia Normativa.
La Secretaria del Campo, a través de la Subsecretaria de Desarrollo Rural Sustentable y la Dirección de Maquinaria Pesada será la encargada de establecer las reglas de operación del programa, hacer la convocatoria, elaborar los convenios así como calificar y aprobar las solicitudes recibidas.
3. Instancia de Control y Vigilancia.
La Secretaria del Campo como parte normativa, tendrá a su cargo la vigilancia de ejecución de los apoyos aprobados y de la correcta aplicación de los recursos a través de la Dirección de Desarrollo Maquinaria Pesada
4. Instancia de apoyo operativo.
La Instancia Normativa en caso de así convenirse por las partes, será personal de campo de la Dirección de Maquinaria Pesada
XIII. TRANSPARENCIA
a) Publicación de Lineamientos de Operación.
La Secretaria del Campo realizará la publicación de los presentes lineamientos de operación.
b) Difusión.
La Secretaria del Campo como Instancia Normativa dará a conocer la convocatoria del programa vía ventanilla única de la Dirección de Desarrollo Rural/Departamento de Desarrollo Acuícola
c) Unidades de Enlace de Acceso a la Información Pública.
Unidad Administrativa Titular de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública Lic. Humberto Luna Coronel Tel. 01 478 985 4210 Ext. 3015 Correo electrónico: humberto.luna@zacatecas.gob.mx
d) Padrón de Beneficiarios.
La Subsecretaria de Desarrollo Rural a través de la Dirección de Desarrollo Rural será la responsable de registrar el padrón de beneficiarios del programa, de su resguardo y de tenerlos en los medios necesarios para las instancias fiscalizadoras y datos de rendición de cuentas que así las requieran, vigilando siempre la protección de datos personales.
XVIII. QUEJAS Y DENUNCIAS.
a) En caso de haber una queja o denuncia
Ésta deberá presentarse en la oficina de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública de la Secretaria del Campo, en carta con formato libre, o en el área de contraloría interna del Municipio especificando las razones de la queja y los datos de domicilio del demandante.
b) Área que dará atención a la denuncia.
La queja o denuncia se entrega en la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública. La Unidad de Transparencia turna el caso a la Dirección Responsable del componente del Programa Estatal de Atención al Campo, donde corresponda la queja de la beneficiaria. Si es necesario, se hace una visita de campo para corroborar las razones de la denuncia.
c) En todas las Reglas de Operación de los programas de las dependencias y entidades
Invariablemente deberán incluir la siguiente leyenda: “Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
• Red Estatal de Buzones; • Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx; correo electrónico: contraloría.social@zacatecas.gob.mx, y • Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67”
d) Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución.
La Secretaria del Campo tiene 20 días hábiles para emitir la resolución y darla a conocer a las y los ciudadanos solicitantes.
XIX. ANEXOS
Anexo I. Solicitud Única Anexo
TRANSITORIO. ÚNICO- Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas.
Anexo I. Solicitud Única Anexo
SECRETARIA DEL CAMPO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
8. SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DEL CAMPO ZACATECANO
COMPONENTE C5. SERVICIOS PARA COMBATIR EL LIRIO ACUÁTICO DE PRESAS, IMPLEMENTADOS
En cumplimiento a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 46 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020, cuyo texto está publicado en el Decreto N° ____ con fecha ___ de diciembre del año 2019. Asimismo, con base en los artículos 25, 43 fracción VI y 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; y artículos 20 y 21 fracción IX de la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas y sus Municipios se publican las Reglas de Operación de los Programas Estatales a Ejecutarse en el Ejercicio Fiscal 2020.
I. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
LIC. ADOLFO BONILLA GÓMEZ, SECRETARIO DEL CAMPO, con fundamento en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas de fecha de publicación 11 de julio de 1998, artículos 84 y 86, así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado De Zacatecas, publicada el 30 de noviembre de 2016, artículos 8, 12, 21, 22 y 39 y del Reglamento Interior vigente de la Secretaria del Campo capítulo II y sección III, artículo 6, 14 y 32
II CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo del Estado de Zacatecas, dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, estipuló los objetivos, metas, estrategias y líneas de acción para hacer de Zacatecas una tierra competitiva y próspera, además, de un lugar al que regresen la seguridad y la tranquilidad.
Que la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, dispone que los titulares de los Entes Públicos y de las dependencias del Poder Ejecutivo, en el ejercicio de sus presupuestos y recursos financieros aprobados y en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades legales, serán los directamente responsables de: La formulación y desarrollo de sus programas; la correcta administración, contratación, aplicación, ejecución y ejercicio de los mismos, de los montos autorizados y dentro de los calendarios y plazos otorgados; y la información financiera y presupuestal que se genere; del cumplimiento de sus fines y destinos, atendiendo exclusivamente a la instancia, etapa o parte del procedimiento en que participen; del cumplimiento de las disposiciones para el ejercicio óptimo de gasto público; de que dichos recursos se ejecuten con oportunidad y eficiencia en las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de las estrategias y objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo y demás programas formulados con base en la Ley de Planeación del Estado de Zacatecas, y de la estricta observancia de las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública y disciplina presupuestal.
De igual forma en el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2020 dispone la aplicación de programas sociales cuyo objetivo es que los recursos públicos se asignen prioritariamente en beneficio a la población. Así mismo la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, establece que las dependencias y entidades ejecutoras de gasto deberán ajustar su actuación a lo establecido en las leyes, reglamentos, lineamientos, reglas de operación y demás marco jurídico aplicable y, en su caso, a los convenios que al efecto se celebren, quienes aplicarán de reglas y criterios en el manejo de recursos y contratación de obligaciones por los Entes Públicos, mismos que se llevarán cabo con Disciplina financiera, entendida esta como la observancia de los principios y las disposiciones en materia de responsabilidad hacendaria y financiera, que aseguren una gestión responsable y sostenible de sus finanzas públicas, generando condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo, y la estabilidad del sistema financiero.
III JUSTIFICACIÓN
El lirio acuático apareció como maleza en los cuerpos de agua de las presas Julián Adame Alatorre del municipio de Villanueva, el Chique del municipio de Tabasco y Moraleños del municipio de Huanusco en donde su propagación es cotidiana y recurrente, debido a que las comunidades aguas arriba no cuentan con la infraestructura para el tratamiento de aguas residuales y que se descargan a los cauces de los ríos Juchipila y Calvillo, convirtiéndose esto en factor fundamental para la infestación y propagación del lirio y otras malezas acuáticas.
Estas infestaciones están presentes en las presas antes mencionadas con un espejo de agua que suman 800 hectáreas donde provocan efectos nocivos como la pérdida de agua por efecto de evapotranspiración, altos contenidos de materia orgánica contaminante, coliformes y falta de oxígeno disuelto que causa problemas de anaerobiosis que repercute en el desarrollo de flora y fauna acuática.
Derivado de lo anterior, ocasiona problemas de salud pública porque proliferan en estas plantas insectos nocivos que provocan enfermedades diarreicas, afectando también las actividades en el riego agrícola por la pérdida de agua, la ganadería, la pesca comercial y deportiva recreativa.
Con el agua almacenada en estas presas se riegan 8,980 hectáreas donde se destaca la producción de maíz, frijol, y hortalizas como; tomatillo, jitomate, calabacita y forrajes como pastos anuales y perennes, e industriales como el agave y frutales como el guayabo.
En estas presas también se practica la pesca comercial y deportiva en donde se destaca la producción de; Tilapia, Carpa, Bagre y Lobina, en donde trabajan las Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera Tayahua, Jesús Pacheco Muñoz y Moraleños.
Los Lineamientos en ese tenor se consideran un instrumento que contribuye a regular, transparentar y hacer eficiente el uso de los recursos públicos destinados a este servicio de Combate y Control de lirio acuático en las presas.
lV. GLOSARIO DE TERMINOS
Aguas residuales: Cualquier tipo de agua cuya calidad se vio afectada negativamente por la actividad humana.
Combate y control: Triturar y/o moler la maleza acuática
Control biológico: Control con insectos artrópodos y hongos específicos
La Secretaría: La Secretaría del Campo.
Lirio acuático: maleza acuática que infesta las presas del estado de zacatecas
Maleza: Planta que al crecer en abundancia son indeseables por quien maneja el lugar donde inciden.
V. . ALINEACION CON INSTRUMENTOS PROGRAMATICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo:
Eje 3. Competitividad y Prosperidad.
Línea estratégica 3.6. Productividad en el sector agropecuario
Estrategia 3.6.3. Impulsar alianzas estratégicas para promover la agroindustria.
2. Programa General Prospectivo o Estrategia de Intervención:
Sociedad con bienestar o Componente Estratégico: Contrarrestar los desequilibrios regionales, municipales y la dispersión poblacional.
3. Programa Sectorial: Desarrollo Económico
4. Derechos Humanos que se atienden o fortalecen:
Igualdad entre hombres y mujeres
Derecho a la alimentación
Derecho al trabajo
5. Objetivo (s) de Desarrollo Sostenible que se atienden.
Derecho Humano: Crecimiento económico.
Objetivo de Desarrollo Sostenible: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo a los agricultores y pescadores de las presas infestadas.
VI. OBJETIVOS
a) Objetivo General
Combatir el lirio acuático presente en las presas "Julián Adame Alatorre", "El Chique" y "Moraleños" y las que así lo requieran, mediante acciones de trituración mecánica, control biológico, aplicación de herbicidas, extracción , junta y quema con mano de obra como alternativas de control, con la finalidad de evitar las alteraciones del equilibrio en los ecosistemas acuáticos para permitir las labores de pesca comercial, deportiva y recreativa y aumentar la disponibilidad del agua para riego agrícola.
b) Objetivos Específicos
Atender el servicio orientado al mantenimiento, saneamiento y limpieza de cuerpos de agua.
Motivar la ejecución de acciones operativas que permitan integrar una visión de desarrollo sustentable, partiendo de la trituración y extracción de lirio acuático.
Aplicar métodos integrales de control, manejo, acondicionamiento y aprovechamiento del lirio acuático, lo que permite prácticas operativas tradicionales, generando beneficios en el saneamiento y recuperación en la calidad y cantidad de agua en las presas.
.
VII. ALCANCES
a) Cobertura territorial
Regional.
b) Población Potencial
Las sociedades cooperativas de producción pesquera Tayahua, Jesús Pacheco Muñoz y Moraleños, además de los integrantes de los padrones de usuarios de las presas Julián Adame Alatorre, El Chique y Moraleños.
La Secretaría del Campo reconoce la importancia de los bienes y servicios ambientales que proporcionan el uso del agua.
c) Población.
Las y los integrantes del padrón de usuarios de las presas y de las sociedades cooperativas de producción pesquera de los embalses que requieran de este servicio.
VlII. BENEFICIARIOS
1. Criterios, requisitos y restricciones de elegibilidad.
Solicitud dirigida al ejecutivo del Estado o al titular de la Secretaría del Campo
Copia simple de identificación oficial
2. Restricciones de elegibilidad
Incumplir con el compromiso acordado de la limpia de maleza de lirio acuático por los beneficiarios
3, Derechos de los beneficiarios
Recibir el servicio de trituración, extraer, juntar y quemar el lirio para mantener en términos manejables las presas.
4. Son obligaciones de los beneficiarios:
Extraer las malezas al entrar a las presas a pescar.
lX. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS
Trituración, extracción, junta y quema, sujetos a la disponibilidad presupuestal autorizada por la Secretaria de Finanzas.
Tipo y monto de apoyo
$ $997,500.00.00 para adquisición de combustibles, lubricantes y refacciones para mantenimiento y/o reparación de las máquinas y pago de jornales. Checar si es necesario poner cantidades??’
X. OPERATIVIDAD
1. Planteamiento. La Secretaria del Campo estará encargada de la elaboración de los presentes lineamientos de operación del programa, en ellas plasmará y definirá los objetivos generales y particulares y los criterios para la correcta aplicación y ejecución del programa, se diseñará los formatos, definirá las instancias participantes y definirá los mecanismos para el servicio a los beneficiarios.
2.- Diagrama
XI MONITOREO, EVALUCION Y CONTRALORIA SOCIAL
1. Monitoreo y Seguimiento.
Con el fin de llevar a cabo seguimiento puntual y preciso, la Secretaría del Campo por medio de sus técnicos, pertenecientes al Departamento de Desarrollo Acuícola realiza visitas de supervisión con el fin de evaluar los avances físicos de seguimiento del programa.
El avance de trituración de las máquinas depende de la compactación de las malezas la cual se deberá realizar siempre que esté infestada en período de enero a diciembre.
Se comisionará semanalmente por 5 días a los operadores para trituración de lirio acuático comisionándolos el Departamento de Desarrollo acuícola.
2. Evaluación
El Departamento de desarrollo acuícola verificará que las maquinas avancen de 1 ½ hectáreas a 2 diariamente.
3. Matriz de Indicadores de Resultados del programa
Diagrama 1. Alineación MIR ROP
3. Matriz de Indicadores de Resultados del programa
Diagrama 2. Alineación MIR ROP
4. Contraloría social
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de las sociedades cooperativas de producción pesquera de las presas y padrones de usuarios, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, para que promueva y realice las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, previamente validada por la Secretaría de la Función Pública y demás documentos normativos establecidos por el Programa.
Se promoverá la participación de hombres y mujeres de forma equitativa en la conformación de los Comités de Contraloría Social.
5. Ejercicio de recursos.
La Secretaria del Campo con la participación de los ejecutores realizara una medición trimestral de resultados o de evaluación interna. El avance de los indicadores que evalúan los resultados del componente se incluyen en los reportes de avance físico-financiero. Una vez finiquitado el Programa al final del año, se hará una evaluación de resultados para ver el impacto del presupuesto aplicado al programa en las acciones realizadas.
Se establece como fecha límite para el cierre operativo de este programa, el último día hábil de diciembre del año en que sea presupuestado, analizando si se cumplieron las metas programadas y los recursos dedicados a esta acción, además de contar con la relación de los integrantes de las sociedades cooperativas.
XV. INSTANCIAS PARTICIPANTES.
l. Instancia Ejecutora.
Subsecretaría de Desarrollo Rural de la SECAMPO a través de la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Acuícola
2. Instancia Normativa.
La Secretaria del Campo, a través de la Subsecretaria de Desarrollo Rural Sustentable y la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Acuícola será la encargada de establecer los Lineamientos de operación del programa, calificar y aprobar las solicitudes recibidas.
3. Instancia de Control y Vigilancia.
La Secretaria del Campo como parte normativa, tendrá a su cargo la vigilancia de ejecución de los apoyos aprobados y de la correcta aplicación de los recursos a través de la Dirección de Desarrollo Rural /Departamento de Desarrollo Acuícola
4. Instancia de apoyo operativo.
Departamento de Desarrollo Acuícola
XIII. TRANSPARENCIA
a) Publicación de los Lineamientos de Operación.
La Secretaria del Campo realizará la publicación de los presentes lineamientos de operación.
b) Difusión.
La Secretaria del Campo como Instancia Normativa dará a atención a las demandas de los productores de las presas infestadas a través de la Dirección de Desarrollo Rural/Departamento de Desarrollo Acuícola y sus enlaces municipales.
c) Unidades de Enlace de Acceso a la Información Pública.
Unidad Administrativa Titular de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública Lic. Humberto Luna Coronel Tel. 01 478 985 4210 Ext. 3015 Correo electrónico: humberto.luna@zacatecas.gob.mx
d) Padrón de Beneficiarios.
La Subsecretaria de Desarrollo Rural a través de la Dirección de Desarrollo Rural será la responsable de registrar el padrón de las sociedades cooperativas de producción pesquera de cada presa, quienes son los beneficiarios del programa, de su resguardo y de tenerlos en los medios necesarios para las instancias fiscalizadoras y datos de rendición de cuentas que así las requieran, vigilando siempre la protección de datos personales.
XX. QUEJAS Y DENUNCIAS.
a) En caso de haber una queja o denuncia
Ésta deberá presentarse en la oficina de la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública de la Secretaria del Campo, en carta con formato libre, o en el área de contraloría interna del Municipio especificando las razones de la queja y los datos de domicilio del demandante.
b) Área que dará atención a la denuncia.
La queja o denuncia se entrega en la Unidad de Transparencia de Acceso a la Información Pública. La Unidad de Transparencia turna el caso a la Dirección Responsable del componente del Programa Estatal de Atención al Campo, donde corresponda la queja de la beneficiaria. Si es necesario, se hace una visita de campo para corroborar las razones de la denuncia.
c) En todas los Lineamientos de los programas de las dependencias y entidades
Invariablemente deberán incluir la siguiente leyenda: “Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
• Red Estatal de Buzones; • Sistema Electrónico de Atención Ciudadana: http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx; correo electrónico: contraloría.social@zacatecas.gob.mx, y • Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67”
d) Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución.
La Secretaria del Campo tiene 20 días hábiles para emitir la resolución y darla a conocer a las y los ciudadanos solicitantes.
XXI. ANEXOS
Anexo I. Solicitud Única
TRANSITORIO. ÚNICO- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas.
Anexo I. Solicitud Única