Nombre | Codigo Fiscal del Estado de Zacatecas y sus Municipios |
Ámbito | Estatal |
Tipo | Código |
Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 31-12-2016 |
Fecha de entrada en vigor | 01-01-2017 |
Artículo | 228, 230 y 272 |
Autoridad pública que aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria | Secretaría De Finanzas |
Modalidad | Presencial |
Tipo de inspección, verificación o visita domiciliaria | Notificación |
Periodicidad | Otra |
¿Cual es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria? | Realizar la diligencia de requerimiento de pago y embargo en el domicilio del deudor o en el lugar donde se encuentren los bienes propiedad del deudor |
Observaciones | El ejecutor designado por el jefe de la oficina ejecutora deberá constituirse en el domicilio del deudor o en el lugar donde se encuentren los bienes propiedad del deudor, deberá identificarse con la persona con quien se entienda la diligencia de requerimiento de pago y embargo |
¿Qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria? | De oficio |
Bien, elemento, objeto o sujeto de inspección, verificación o visita domiciliaria | Personas físicas y morales que tiene un crédito fiscal |
Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado | Los actos administrativos emitidos por las autoridades fiscales en que se determine la existencia de una obligación fiscal, se establezcan las bases para su liquidación o se fije en cantidad líquida un crédito fiscal, así como todos aquéllos que sean recurribles, deberán cumplir con los requisitos siguientes: I. Deberán constar en orden escrita, impresa o digital; II. Señalar la autoridad emisora; III. Señalar el lugar y fecha de su emisión; IV. Estar fundados y motivados, expresando cuál es la resolución que se contiene, y el objeto o propósito de que se trate; V. Señalar el nombre o nombres de los destinatarios a quienes haya sido dirigido; VI. Establecer la causa legal de responsabilidad, cuando ésta derive de una responsabilidad solidaria; y VII. Ostentar la firma de la autoridad fiscal competente para emitirlo |
Requisitos | |
Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria |
La diligencia de requerimiento y, en su caso, la de embargo, deberán sujetarse a lo I. Se realizarán cumpliendo las formalidades que se establecen para las notificaciones II. El ejecutor designado por el jefe de la oficina ejecutora deberá constituirse en el III. De las diligencias se levantará acta circunstanciada misma que deberá reunir los
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Derechos del sujeto obligado | Los contribuyentes, sus representantes y las personas con las que se entiendan las |
Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria | N/A |
Tiempo aproximado de duración de la inspección, verificación o visita domiciliaria | 1 hora |
Formato | Sin Formato |
Facultades, atribuciones y obligaciones de la Autoridad Pública durante la inspección, verificación o visita domiciliaria | La Dirección de Ingresos cuenta con las siguientes facultades y atribuciones para la visita del procedimiento administrativo de ejecución de conformidad con el artículo 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas: XXXVII. Ejercer la facultad económica-coactiva tendiente a hacer efectivos los créditos fiscales, a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución; Las obligaciones de la Dirección de Ingresos para la visita del procedimiento administrativo de ejecución de conformidad con el artículo 114 del Código Fiscal del Estado de Zacatecas son: Los actos administrativos emitidos por las autoridades fiscales en que se determine la existencia de una obligación fiscal, se establezcan las bases para su liquidación o se fije en cantidad líquida un crédito fiscal, así como todos aquéllos que sean recurribles, deberán cumplir con los requisitos siguientes:
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Fundamentos Jurídicos
Nombre | Codigo Fiscal del Estado de Zacatecas y sus Municipios |
Ámbito | Estatal |
Tipo | Código |
Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 31-12-2016 |
Fecha de entrada en vigor | 01-01-2017 |
Artículo | 228, 230 y 272 |