Iván Reyes Millán, Encargado del Despacho de la Secretaría del Zacatecano Migrante, con fundamento en los artículos 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2, 3, 4, 24, 25 fracción XVI, 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 3, 4, 10 de la Ley para la Atención de los Zacatecanos Migrantes y sus Familias; 2 y 8 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría del Zacatecano Migrante, y
Los Derechos Humanos, así como las garantías para su protección reconocidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los cuales el Estado Mexicano sea parte, y los señalados en dicha Constitución, se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Será a través de la colaboración con los tres órdenes de gobierno que las personas migrantes propiciaran bienestar y desarrollo económico a sus lugares de origen, ejes generales del Plan Nacional de Desarrollo, atendiendo claro, el principio rector de “No más migración por hambre o por violencia”.
Virtud que Zacatecas forma parte de las Entidades Federativas con alto índice intensidad migratoria, la Constitución local, prevé derechos y prerrogativas en favor de este sector de la población zacatecana, como lo es la residencia binacional y diputación migrante.
En ese tenor, de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, a la Secretaría del Zacatecano Migrante, le corresponde definir, implementar, coordinar y regular la Política Estatal en materia de atención a personas zacatecanas migrantes y sus familias, claro, sin contravenir lo dispuesto por la Legislación Federal.
De igual forma, mantener, promover, fomentar y fortalecer, de manera permanente, las relaciones de cooperación, coordinación y organización de las personas zacatecanas residentes en el extranjero con el Gobierno del Estado, los Gobiernos Municipales; así como, con organismos de la sociedad civil de la Entidad.
Asimismo, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal podrán generar políticas públicas para la atención de las personas zacatecanas migrantes y sus familias, en coordinación con esta Secretaría, en materia cultural, desarrollo económico, desarrollo rural sustentable, educación, juventud, igualdad, inclusión, salud, turismo, entre otras, que sean competencia del Ejecutivo Estatal como lo señala la Ley para la Atención de los Zacatecanos Migrantes y sus Familias.
En ese sentido, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2022, considera el Programa “2x1 para migrantes”, con un monto de $28,194,643.00 (veintiocho millones ciento noventa y cuatro mil seiscientos cuarenta y tres pesos 00/100 M.N.). Así como, la obligatoriedad en la publicación de sus Reglas de Operación.
En este tenor, las Reglas de Operación, se consideran un instrumento que contribuye a regular,armonizar, transparentar y eficientar la intervención gubernamental en el uso de los recursos públicos destinados a este Programa, así como en la promoción del Desarrollo Económico. Por lo anteriormente expuesto tengo a bien emitir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “2X1 PARA MIGRANTES”
III. JUSTIFICACIÓN
La mayor riqueza de las naciones es su población; sin embargo, el modelo neoliberal agudizó la emigración de mexicanos, situación que contribuye esencialmente al deterioro del tejido social en el ámbito familiar, demográfico, económico, político, cultural, de desarrollo social, entre otros. Hoy tenemos que un alto porcentaje de nuestra gente reside fuera del país, específicamente en Estados Unidos de América, muchas veces en condiciones de precariedad, sujeta a discriminación y atropellos. Aspiramos a ofrecer a la Comunidad Zacatecana Migrante las condiciones adecuadas para que puedan vivir con dignidad y seguridad en la tierra en la que nacieron.
Las personas zacatecanas radicadas en nuestro país vecino del norte, son reconocidos a nivel internacional por la capacidad que han demostrado para organizarse y contribuir con sus comunidades de origen con proyectos de inversión y de infraestructura, propiciando así, su desarrollo económico, a través del envío de remesas colectivas. En la actualidad, existen aproximadamente 350 clubes de migrantes, conformados en 25 Federaciones en dicho país.
Por lo anterior, el Gobierno del Estado convencido de la fortaleza que presenta este sector, ha impulsado la vinculación permanente con la Comunidad Zacatecana Migrante, generando políticas públicas para su atención; considerada esta como una de las mejores organizadas del país en materia de migración, siempre a la vanguardia y siendo pioneros en varios programas; entre ellos, el 2x1 en el año 1992, con el que se llevaron a cabo obras y acciones con la participación de los clubes de migrantes y los Gobiernos Federal y Estatal, antecedente del programa 3x1 en el Estado de Zacatecas, que inició en el año de 1999, programa al que además de las aportaciones de los participantes señalados, se suma la participación de los Municipios, mismo que se convirtió en un programa Nacional a partir del año 2002.
Virtud de mantener y fortalecer la inclusión productiva y de inversión en el Estado, la Administración Pública Estatal, alineada al Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 determina continuar el presente Programa de coinversión a efecto de procurar el bienestar de la Comunidad Zacatecana Migrante.
IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Acta de entrega recepción o certificación de acciones: Documento que da constancia de la terminación de un Proyecto.
Avance físico financiero: Documento por el cual el ejecutor detalla el avance en el ejercicio de los recursos contratados y que se debe presentar de manera mensual a la SEZAMI.
Beneficiario: Comunidad Zacatecana Migrante.
Capacidades técnicas: Habilidades, conocimientos técnicos y específicos implicados en el correcto desarrollo de un Proyecto.
Club migrante: Organización conformada por al menos 10 personas zacatecanas mayores de 18 años con intereses comunes, radicadas en el exterior, que entre otras, realizan acciones en favor de sus comunidades de origen en Zacatecas, y que cuentan con registro ante la SEZAMI.
COEPLA: Coordinación Estatal de Planeación.
Comunidad Zacatecana Migrante: Personas zacatecanas migrantes, sus familias y comunidades de origen.
Contraloría social: Conjunto de acciones de control, vigilancia y evaluación que realizan las personas, de manera organizada o independiente, en un modelo de derechos y compromisos ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, así como para exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes.
Convenio de concertación: Instrumento jurídico, a través del cual las partes que en él intervienen formalizan y aseguran el cumplimiento de la normatividad del Programa.
COVAM: Comité de Validación y Atención a Migrantes.
Cuenta bancaria mancomunada: Contrato bancario aperturado por el Municipio y la
Representación Migrante, para el ejercicio exclusivo de los recursos del Proyecto.
CUIS: Cuestionario Único de Información Socioeconómica, es el instrumento de recolección de información, por el cual, se registran los datos sobre las condiciones socioeconómicas y demográficas del hogar, así como, de sus integrantes, con el objetivo de identificar a la posible persona beneficiaria.
CURP: Clave Única de Registro de Población.
Ente normativo: Aquel en el ámbito Federal y/o Estatal, facultado para validar técnicamente los proyectos de su competencia.
EE. UU.: Estados Unidos de América.
Ejecutor: Municipio responsable o en su caso, la Organización Migrante con capacidad técnica, material y humana que conviene con la SEZAMI la ejecución del Proyecto.
Expediente técnico: Conjunto de documentos que determinan en forma explícita las características, requisitos y especificaciones necesarias para la ejecución de un Proyecto. Está constituido por:
Planos por especialidades, especificaciones técnicas, metrados y presupuestos, análisis de precios unitarios, cronograma de ejecución y memorias descriptivas, en su caso, fórmulas de reajuste de precios, estudios técnicos específicos (de suelos, de impacto vial e ambiental, geológicos, entre otros); la relación de ensayos y/o pruebas que se requieren.
Federación de clubes migrantes: Organización autónoma conformada por un mínimo de cinco (5) clubes migrantes; sin fines de lucro y filiación política, con mesa directiva; radicada en EE. UU., y registrada ante la SEZAMI.
Gobierno del Estado: Gobierno del Estado de Zacatecas.
Grado de marginación: Refiere al índice de marginación del Consejo Nacional de Población.
Grupo de hecho: Conjunto conformado de tres (3) a cinco (5) personas zacatecanas migrantes mayores de edad, aportantes para proyectos de equipamiento y mantenimiento, y que cuenta con registro ante la SEZAMI.
Localidad: Lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposición legal o la costumbre.
MIR: Matriz de Indicadores para Resultados, es una herramienta de planeación, que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos de una intervención pública y su alineación con aquellos de la planeación estatal y sectorial; incorpora los indicadores que miden los objetivos y sus resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios que entrega a la sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa.
Municipio: Base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los Estados, goza de personalidad jurídica y patrimonio propio.
ODS: Objetivo para el desarrollo sostenible.
Organización migrante: Grupo de personas zacatecanas organizadas en Federaciones, clubes o grupos de hecho, que radican en el extranjero, trabajan en beneficio de la Comunidad Zacatecana
Migrante, y están registrados ante la SEZAMI.
Programa: Programa “2x1 para migrantes”.
Proyecto: Aquél que reúne los requisitos técnicos y otros implícitos en las presentes Reglas de
Operación.
Registro de Organización Migrante: Documento expedido por la SEZAMI, en favor de una
Organización Migrante por el cual reconoce su conformación formal.
Reglas de operación: Las presentes Reglas de Operación del Programa.
Representante migrante: Persona radicada en el Estado de Zacatecas, designada por la
Organización Migrante, encargada de realizar las acciones y recibir notificaciones relacionadas con el proyecto. No podrá pertenecer a ninguna instancia de cualquiera de los tres órdenes de gobierno.
Asimismo, contará, con la facultad de celebrar el instrumento jurídico denominado "Convenio de
Concertación".
SEFIN: Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado.
SEZAMI: Secretaría del Zacatecano Migrante de Gobierno del Estado.
SFP: Secretaría de la Función Pública de Gobierno del Estado.
SIG 2x1: Sistema de Gestión del Programa 2x1, por el cual los solicitantes podrán registrar y consultar el estatus de sus proyectos.
V. ALINEACIÓN CON INSTRUMENTOS PROGRAMÁTICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo
Principio rector: II. Bienestar para todos.
Objetivo: Generar condiciones para la construcción de un entorno de bienestar con oportunidades de desarrollo para toda la población.
Política Pública: 7. Integración de la comunidad migrante.
Objetivo: Fortalecer los lazos de nuestra comunidad migrante con sus comunidades de origen, generando condiciones adecuadas para que puedan vivir con dignidad y seguridad.
2. Programa General Prospectivo Zacatecas 2033
Estrategia de Intervención: Sociedad con bienestar: Fortalecimiento comunitario, florecimiento social e integración regional.
Componente Estratégico: Combatir la pobreza y satisfacer las necesidades básicas de la población
3. Derechos Humanos que se atienden o fortalecen
25. Derecho de las personas migrantes.
4. Objetivos de Desarrollo Sostenible que se atienden
10. Reducción de las Desigualdades.
VI. OBJETIVOS
Objetivo General
Contribuir al bienestar de la Comunidad Zacatecana Migrante, a través de proyectos de infraestructura social y educativa que fortalezca su arraigo y vinculación con sus raíces.
Objetivos Específicos
OE 1. Promover el desarrollo comunitario de las localidades de origen de las personas zacatecanas
migrantes, apoyando el desarrollo de proyectos de infraestructura social y servicios comunitarios.
OE 2. Facilitar la formación educativa, la permanencia escolar, así como, la calidad de los espacios
educativos, a través de becas y proyectos de inversión.
OE 3. Contribuir en el equipamiento y/o mantenimiento de bienes muebles o inmuebles, a través de
proyectos de ejecución expedita de baja inversión.
VII. ALCANCE
“Este programa está diseñado con perspectiva de género, por lo que para la operación del mismo se consideran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad entre los géneros.
Tratándose de personas que, en términos de la legislación aplicable, sean reconocidas con la calidad de víctima directa o indirecta por la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Estado, tendrán acceso de manera prioritaria y excepcional al programa regulado por las presentes reglas de operación con un enfoque transversal, de género y diferencial siendo responsabilidad de todas las Dependencias y Entidades, admitir como único requisito la constancia que las reconozca con tal carácter para justificar la aplicación de los apoyos, así como realizarlo de forma inmediata en favor de la víctima.”
1. Cobertura territorial
El Programa operará en los 58 Municipios del Estado de Zacatecas.
2. Población potencial
Aquella población migrante y sus familias, de la cual se garanticen sus derechos humanos, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y cualquier otro grupo considerado dentro de los de situación de vulnerabilidad.
3. Población objetivo
Aquella que constituye las localidades seleccionadas por la Organización Migrante, con carencia de infraestructura social básica, acceso a servicios comunitarios, educativos, así como la que se encuentre en situación de pobreza extrema, tomando en cuenta el mayor índice de intensidad migratoria.
VIII. DEL PROYECTO Y BENEFICIARIOS
1. Criterios de elegibilidad
1. Atender los principios de accesibilidad con diseño universal.
2. Pertenecer a la Comunidad Zacatecana Migrante.
3. Se priorizarán aquellos Proyectos que tengan mayor impacto en el Bienestar de los Beneficiarios.
4. El Proyecto beneficie a grupos vulnerables y genere igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
5. Que el Proyecto beneficie al mayor número de personas en la zona de ejecución.
6. El Club Migrante debe contar con una antigüedad de conformación mayor a tres meses, así como evidenciar las acciones en beneficio de la Comunidad Zacatecana Migrante.
7. Se dará prioridad a los Proyectos de los Municipios y/u Organizaciones Migrantes que cuenten con menor participación en el programa en años anteriores.
8. Priorizar la contratación de personas zacatecanas migrantes retornadas favoreciendo su reinserción a la vida productiva del Estado.
9. Priorizar proyectos encaminados a los cuatro ejes del Plan Estatal de Desarrollo 2022- 2027.
2. Requisitos de elegibilidad
1. Contar con registro vigente expedido por la SEZAMI. (Si pierde vigencia en el transcurso del trámite, deberá renovarse antes de la suscripción del Convenio de Concertación).
2. Presentar registro de solicitud de Proyecto debidamente requisitado (en la inteligencia que lo debe suscribir quien represente a la Organización Migrante). Anexo 1
3. Indicar en la solicitud del Proyecto, los datos de la persona representante de la Organización Migrante en el Estado.
4. Anexar copia de identificación oficial vigente, CURP, así como, comprobante de domicilio de la persona representante de la Organización Migrante en Zacatecas, mismo que deberá tener una antigüedad no mayor a tres meses.
5. La Organización Migrante demuestra solvencia económica por lo menos del 51% de su aportación para el proyecto que propone, garantizando la transferencia bancaria establecida en el extranjero a la cuenta mancomunada, el otro 49% podrá ser aportación de las personas zacatecanas radicadas en el Estado. Anexo 2
6. Presentar expediente técnico, que deberá contener los documentos que señala el Anexo 3 de las presentes Reglas de Operación.
3. Restricciones de elegibilidad
1. No pertenecer a la Comunidad Zacatecana Migrante.
2. El Municipio o la Organización Migrante no cuente con el recurso suficiente para llevar a cabo el Proyecto.
3. Contar con expediente técnico incompleto.
4. Derechos de los beneficiarios
1. Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna.
2. Recibir asesoría y capacitación por parte de la SEZAMI, y/o instancia ejecutora, respecto de la operación del Programa.
3. Recibir los beneficios del Programa.
4. Formar parte del Comité de Contraloría Social del Programa.
5. La Organización Migrante, puede proponer proyectos y verificar su validación, ejecución y cumplimiento; así como, vigilar la correcta aplicación de los recursos destinados al mismo.
5. Obligaciones de los beneficiarios
1. Cumplir con lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
2. Declarar bajo protesta de decir verdad, datos personales, relativos a: nombre, edad, sexo, domicilio, situación socioeconómica, grado máximo de estudios, número de dependientes económicos, fecha y lugar de nacimiento, CURP; así como la información relativa al ejercicio, destino final de los recursos otorgados e informe financiero de los gastos.
3. Aplicar los beneficios recibidos del Programa, exclusivamente para los fines autorizados.
4. Aceptar y facilitar verificaciones, auditorías e inspecciones, proporcionando la información requerida por la SEZAMI, instancias ejecutoras, fiscalizadoras o de cualquier autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos recibidos.
5. Criterios de incumplimiento, retención, suspensión o reducción de recursos
1. Cuando la aportación de la Organización Migrante incumpla con el supuesto de procedencia del extranjero, se cancelará el Proyecto, excepcionalmente en el caso que rectifiquen dentro del plazo establecido por el COVAM, se podrá dar continuidad.
2. De no cumplir con los plazos establecidos para la solventación del expediente técnico y la realización de las aportaciones del Municipio y la Organización Migrante para la ejecución del proyecto, se cancelará para darle oportunidad a otras propuestas.
3. Cuando se detecten inconsistencias en la ejecución del Proyecto, se podrá suspender la ministración del recurso e inclusive solicitar su reintegro.
4. La aportación para becas, correspondiente al Club Migrante, deberá realizarse estrictamente por éste, de lo contrario el Proyecto será cancelado.
IX. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS
La SEZAMI, el Municipio y la Organización Migrante, aportan recursos para la realización de Proyectos de beneficio social que favorezcan el desarrollo de sus comunidades de origen y contribuyan a elevar la calidad de vida de su población.
Del monto total presupuestario etiquetado para el Programa, se destinará un 4% (cuatro por ciento) para proyectos de equipamiento y mantenimiento, y hasta un 4% (cuatro por ciento) para gastos de operación.
Con la finalidad de apoyar al mayor número de Clubes Migrantes, cada uno podrá proponer proyectos hasta por un monto total de $ 3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100. M.N.), para el presente ejercicio fiscal.
El monto total para el presente ejercicio fiscal aportado por el Municipio, no podrá ser superior a
Iván Reyes Millán, Encargado del Despacho de la Secretaría del Zacatecano Migrante, con
fundamento en los artículos 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas;
2, 3, 4, 24, 25 fracción XVI, 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Zacatecas; 3, 4, 10 de la Ley para la Atención de los Zacatecanos Migrantes y sus Familias; 2 y 8
fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría del Zacatecano Migrante, y
CONSIDERANDO
Los Derechos Humanos, así como las garantías para su protección reconocidas en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los cuales el Estado
Mexicano sea parte, y los señalados en dicha Constitución, se interpretarán favoreciendo en todo
tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de promover, respetar,
proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Será a través de la colaboración con los tres órdenes de gobierno que las personas migrantes
propiciaran bienestar y desarrollo económico a sus lugares de origen, ejes generales del Plan
Nacional de Desarrollo, atendiendo claro, el principio rector de “No más migración por hambre o por
violencia”.
Virtud que Zacatecas forma parte de las Entidades Federativas con alto índice intensidad migratoria,
la Constitución local, prevé derechos y prerrogativas en favor de este sector de la población
zacatecana, como lo es la residencia binacional y diputación migrante.
En ese tenor, de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Zacatecas, a la Secretaría del Zacatecano Migrante, le corresponde definir, implementar,
coordinar y regular la Política Estatal en materia de atención a personas zacatecanas migrantes y
sus familias, claro, sin contravenir lo dispuesto por la Legislación Federal.
De igual forma, mantener, promover, fomentar y fortalecer, de manera permanente, las relaciones
de cooperación, coordinación y organización de las personas zacatecanas residentes en el extranjero
con el Gobierno del Estado, los Gobiernos Municipales; así como, con organismos de la sociedad
civil de la Entidad.
Asimismo, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal podrán generar
políticas públicas para la atención de las personas zacatecanas migrantes y sus familias, en
coordinación con esta Secretaría, en materia cultural, desarrollo económico, desarrollo rural
sustentable, educación, juventud, igualdad, inclusión, salud, turismo, entre otras, que sean
competencia del Ejecutivo Estatal como lo señala la Ley para la Atención de los Zacatecanos
Migrantes y sus Familias.
En ese sentido, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio
fiscal 2022, considera el Programa “2x1 para migrantes”, con un monto de $28,194,643.00
(veintiocho millones ciento noventa y cuatro mil seiscientos cuarenta y tres pesos 00/100 M.N.). Así
como, la obligatoriedad en la publicación de sus Reglas de Operación.
En este tenor, las Reglas de Operación, se consideran un instrumento que contribuye a regular,
armonizar, transparentar y eficientar la intervención gubernamental en el uso de los recursos públicos
destinados a este Programa, así como en la promoción del Desarrollo Económico. Por lo
anteriormente expuesto tengo a bien emitir las siguientes:
4 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL
Gobierno del Estado de Zacatecas
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “2X1 PARA MIGRANTES”
III. JUSTIFICACIÓN
La mayor riqueza de las naciones es su población; sin embargo, el modelo neoliberal agudizó la
emigración de mexicanos, situación que contribuye esencialmente al deterioro del tejido social en el
ámbito familiar, demográfico, económico, político, cultural, de desarrollo social, entre otros. Hoy
tenemos que un alto porcentaje de nuestra gente reside fuera del país, específicamente en Estados
Unidos de América, muchas veces en condiciones de precariedad, sujeta a discriminación y
atropellos. Aspiramos a ofrecer a la Comunidad Zacatecana Migrante las condiciones adecuadas
para que puedan vivir con dignidad y seguridad en la tierra en la que nacieron.
Las personas zacatecanas radicadas en nuestro país vecino del norte, son reconocidos a nivel
internacional por la capacidad que han demostrado para organizarse y contribuir con sus
comunidades de origen con proyectos de inversión y de infraestructura, propiciando así, su desarrollo
económico, a través del envío de remesas colectivas. En la actualidad, existen aproximadamente
350 clubes de migrantes, conformados en 25 Federaciones en dicho país.
Por lo anterior, el Gobierno del Estado convencido de la fortaleza que presenta este sector, ha
impulsado la vinculación permanente con la Comunidad Zacatecana Migrante, generando políticas
públicas para su atención; considerada esta como una de las mejores organizadas del país en
materia de migración, siempre a la vanguardia y siendo pioneros en varios programas; entre ellos, el
2x1 en el año 1992, con el que se llevaron a cabo obras y acciones con la participación de los clubes
de migrantes y los Gobiernos Federal y Estatal, antecedente del programa 3x1 en el Estado de
Zacatecas, que inició en el año de 1999, programa al que además de las aportaciones de los
participantes señalados, se suma la participación de los Municipios, mismo que se convirtió en un
programa Nacional a partir del año 2002.
Virtud de mantener y fortalecer la inclusión productiva y de inversión en el Estado, la Administración
Pública Estatal, alineada al Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 determina continuar el presente
Programa de coinversión a efecto de procurar el bienestar de la Comunidad Zacatecana Migrante.
IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Acta de entrega recepción o certificación de acciones: Documento que da constancia de la
terminación de un Proyecto.
Avance físico financiero: Documento por el cual el ejecutor detalla el avance en el ejercicio de los
recursos contratados y que se debe presentar de manera mensual a la SEZAMI.
Beneficiario: Comunidad Zacatecana Migrante.
Capacidades técnicas: Habilidades, conocimientos técnicos y específicos implicados en el correcto
desarrollo de un Proyecto.
Club migrante: Organización conformada por al menos 10 personas zacatecanas mayores de 18
años con intereses comunes, radicadas en el exterior, que entre otras, realizan acciones en favor de
sus comunidades de origen en Zacatecas, y que cuentan con registro ante la SEZAMI.
COEPLA: Coordinación Estatal de Planeación.
Comunidad Zacatecana Migrante: Personas zacatecanas migrantes, sus familias y comunidades
de origen.
Contraloría social: Conjunto de acciones de control, vigilancia y evaluación que realizan las
personas, de manera organizada o independiente, en un modelo de derechos y compromisos
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 5
Gobierno del Estado de Zacatecas
ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos
públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, así como para
exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes.
Convenio de concertación: Instrumento jurídico, a través del cual las partes que en él intervienen
formalizan y aseguran el cumplimiento de la normatividad del Programa.
COVAM: Comité de Validación y Atención a Migrantes.
Cuenta bancaria mancomunada: Contrato bancario aperturado por el Municipio y la
Representación Migrante, para el ejercicio exclusivo de los recursos del Proyecto.
CUIS: Cuestionario Único de Información Socioeconómica, es el instrumento de recolección de
información, por el cual, se registran los datos sobre las condiciones socioeconómicas y
demográficas del hogar, así como, de sus integrantes, con el objetivo de identificar a la posible
persona beneficiaria.
CURP: Clave Única de Registro de Población.
Ente normativo: Aquel en el ámbito Federal y/o Estatal, facultado para validar técnicamente los
proyectos de su competencia.
EE. UU.: Estados Unidos de América.
Ejecutor: Municipio responsable o en su caso, la Organización Migrante con capacidad técnica,
material y humana que conviene con la SEZAMI la ejecución del Proyecto.
Expediente técnico: Conjunto de documentos que determinan en forma explícita las características,
requisitos y especificaciones necesarias para la ejecución de un Proyecto. Está constituido por:
Planos por especialidades, especificaciones técnicas, metrados y presupuestos, análisis de precios
unitarios, cronograma de ejecución y memorias descriptivas, en su caso, fórmulas de reajuste de
precios, estudios técnicos específicos (de suelos, de impacto vial e ambiental, geológicos, entre
otros); la relación de ensayos y/o pruebas que se requieren.
Federación de clubes migrantes: Organización autónoma conformada por un mínimo de cinco (5)
clubes migrantes; sin fines de lucro y filiación política, con mesa directiva; radicada en EE. UU., y
registrada ante la SEZAMI.
Gobierno del Estado: Gobierno del Estado de Zacatecas.
Grado de marginación: Refiere al índice de marginación del Consejo Nacional de Población.
Grupo de hecho: Conjunto conformado de tres (3) a cinco (5) personas zacatecanas migrantes
mayores de edad, aportantes para proyectos de equipamiento y mantenimiento, y que cuenta con
registro ante la SEZAMI.
Localidad: Lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cuales pueden
estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposición legal o la
costumbre.
MIR: Matriz de Indicadores para Resultados, es una herramienta de planeación, que en forma
resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos de una intervención pública y su
alineación con aquellos de la planeación estatal y sectorial; incorpora los indicadores que miden los
objetivos y sus resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de
los indicadores; describe los bienes y servicios que entrega a la sociedad, así como las actividades
e insumos para producirlos; e incluye los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño
del programa.
6 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL
Gobierno del Estado de Zacatecas
Municipio: Base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los Estados,
goza de personalidad jurídica y patrimonio propio.
ODS: Objetivo para el desarrollo sostenible.
Organización migrante: Grupo de personas zacatecanas organizadas en Federaciones, clubes o
grupos de hecho, que radican en el extranjero, trabajan en beneficio de la Comunidad Zacatecana
Migrante, y están registrados ante la SEZAMI.
Programa: Programa “2x1 para migrantes”.
Proyecto: Aquél que reúne los requisitos técnicos y otros implícitos en las presentes Reglas de
Operación.
Registro de Organización Migrante: Documento expedido por la SEZAMI, en favor de una
Organización Migrante por el cual reconoce su conformación formal.
Reglas de operación: Las presentes Reglas de Operación del Programa.
Representante migrante: Persona radicada en el Estado de Zacatecas, designada por la
Organización Migrante, encargada de realizar las acciones y recibir notificaciones relacionadas con
el proyecto. No podrá pertenecer a ninguna instancia de cualquiera de los tres órdenes de gobierno.
Asimismo, contará, con la facultad de celebrar el instrumento jurídico denominado "Convenio de
Concertación".
SEFIN: Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado.
SEZAMI: Secretaría del Zacatecano Migrante de Gobierno del Estado.
SFP: Secretaría de la Función Pública de Gobierno del Estado.
SIG 2x1: Sistema de Gestión del Programa 2x1, por el cual los solicitantes podrán registrar y
consultar el estatus de sus proyectos.
V. ALINEACIÓN CON INSTRUMENTOS PROGRAMÁTICOS
1. Plan Estatal de Desarrollo
Principio rector: II. Bienestar para todos.
Objetivo: Generar condiciones para la construcción de un entorno de bienestar con
oportunidades de desarrollo para toda la población.
Política Pública: 7. Integración de la comunidad migrante.
Objetivo: Fortalecer los lazos de nuestra comunidad migrante con sus comunidades de
origen, generando condiciones adecuadas para que puedan vivir con dignidad y seguridad.
2. Programa General Prospectivo Zacatecas 2033
Estrategia de Intervención: Sociedad con bienestar: Fortalecimiento comunitario, florecimiento
social e integración regional.
Componente Estratégico: Combatir la pobreza y satisfacer las necesidades básicas de la
población $9,000,000.00 (nueve millones de pesos 00/100. M.N.).
Los montos máximos por Municipio o Club Migrante podrán ser mayores a los aquí establecidos, de conformidad con lo que determine el COVAM, a partir de la segunda sesión del Comité, siempre y cuando se cuente con suficiencia presupuestal y/o no exista más demanda de diferentes Clubes Migrantes y/o Municipios.
A) Vertiente de Proyectos de Desarrollo Comunitario
1. Para Proyectos de Infraestructura Social
Tipo:
Construcción, ampliación y/o rehabilitación de:
Sistemas de agua potable y drenaje;
Sistemas de electrificación;
Tramos carreteros y caminos;
Alumbrado público;
Plazas y jardines;
Muros de contención;
Centros de salud o de casas para personas adultas mayores;
Centros de rehabilitación;
Plantas para tratamiento de aguas residuales;
Calles, guarniciones y banquetas o pavimentación y/o empedrado y/o
adoquinado, y
Perforación, electrificación y equipamiento de pozos de agua potable.
Característica: Aporten al desarrollo comunitario a través de la atención de necesidades en materia de infraestructura de servicios básicos y de mejoramiento urbano.
Periodicidad: En dos (2) ministraciones, mediante transferencia bancaria en cada proyecto.
Monto: El monto máximo por Proyecto será de $3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la mezcla financiera siguiente: 33.34% corresponderá a la SEZAMI, 33.33% a la Organización Migrante y el 33.33% al Municipio.
2. Para Proyectos de Servicios Comunitarios
Tipo:
Construcción, ampliación y/o rehabilitación de:
Templos;
Lienzos charros;
Campos deportivos;
Salas de descanso;
Panteones;
Adquisición e instalación de antenas para acceso a comunicación;
Equipamiento de:
Plazas y jardines;
Centros de salud;
Centros de rehabilitación u otros espacios públicos, y
Adquisición de vehículos de transporte para servicio comunitario.
Característica: Aporten al desarrollo comunitario a través de la atención de necesidades en materia de espacios destinados a actividades de desarrollo social, educación, salud, deporte, equipamiento y servicios a la comunidad.
Periodicidad: En dos (2) ministraciones, mediante transferencia bancaria en cada proyecto, con excepción de equipamiento y adquisición, que será en una ministración.
Monto: El monto máximo por Proyecto será de $3,000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la mezcla financiera siguiente: 33.34% corresponderá a la SEZAMI, 33.33% a la Organización de Migrantes y el 33.33% al Municipio.
3. Para Proyectos Educativos
Tipo:
Computadoras;
Pantallas;
Proyectores;
Materiales para laboratorios, talleres o deportes;
SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 11
Gobierno del Estado de Zacatecas
Mobiliario para aulas y bibliotecas;
Adquisición de vehículos para transporte estudiantil;
Construcción, ampliación y/o rehabilitación de aulas, canchas, domos, entre otros;
Construcción de piso y muro perimetral;
Abastecimiento de agua;
Construcción o remodelación de baños;
Conexión a la red de drenaje, y
Acceso a la red eléctrica.
Característica: Mejorar la calidad de la educación, contribuyendo en el mejoramiento y equipamiento de las instituciones de educación pública, a efecto de contar con espacios dignos y adecuados para las personas estudiantes.
Periodicidad: En dos (2) ministraciones, mediante transferencia bancaria en cada proyecto, con excepción de equipamiento y adquisición, que será en una ministración.
Monto:
Para equipamiento de instituciones públicas el monto máximo por Proyecto será de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la mezcla financiera siguiente: 33.34% corresponderá a la SEZAMI; 33.33% a la Organización Migrante y 33.33%
al Municipio.
Para construcción o mejoramiento de infraestructura escolar el monto máximo por Proyecto será de $3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la mezcla financiera siguiente: 33.34% corresponderá a la SEZAMI; 33.33% a la Organización Migrante y 33.33% al Municipio.
4. Para Proyectos de Equipamiento y Mantenimiento para Grupos de Hecho
Con la finalidad de apoyar al mayor número de Grupos de Hecho, cada uno podrá proponer proyectos hasta por un monto total de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100. M.N), para el presente ejercicio fiscal.
Tipo: Equipamiento y/o mantenimiento de bienes muebles e inmuebles de carácter público.
Característica: Baja inversión y ejecución expedita.
Periodicidad: Por única ocasión y ministración, mediante transferencia bancaria en cada
proyecto.
Monto: El monto máximo por Proyecto será de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con una mezcla financiera equitativa entre los aportantes, que podrán ser la SEZAMI, el Grupo de Hecho, y en su caso, el Municipio.
B) Vertiente de Apoyos Individuales
1. Para Becas Escolares
Tipo: Beca monetaria.
Característica: Apoyo económico mediante cheque.
Periodicidad: En una exhibición, por única ocasión.
Monto:
$1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) para nivel Preescolar;
$2,100.00 (Dos mil cien pesos 00/100 M.N.) para nivel Primaria;
$6,000.00 (Seis mil pesos 00/100 M.N.) para nivel Secundaria;
$10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) para nivel medio superior, y
$12,000.00 (Doce mil pesos 00/100 M.N.) para nivel Superior y Técnico Superior.
Aunado a los montos descritos, como acción afirmativa en beneficio de mujeres y grupos vulnerables, estos tendrán un aumento del 20% (veinte por ciento).
Los montos descritos se integran conforme la mezcla financiera siguiente: 33.34% correspondiente a la SEZAMI; 33.33% a la Organización Migrante, y 33.33% al Municipio.
Criterios de elegibilidad
1. Ser estudiante.
2. Estar inscrito en una institución de educación pública.
3. Que no sea favorecido mediante otro Programa con beneficios similares.
4. Figurar en el listado propuesto por el Club Migrante.
Requisitos de elegibilidad
1. Copia de acta de nacimiento.
2. CURP.
3. Copia de identificación oficial de alguna de las siguientes:
Credencial de elector, expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE);
Credencial escolar;
Pasaporte vigente;
Constancia de estudio con fotografía y sello institucional, o
Constancia de residencia con fotografía y sello institucional, expedida por el Municipio.
4. Copia de comprobante de domicilio con vigencia de expedición no mayor a tres meses,
puede ser:
Recibo de energía eléctrica;
Agua potable, o
Servicio telefónico.
5. Constancia de estudio, que indique el grado escolar que cursa, para el caso de nivel
superior y técnico superior, especificar la especialidad y los periodos de los que consta.
6. Copia de boleta de calificaciones del último grado escolar, excepto para el caso de nivel preescolar, que se acredita con la constancia respectiva.
7. Carta bajo protesta de decir verdad dirigida al ejecutor, en la que se manifieste que no es beneficiario de otro programa similar en un ente público de cualquiera de los tres niveles de gobierno, signada por el representante del Club Migrante en México y por
el beneficiario o su tutor;
8. Requisitar el CUIS, en caso que el solicitante sea menor de edad o incapaz, ha de suscribirlo su tutor, anexando copia de identificación oficial.
9. Además de aquellos referidos en el apartado VIII numeral 2 de las Presentes Reglasde Operación.
2. Para Vivienda Digna
Tipo:
Suministro e instalación de:
Tinacos;
Calentadores solares;
W.C, lavabos, y
Baños ecológicos.
Característica: Aportar al desarrollo de vivienda digna para el bienestar de las familias.
Periodicidad: Ministración única, mediante transferencia bancaria en cada proyecto.
Monto: El monto máximo por Proyecto será de $3,000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la mezcla financiera siguiente: 33.34% corresponderá a la SEZAMI, 33.33% al Club Migrante, y 33.33% al Municipio.
Criterios de elegibilidad
1. Pertenecer a familia de escasos recursos;
2. Se dará preferencia a hogares conformados por madres jefas de familia, y
3. Figurar en el listado propuesto por el Club Migrante.
Requisitos de elegibilidad
1. Figurar dentro del Padrón de Beneficiarios presentado por el ejecutor;
2. El bien debe instalarse en la vivienda del beneficiario, y
3. Además de aquellos referidos en el apartado VIII numeral 2 de las Presentes Reglas de Operación.
De los gastos de operación
Para el desarrollo de la operación del Programa se destinará hasta un 4% (cuatro por ciento) del presupuesto estatal asignado al mismo, será ejecutado en apego a las disposiciones en materia de adquisiciones de bienes y servicios.
El porcentaje a que hace referencia el párrafo anterior, podrá ser utilizado en los conceptos
siguientes:
1. Mantenimiento preventivo y correctivo de parque vehicular destinado al Programa;
2. Combustibles y lubricantes;
3. Contratación para la adquisición de software, y
4. Servicios de supervisión.
X. OPERATIVIDAD
La SEZAMI es la instancia única de recepción de expedientes del Programa, habrá de recibirlos de 8:30 a 15:00 horas en Circuito Cerro del Gato, Edificio “B”, Segundo Piso, Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zacatecas, Código Postal 98160, conforme a la calendarización que determine la SEZAMI.
1. Planteamiento
1.1. La Organización Migrante registra solicitud en el SIG 2x1.
1.2. La SEZAMI revisa la solicitud de estilo, a efecto de que esta, sea requisitada debidamente.
1.3. La Organización Migrante imprime, firma y envía de forma física la solicitud de proyecto.
1.4. Vía correo electrónico la SEZAMI remite oficio a las Organizaciones de Migrantes, así como a los Municipios fijando plazos para recepción de los expedientes técnicos, solicitándoles, la requisición de los formatos aplicables al proyecto.
1.5. Una vez recibido el expediente técnico completo y de forma física, se procede a su revisión. En caso que se encuentren inconsistencias, se notifica a los involucrados mediante correo electrónico, a efecto que las solventen otorgándoles cinco (5) días hábiles para tal efecto.
1.6. La SEZAMI hace del conocimiento al COVAM los proyectos registrados en el SIG 2x1, convocando a Sesión.
1.7. El COVAM valida los proyectos a apoyar y determina las fechas para la realización de depósitos del Municipio y Organización Migrante.
1.8. La SEZAMI informa por medios electrónicos, los resultados de las sesiones del COVAM.
1.9. El Municipio y el representante de la Organización Migrante, aperturan cuenta bancaria mancomunada, depositando su aportación dentro del plazo establecido por el COVAM, notificando mediante oficio a la SEZAMI y SEFIN.
1.10. Los aportantes formalizan mediante Convenio de Concertación la ejecución del Proyecto.
1.11. La SEZAMI remite a COEPLA expediente técnico simplificado, a efecto que ésta emita el oficio de ejecución respectivo.
1.12. La COEPLA remite oficio de ejecución a la SEZAMI, esta a su vez, al Municipio.
1.13. El Municipio inicia proceso de contratación respecto del proyecto.
1.14. Una vez completo el proceso de contratación, el Municipio lo remite a la SEZAMI.
1.15. El Municipio remite a la SEZAMI original de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) sellados y firmados por el Presidente, Síndico y Tesorero municipal.
1.16. La SEZAMI tramita ante SEFIN la liberación de recursos estatales.
1.17. La SEFIN transfiere los recursos estatales a la cuenta mancomunada.
1.18. El Municipio inicia la ejecución del Proyecto.
1.19. El Municipio envía documentación comprobatoria e informa mensualmente a la SEZAMI el avance físico financiero del Proyecto.
1.20. La SEZAMI registra avances físico financieros e integra documentación comprobatoria.
1.21. El Municipio supervisa la ejecución de las acciones conforme al Proyecto.
1.22. La SFP y la SEZAMI acompañan y verifican el proceso de ejecución del Proyecto.
1.23. En caso de encontrar inconsistencias, la SFP y/o la SEZAMI notifica tal circunstancia al Municipio.
1.24. El Municipio solventa inconsistencias.
1.25. Una vez concluidos los trabajos, el Municipio convoca a los participantes al acto de entrega recepción por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación.
1.26. Se formaliza la conclusión del Proyecto con la firma del acta de entrega recepción.
1.27. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del acta de entrega recepción, el Municipio entrega a la SEZAMI el ejemplar respectivo.
XI. MONITOREO, EVALUACIÓN Y CONTRALORÍA SOCIAL
1. Monitoreo
Se realizará a través de informes trimestrales de avances de gestión, por la Unidad de Planeación Interna de la SEZAMI, que deberá ser entregado al Titular de esta, así como a la COEPLA.
2. Evaluación
La SEZAMI, realizará una evaluación interna para la identificación de mecanismos susceptibles de mejora, así como los avances finales del programa. Por su parte, las evaluaciones externas deberán ser, asimismo, en función de lo que se establezca el Consejo Estatal de Evaluación y del Programa Anual de Evaluación.
3. Indicadores de evaluación
Los que se indican en la MIR, informados por la Unidad de Planeación Interna de la SEZAMI.
4. Contraloría social Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo. Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública, a efecto de que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, elaborada por la Instancia Ejecutora y validada por la Secretaría de la Función Pública; y demás documentos normativos establecidos por el Programa, promoviendo la participación de hombres y mujeres preferentemente de forma equitativa en la Conformación de los Comités de Contraloría Social.
5. Ejercicio de recursos
La SEZAMI reporta a la SEFIN, mediante el Sistema Integrado de Información Financiera.
XII. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
1. Datos Generales del Mecanismo de Participación Ciudadana
a) Institución que lo coordina: La SEZAMI.
b) Área dentro de la Institución responsable de la coordinación del mecanismo: La que designe el Titular de la SEZAMI.
c) Nombre del mecanismo: Comité de vinculación ciudadana 2x1 COVICE 2x1
d) Objetivo general del mecanismo: Vigilar el adecuado cumplimiento de las presentes Reglas de Operación.
e) Tema central a desarrollar por el mecanismo: Vigilar el cumplimiento del objetivo y alcance del proyecto.
f) Requisitos para acceder al mecanismo de participación: Ser beneficiario del proyecto.
g) Principal sustento jurídico que da origen al mecanismo: Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social del Estado de Zacatecas, para las Dependencias y Entidades de la Administración Publica del Gobierno del Estado de Zacatecas y Municipios.
2. Vigencia. Durante la ejecución del Proyecto y hasta la suscripción del acta de entrega- recepción o certificación de acciones.
3. Tipo de Participación. De monitoreo.
4. Modalidad de la Participación. Presencial.
5. Forma o Figura de la Participación. Contraloría Social.
6. Nivel de Incidencia del Mecanismo de Participación. Vigilancia.
7. Cobertura Territorial Del Mecanismo. Estatal.
8. Convocatoria para participar en el Mecanismo. Será publicada en la página institucional de la SEZAMI, así como en las redes sociales oficiales de la misma.
9. Monitoreo y seguimiento.
El Comité de vinculación ciudadana 2x1 COVICE 2X1, deberá de elaborar su Plan de Trabajo, el cual será presentado ante la SEZAMI.
En las reuniones que se tengan con los Ejecutores del Programa se levantarán actas de acuerdos que deberán de tener cumplimiento antes de la próxima reunión.
El Comité de vinculación ciudadana 2x1 COVICE 2X1, entregará un informe de resultados a la
SEZAMI.
10. Datos de Contacto del Responsable Institucional del Mecanismo de Participación
Ciudadana.
a) Nombre: Silvia Ivonne.
b) Apellido Paterno: Delgado.
c) Apellido Materno: Molina.
d) Cargo: Auxiliar administrativo.
e) Estado: Zacatecas.
f) Municipio: Zacatecas.
g) Colonia: Ciudad Administrativa.
h) Calle: Circuito Cerro del Gato.
i) Número exterior: Edificio “B”.
j) Número interior: Planta Baja.
k) Código Postal: 98160.
l) Teléfono: 4924915000.
m) Extensión: 35324.
n) Correo electrónico: ivonne.delgado@zacatecas.gob.mx
XIII. INSTANCIAS PARTICIPANTES
1. Instancia Ejecutora. El Municipio o en su caso, la Organización Migrante.
2. Instancia Normativa. La SEZAMI.
3. Instancia de Control y Vigilancia. La SFP y la Auditoría Superior del Estado.
4. Instancia de apoyo operativo. La SEFIN, COEPLA y el Ente normativo descrito en el glosario de las presentes Reglas de
Operación.
XIV. TRANSPARENCIA
Publicación de las Reglas de Operación Adicional a la publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, estas lo serán también, en el portal de Transparencia y página oficial de internet de la SEZAMI.
Difusión
En el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Zacatecas;
Folletos;
Redes sociales oficiales;
Portal oficial de la SEZAMI, y
Comunicados de prensa.
El área responsable de la difusión será la Unidad de Comunicación Social de la SEZAMI.
La SEZAMI es la instancia encargada de recopilar los datos personales de las personas beneficiarias del Programa. Para mayor información acerca del tratamiento y de los derechos que puede hacer valer usted puede consultar el aviso de privacidad integral en nuestro portal de internet: http://sezami.zacatecas.gob.mx/avisos.html y/o de forma presencial en el área correspondiente de la SEZAMI.
El presente aviso de privacidad se reproducirá en los formatos aplicables al Proyecto.
Unidad de Transparencia
L.C. Cecilia Jasso Carrillo, Titular de la Unidad de Transparencia; teléfono 492 491 5000 extensión 37122; correo electrónico: transparencia.szm@zacatecas.gob.mx; domicilio: Circuito Cerro del Gato, Edificio “B”, Segundo Piso, Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zacatecas. Código postal 98160.
Padrón de Beneficiarios
Como elemento indispensable para la transparencia, rendición de cuentas, monitoreo y evaluación del Programa, la SEZAMI lo integrará en el Sistema de Padrón de Beneficiarios con todos aquellos solicitantes que hayan cubierto satisfactoriamente los requisitos previstos en las presentes Reglas de Operación, y posteriormente publicado en la página http://transparencia.zacatecas.gob.mx.
XV. QUEJAS Y DENUNCIAS
Procedimiento para interponer queja o denuncia
Deberá presentarse por escrito, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ante el Órgano Interno de Control de la SEZAMI, con domicilio en Circuito Cerro del Gato, Edificio “B”, Segundo Piso, Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zacatecas, Código Postal 98160; ante la Unidad de Investigaciones y Calificación de Faltas de la SFP, con domicilio en Circuito Cerro del Gato, Edificio “D”, Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zacatecas, Código Postal 98160, o en su caso, ante el Órgano Interno de Control del Municipio respectivo.
El escrito deberá contener lo siguiente:
Datos generales de la persona quien lo presenta;
Descripción de los hechos que motivan su queja o denuncia, y
Nombre y firma.
Áreas responsables de atención de quejas y denuncias
Los Órganos Internos de Control de la SEZAMI y/o del Municipio respectivo. Así como el Sistema de
Atención Ciudadana.
Para la presentación de quejas y/o denuncias derivadas de la operación del Programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:
Red Estatal de Buzones;
Sistema Electrónico de Atención Ciudadana:
http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx;
correo electrónico: contraloría.social@zacatecas.gob.mx, y
Lada gratuita: 800 55 26 26 67.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Las presentes Reglas de Operación son de observancia general y tienen por objeto establecer los mecanismos de operación que regirán la ejecución del Programa “2X1 para migrantes” y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
SEGUNDO.- En tanto no se publiquen los lineamientos para el registro de Organizaciones de Migrantes y de integración y funcionamiento del Comité de Validación y Atención a Migrantes, al respecto, se aplicará lo publicado en las Reglas de Operación para el ejercicio fiscal 2021.
TERCERO.- Los criterios no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por la Secretaría del Zacatecano Migrante, con el fin de dar cumplimiento a los fines del programa. Este programa está regido por lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, y el uso adecuado de los recursos que se entregan por parte de la Secretaría del Zacatecano Migrante es responsabilidad de quien los recibe.
Este programa es público, ajeno a cualquier partido político, queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos.
En la ciudad de Zacatecas, Zacatecas., a veinte (20) de enero de dos mil veintidós (2022).
Iván Reyes Millán
Encargado del Despacho
de la Secretaría del Zacatecano Migrante.