Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
1
La violencia contra las mujeres y las niñas se reproduce sin límites geográficos,
políticos, culturales, educativos y económicos. Está presente en el ámbito familiar,
laboral, escolar, en las calles, transporte, en los espacios públicos, en los medios
de comunicación. Al ser un fenómeno expansivo es que se han establecido
medidas para que los estados en el ámbito de su competencia brinden atención
especializada a las mujeres víctimas de violencia. Por ello, tanto la Ley General
como Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en su
Artículo 8, contemplan la creación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas
de Violencia y la correspondiente implementación de sus modelos de atención
para garantizar a las mujeres su seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos
humanos.
La Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas (Semujer) según lo previsto
en los artículos 40, fracción XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado y 47 del Reglamento Interior de la Semujer, tiene la atribución de
brindar atención integral a través de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas
de Violencia por esta razón presenta el Protocolo de Actuación de los Centros
de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de la Secretaría de las Mujeres
del Estado de Zacatecas, que tiene como finalidad establecer el proceso-ruta de
atención que seguirán con base en los principios de actuación, para evitar la re
victimización y asegurar que no se vulneren los derechos humanos de las
mujeres .
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
2
ÍNDICE
Introducción...........................................................................................................3
I. Marco Conceptual ........................................................................................6
II. De los Principios básicos de actuación en los Centros de Atención a
Mujeres Víctimas de Violencia ...................................................................20
III. De la Ruta de Atención...............................................................................23
1 Expediente Universal y Entrevista ...................................................23
2 Detección de la violencia ................................................................ 25
3 Acompañamiento a la mujer víctima de violencia ............................26
4 Valoración del caso..........................................................................27
a) Atención Jurídica...................................................................27
b) Atención Psicológica .............................................................28
c) Trabajo social........................................................................29
5 Atención a hijas e hijos de las usuarias ...........................................29
6 Seguimiento de la ruta de acompañamiento....................................30
7 Plan de empoderamiento económico...............................................30
8 Seguimiento y evaluación ................................................................31
De la descripción de Actividades ......................................................................31
I. Ingreso y apertura de expediente universal................................................30
II. Trabajo Social.............................................................................................34
III. Entrevista inicial..........................................................................................36
IV. Atención Jurídica .......................................................................................39
V. Atención Psicológica ..................................................................................40
VI. Contacto a red de apoyo familiar ...............................................................42
VII. Canalización a casa de tránsito, albergue o refugio ..................................43
VIII. Elaboración del programa de crecimiento .................................................45
IX. Seguimiento y apoyo de actividades de crecimiento ..................................47
Bibliografía ..........................................................................................................50
Anexo 1 ...............................................................................................................52
Anexo 2 ................................................................................................................62
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
3
Introducción
Existen diversos instrumentos internacionales que contemplan medidas dirigidas a
alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres así como erradicar la violencia
contra las mujeres y niñas, destacan la Convención sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación en contra la Mujer (CEADAW)1y la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belém Do Pará).
Sabemos que con base en los mecanismos de protección de los derechos
humanos de las mujeres y acorde con el artículo 1º de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)2, todas las autoridades deben interpretar
las normas “pro persona” y de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado debe
prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos,
en los términos que establezca la ley.
Si bien existen diversos avances normativos relativos a los derechos humanos de
las mujeres, la realidad se impone al palparla en la vida cotidiana. La violencia
contra las mujeres y las niñas se reproduce sin límites geográficos, políticos,
culturales, educativos, económicos. Está presente en el ámbito familiar, laboral,
escolar, en las calles, transporte, en los espacios públicos, en los medios de
comunicación (Anexo1).
Al ser un fenómeno expansivo es que se han establecido medidas para que los
estados en el ámbito de su competencia brinden atención especializada a las
1
Carta Universal de los Derechos Humanos de las Mujeres.
2
Publicada en el Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2011.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
4
mujeres víctimas de violencia. Por ello, tanto la Ley General como Estatal de
Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia3, contemplan la creación de
los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia y la correspondiente
implementación de sus modelos de atención para garantizar a las mujeres su
seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos humanos.
Lo cual se reafirma con lo dispuesto en la Declaración sobre los Principios
Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder4,
respecto a que las "víctimas" que son las personas que, individual o
colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales,
sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos
fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la
legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el
abuso de poder5; deben recibir atención material, médica, psicológica y social que
sea necesaria, por conducto de los medios gubernamentales, voluntarios,
comunitarios y autóctonos.
La Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas (Semujer) según lo previsto
en los artículos 40, fracción XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado y 47 del Reglamento Interior de la Semujer, tiene la atribución de
brindar atención integral a través de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas
de Violencia (en adelante Centros de Atención). Actualmente se ubican en ocho
de los cincuenta y ocho municipios que conforman la entidad.
3
Artículo 8 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 4 Adoptada por la Asamblea General en su resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985. 5
Tanto la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas, se refieren a la “víctima” como la mujer –en lo individual-de cualquier
edad a quien se le inflige cualquier tipo de violencia sin contemplarla en el plano colectivo como lo hace la Declaración.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
5
Los Centros de Atención a Mujeres, son espacios públicos de segundo nivel en los
que de manera presencial se brinda atención integral a las mujeres víctimas de
violencia, en las áreas de trabajo social, psicología y jurídica. Además, cuentan
con un área lúdica para la atención de sus hijas e hijos. Por la forma de operación
podemos catalogarlos como “híbridos”6 toda vez que los ubicados en los
municipios de Fresnillo, Loreto, Sombrerete y Zacatecas, forman parte de la
estructura orgánica de la Semujer, por lo que el personal profesional presta sus
servicios de manera permanente todo el año.
En los municipios de Guadalupe, Jerez, Río Grande y Valparaíso, los Centros son
coordinados por las propias Directoras de los Institutos Municipales de las Mujeres
y la prestación de los servicios profesionales inicia a mediados de año dado que
es cubierta con recurso federal del Instituto Nacional de Desarrollo Social
(INDESOL) a través del Programa de Apoyo a las Instancias de las Mujeres en las
Entidades Federativas (PAIMEF). Además, con este recurso incluso se fortalece a
los Centros de Atención de la estructura de la Semujer con profesionistas.
Los Centros de Atención, no cuentan con un procedimiento homologado de
atención integral a las mujeres víctimas de violencia, por lo que, este Protocolo
tiene como finalidad establecer el proceso-ruta de atención que seguirán con base
en los principios de actuación, para evitar la re victimización y asegurar que no se
vulneren los derechos humanos de las mujeres7.
Este Protocolo se integra con varios apartados y se basa en la norma
internacional, nacional y estatal correspondiente (Anexo 2). El primero, se refiere
al marco conceptual para homologar los elementos teóricos básicos del personal
que brinde la atención a las mujeres víctimas de violencia. El segundo apartado,
6
Para este documento el término se utiliza para referirse al resultado de la combinación de modelos operativos.
7 Este Protocolo se basa en el modelo previsto en el Protocolo para la atención de usuarias y víctimas en los Centros de
Justicia para las Mujeres en México y acorde con a la propia naturaleza de los Centros de Atención.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
6
contemplará los principios a los que deberá apegarse el personal que preste sus
servicios en los Centros de Atención. Finalmente se desarrolla el procedimientoruta de atención a las mujeres en el que se aplicará un enfoque diferencial y
especializado. Además, se contemplan como Anexos las estadísticas de violencia
en el estado de Zacatecas, según la Encuesta sobre la Dinámica de las
Relaciones de los Hogares (ENDIREH) 2011 y el marco jurídico enunciativo en el
que se inscribe este instrumento.
I. Del Marco conceptual
Con la finalidad de que el personal profesional que preste sus servicios en los
Centros de Atención cuente con bases conceptuales estandarizadas es que se
conforma este apartado.
1. Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia
Es un espacio público de segundo nivel que de manera presencial brinda atención
integral y acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia sus hijas e hijos.
Esta atención es psicológica, jurídica y en trabajo social, con perspectiva de
género y con enfoque de derechos humanos.
La visión de los Centros de Atención es llegar a ser un modelo de referencia
nacional e interinstitucional que contribuya a erradicar la violencia contra las
mujeres y alcanzar su empoderamiento económico.
La misión de los Centros de Atención es institucionalizar el modelo para atender
de manera integral la violencia contra las mujeres y aplicar estrategias
innovadoras al respecto.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
7
2. Género-Sexo
El sexo se refiere a una diferenciación de los cuerpos masculinos y femeninos.
El género es el conjunto de cualidades económicas, sociales, psicológicas,
políticas y culturales atribuidas a los sexos, las cuales, mediante procesos sociales
y culturales, constituyen a los particulares y a los grupos sociales8. Por lo que
género es lo que culturalmente se atribuye a las personas de conformidad con su
sexo.
En este sentido, el género forma parte de las identidades de las personas a través
de su sexo, al incidir en su determinación de quiénes son, cómo deben de pensar
y actuar. Es importante indicar que la identidad de género es un proceso de
elaboración ya que está determinado por la cultura, por lo que así como se
construye (se aprende) se puede deconstruir (se desaprende)9.
3. Los Derechos Humanos de las Mujeres
Los Derechos Humanos de las Mujeres son definidos por la Ley de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas, como parte
inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales
contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todos las Formas de
Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención sobre los Derechos de la
Niñez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer (Belem Do Pará) y demás instrumentos internacionales
en la materia.
8
Marcela Lagarde y de los Ríos, Los Cautiverios de las Mujeres: Madresposas, Monjas, Putas, Presas y Locas, 4ª ed.,
México, UNAM, 2005, pág. 60 (Colección posgrado 8). 9
Protocolo para la atención de usuarias y víctimas en los Centros de Justicia para las Mujeres en México, Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana,
Primera Edición: México, 2012.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
8
La importancia de los derechos humanos radica en que su finalidad es proteger la
vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la integridad de cada persona frente a la
autoridad. En virtud de que su única base es la condición propia de las personas,
los derechos humanos son:
• Universales, porque pertenecen a la humanidad en su totalidad;
• Inherentes a cada persona;
• Históricos, porque son resultado de la progresiva toma de conciencia de
los seres humanos respecto de sus derechos y conquistas frente al abuso
de poder público y privado.
Derecho a la educación
“… La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y
la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia…
El criterio que orientará a la educación se basará en los resultados del progreso
científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios”. (Art. 3° CPEUM).
Es necesario que los contenidos educativos se estructuren de acuerdo con las
diferencias, tanto geográficas como culturales, así como con las necesidades
específicas de las mujeres. Necesitamos una educación que promueva el
desarrollo intelectual y emocional, así como el respeto a los derechos humanos.
Tenemos derecho a:
• Que las mujeres de todas las edades recibamos educación que no sea
discriminatoria y que promueva los valores de la solidaridad, la equidad y el
respeto.
• Alcanzar niveles educativos cada vez más altos.
• Recibir capacitación que permita ampliar nuestras posibilidades de
desarrollo laboral.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
9
Derecho a la Salud
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud…” (Art. 4° CPEUM).
La esperanza de vida ha aumentado en los últimos decenios. A pesar de ello,
algunas enfermedades como el cáncer cérvicouterino y de mama constituyen un
grave problema de salud. En nuestro país muchas mujeres de zonas urbanas y
rurales, especialmente de poblaciones marginadas, enfrentan grandes dificultades
para recibir atención médica y, cuando se les proporciona, ésta suele ser
deficiente. La salud, tanto física como mental, es uno de nuestros derechos más
importantes. Para un pleno bienestar físico, emocional, mental y social tenemos
derecho a:
• Contar con servicios de salud accesibles y de buena calidad.
• Que los servicios de salud brinden atención integral que tome en cuenta
las diferencias biológicas, médicas, psicológicas, laborales y económicas.
• Que la información sobre los servicios de salud que recibimos tome en
cuenta nuestra condición de género.
• Que en todas las instancias y programas de gobierno se incorporen
estudios e investigaciones relacionados con la salud de las mujeres.
• Contar con una alimentación balanceada que permita nuestro desarrollo
pleno.
Derechos Sexuales y reproductivos
“Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada
sobre el número y el espaciamiento de sus hijos…” (Art. 4 CPEUM).
Las principales causas de muerte de mujeres entre los 15 y 64 años son
enfermedades relacionadas con el aparato reproductivo, sin embargo, la situación
se agudiza entre las mujeres de escasos recursos y con menos posibilidades de
acceso a información y a servicios de salud adecuados. En relación con la
transmisión del virus de inmunodeficiencia adquirida (VIH/sida), las mujeres
presentan una gran vulnerabilidad por las condiciones de desigualdad económica,
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
10
social y cultural que viven frecuentemente respecto de sus parejas. Esto hace que
se encuentren en relaciones de dependencia, lo que dificulta tomar medidas
preventivas tales como el uso del condón. Las mujeres necesitan aprender que es
posible separar la sexualidad de la reproducción. Para el desarrollo pleno de la
sexualidad, se tiene derecho a:
• La información y la educación sexuales.
• Ejercer la sexualidad responsablemente.
• Decidir por propia elección la maternidad.
• Elegir libre e informadamente sobre la utilización de anticonceptivos.
• No sufrir violencia sexual.
Derecho a una vida sin violencia
“La Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus
respectivas competencias, expedirán las normas legales y tomarán las medidas
presupuestarias y administrativas, para garantizar el derecho de las mujeres a una
vida libre de violencia[…]" Art. 2, Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia.
Tener una vida libre de violencia es un derecho humano de las mujeres
reconocido por las leyes nacionales e internacionales. Entre estas últimas,
destacan las Convenciones sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer y la Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer. En México, la mayor parte de las entidades
federativas cuenta con leyes de prevención y atención de la violencia intrafamiliar,
y a partir de febrero de 2007, dispone también de la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ésta consigna la responsabilidad del
Estado mexicano de proteger a las mujeres de los tipos de violencia que las
amenazan, principalmente a niñas y mujeres adultas mayores. Además, asienta
las bases legales sobre cómo se coordinarán las dependencias federales y los tres
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
11
órdenes de gobierno para conjuntar esfuerzos, instrumentos, servicios y políticas
con el propósito de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las
mujeres en todo el territorio nacional.
Derecho al Trabajo
“Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, al efecto se
promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo
conforme a la ley…Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que
exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación
con la gestación… Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en
cuenta sexo ni nacionalidad…” (Art. 123 de la CPEUM). Persiste la discriminación
laboral contra las mujeres y es común que se exija a las aspirantes a un puesto un
certificado de no gravidez para ocupar una plaza laboral. Para la igualdad en el
ámbito laboral tenemos derecho a:
• Recibir salario justo e igual al que perciben los hombres por el mismo
trabajo.
• Que hombres y mujeres tengan horarios laborales justos, que les permitan
compartir equitativamente las responsabilidades familiares, lo cual debe
incluir los permisos y las licencias por maternidad y paternidad.
• Trabajar sin que importe el estado de embarazo, nuestro estado civil o
cualquier otra condición especial.
• Que no se discrimine para ocupar puesto alguno por el hecho de ser
mujeres.
Derecho al Desarrollo
“El estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la
economía…” (Art. 26 CPEUM).
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
12
En el mundo hay más de 1 300 millones de personas en condiciones de pobreza.
En los últimos diez años, el número de mujeres que viven en esta situación
aumentó hasta alcanzar 70 por ciento de la cifra antes mencionada, dando lugar a
lo que se conoce como ‘feminización’ de la pobreza. Sólo uno por ciento de la
propiedad de la riqueza mundial está en manos de las mujeres. La desigualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres es una barrera que impide el desarrollo
pleno de la humanidad. Para un desarrollo con justicia económica se tiene
derecho a:
• La distribución equitativa de bienes, patrimonios, ingresos y servicios.
• Igualdad de oportunidades para obtener recursos económicos y la propiedad la tierra.
• Una vida digna y con bienestar.
• Que se reconozca y valore la contribución de las mujeres al desarrollo económico.
Derecho a la Participación Política
“Son prerrogativas del ciudadano: I. Votar en las elecciones populares; II. Poder
ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier
otro empleo o comisión teniendo las calidades que establezca la ley…” (Art. 35 de
la CPEUM).
La posibilidad de elegir a un gobernante o ser elegida para gobernar son atributos
de la ciudadanía que las mujeres han ido ganando a lo largo de la historia. Sin embargo, el número de mujeres en puestos de elección popular todavía es muy limitado. Debemos aspirar a la ciudadanía plena, a través de una intensa y consciente
participación. Para conseguir esto, tenemos derecho a:
• Participar activamente y de manera equitativa en las instituciones
gubernamentales, la administración pública, los órganos legislativos y los
tribunales judiciales.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
13
• Tomar decisiones en igualdad de condiciones que los hombres, tanto en el
ámbito privado como en el público.
• Recibir capacitación para fomentar el liderazgo de las mujeres.
Derecho a un Medio Ambiente Sano
“… Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las
empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las
modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente …” (Art. 25 de
la CPEUM).
Las mujeres desempeñamos un papel muy importante en el manejo y la
conservación de los recursos naturales y el medio ambiente. La crisis ambiental
actual se debe a un modelo de desarrollo que no está cuidando los recursos
naturales. La degradación ambiental tiene efectos negativos sobre la salud, el
bienestar y la calidad de vida de la población. Para un medio ambiente sano se
tiene derecho a:
• Educación y capacitación en el manejo adecuado de los recursos naturales y en la conservación del medio ambiente, aire no contaminado, agua
limpia, alimentos no tóxicos, entre otros.
• El uso de tecnología adecuada que no implique peligro para la salud y la
vida del planeta.
• Participar en los planes de ordenamiento ecológico territorial.
• Que en las políticas de desarrollo se incluya la perspectiva de género.
• Participar en la toma de decisiones en políticas públicas para alcanzar un
medio ambiente sano.
Derecho a la Información
“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de ataque a la moral, los derechos de terceros; el de-
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
14
recho a la información será garantizado por el estado”. (Art. 6 de la CPEUM) constitucional.
Los medios de comunicación, como la televisión, la radio, periódicos y revistas,
influyen en la vida diaria de las personas y en sus modos de vida; pueden
promover estilos que proyectan imágenes discriminatorias hacia las mujeres. Para
el uso democrático de los medios de comunicación tenemos derecho a:
• Información.
• La libre expresión.
• Tener las mismas oportunidades que los hombres.
• Que no se promueva en los medios de comunicación ningún tipo de violencia contra las mujeres.
• Contar con espacios en los medios de comunicación para difundir información sobre nuestros derechos.
• Construir una cultura de la equidad.10
4. Violencia de Género
Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o
pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para
la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria
de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada.11
5. Tipos de Violencia
Los tipos de violencia contra las mujeres son:
Violencia Física. Cualquier acto u omisión intencional realizado por la persona
agresora, que inflija daño o dolor en el cuerpo de la víctima, por medio de la fuerza
10 Instituto Nacional de las mujeres. Dirección General de Planeación/Dirección de Capacitación y Desarrollo de Metodologías
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/_migrated/content_uploads/Derechos_Humanos_de_las_Mujeres.pdf.
11Artículo 1 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Naciones Unidas, 1994.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
15
física o algún tipo de arma, objeto o sustancia, que pueda provocar o no lesiones
ya sean internas, externas, o ambas.
12
Violencia Psicológica. Cualquier acto u omisión realizado por la persona
agresora que dañe la estabilidad psicológica de la víctima y le ocasione trastornos
emocionales. Las conductas pueden ser humillación, chantaje, prohibición,
coacción, intimidación, insulto, amenaza, marginación, abandono, restricción a la
autodeterminación, o limitación de su ámbito de libertad. Dichas conductas pueden
conllevar a la víctima a la depresión, aislamiento, alteración de su personalidad o
incluso al suicidio.
Violencia Sexual. Cualquier acto u omisión realizado por la persona agresora que
degrade, dañe o atente contra el cuerpo o la sexualidad de la víctima, que puede
consistir en: la imposición mediante la violencia física o psicológica de relaciones
sexuales, incluso la ejercida por el cónyuge o la pareja sentimental o afectiva; la
explotación o comercio sexual; el acoso u hostigamiento sexuales; la mutilación
genital femenina; el empleo de mujeres sin su consentimiento, y de niñas, en
pornografía; los delitos contra la libertad sexual e integridad de las personas,
señalados en el Código Penal para el Estado, y todos los abusos, agresiones y
conductas que atenten o limiten el derecho a la libertad, dignidad, integridad y
desarrollo físico y sexual de las mujeres.
Se entenderá, así mismo, como Violencia Sexual, a la violencia contra los
derechos sexuales y reproductivos, la cual consiste en cualquier acto u omisión
que impida o restrinja el libre ejercicio del derecho a la salud sexual y reproductiva
de las mujeres y, por tanto, afecte el ejercicio de la libertad sexual.
12 Artículo 9, fracción I, Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
16
El hostigamiento sexual es la forma de violencia que realiza la persona agresora
cuando tiene una relación de superioridad real frente a la víctima en los ámbitos
laboral, escolar, doméstico o cualquier otro que implique subordinación, se
manifiesta en cualquier comportamiento, aislado o recurrente, verbal o físico, de
connotación lasciva que degrade, dañe o atente contra el cuerpo o la sexualidad
de la víctima.
El acoso sexual es la forma de violencia en la que, si bien no existe la
subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de la persona agresora,
que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima,
independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Se manifiesta en
cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual, intimidatorio u
ofensivo que degrade, dañe o atente contra el cuerpo o la sexualidad de la
víctima.
La mutilación genital femenina es el conjunto de procedimientos que implican una
eliminación parcial o total de los genitales externos femeninos o lesiones causadas
a los órganos genitales femeninos por razones culturales, religiosas, o en general,
cualquier otra que no sea de orden estrictamente terapéutico, aun cuando se
realicen con el consentimiento, expreso o tácito, de la víctima;
Violencia Económica. Cualquier acto u omisión realizado por la persona agresora
que afecte la libertad de disponibilidad de recursos económicos de la víctima. Se
puede manifestar a través de limitaciones al ingreso o a la disponibilidad de las
percepciones económicas, incumplimiento de las responsabilidades alimentarias,
exclusión o discriminación en la toma de decisiones financieras o en la disposición
de los recursos compartidos sin la voluntad de la víctima.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
17
Se entenderá, así mismo, como Violencia Económica la percepción de un salario
menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
Violencia Patrimonial. Cualquier acto u omisión realizado por la persona
agresora dirigido a dañar, menoscabar o destruir los bienes, ingresos y valores de
la víctima. Se puede manifestar en el apoderamiento, despojo, transformación,
sustracción, destrucción, desaparición, retención o distracción de objetos,
documentos, bienes, derechos reales, personales, valores, o recursos
económicos, que pueden ser comunes o exclusivos de la víctima.
6. Modalidades de la violencia
Las modalidades de la violencia contra las mujeres son:
Violencia Familiar. Es cualquier acto u omisión de agresión o discriminación
intencional, dirigido a dominar, controlar, limitar, humillar, acosar o excluir de
manera física, verbal, psicológica, sexual, económica o patrimonial, a las mujeres,
independientemente de la cantidad o continuidad de dichas conductas, dentro o
fuera del domicilio familiar o conyugal. Se ejerce por las personas que tienen o
han tenido algún vínculo de índole familiar con la víctima, parentesco por
consanguinidad, afinidad o civil; tutela o curatela; matrimonio, concubinato, o bien,
que tengan o hayan tenido alguna relación afectiva o sentimental de hecho.13
Violencia Laboral o Docente. Es cualquier acto u omisión de agresión o
discriminación intencional dirigido a dominar, controlar, limitar, humillar, acosar,
explotar o excluir de manera física, verbal, psicológica, sexual, económica o
patrimonial, a las mujeres, dentro del desempeño de un trabajo, o de un centro o
institución cuya finalidad sea la educación, el deporte o la promoción, enseñanza o
13 Artículo 12 Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
18
desarrollo de la cultura, independientemente de la cantidad o continuidad de
dichas conductas, que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad
de las víctimas e impide su desarrollo y atenta ´contra la igualdad. Se ejerce por
las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima,
independientemente de la relación jerárquica.
Cuando se denuncien hechos constitutivos de violencia laboral o docente con
efectos administrativos, se reservará en todo caso la identidad de la víctima.
Violencia en la Comunidad. La violencia en la comunidad es cualquier acto u
omisión, aislado o recurrente, individual o colectivo, de agresión o discriminación,
dirigido a dominar, controlar, limitar, humillar, acosar, excluir, degradar, dañar o
atentar, de manera física, verbal, psicológica o sexual, a las mujeres. Se puede
manifestar en la vía pública, calles, transporte público, áreas públicas que la gente
utilice, entre otros, para traslado, paseo, trámites, esparcimiento, descanso u
estancia transitoria, y en general, en cualquier ámbito público.
Violencia Institucional. La violencia institucional es cualquier acto u omisión de
agresión o discriminación, independientemente de su cantidad o continuidad,
dirigido a dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos
fundamentales de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas
destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar las diferentes
formas de violencia. Se ejerce por las personas que sean servidores públicos de
cualquier dependencia, entidad u organismo público autónomo del sector público
federal, estatal o municipal.
Violencia Feminicida. La violencia feminicida es la forma extrema de violencia
contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los
ámbitos público o privado, conformada por el conjunto de conductas que pueden
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
19
conllevar impunidad social e institucional, puede culminar en homicidio o en otras
formas de muerte violenta de mujeres.
7. Banco Estatal de Datos sobre Violencia Contra las Mujeres
Es el Banco Estatal de Datos que se integrará principalmente de casos o
incidencia de violencia contra las mujeres, trámites, órganos competentes,
regionalización, frecuencia, edad, número de víctimas, tipos y modalidades de
violencia, causas, características, efectos, recursos asignados o erogados,
investigaciones y estudios en la materia, y medidas de prevención, atención y
erradicación y las evaluaciones de las mismas, y que podrá servir como elemento
para acreditar la integración o procedencia de la Alerta de Violencia contra las
Mujeres. El uso y disposición de la información que integre el Banco Estatal,
quedará sujeto a lo previsto por las leyes en materia de acceso a la información.14
8. Órdenes de Protección
Son las medidas cautelares o precautorias de urgente aplicación, necesarias para
salvaguardar la integridad física y psíquica de las mujeres que son víctimas de
cualquier tipo y modalidad de violencia. Estas pueden ser según la Ley General de
Acceso o sus homologas en las entidades federativas: de emergencia, preventivas
y de naturaleza civil y familiar.
Tienen como finalidad dar apoyo, cuidado, defensa y protección para evitar el
riesgo inmediato de nuevos actos de violencia contra la mujer que las solicita y
evitar daños mayores. 15
14 Artículo 7 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas.
15APLICACIÓN PRÁCTICA DE LOS MODELOS DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA
LAS MUJERES. Protocolos de actuación para Michoacán. 2ª Edición, revisada, integrada y aumentada. Agosto 2012.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
20
II. De los Principios básicos de actuación en los Centros de Atención
a Mujeres Víctimas de Violencia.
En este apartado se explicarán brevemente los principios que deben regir la
atención proporcionada y la actuación realizada por las personas que presten sus
servicios profesionales en los Centros de Atención.
1 Atención expedita. Los Centros de Atención, tomarán en cuenta el
principio de expeditez previsto en el artículo 17 de la CPEUM. La
observancia de este principio en los Centros de Atención permitirá realizar
en su caso los acompañamientos necesarios ante las instancias
competentes para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres para tal
efecto, se deberá realizar el seguimiento sin costo alguno para la víctima.16
2 Trato empático. El personal delos Centros de Atención debe actuar de
manera empática y profesional. La empatía es una emoción en la que los
estados emocionales de las personas se identifican. Puede que una
persona sienta lo mismo o de manera muy similar a lo que la otra persona
siente o podría sentir. También se le considera como la capacidad que tiene
el ser humano para conectarse a otra persona y responder adecuadamente
a las necesidades del otro. La empatía es una cualidad deseable en las
servidoras y servidores públicos que laboren en los Centros de Atención, es
una herramienta para brindar a la usuaria una atención basada en el
respeto a su sufrimiento, en la solidaridad y en el entendimiento de las
16 Protocolo para la atención de usuarias y víctimas en los Centros de Justicia para las Mujeres en México, Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana,
Primera Edición: México, 2012
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
21
condiciones materiales y espirituales que vive la víctima como producto de
la violencia.17
3 Atención y actuación conforme a la ley. Toda actuación que realicen los
Centros de Atención debe realizarse con respecto a las leyes y con apego a
la cultura de la legalidad ya que esto es fundamental para restablecer los
derechos de las víctimas.18
4 Atención y actuación con fundamento en el respeto a los derechos
humanos. El modelo de atención de los Centros y su operatividad debe
partir del respeto absoluto a los derechos humanos y, sobre todo, el
respecto a la dignidad de las mujeres. 19
5 Debida diligencia. En los Centros de Atención se efectuará el
acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia con la finalidad
de que accedan a la justicia en un marco de debida diligencia, implica que
los casos de violencia contra las mujeres se investiguen de manera pronta,
exhaustiva e imparcial; libre de estereotipos y sin discriminación.20
6 No re victimización. Las mujeres, niñas y niños que sufren violencia
deberán ser atendidas (os) en todo momento, evitando que la victimización
se multiplique al minimizar, tergiversar, nulificar, negar, no utilizar
información sencilla o reiterar la explicación del reclamo original de la
situación de violencia. Las personas que presten sus servicios
17 Ídem. 18 Ídem. 19 Ídem. 20Relatoría sobre los Derechos de la Mujer, Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Organización de los Estados
Americanos, Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas, OEA/Ser.L./V/II. Doc. 68, 20 de
enero de 2007.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
22
profesionales en los Centros de Atención deberán resguardar la privacidad
de la víctima con el objeto de no re victimizarla.
7 Confidencialidad. Las personas que presten sus servicios profesionales en
los Centros de Atención deberán resguardar la privacidad de la víctima con
el objeto de no revictimizarla. La Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia, estipula en su artículo 8 que los modelos de
atención, prevención y sanción deben “garantizar a las mujeres su
seguridad y el ejercicio pleno de sus derechos” para cumplir este mandato,
es indispensable generar un ambiente de confianza entre la mujeres, niñas
y niños y quienes se encargan de atenderlas, lo que solo se puede
asegurar a través del manejo confidencial de sus datos personales.
8 Incluyente / no discriminación. Las mujeres, niñas y niños víctimas de
violencia serán atendidas por igual, sin distinción por su condición de origen
étnico o racial, edad, credo, nivel económico, nivel social, escolaridad,
capacidades diferentes, nacionalidad, actividad profesional, orientación o
preferencia sexual, y de cualquier otra diferencia.
9 Integralidad: La atención brindada está concebida como un todo sistémico,
es decir que no consiste en la mera suma de los servicios a los que las
mujeres pueden acceder, sino que asegura que para cada víctima de
violencia, se determinarán los servicios y apoyos necesarios en función de
su caso específico y se ofrecerán en forma coordinada e integral.
10 Profesionalismo. Todo personal que presten sus servicios profesionales
en los Centros de Atención, independientemente del área a la que estén
adscritos debe actuar con seriedad, honradez, eficacia y pericia al utilizarsus capacidades y conocimientos en los servicios de atención que prestan
a las mujeres víctimas de violencia.
11 Asociación entre Gobierno y organizaciones de la sociedad civil.
Algunas organizaciones de la sociedad civil tienen amplia experiencia en la
prestación efectiva de servicios a mujeres víctimas de violencia a través de
apoyos en asesoría jurídica, psicológica y médica, así como en la provisión
de lugares seguros para que puedan resguardarse en caso de situaciones
de extrema violencia.
III. De la Ruta de Atención
El principal objetivo de este Protocolo de Actuación es construir la Ruta de
Atención para las mujeres víctimas de violencia sus hijas e hijos en los Centros de
Atención. Ésta ha sido definida como “el esquema operativo que permite organizar
las acciones y estrategias que deben ponerse en marcha para dar continuidad,
coherencia, sistematicidad e integralidad, a un proceso de prestación de un
servicio de atención integral en cualquier ámbito”21.
La ruta de atención se compone de ocho procedimientos que se detallan a
continuación:
1. Expediente universal y Entrevista
El propósito de este procedimiento es requisitar la solicitud de atención, recuperar
la información general sobre la mujer víctima de violencia y la situación que vive
por única ocasión, la que será sistematizada en un expediente universal22 a través
del Banco Estatal de Datos de Violencia contra las Mujeres. Por ello, se
21 Protocolo de Actuación para las usuarias y víctimas en los Centros de Justicia para las Mujeres en México, Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana,
Primera Edición: México, 2012, Op. cit., pág.49. 22Este expediente universal será compartido por las dependencias que integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
24
promoverá que los Centros de Atención cuenten con la infraestructura y los
recursos tecnológicos para su adecuada implementación y seguimiento.
El expediente único, permite cumplir con uno de los fines del modelo que es la no
re victimización y deberá actualizarse acorde con la ruta de atención a efecto de
que sea de utilidad.
Durante la entrevista se procurará tener contacto visual con la usuaria en todo
momento para brindarle seguridad y confianza, en un espacio de privacidad y
confidencialidad. La Trabajadora social deberá tener una actitud receptiva y
empática, al escuchar a la usuaria evitará minimizar, negar o justificar la violencia
que la mujer ha sufrido, así como emitir juicios.
No obstante de que en los Centros de Atención, no se cuente con atención
médica, todo el personal pero en especial la Trabajadora Social deberá estar
capacitada en la Norma Oficial Mexicana Nom-046-SSA2-2005. Violencia familiar,
Sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. Norma que
tiene por objeto establecer los criterios a observar en la detección, prevención,
atención médica y la orientación que se proporciona a las y los usuarios de los
servicios de salud en general y en particular a quienes se encuentren involucrados
en situaciones de violencia familiar o sexual, así como en la notificación de los
casos. Esto con la finalidad de brindar el acompañamiento a la mujer víctima de
violencia a las instituciones que conforman el sistema Nacional de Salud y
supervisar que se siga la ruta de atención correcta.
Además, existirá un área lúdica con la finalidad de que las mujeres que acudan al
Centro de Atención se sientan tranquilas de observar que sus hijos e hijas se
encuentran en un lugar seguro. Las profesionistas detectarán si los niños (as) han
sido víctimas de violencia y si requieren de atención especializada. De ser el caso
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
25
se elaborará una nota en el expediente universal respecto de su comportamiento
para determinar la ruta de atención y en su caso realizar un acompañamiento a las
instancias externas competentes previa autorización de la madre.
El área lúdica será un área limpia y ordenada y contará con al menos una sala de
juego y observación, un baño para niños (as) a su escala; una sala de observación
individual y estará dotada de refrigerios y bebidas.
2. Detección de la violencia
Una vez que se generó el expediente único de la mujer víctima de violencia inicia
el procedimiento de detección de la violencia en relación a las características,
secuelas y nivel de riesgo que presenta en función de lo siguiente:
• Tipos y modalidades de violencia que motivaron la solicitud de atención por
parte de la víctima;
• El nivel de afectación y daño a nivel físico y emocional y en la violación de
sus derechos;
• Nivel de riesgo que enfrenta la víctima en función del nivel de peligrosidad
del agresor, nivel de indefensión de la víctima y nivel de incidencia de la
violencia vivida, y
• Necesidades y requerimientos de atención expresos o manifiestos de la
víctima.
En cuanto al nivel de riesgo que enfrenta la víctima se considerarán como
elementos: a) los antecedentes de violencia del agresor; b) su comportamiento
celotípico; c) su estado de irritabilidad, y d) su proclividad o no al alcoholismo o la
drogadicción, entre otros. En la detección del nivel de riesgo se tomará en cuenta
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
26
que en ninguna circunstancia se podrá minimizar el riesgo que corre la usuaria y
siempre habrá que creerle lo ocurrido.
Además el personal profesional deberá de observar el enfoque diferencial y
especializado previsto en el artículo 5 de la Ley General de Atención a Víctimas
consistente en reconocer la existencia de grupos de población con características
particulares o con mayor situación de vulnerabilidad en razón de su edad, género,
preferencia u orientación sexual, etnia, condición de discapacidad y otros, en
consecuencia, se reconoce que ciertos daños requieren de una atención
especializada que responda a las particularidades y grado de vulnerabilidad de las
víctimas, reconociendo igualmente que ciertos daños sufridos por su gravedad
requieren de un tratamiento especializado para dar respuesta a su rehabilitación y
reintegración a la sociedad.
3. Acompañamiento a la mujer víctima de violencia
En caso de que el servicio no se brinde en los Centros de Atención se procederá a
acompañarlas a la institución o instituciones que cuenten con ellos. En este caso,
la trabajadora social contará con un directorio de las dependencias, agendará la
cita y dará los datos de la usuaria, siempre con el nombre de referencia del
servidor público que la atenderá en la instancia canalizada. El acompañamiento se
brindará como parte de este procedimiento con la finalidad de vigilar y dar
seguimiento a la adecuada y debida atención que se brinde en la institución.
De igual forma el personal profesional deberá de observar el enfoque diferencial y
especializado con la finalidad de reconocer la existencia de grupos de población
con características particulares o con mayor situación de vulnerabilidad en razón
de su edad, género, preferencia u orientación sexual, etnia, condición de
discapacidad y otros, en consecuencia, se reconoce que ciertos daños requieren
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
27
de una atención especializada que responda a las particularidades y grado de
vulnerabilidad de las víctimas, reconociendo igualmente que ciertos daños sufridos
por su gravedad requieren de un tratamiento especializado para dar respuesta a
su rehabilitación y reintegración a la sociedad.
4. Valoración del Caso
La atención que brindada será personalizada al caso concreto y de manera
interdisciplinaria. Se pondrán todas las opciones de atención a la usuaria, quien
finalmente es la que decidirá la conformación de la ruta de atención a seguir.
Los servicios con los que cuentan los Centros de Atención son: legales,
psicológicos y de trabajo social.
El personal profesional deberá de observar el enfoque diferencial y especializado
previsto en el artículo 5 de la Ley General de Atención a Víctimas consistente en
reconocer la existencia de grupos de población con características particulares o
con mayor situación de vulnerabilidad en razón de su edad, género, preferencia u
orientación sexual, etnia, condición de discapacidad y otros, en consecuencia, se
reconoce que ciertos daños requieren de una atención especializada que
responda a las particularidades y grado de vulnerabilidad de las víctimas,
reconociendo igualmente que ciertos daños sufridos por su gravedad requieren de
un tratamiento especializado para dar respuesta a su rehabilitación y reintegración
a la sociedad.
a) Atención Jurídica
Se realiza por profesionales del derecho quienes proporcionarán a las mujeres
víctimas de violencia información sobre sus derechos, las características de los
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
28
procesos judiciales y las opciones legales. Este tipo de atención contempla el
acompañamiento y representación jurídica a las mujeres a las que se les
vulneraron sus derechos ya sea en los espacios de procuración de justicia o ante
los tribunales.
Se atenderán los casos de divorcios, pensiones alimenticias, reconocimiento de
paternidad,
Tiene como finalidad promover el acceso a la justicia, salvaguardando la
seguridad y derechos de las mujeres víctimas de violencia sus hijas e hijos de
posibles violencias por parte del agresor.
Asimismo, deberá tomarse en cuenta el nivel de riesgo a efecto de que los
profesionales acompañen a la víctima para la tramitación de las órdenes de
protección con la finalidad de que la víctima recupere la sensación de seguridad
frente a posibles amenazas o represalias por parte de su agresor23.
En este caso, la abogada (o) brindará el acompañamiento a la mujer víctima de
violencia a efecto de que las órdenes de protección se dicten bajo los siguientes
principios: protección a la víctima de violencia y víctimas indirectas; debida
diligencia; no discriminación; urgencia y simplicidad.
b) Atención Psicológica
Es brindada por profesionales de la psicología para apoyarlas a través de
procesos psicoterapéuticos en la recuperación de la confianza en sí mismas,
23En los artículos del 64 al 72 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de
Zacatecas, se contemplan la naturaleza, tipos y procedimiento para tramitar las órdenes de protección.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
29
desde este servicio se trabajan los sentimientos de estigmatización, impotencia,
culpa y vergüenza, así como el daño emocional con los que conviven diariamente.
Esta atención se realizará con una visión humanista que implica una forma de
trabajo centrada en la persona y sus capacidades; desde la perspectiva de género
y enfoque de derechos humanos.
Las terapias deberán brindarse en un lugar acogedor, cómodo, privado y seguro.
c) Trabajo Social
Son acciones que realizan los profesionales en trabajo social, gestión social o
sociología, cumplen la función de interconexión para el acompañamiento de las
mujeres víctimas de violencia para que reciban los servicios externos (con los que
no cuentan los Centros de Atención) e internos (jurídico y psicológico). Además
gestionan apoyos o herramientas que contribuyan a logar la autonomía económica
de las mujeres víctimas de violencia, como: bolsa de trabajo, talleres, créditos,
becas.
De igual forma, identifican las capacidades protectoras, los recursos personales y
las redes de apoyo naturales con las que cuentan las mujeres a quienes se brinda
el servicio.
5. Atención a hijas e hijos de las usuarias
Se observará la doctrina de la protección integral de los niños y las niñas, por lo
tanto, el personal del Centro de Atención se apegará a la Convención del Niño que
señalan que en la intervenciones victimales dirigidas a las niñas y niños deberá
privilegiarse su incorporación a la familia y su reinserción en la comunidad.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
30
Deben ser informados por la psicóloga del Centro de Atención, en términos claros
y concretos, por qué están ahí y cuáles son los propósitos y alcances de la
atención recibida tanto para él o para ella, para su madre y para su familia.
Además, en este procedimiento es necesario desarrollar capacidad de empatía,
seguridad, protección escucha respetuosa y credibilidad.
En el caso concreto podrá efectuarse un acompañamiento a la madre, hijos e hijas
a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del
Estado de Zacatecas.
6. Seguimiento de la ruta de acompañamiento
Este proceso consiste en el puntual seguimiento de la atención y acompañamiento
proporcionado en el Centro de Atención. Ello implica que los profesionales
deberán reunirse constantemente para evaluar la atención proporcionada;
encontrar áreas de oportunidad y mejorarlas. Con este mecanismo se asegura que
la atención brindada a la usuaria sea integral y multidisciplinaria.
7. Plan de empoderamiento económico
Este procedimiento consiste en generar las acciones institucionales a efecto de
que las mujeres víctimas de violencia puedan contar con herramientas que les
permitan alcanzar la autonomía económica, insertarse o reinsertarse a la vida
laborar.
Por lo que se conformará una bolsa de trabajo, talleres, becas, entre otras
actividades que deberá impulsar el propio Centro de Atención.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
31
8. Seguimiento y Evaluación
El seguimiento y evaluación se realizarán de manera periódica y programada a
través de encuestas de satisfacción sobre la calidad del servicio,
acompañamientos y asesorías. La información será recopilada y sistematizada
para obtener las áreas de oportunidad para conformar los planes de mejora. Esta
información será presentada en reuniones periódicas en las que se acordará una
línea programática con los compromisos de mejora y las fechas de ejecución.
De la descripción de actividades
A. Ingreso y Apertura de expediente universal
I. Objetivo
Ingresar a las usuarias al Centro de Atención y registrarlas para proceder con la
apertura de su expediente electrónico.
II.Políticas de operación
1. La Trabajadora Social realizará el procedimiento de ingreso será personal con
control de confianza para acceder a las bases de datos del Banco Estatal de
Datos de Violencia contra las Mujeres (BANEVIM). Deberá manejar con reserva y
confidencialidad la información y datos personales tanto de la usuaria como de su
agresor.
2. Para evitar la doble victimización, solamente se le preguntarán a la usuaria tres
datos: su nombre, edad y nombre del agresor.
3. El personal que realice este procedimiento también verificará los antecedentes
del agresor para comenzar con el proceso de medición del riesgo.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
32
III. Descripción de actividades
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO A: INGRESO Y APERTURA DE EXPEDIENTE
RESPONSABLE ÁREA
FÍSICA
ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Trabajadora
Social
Sala de
recepción
1. Recibe a la usuaria
2. Lleva a la usuaria a la
sala de recepción
3. Pregunta datos
fundamentales como:
nombre, edad y nombre
del agresor
4. Consulta las bases de
datos del BANEVIM
5. Obtiene los datos tanto de
la usuaria como de su
agresor (en caso de que
existan). Requiere ayuda.
6. Solicita apoyo a las
corporaciones pertinentes
7. Abre el expediente
universal
8. Elabora un diagnóstico
preliminar del riesgo de la
usuaria
9. Explica a la usuaria la
siguiente etapa del
procedimiento
Fin del procedimiento
Confirma el nivel de riesgo
diagnosticado o lo reclasifica
Expediente
universal
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
33
DIAGRAMA DE FLUJO
PROCEDIMIENTO: INGRESO Y APERTURA DE EXPEDIENTE UNIVERSAL
PERSONAL DE CONTROL DE CONFIANZA COODINADORA DEL CENTRO
INICIO
Recibe a la usuaria Lleva a la usuaria a la
sala de recepción
Pregunta datos
fundamentales
como: nombre,
edad, y nombre
delagresor
Consulta las
bases de los
datos del
BANEVIM
Obtiene los datos,
tanto de la usuaria
como de su agresor
(en caso de que
existan)
Requiere
ayuda
Solicita apoyo de
corporaciones
pertinentes
Abre el
expediente
electrónico
Elabora un
diagnóstico
preliminar
del riesgo
dela usuaria
Explica a la usuaria la
siguiente etapa del
procedimiento
FIN
1
Confirma el nivel de
riesgo diagnosticado
o lo reclasifica
Elabora la ruta de
acompañamiento
preliminar que debe
continuar la usuaria
Canaliza para
entrevista inicial
FIN
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
34
B. Trabajo Social
I. Objetivo
Evaluar a través de un instrumento especial, y de otras técnicas, el riesgo que
corre la usuaria de sufrir daños graves a su integridad física para brindarle
seguridad y protección.
II. Políticas de operación
1. El proceso de medición de riesgo es fundamental para garantizar la seguridad y
protección de la usuaria, de esta manera se podrá brindar acompañamiento para
el trámite de la orden de protección.
2. La medición del riesgo parte de la premisa de que la conducta violenta puede
suceder con cierta probabilidad en el futuro en función de: el agresor, la
vulnerabilidad de la víctima y el contexto de la situación.
3. Es importante considerar en todo momento que la medición del riesgo se hace
tomando en cuenta el contexto específico del caso (no de forma general) y tiene
un carácter meramente probabilístico.
4. El procedimiento para evaluar el riesgo es transversal, por lo que se realiza
durante diferentes etapas del proceso integral de atención; en el procedimiento de
ingreso y apertura del expediente universal; en el procedimiento de entrevista. Sin
embargo, el momento crucial de la medición del riesgo es el momento en el que se
realiza la entrevista inicial.
5. La evaluación de riesgo es de carácter dinámico, ya que sus resultados pueden
cambiar de acuerdo con las condiciones de protección brindadas a la usuaria en el
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
35
Centro de Atención, por el desarrollo de su proceso de empoderamiento y por la
evolución del proceso judicial.
6. Se tendrá en cuenta que los siguientes factores aumentan la peligrosidad del
agresor y la vulnerabilidad de la usuaria:
• Posesión de armas o accesibilidad a las mismas;
• Uso de armas en episodios de maltrato anteriores;
• Amenazas con armas;
• Heridas graves en episodios previos de maltrato;
• Amenazas de suicidio;
• Abuso de drogas o alcohol;
• Comportamiento obsesivo;
• Celos patológicos
• Y/o extrema dominancia.
7. Otros factores que inciden en la peligrosidad del agresor son:
• El posible estado depresivo en que esté;
• La historia de violencia doméstica previa en sus respectivas familias;
• La posibilidad del agresor de acceder físicamente a la usuaria: si conoce sus
movimientos, su forma de vida actual y si previamente la ha privado de su
libertad, y
• Si ella lo cree verdaderamente capaz de asesinarla.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
36
III. Descripción de actividades
C. Entrevista inicial
I. Objetivo
Realizar una entrevista inicial para escuchar a la usuaria y determinar el tipo de
ayuda que requiere.
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO B: MEDICIÓN DE RIESGO
RESPONSABLE ÁREA FÍSICA ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Trabajadora
social
Coordinadora
del CA
Sala de
Recepción
Coordinación
del CA
1. Solicita a la usuaria su
nombre y la edad y
nombre de su agresor
2. Consulta las bases de
BANEVIM
3. Obtiene los datos
tanto de la usuaria
como de su agresor
4. Transfiere el caso a la
Coordinadora del
Centro de Atención
5. Revisa el Caso
6. Determina de manera
preliminar el nivel de
riego
7. Asigna a la
Trabajadora Social
para que realice la
entrevista inicial
Base de datos del
BANEMIV
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
37
II. Políticas de operación
1. El proceso de entrevista inicial nunca durará más de 45 minutos.
2. Será realizado por la Trabajadora Social, capacitada en el uso de la técnica
de la entrevista.
3. La obtención de información estará basada en la técnica de “escucha” y no
en la del interrogatorio. Por lo tanto, la usuaria hablará libremente.
4. La entrevista será grabada y anexada al expediente electrónico. Con esto se
busca que la usuaria cuente su historia solamente una vez para evitar la re
victimización.
5. En todos los casos se requiere la autorización por escrito de la usuaria para
realizar la grabación.
6. Para realizar la entrevista, se seguirá lo siguiente:
• Establecerá contacto visual con la usuaria;
• Creará un ambiente de seguridad y confianza;
• Asegurará a la usuaria privacidad y confidencialidad;
• Se asegurará de que la persona comprenda la información que se le está
proporcionando, especialmente en el caso de población indígena, con
discapacidad auditiva o cognoscitiva o con poca información;
• Será receptiva y empática;
• Le creerá a la usuaria;
• Tomará en cuenta las necesidades de ella;
• Desarrollará una buena comunicación con ella;
• Nunca minimizará, negará o justificará la violencia;
• Nunca emitirá juicios de valor;
• Nunca tratará de manera discriminatoria a la usuaria
• Evitará realizar preguntas que no se encuentren relacionadas con la
detección de la violencia o lo que narra la usuaria.
III. Descripción de actividades
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO C: ENTREVISTA INICIAL
RESPONSABLE ÁREA FÍSICA ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Trabajo Social
Usuaria
Trabajadora Social
Sala de entrevista
1. Recibe a la usuaria y
propicia un entorno
de confianza y de
respeto
2. Explica en qué
consiste la entrevista
inicial
3. Explica a la usuaria
que la entrevista será
video grabada
4. Consigue la
autorización de la
grabación de la
usuaria
5. Propicia que la
usuaria cuente su
historia, mediante el
uso de preguntas
detonantes
6. Escucha atenta y
respetuosamente sin
interrumpir
7. Explica
detenidamente los
servicios que brinda
el Centro
8. Señala los servicios
que desea utilizar
9. Explica la siguiente
fase del
procedimiento
Fin de procedimiento
Formato de
autorización de
grabación
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
39
D. Atención Jurídica
I. Objetivo
Asesorar y, en su caso, representar a las mujeres víctimas de violencia al
inicio, durante y el final del litigio.
II. Políticas de operación
1. La actuación jurídica logrará que la mujer víctima reciba asesoría legal; que esté
representada durante el proceso mediante un acompañamiento especializado e
integral.
2. La intervención legal dará una importancia sustantiva al acompañamiento para la
tramitación y al cumplimiento de las órdenes de protección, así como su
renovación, una vez que éstas caduquen.
III. Descripción de actividades
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO D: ATENCIÓN JURÍDICA
RESPONSABLE ÁREA FÍSICA ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Abogada
Equipo
Sala de
entrevista
1. La Usuaria solicita asesoría
Jurídica
2. Consulta expediente universal
3. Se presenta con la usuaria y
brinda asesoría
4. Escucha atentamente y realiza
anotaciones en el expediente
5. Informa a la usuaria de los
derechos que le asisten
6. Informa acerca de la violencia
doméstica
7. Informa acerca de la demanda
por la vía civil
8. Proporciona información clara,
completa, detallada y resuelve
dudas
La usuaria decide qué
procedimiento desea seguir
9. Brinda el apoyo necesario
Expediente
universal
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
40
multidisciplinario durante el proceso legal
Fin del procedimiento
Si la abogada detecta que la
usuaria necesita una orden de
protección
10. Brinda el acompañamiento para
que se tramite orden de
protección
Le da seguimiento
Si la mujer decidió entablar un
proceso legal
Deciden la estrategia jurídica
para:
Elaborar una demanda civil
Elaborar una demanda penal
Seguimiento al caso hasta que
se dicte sentencia firme
Fin del procedimiento
E. Atención Psicológica
I. Objetivo
Brindar a las usuarias atención psicológica que les permita afrontar crisis
emocionales y salir del ciclo de violencia en el que se encuentran inmersas.
II. Políticas de operación
1. Las psicólogas atenderán a las mujeres con base en la perspectiva de género,
igualdad y respeto.
2. Proporcionarán los servicios requeridos con eficiencia y calidez.
3. Las psicólogas tendrán conocimiento sobre las causas y los efectos de la
violencia contra las mujeres.
4. Evitarán culpabilizar a las víctimas de lo ocurrido.
5. Contarán con las herramientas necesarias para aplicar intervención en crisis y
de emergencia y las terapias adecuadas para tratar la violencia.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
41
6. Detectarán las señales de alarma que puedan poner en peligro la vida de las
mujeres.
7. Mantendrán discreción sobre las circunstancias en que la mujer violentada se
encuentra y evitarán todo tipo de comentarios al respecto.
8. Respetarán sus decisiones sin juzgarlas.
9. El acompañamiento terapéutico será de tres tipos: individual, grupal e infantil.
10. Las terapias durarán entre 12 y 15 sesiones.
11. En el caso de la terapia grupal, las salas tendrán la capacidad para agrupar a
15 mujeres y tendrán un entorno flexible y amigable.
12. Las terapias deberán estar focalizadas a la obtención de objetivos concretos, a
saber: evitar la muerte de la usuaria; salir del ciclo de violencia; lograr la
autonomía de la mujer y su familia; construir un proyecto de vida (capacitación
para el empleo) y lograr el empoderamiento.
III. Descripción de actividades de Actividades
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO E: ATENCIÓN PSICOLÓGICA
RESPONSABLE
ÁREA
FÍSICA ACTIVIDAD
DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Psicóloga 1. Determina que la usuaria necesita
acompañamiento terapéutico
2. Elabora una valoración psicológica
que se anexará al expediente
universal
3. Consulta expediente universal
4. Inicia el acompañamiento psicológico
5. Agenda citas subsecuentes
Expediente
universal
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
42
6. Evalúa la evolución de la usuaria
7. Al término de la terapia, elaborará un
informe final
8. Anexa informe al expediente universal
Fin del procedimiento
9. Acompaña a la institución
correspondiente, en caso de que es
necesaria la atención diversa a los
servicios con los que cuenta el CA
10.Obtiene el consentimiento de la
usuaria
11.Agenda una cita
12.Informa a la usuraria de la atención
que recibirá en la otra institución
13.Da seguimiento
14.Solicita informe final a la institución
Fin del procedimiento
F. Contacto a red de apoyo familiar
I. Objetivo
Contactar a los familiares de la usuaria, en caso de que cuente con ellos, para
buscar su apoyo y contribuir a su bienestar.
II. Políticas de operación
1. El contacto de los familiares solamente será efectuado con la autorización de
la usuaria.
2. El contacto será realizado inmediatamente.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
43
3. Para lograr el contacto se utilizarán todos los medios posibles para la
localización de los familiares sin importar obstáculo alguno, como la
distancia, entre otros.
4. En caso de no contar con algún familiar, se contactará a cualquier otra
persona que la usuaria le indique.
III. Descripción de Actividades
DIAGRAMA DE FLUJO
PROCEDIMIENTO F: CONTACTO A RED DE APOYO FAMILIAR
RESPONSABLE ÁREA
FÍSICA
ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Trabajadora
social
Sala de
entrevista
1. Pregunta a la usuaria si desea que
se contacte a alguna persona
Contactar
2. Pide a la trabajadora social que se
presente a la Sala de entrevista
3. Se presenta a la Sala de Entrevista
4. Toma los datos proporcionados por
la usuaria
5. Realiza el contacto
Fin del procedimiento
G. Canalización a casa de tránsito, albergue o refugio
I. Objetivo
Brindar a las usuarias y a sus hijas e hijos que no puedan permanecer en su
domicilio, un lugar para proteger su integridad física y su vida.
II. Políticas de operación
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
44
1, Solamente se hará el traslado a la casa de tránsito, albergue o refugio cuando
la usuaria así lo desee.
2. Toda canalización conllevará un puntual seguimiento.
3. Antes de acompañar a la usuaria a la casa de tránsito, albergue o refugio, será
informada sobre la forma en la que éste funciona.
III. Descripción de Actividades
DIAGRAMA DE FLUJO
PROCEDIMIENTO G: CANALIZACIÓN A CASA DE TRÁNSITO, ALBERGUE O REFUGIO.
RESPONSABLE ÁREA
FÍSICA
ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Trabajadora
social
Usuaria
Trabajadora
Social
Sala de
recepción
i. Con base en el nivel de riego
determina que la usuaria necesita una
casa de tránsito, albergue o refugio.
ii. Acepta ir a la casa de tránsito,
albergue o refugio.
ii. Verifica que la usuaria cumpla con los
criterios de admisión de la casa de
tránsito, albergue o refugio.
v. Explica a la usuaria las reglas de
operación del lugar.
v. Realiza las gestiones necesarias para
canalizar a la usuaria y a su hijos e
hijas.
vi. Acompaña a la usuaria y a su hija e
hijos al casa de tránsito, albergue o
refugio.
Fin del procedimiento
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
45
H. Elaboración del programa de crecimiento
I. Objetivo
Realizar el plan de actividades que ha de seguir la usuaria para lograr
reconstruir su vida, posicionarse en un lugar de igualdad frente a los hombres
y alcanzar su autonomía.
II. Políticas de operación
1. El programa de crecimiento será definido por la usuaria, por lo que la
función del Centro de Atención será facilitar los recursos y brindar apoyo
institucional en este proceso de vida.
2. Para elaborar este programa es necesario realizar un diagnóstico de
habilidades, destrezas y aptitudes.
3. Para realizar el plan de crecimiento es necesario fomentar en las usuarias
el autoconocimiento para que ella vislumbre sus gustos y capacidades y las
potencialice.
4. El programa debe estar basado en la perspectiva de género para no reproducir
desigualdades.
5. Se identificarán en la realidad de la usuaria, las acciones y relaciones que
fomentan su autonomía y autodeterminación y permitan el desarrollo de otros
intereses que no estén relacionados con su rol de madre, esposa e hija.
6. Debido a que la usuaria lo elige, el programa de crecimiento será flexible,
pues las mujeres pueden probar ciertas actividades y cambiarlas hasta que
encuentren las que más les satisfagan.
7. Para elaborar el programa de crecimiento, el Centro ofrecerá apoyos en
varios rubros como el laboral (negocios), educativo, psicosocial y cultural.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
46
8. Para proporcionar todos los apoyos, el Centro realizará los convenios
institucionales pertinentes.
9. Para desarrollar el programa de crecimiento es necesario realizar una base
de datos para generar estadísticas y análisis de resultados que servirán para
definir cuáles son las actividades que son más requeridas por las usuarias y
tomar las acciones pertinentes.
III. Descripción de actividades
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO H: ELABORACIÓN DE PROGRAMA DE CRECIMIENTO
RESPONSABLE ÁREA FÍSICA ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Psicóloga
Usuaria
Psicóloga
Sala 1. Proporciona terapia a la usuaria
2. Fomenta autoconocimiento
3. Realiza diagnóstico de habilidades,
destrezas y aptitudes
4. Potencializa los recursos y opciones
que tiene la usuaria
5. Brinda las herramientas para que la
usuaria identifique las capacidades
que necesita desarrollar o adquirir
6. Identifica las capacidades que
posee
7. Identifica las aptitudes y recursos
que debe potencializar
8. Identifica las aptitudes y recursos
que debe adquirir
9. Hace visible las opciones que ofrece
el Centro para realizar el programa
10. Propone el programa de crecimiento
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
47
Usuaria 11. Valida programa de crecimiento
Fin del procedimiento
I. Seguimiento y apoyo a las actividades de crecimiento
I. Objetivo
Monitorear en qué etapa de desarrollo se encuentra el programa de crecimiento de
la usuaria para replantear los objetivos del mismo o en su defecto dar por
concluidas las metas establecidas.
II.Políticas de operación
1. El seguimiento al programa de crecimiento se realizará a través de informes y
reuniones que se realizarán hasta que la usuaria termine con el mismo.
2. La usuaria deberá tener un rol sustantivo en el proceso de seguimiento de las
metas propuestas en su plan de desarrollo.
3. En ningún momento las instituciones que la respaldan podrán condicionar los
apoyos recibidos para su desarrollo personal y familiar, por lo que siempre
adoptarán una actitud respetuosa hacia la usuaria y sus decisiones.
4. No se juzgarán las decisiones que tome la usuaria pero eso no significará una
actividad pasiva por parte de las trabajadoras, pues ellas tienen la obligación de
presentar todas las opciones a la usuaria.
5. En el proceso de monitoreo del programa de crecimiento el personal del Centro
de Atención no impondrá a las usuarias sus decisiones, opiniones, expectativas o
soluciones que ellas darían a la problemática. La trabajadora se limitará a
visualizar los recursos de la mujer y gestionar los apoyos que respaldarán el
desarrollo de sus metas.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
48
6. El plan de seguimiento deberá tomar en cuenta qué tan eficaces han sido las
redes de apoyo de la mujer. Si el plan no resulta eficaz, se replanteará.
7. En las reglas de operación de cada uno de los apoyos se establecerán los
tiempos mínimos y máximos para recibirlos y para tramitar su renovación.
III. Descripción de actividades
DESCRIPCIÓN NARRATIVA
PROCEDIMIENTO I: SEGUIMIENTO Y APOYO A LAS ACTIVIDADES DE CRECIMIENTO
RESPONSABLE ÁREA
FÍSICA
ACTIVIDAD DOCUMENTOS
INVOLUCRADOS
Psicóloga
Equipo
Multidisciplinario
Psicóloga
Área de
psicología
del Centro
de Atención
1. Solicita un reporte de avances y
retrocesos a las personas involucradas
en el programa de crecimiento
2. Realizan el reporte y lo entregan a la
psicóloga
3. Recibe el reporte y lo analiza
4. Convoca a una reunión con las
operadoras del Centro de Atención y
las instituciones involucradas
5. Analizan el progreso y las deficiencias
del programa de crecimiento de la
usuaria
6. Plantean cambios o restructuración del
programa
7. Elaboran una minuta sobre las nuevas
acciones de seguimiento y apoyo del
programa de crecimiento
8. Establecen una fecha para la próxima
reunión de seguimiento
9. Agenda una reunión con la usuaria
para comentarle el resultado de la
Minuta
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
49
Equipo
Multidisciplinario
evaluación
10.Consensa con la usuaria los cambios
realizados al programa de crecimiento
11.Ejecutan el programa de crecimiento
Fin del procedimiento
IV. Mecanismos efectivos para el monitoreo y la evaluación de los
resultados de los Centros de Atención.
Con la finalidad de evaluar el servicio que se preste en los Centros de Atención se
conformará un Observatorio con la participación de las organizaciones de la
sociedad civil a efecto de detectar las fuerzas, oportunidades, debilidades y
amenazas en su operación.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
50
Bibliografía
-Álvarez González, Rosa María, Pérez Duarte y Noroña, Alicia Elena, Aplicación
Práctica de los Modelos de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia de
Género Contra las Mujeres. Protocolos de Actuación. Cuarta Edición corregida,
actualizada y aumentada. México, Agosto de 2014.
-Cazés, Daniel, La perspectiva de género. Guía para diseñar, poner en marcha,
dar seguimiento y evaluar proyectos de investigación y acciones públicas y civiles,
Consejo Nacional de Población, Programa Nacional de la Mujer, México, 1990.
-Echeburúa Odriozola, Enrique, et al., Vivir sin violencia: aprender un nuevo estilo
de vida. Madrid, Pirámide, 2002.
-Marcela Lagarde y de los Ríos, Los Cautiverios de las Mujeres: Madresposas,
Monjas, Putas, Presas y Locas, 4ª ed., México, UNAM, 2005, pág. 60 (Colección
posgrado 8).
-Protocolo para la atención de usuarias y víctimas en los Centros de Justicia para
las Mujeres en México, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana,
Primera Edición: México, 2012.
-Aplicación Práctica de los Modelos de Prevención, Atención y Sanción de la
Violencia Contra las Mujeres. Protocolos de actuación para Michoacán. 2ª Edición,
revisada, integrada y aumentada. Agosto 2012.
-Relatoría sobre los Derechos de la Mujer, Comisión Interamericana de Derechos
Humanos. Organización de los Estados Americanos, Acceso a la Justicia para
Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas, OEA/Ser.L./V/II. Doc. 68, 20 de
enero de 2007.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
51
http://violenciagenero.unach.mx/index.php/violencia-de-genero. Portal Universitario
para la Atención de Violencia de Género. Consultada el día 18 de mayo de 2017.
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/_migrated/content_uploads/Derechos_Humanos_
de_las_Mujeres.pdf, Instituto Nacional de las mujeres. Dirección General de
Planeación/Dirección de Capacitación y Desarrollo de Metodologías. Tercera
edición, julio de 2007.
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/_migrated/content_uploads/Derechos_Humanos_
de_las_Mujeres.pdf, consultada el 16 de mayo de 2017.
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3144/5.pdf. Modelo de
Atención Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3936/10.pdf. Tercera Parte,
Los Protocolos de Actuación, Presentación.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
52
ANEXO 1
ESTADÍSTICAS DE VIOLENCIA EN EL ESTADO DE ZACATECAS.
1. Ámbito Privado
Con base en el estudio, Panorama de la Violencia Contra las Mujeres en
Zacatecas (2013) se observa que en el ámbito privado de cada 100 mujeres de 15
y más años, casadas o unidas en pareja, 48 dicen haber sufrido violencia por parte
de su pareja a lo largo de su relación. Esta proporción es superior al promedio
nacional, que se ubica en 45 de cada 100 agredidas por su pareja.
El número de mujeres agredidas por su esposo o pareja disminuye cuando los
eventos violentos son referidos al último año de su relación: 35.6% de las
zacatecanas manifiestan haber padecido al menos un incidente de violencia
durante los últimos 12 meses previos a la entrevista de la ENDIREH 2011,
porcentaje mayor al nacional que es de 33.6%, es decir aun y cuando disminuye el
porcentaje sigue reportando índices mayores al promedio nacional. En la entidad,
la forma más común de violencia experimentada por las mujeres a lo largo de su
relación, es la emocional, la padece el 88.3% de las mujeres.
Cabe mencionar que este tipo de violencia es el único con un valor inferior al
registrado a nivel nacional, con una diferencia de casi un punto porcentual. Por
otra parte, la violencia económica se presenta en seis de cada diez mujeres
violentadas por su pareja; la física se registra en 29.9% de las mujeres
violentadas; mientras que la violencia sexual es la menos frecuente, 14.5% dicen
haberla sufrido a lo largo de su relación.
En la entidad, 88.9% de las mujeres que padecen violencia se casaron o unieron
en consenso con su pareja, 9.2% lo hizo porque estaba embarazada y 1.9% por
otro motivo. Al confrontar estos datos con los registrados por las mujeres casadas
o unidas que no son víctimas de violencia por parte de su pareja, se observa que
cuando la mujer decide en común acuerdo con su pareja formar una familia, es
mayor la proporción de mujeres quienes no sufren violencia respecto a las que sí
la padecen, con una diferencia de 6.8 puntos porcentuales; por el contrario,
cuando se unieron porque ella estaba embarazada, la cifra de las violentadas es
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
53
mayor en 5.4 puntos a las que no sufren violencia; esto puede indicar que el hecho
de que la pareja se vea obligada a unirse, es un factor tendiente a originar
violencia de cualquier tipo.
El 5 por ciento de mujeres casadas o unidas que enfrentaron violencia y que,
como consecuencia de ello, han recurrido a recibir atención médica o psicológica
en el último año antes de la entrevista, en el estado de Zacatecas es
prácticamente igual que a nivel nacional (5.1). En esta misma entidad, el 18.2 por
ciento de las mujeres casadas o unidas a lo largo de su relación han padecido
episodios con graves consecuencias por parte de su pareja; dicha cifra, en
comparación con la nacional (16.2 por ciento) muestra una diferencia de dos
puntos porcentuales. Asimismo, al considerar a las mujeres que han sufrido
violencia extrema en los últimos 12 meses, se observa una variación, pues la cifra
estatal disminuye a 15.6 por ciento que, comparada con la del país, es superior,
pues a nivel nacional el 14.7 por ciento de las mujeres casadas o unidas han
padecido violencia extrema.
Violencia en la familia de origen.
Por otro lado, el 47.5% de las mujeres zacatecanas casadas o unidas que han
sufrido incidentes de violencia a lo largo de su relación, se observa que de
acuerdo con la familia de origen propia o de su pareja, de cada 100 mujeres
agredidas por su pareja: en 32 hubo violencia sólo en la familia de ellas; 27
señalan que tanto ellas como su esposo o pareja provienen de familias con
dinámicas caracterizadas por la violencia, de las que fueron testigos o víctimas;
una proporción de 23 se presenta en las que no hubo violencia en la familia de
ellas y en la de su pareja pudo no haber; y 18 de cada 100 que han sido agredidas
por su pareja, declaran que ni ellas ni ellos crecieron en una familia caracterizada
por relaciones violentas, es decir, no fueron víctimas de violencia física o verbal en
su familia de origen.
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares
(ENDIREH) 2011 refiere que el riesgo de padecer violencia se reduce cuando no
existen antecedentes de violencia en la niñez por parte de las personas con
quienes se convivía. Así se obtiene que 72 por ciento de las mujeres no fueron
agredidas por su pareja, ya que provienen de familias donde ni ella ni él fueron
víctimas de violencia en la niñez. En este caso, la proporción de mujeres con
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
54
algún tipo de agresión se reduce a 28 por ciento, dato superior al nacional en 1.9
puntos porcentuales.
En Zacatecas, la ENDIREH refiere que de cada 100 mujeres alguna vez unidas,
59 vivieron algún episodio de violencia mientras duró la relación. En comparación
con las mujeres casadas o unidas, se observa que la violencia de pareja en las
mujeres actualmente separadas, divorciadas o viudas es más elevada, con una
diferencia de 11.5 puntos porcentuales.
De las mujeres alguna vez unidas que a lo largo de la relación con su última pareja
fueron violentadas, el 95.3 por ciento reportó al menos un incidente de violencia
psicológica. Después se encuentra el porcentaje de mujeres que fueron afectadas
en su condición económica, 79.3 por ciento. Enseguida se ubica el 55.4 por ciento
de mujeres que fueron violentadas físicamente y el 34.4 por ciento de las
zacatecanas reportan haber sido agredidas por violencia sexual por parte de su
expareja. En todos los tipos de violencia, los datos estatales superan a los
nacionales, la mayor variación (8.1 puntos porcentuales) se encuentra en la
violencia de tipo económico.
Respecto a la severidad, en la entidad, las mujeres alguna vez unidas que fueron
víctimas de hechos severos de violencia, representan la mitad (50.5 por ciento) de
las mujeres violentadas, lo cual indica que el porcentaje estatal es mayor en 9.4
puntos porcentuales al obtenido a nivel nacional (41.1 por ciento). Las mujeres
zacatecanas que alguna vez estuvieron unidas a una pareja que las maltrataba y
que, derivado de la violencia ejercida contra ellas, llegó un momento en el que
pensaron en quitarse la vida, representan 16 por ciento; las cifras reflejan que de
cada diez mujeres que pensaron atentar contra su vida, cuatro ya lo han intentado.
La mayoría de las agresiones hacia las mujeres alguna vez unidas de las que
fueron objeto por parte de la expareja, no fueron denunciadas (75 por ciento).
En la entidad zacatecana, de las mujeres alguna vez unidas, la ENDIREH 2011
registró 24.8 por ciento de separadas o divorciadas, que reportan agresiones por
parte de su expareja después de terminada la relación. La situación más frecuente
después de terminado el vínculo, es que la expareja se niegue a aceptar la
separación, 44.8 por ciento de las mujeres que tomaron la decisión de separarse
así lo mencionan; 19.6 por ciento fueron amenazadas por su pareja con quitarles a
sus hijas e hijos; a 16.7 por ciento las amenazaron con quitarles la casa o sus
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
55
pertenencias, o incluso las corrieron de la casa. Por otro lado, en una proporción
importante de situaciones, 40.2 por ciento de las mujeres declararon que también
su expareja estuvo de acuerdo o aceptó su decisión de separarse.
Por otro lado, una proporción reportó que la violencia inició desde el noviazgo. Así
la Encuesta referida muestra que, de cada 100 mujeres solteras zacatecanas, 38
señalan haber experimentado violencia por parte de su novio o exnovio a lo largo
de su relación, a nivel nacional son 37 de cada 100 las que declaran esa misma
situación. Entre las entidades con mayores porcentajes de mujeres solteras
agredidas por su novio o exnovio, Zacatecas ocupa la séptima posición, Sonora la
primera con 47.2; mientras que los valores más bajos los presentan Chiapas y
Durango, con proporciones menores de 30 por ciento.
En el estado, las agresiones de tipo emocional o económica también predominan
entre las que se encuentran solteras, 99.2 por ciento mencionaron haberlas
sufrido. Los hechos menos comunes son los de tipo físico o sexual, en este caso
se encuentran 14 de cada 100 mujeres solteras son violentadas por su novio o
exnovio. Un alto porcentaje de mujeres solteras no denuncia, 98.9 por ciento, la
principal razón por la cual no acusan a su agresor es porque ellas tienden a
minimizar los episodios violentos de que son sujetas (84.7 por ciento).
Dentro de las situaciones de violencia para las mujeres, uno de los grupos más
afectados es el de las adultas mayores, así la ENDIREH 2011 muestra que del
total de mujeres de 60 y más años, 15.7 por ciento, dijeron haber sido maltratadas
por parte de sus hijos, hijas, nietos o nietas, así como de otras personas; esta cifra
a nivel nacional es de 18.1 por ciento.
La encuesta señala que la difusión es un aspecto esencial para dar a conocer los
derechos humanos, la igualdad entre hombres y mujeres y la discriminación. La
proporción de mujeres que han escuchado sobre las leyes de equidad de género
es más alta entre las mujeres que han vivido algún episodio de violencia que entre
las que no la han padecido. De acuerdo con el estado conyugal, son las mujeres
solteras las más enteradas sobre leyes de equidad de género, tanto aquellas que
no padecen violencia 95.6 por ciento, como aquellas que son violentadas 92.2 por
ciento.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
56
Enseguida se encuentran las mujeres casadas o unidas, pues 88.3 y 86.9 por
ciento de las que sufren violencia y las que no, respectivamente, han escuchado
de estas legislaturas; las menores frecuencias se presentan en las: alguna vez
unidas, con 87.4 por ciento para las agredidas y 65.4 por ciento para las que no.
2 Ámbito Público
a. Ámbito comunitario
En relación con el espacio comunitario, de la ENDIREH 2011 se desprende que en
Zacatecas, el 24.8 por ciento de las mujeres de 15 y más años han sido víctimas
de alguna agresión pública (aunque no sea en forma cotidiana), que pueden ir
desde insultos hasta violaciones. De estas mujeres, 90 por ciento sufrieron
intimidación, 31.3 por ciento fueron víctimas de abuso sexual y 8.1 por ciento
violentadas físicamente.
El tipo de agresor que mencionan con más frecuencia son personas
desconocidas, en 80.5 por ciento de los casos. De las clases de violencia
referentes a la intimidación, el abuso más frecuente es el que les hayan dicho
piropos o frases de carácter sexual que les molesten u ofendan, 65.6 por ciento de
las mujeres con violencia comunitaria así lo declararon. Mientras que 20.4 por
ciento han sentido miedo de ser atacadas o abusadas sexualmente, 16.4 por
ciento han recibido insinuaciones o propuestas para tener relaciones sexuales a
cambio de algo, 11.4 por ciento han sido humilladas o denigradas, y a 11 por
ciento las han ignorado o no las han tomado en cuenta. Las clases de tipo sexual
que es cuando las han tocado o manoseado sin su consentimiento o han sido
obligadas a tener relaciones sexuales, a mirar escenas o actos sexuales o a
realizarlos por dinero, registran cifras de 27.0 y 7.1 por ciento, respectivamente. El
tipo de agresor que con más frecuencia mencionan las mujeres del estado de
Zacatecas son personas desconocidas, en 80.5 por ciento de los casos.
La ENDIREH 2011 muestra que de las mujeres que han experimentado por lo
menos un incidente de violencia extrema en espacios comunitarios, 3.7 por ciento
declararon ser objeto de agresiones de extrema gravedad, ya que fueron violadas
u obligadas a prostituirse; dato mayor a la media nacional en un punto porcentual,
el cual es de 2.7 por ciento (4,841 mujeres).
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
57
b. Ámbito Escolar
Respecto al ámbito escolar, la ENDIREH 2011 muestra que del total de mujeres
que asisten o asistieron a la escuela, 3.0% han experimentado violencia en ese
lugar, los principales agresores de las mujeres son sus propios compañeros,
65.5%; en segundo lugar, mencionan a las autoridades escolares que abusan de
su poder (45.4%), tales como directores, coordinadores y maestros, quienes la
ejercen aprovechándose de su relación jerárquica superior. Las manifestaciones
de violencia más recurrentes han sido de tipo emocional, al revelar que 77 de cada
100 mujeres la padecieron. Por su parte, 41 de cada 100 entrevistadas dijeron que
el tipo de violencia de que fueron objeto tuvo que ver con agresiones físicas o de
carácter sexual como maltrato corporal, proposiciones de relaciones sexuales a
cambio de calificaciones, caricias y manoseos sin su consentimiento, represalias
por no acceder a propuestas o las obligaron a tener relaciones sexuales.
c. Ámbito Laboral
En el ámbito laboral, considerando la situación conyugal de las zacatecanas y su
condición de violencia laboral, se observa que 29.4 por ciento de las mujeres
alguna vez unidas que se encuentran ocupadas, declaró haber tenido algún
incidente de violencia en el trabajo, así como 24 por ciento de las solteras;
mientras que la menor prevalencia se presenta en las mujeres casadas, pues 22.4
por ciento mencionaron haber sido víctimas de este tipo de violencia. En el
contexto nacional los datos muestran que Zacatecas ocupa el décimo lugar entre
las entidades federativas con los mayores porcentajes de mujeres de 15 y más
años que manifestaron haber sufrido incidentes de violencia en su lugar de trabajo
(24.2 por ciento), superando al promedio nacional en 1.6 puntos porcentuales.
Sobre los tipos de violencia que experimentan las mujeres en el trabajo, 88.7 por
ciento expresan haber sufrido discriminación y 24.1 por ciento acoso. Entre las
clases de discriminación que declararon las mujeres zacatecanas ocupadas se
encuentran las siguientes: recibir menos salario que un hombre con el mismo
trabajo, nivel o puesto (57.8 por ciento), tener menos oportunidad que un hombre
para ascender (53.6 por ciento), recibir menos prestaciones que un hombre en
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
58
igualdad de condiciones laborales (40.1 por ciento) y, solicitud de la prueba de
embarazo al ingreso a la vida productiva (20.0 por ciento).
Los lugares donde han vivido mayor violencia son: en empresas privadas o
bancos (36.7 por ciento), así como en las maquiladoras, fábricas y talleres, que en
general no cuentan con ninguna seguridad social y tienen salarios bajos, ya que
del total de mujeres que se encuentran ocupadas en este tipo de empresas, 36.2
por ciento declaró haber sufrido algún tipo de violencia laboral; de igual manera 34
por ciento de las que trabajan en instituciones públicas manifestaron haber sido
violentadas; 17.9 por ciento en comercios, 15.9 por ciento en casas ajenas, y 17.5
por ciento mencionan otro lugar de trabajo.
En el estado, 72 de cada 100 mujeres zacatecanas acosadas, fueron agredidas
por sus propios compañeros, en tanto que en 48 de cada 100 fueron violentadas
por el jefe inmediato. En los últimos 12 meses previos a la entrevista, de las
mujeres zacatecanas que viven violencia en el ámbito laboral, tres de cada cinco
(57.2 por ciento) dicen también haber sido víctimas de violencia por parte de su
pareja. En el contexto nacional el porcentaje en esta situación es del 52.2.
d. Violencia Feminicida
Zacatecas es uno de los estados donde se ha tipificado el feminicidio. Según
Echarri y Ramírez, (2011), en la entidad, de 1985 a 2009, se han registrado 253
muertes femeninas con presunción de homicidios y de 1995 a 2009 son 153, es
decir el 60.47 por ciento del total. Cabe mencionar que el número de defunciones
con presunción de homicidios en mujeres presenta una disminución permanente a
menos de la mitad entre los años 2005 al 2009.
Sobre las características de las defunciones con presunción de homicidio se
puede observar que en 2005 hubo mayor porcentaje de certificación por médicos y
prácticas de necropsia que en 2009. Esto es un elemento que indudablemente
contribuye a la falta de acceso a la justicia, ya que se trata de elementos que
coadyuvan en los procesos de procuración e impartición de justicia, y su ausencia
a la impunidad de los crímenes. Asimismo, el porcentaje en el que no se registró si
se presume que hubo violencia familiar, incrementó de 81.3 por ciento en 2005 a
85.7 por ciento en 2009.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
59
De acuerdo con Ramírez (2012), en Zacatecas la tasa de muertes de mujeres por
presunto homicidio subió 538.9 por ciento entre 2000 y 2010. En contraste, la de
los hombres aumentó 27 por ciento. Además, con datos más recientes del INEGI
se muestra que del año 2000 al 2012 se incrementaron en un 2,550 por ciento el
número de muertes de mujeres por homicidio, en cambio la de los hombres
aumento 22 por ciento (INEGI, 2014.
En el porcentaje de muertes por homicidio con respecto al total de muertes
violentas por sexo del 2004 al 2012 (INEGI, 2013b) se observa que en las mujeres
hay un mayor incremento que en los hombres, pues en las mujeres el porcentaje
es cuatro veces mayor de 2004 a 2012 y en los hombres se incrementa tres
veces.
e. Seguridad ciudadana
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública
(INEGI, 2013a) muestra que el 15.7 por ciento de los delitos ocurridos en el estado
de Zacatecas fueron denunciados ante el ministerio público, de los cuales el
68.7% inició averiguación previa. El 56 por ciento de los delitos no son
denunciados por causas atribuibles a la autoridad, como son: "pérdida de tiempo",
"trámites largos y difíciles", "por miedo a que lo extorsionaran", "desconfianza en la
autoridad" y "por actitud hostil de la autoridad".
El 3.3 por ciento de las personas que denunciaron, manifestaron que el trato
recibido durante el proceso de denuncia fue excelente, 39.9 por ciento lo
consideró bueno, un alto porcentaje, 43.5 por ciento, manifestó que fue malo y un
12.4 por ciento dijo que fue muy malo. Por otro lado, el 40 por ciento de la
población encuestada percibe que el desempeño de la policía preventiva municipal
es poco efectivo, en este mismo calificativo se encuentra la policía de tránsito
(39.4 por ciento); ministerio público y procuradurías (31.4 por ciento) y policía
ministerial o judicial (30.7 por ciento). De las personas víctimas de algún delito, el
28.3 por ciento de las mujeres dijo haber tenido daño económico, el 17.8 por
ciento emocional o psicológico y el 1.3 por ciento físico o laboral; por su parte el
29.6% de los hombres dijo haber tenido daño económico, el 10.2 por ciento
emocional o psicológico y el 3 por ciento físico o laboral.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
60
4. Acceso a la justicia para las mujeres.
a. Solicitud de ayuda o denuncia por violencia familiar
De acuerdo con la ENDIREH 2011, de cada 100 mujeres casadas o unidas
violentadas por su pareja en el estado de Zacatecas, 90 no pidieron ayuda ni
denunciaron. De las mujeres que denunciaron, el 62.1 por ciento acudieron al DIF,
al Instituto de la Mujer o a otra autoridad, en tanto que 64.9 por ciento fueron al
ministerio público, presidencia municipal o policía. Si se compara la proporción
estatal de mujeres casadas o unidas que pidieron ayuda o denunciaron al ser
violentadas por su pareja, contra la nacional, se observa que es menor en esta
última.
Por tipo de institución, la proporción de mujeres que denuncian ante el DIF, al
Instituto de la Mujer u otra autoridad, es inferior en el país en 9.4 puntos
porcentuales, y en 3.7 puntos las que lo hacen ante el ministerio público, en una
presidencia municipal o acuden a la policía.
Las mujeres que piden ayuda o denuncian ante alguna autoridad eventos violentos
por parte de su pareja son usualmente las que fueron agredidas en forma física o
sexual (75.7 por ciento). En la entidad, del total de mujeres casadas o unidas
maltratadas por su esposo o pareja que pidieron ayuda o levantaron denuncia,
27.8 por ciento lo hicieron en el último año, 79.3 por ciento lo han hecho a lo largo
de su relación, esto es, por cada denuncia hecha en el último año, tres se hicieron
antes de octubre de 2010, que bien pudieron haberse realizado en cualquier
momento de su relación.
Entre las mujeres casadas o unidas agredidas por su pareja que no denunciaron,
la mayoría (72.8 por ciento) comentan que la agresión se trató de algo sin
importancia o porque él no va a cambiar, desafortunadamente, el 13.5 por ciento
de las mujeres violentadas no denunciaron por vergüenza o para que su familia no
se enterara.
Quienes no lo hacen porque el agresor les dijo que iba a cambiar o porque
piensan que su esposo o pareja tienen derecho a reprenderlas, son el 10.8 por
ciento; 9.6 por ciento porque sus hijos o su familia las convenció de no hacerlo; 8.2
por ciento desconocían que podían denunciar el maltrato o agresión; mientras que
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
61
7.6 por ciento de las mujeres no lo hicieron por miedo, porque su esposo o pareja
las amenazó.
Algunas respuestas son claras alusiones a la carente eficiencia del sistema de
justicia, pues 6.1 por ciento de las mujeres no confían en las autoridades, cifra que
en el país es del 4.3 por ciento.
Protocolo de Actuación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas
62
ANEXO 2
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES, NORMATIVA NACIONAL Y ESTATAL
Instrumentos Internacionales
• Carta de la Organización de las Naciones Unidas
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
• Convención Americana sobre Derechos Humanos.
• Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará).
• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Contra la Mujer (CEDAW).
• Convención sobre los Derechos del Niño.
• Declaración Universal de Derechos Humanos.
• Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
• Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.
• Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para Víctimas de
Delitos y de Abuso de Poder.
Normativa nacional
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
• Ley General de Víctimas.
• Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
• Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Normativa nacional
• Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Zacatecas.
• Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.
• Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Zacatecas.
• Ley de Atención a Víctimas del Estado de Zacatecas.