GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS
ORGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO.
TOMO CXXVIII Núm. 19 Zacatecas, Zac., miércoles 7 de marzo de 2018
2 AL No. 19 DEL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO CORRESPONDIENTE AL DÍA 7 DE MARZO DE 2018
REGLAMENTO.- Para el uso del gimnasio ISSSTEZAC.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE ZACATECAS, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULO 108 FRACCIÓN VIII DE LA LEY DEL ISSSTEZAC; ARTÍCULOS 7 FRACCIONES I Y V, Y 23 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO; Y
C O N S I D E R A N D O:
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, brinda a los trabajadores derechohabientes, sus familiares beneficiarios, pensionados, jubilados y público en general como parte de las políticas y estrategias de prestación de servicios sociales, un área adecuada para el desarrollo físico e integral fomentando la práctica deportiva, como medio para mejorar las condiciones de salud y uso adecuado del tiempo libre de los usuarios del Gimnasio ISSSTEZAC para el fortalecimiento de la imagen institucional y en apoyo a la sociedad zacatecana.
Por lo anteriormente expuesto hemos tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO PARA EL USO DEL GIMNASIO ISSSTEZAC
Del Uso y Conservación
ARTÍCULO 1. Las disposiciones del presente Reglamento son de Orden Público e interés Social y tienen como objeto regular el funcionamiento del Gimnasio, a efecto de racionalizar su uso en beneficio de los Usuarios.
ARTICULO 2. Corresponde a la Dirección de Prestaciones Sociales del ISSSTEZAC, mediante la Unidad de Fomento Deportivo y Cultural administrar el Gimnasio, cuidar el mantenimiento y la modernización de los aparatos que se utilizan en el mismo, para lo cual realizará las gestiones necesarias para tal fin y será la encargada de dar a conocer el presente documento a los Usuarios, interpretar, aplicar y vigilar su estricto cumplimiento.
ARTÍCULO 3. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por
I. ISSSTEZAC: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas;
II. Reglamento: Reglamento para el Uso del Gimnasio ISSSTEZAC;
III. Gimnasio: Gimnasio ISSSTEZAC; y
IV. Usuarios: Las y los trabajadores derechohabientes, sus familiares, pensionados, jubilados, público en general, personas morales o dependencias de la administración pública del Estado de Zacatecas con quien se lleve a cabo convenio.
ARTÍCULO 4. Para hacer uso de las instalaciones del Gimnasio el usuario se comprometerá a:
I. Utilizar el Gimnasio dentro del siguiente horario:
a. Lunes a viernes de 7:00 hrs a las 21:00 hrs.
b. Sábado 10:00 hrs a las 14:00 hrs.
II. Utilizar las instalaciones con el cuidado debido para conservarlas en buen estado, el ISSSTEZAC no se hace responsable de lesiones o accidentes provocados por el uso inadecuado de los aparatos, o por conductas fuera de las que involucran el ejercicio o entrenamiento;
III. Garantizar en todo momento la seguridad del lugar, así como de las instalaciones haciéndose directamente responsable de los daños que se ocasionen a personas y a las instalaciones por no cumplir con esta obligación;
IV. No dejar objetos guardados de ningún tipo con personal del Gimnasio o en las instalaciones;
V. En las actividades deportivas, es obligatorio el uso de ropa idónea para tal fin;
VI. Evitar riñas dentro o fuera del gimnasio en caso de que esto suceda se dará de baja la inscripción sin que proceda rembolso alguno, debiendo expulsar en el momento a quien las ocasione y fomente para lo cual se utilizará el auxilio de las fuerzas públicas o autoridad correspondiente;
VII. Cubrir con puntualidad el pago de la mensualidad para el uso del gimnasio en las oficinas del mismo;
VIII. Esta terminante prohibido en el Gimnasio:
a. Fumar dentro del mismo;
b. Introducir alimentos;
c. La entrada en estado de ebriedad;
d. Introducir, vender o ingerir bebidas alcohólicas;
e. Introducir mascotas, artículos de vidrio, armas u objetos con los que se pueda causar daño a las personas, bienes o instalaciones;
f. Utilizar lenguaje ofensivo; y
g. Sustraer del área de gimnasio cualquier aparato, aditamento o pesa.
ARTÍCULO 5. Es responsabilidad de los Usuarios respetar el presente Reglamento.
De las Modificaciones
ARTÍCULO 6. Es facultad exclusiva de la Junta Directiva del ISSSTEZAC reformar el presente Reglamento, para ello la Dirección General en coordinación con la Dirección de Prestaciones Sociales y la Subdirección Jurídica presentarán a sesión de dicho Órgano, el proyecto de modificación para su aprobación y efectos legales correspondientes.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, y publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado.
Segundo. El presente documento considera en su redacción un lenguaje incluyente de género.
APROBADO EL PRESENTE REGLAMENTO PARA EL USO DEL GIMNASIO ISSSTEZAC, EN SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 020/2017, ACUERDO NUMERO 468/020/2017 JDI, CELEBRADA EN GUADALUPE, ZACATECAS, A LOS 15 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL 2017.- RÚBRICAS.