ÍNDICE
I. Introducción 3
II. Adaptación de los servicios de atención a mujeres víctimas durante
contingencia por COVID-19
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III. Antecedentes de atención a la violencia en contingencia 6
IV. Niveles de atención de la Ruta Única 8
V. Actividades esenciales 10
VI. Protocolo de actuación durante la contingencia por COVID-19 de los
Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia
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VII. Directorio de las instituciones que brindan atención a mujeres víctimas
de violencia a nivel estatal
20
VIII. Directorio de las Instancias Municipales de las Mujeres 21
IX. Anexos 22
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I. Introducción
La Organización Mundial de la Salud (OMS), el miércoles 11 de marzo de 2020, declaró que el
coronavirus COVID-19 es una pandemia a razón de los niveles acelerados en los que se ha
propagado y de su efecto mundial en todos los sectores de las sociedades.
A la par, ONU-Mujeres informó que, en contextos de emergencia sanitaria, las crisis no son neutrales
al género pues aumentan los riesgos de violencia hacia las mujeres y las niñas, especialmente la
doméstica, debido a las tensiones que se generan en el hogar. Por lo que propuso observar los
efectos por COVID-19 que de manera diferenciada afectan a las mujeres y colocarlas como prioridad
en el diseño de las respuestas correspondientes, con el fin de prevenir cualquier tipo de violencia
que puedan enfrentar durante el aislamiento, así como, para adaptar los mecanismos de atención y
contención a las nuevas situaciones.
Con base en ello, en los primeros días del mes de marzo de 2020, el Banco Estatal de Datos sobre
Violencia contra las Mujeres de Zacatecas (Banevim) informó que, durante periodos vacacionales,
fines de semana o puentes, la violencia familiar aumenta 79% y estimó que durante la contingencia
pudiera incrementarse 48% más. Lo que podría agravarse si las mujeres no cuentan con la
posibilidad de acceder a las rutas y procedimientos institucionales diseñados para su atención
integral debido a que, con la persona generadora de violencia en casa, no tendrían la posibilidad de
acudir a los centros de atención, hacer llamadas telefónicas o solicitar apoyo.
Por ello, de conformidad con la normativa nacional y local, la Secretaría de las Mujeres del Gobierno
del Estado de Zacatecas (Semujer) elaboró una estrategia de atención a la violencia familiar: Plan
de prevención, contención y atención a mujeres víctimas de violencia familiar “En Contingencia
Estamos Juntas”1 que ajusta los servicios de las distintas instituciones que atienden la violencia
contra mujeres, niñas y niños, tales como: Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Seguridad
Pública, Secretaría de Salud, Secretaría de las Mujeres, Sistema Estatal DIF, Fiscalía General de
Justicia y Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas.
Se realizó una adaptación de los servicios en trabajo social, psicología, jurídica, enfermería, médica
y de resguardo de seguridad en distintas modalidades, dependiendo del nivel de riesgo: 1) atención
presencial; 2) atención vía telefónica, mensajería vía celular o página de Facebook; 3)
acompañamientos a través de unidades móviles; y 4) geolocalización y resguardo de seguridad a
través de plataforma SIPE.
De allí que en Zacatecas exista coordinación interinstitucional con el Sistema de Emergencia 911,
del C5; el Módulo de Atención Inmediata a Niñas y Mujeres Víctimas de Violencia, de la Secretaría
de Seguridad Pública; Centros de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género, de
Secretaría de Salud; Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia, Unidades Fijas y Móviles,
de la Secretaría de las Mujeres; Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia,
1 Secretaría de las Mujeres, Gobierno del Estado de Zacatecas, marzo de 2020, en:
http://semujer.zacatecas.gob.mx/pdf/Plan%20En%20Contingencia%20Estamos%20Juntas.pdf
4
del Sistema Estatal DIF; Centro de Justicia para las Mujeres, de la Fiscalía Especializada en Delitos
cometidos contra Mujeres por Razones de Género; y la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a
Víctimas, de la Secretaría General de Gobierno.
Cabe destacar que dicha atención se brinda de acuerdo con el Lineamiento general para la
mitigación y prevención del contagio en espacios públicos cerrados2en horarios de guardia, de
conformidad con los procedimientos administrativos internos y siguiendo en todo momento las
instrucciones de la Secretaría de Salud.
2 El documento completo se puede ver en la página web de la Secretaría de Gobernación, en:
https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2020/03/Lineamiento_Espacio_Cerrado_27032020.pdf
5
Página de Facebook
En Contingencia Estamos
Juntas recibe mensajes y una
red interinstitucional de
profesionistas atienden en
@EstamosJuntasZac
Atención presencial
En horarios de guardia y
respetando los lineamientos
de prevención y mitigación
del contagio del virus
Vía telefónica y mensajes
Llamadas de emergencia,
contención emocional,
primeros auxilios psicológicos
y asesoría legal
Plataforma SIPE
Geolocalización para
resguardo de seguridad e
integridad de las mujeres
desde Secretaría de
Seguridad Pública
Atención a
mujeres
víctimas de
violencia
II. Adaptación de los servicios de atención a mujeres víctimas durante
contingencia por COVID-19
6
III. Antecedentes de atención a la violencia en contingencia
1. El 26 de marzo de 2020, el Gobernador Alejandro Tello Cristerna anunció el Plan de prevención,
contención y atención a mujeres víctimas de violencia familiar “En contingencia estamos juntas que
contiene tres acciones específicas:
a. De prevención. Se creó la campaña #ContingenciaSinViolencia, difundida permanentemente
y enfocada principalmente a promover la corresponsabilidad en los trabajos de cuidado, de
las tareas domésticas y de relaciones familiares sanas, pacíficas e igualitarias; así como de
las medidas de contención emocional y propuestas de actividades familiares
corresponsables, promovidas por padres y madres con menores de edad en casa. Además, se
publica información para la prevención de la violencia sexual infantil, a través de cuentos
que ya han sido implementados y que han tenido gran aceptación en niñas y niños en
diversos municipios de nuestra entidad.
b. De atención. Se creó una red de profesionistas que brindan, vía digital, contención emocional,
asesoría legal y acompañamiento a mujeres víctimas de violencia familiar que, por la
contingencia, no puedan acudir a los Centros de Atención. Este servicio se realiza a través de
la Página de Facebook “En Contingencia Estamos Juntas”, que se puede encontrar como
@EstamosJuntasZac.
c. De seguridad. La Secretaría de Seguridad Pública, implementó el Sistema de Información de
Policía Estatal (SIPE), una plataforma para celular que agiliza la denuncia de la violencia
familiar, así como la ubicación geoespacial del reporte realizado. SIPE está ligado a la página
“En contingencia estamos juntas” y funciona 24 horas los 7 días de la semana; conformado
por operadoras especialistas en criminología, derecho, psicólogas y policía cibernética.
Además, funciona también 24/7 el Módulo de Atención Inmediata a Mujeres y Niñas Víctimas
de Violencia.
2. El 30 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se
declaró como emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor, a la epidemia generada por el virus
SARS-CoV2 (COVID-19), en todo el territorio mexicano. En este acuerdo, se estableció que las
medidas que se tomarían respecto a la emergencia declarada, serían las que dictara la Secretaría de
Salud.
3. El 31 de marzo de 2020 se publicó el Acuerdo que contiene las acciones extraordinarias para
atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), dictadas por la
Secretaría de Salud del Gobierno Federal. Dicho documento estableció la suspensión inmediata de
actividades no esenciales, con el objetivo de mitigar la dispersión y transmisión de COVID-19.
Este Acuerdo señaló las actividades esenciales en el territorio mexicano, en específico, en el artículo
primero, fracción II, inciso c), entre ellas, los refugios y la atención a mujeres víctimas de violencia,
sus hijas e hijos.
7
4. El 8 de abril de 2020, el Gobernador emitió el Acuerdo general por el que se establecen los
Lineamientos a que quedará sujeto el control sanitario en materia de salubridad general, en
atención a la declaratoria como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de
enfermedad generada por el virus SARS-COV2, en el cual se indicó que en nuestra entidad federativa
debía implementarse una Estrategia de atención a la violencia de género contra las mujeres, misma
que está coordinada por Semujer para prevenir, erradicar, atender y sancionar la violencia familiar.
Aunado a ello, se indicó que debían permanecer en funcionamiento los refugios y centros de
atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; así como los albergues y casas de medio
camino, y que en todo momento debían asegurarse las medidas de sana distancia, además de
observar los Lineamientos expedidos por la autoridad federal en materia de salubridad.
Además, las Instancias Municipales de las Mujeres (IMM) realizan importantes esfuerzos para
atender las violencias que las mujeres viven a diario en sus comunidades; por lo que se publicó el
directorio telefónico y de atención de las IMM durante la contingencia, para que todas las
autoridades tanto estatales como municipales estemos en constante comunicación y nuestra
coordinación tenga mayor eficacia.3
5. El 29 de mayo de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos
Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, que tienen como objetivo:
“…establecer las medidas específicas que las actividades económicas deberán implementar en el
marco de las estrategias para la Nueva Normalidad, para lograr un retorno o la continuidad de las
actividades laborales seguro, escalonado y responsable…” Mismos que establecen en el numeral
4.1, tabla 2, número 26, como actividad esencial los refugios y atención a mujeres víctimas de
violencia, sus hijas e hijos.
6. El 28 de mayo de 2020, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas aprobó
el Acuerdo General mediante el cual determinó la reanudación de actividades del Poder Judicial, a
partir del 1 de junio de 2020, por lo cual, los plazos y términos procesales se reanudaron para surtir
los efectos legales correspondientes.
3 Secretaría de las Mujeres, Gobierno del Estado de Zacatecas, Acciones de los Institutos Municipales de las Mujeres para
hacer frente a la contingencia por Covid-19, abril de 2020, en: http://semujer.zacatecas.gob.mx/wpcontent/uploads/2020/04/Acciones-de-los-IMM-ante-COVID-19-en-contingencia-estamos-juntas.pdf
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IV. Niveles de atención de la Ruta Única
En el estado de Zacatecas se implementa la Ruta Única de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia
del Estado de Zacatecas, misma que tiene el objetivo de “homologar la dirección de los
procedimientos de actuación, coordinación y acompañamiento que las y los servidores públicos
deben seguir para brindar atención integral, eficiente, gratuita, oportuna y confidencial.”4
La normativa internacional, nacional y estatal ha establecido que la atención a mujeres víctimas de
violencia debe realizarse conforme a un modelo que involucre el conjunto de servicios integrales y
especializados, con la finalidad de atender el impacto de la misma en la vida de las mujeres y niñas.
Por lo que las atenciones deben ser gratuitas, integrales y especializadas, de conformidad con los
niveles previstos en la Ley:
1. Inmediata y de primer contacto
2. Básica y general
3. Especializada
4 Secretaría de las Mujeres, Gobierno del Estado de Zacatecas, Ruta Única de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia
del Estado de Zacatecas, 2019, en: http://semujer.zacatecas.gob.mx/pdf/protocolos/rutaunica.pdf
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Las instituciones que participan de esta Ruta Única, dependiendo del nivel de actuación son:
Primer nivel o de atención inmediata o primer contacto
1. Personal del C5 para atención de llamadas de emergencia del 911 y 089 de la Secretaría
General de Gobierno.
2. Policía estatal y preventiva municipal de la Secretaría de Seguridad Pública y Direcciones
municipales.
3. Protección Civil del Estado de Zacatecas.
4. Unidades móviles de la Secretaría de las Mujeres.
Segundo nivel, de atención básica o general
1. Centros estatales de prevención y atención a la violencia familiar o de género, de Secretaría
de Salud.
2. Instituto Mexicano del Seguro Social.
3. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
4. Cruz Roja.
5. Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia, de la Secretaría de las Mujeres.
6. Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia, del Sistema Estatal DIF.
7. Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de la Procuraduría de Protección de Niñas,
Niños, Adolescentes y Familia.
8. Instancias Municipales de las Mujeres.
Tercer nivel o atención especializada
1. Fiscalía Especializada en la Atención de Delitos cometidos contra Mujeres por Razones de
Género de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ).
2. Centro de Justicia para las Mujeres de la FGJEZ.
3. Módulos de atención temprana de la FGJEZ.
4. Albergue del Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar de la Procuraduría de Protección
de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia.
5. Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas de la Secretaría General de Gobierno.
6. Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas.
V. Actividades esenciales
La Secretaría de las Mujeres, a través de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia y
Unidades Móviles, realiza atenciones de primer y segundo nivel, mismas que fueron adaptadas por
la contingencia sanitaria, al ser decretadas como actividades esenciales en nuestro país:
1. Guarderías e instancias infantiles.
2. Asilos y estancias para personas adultas mayores.
3. Refugios, albergues y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos.
De conformidad con el Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en
espacios públicos cerrados, la Secretaría de las Mujeres adapta los servicios de atención de segundo
nivel, en trabajo social, atención psicológica y jurídica en las modalidades de servicio presencial, vía
telefónica, celular y mensajería por Facebook y emite este Protocolo de actuación durante la
contingencia por COVID-19 de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia.
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VI. Protocolo de actuación durante la contingencia por COVID-19 de los
Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia
Atención presencial
1. Servicio de primer y segundo nivel
Los Centros de Atención de la Secretaría de las Mujeres brindan servicios de trabajo social,
contención emocional, primeros auxilios y terapia psicológica, asesoría y representación legal.
2. Horario de atención
De conformidad con los lineamientos y disposiciones de Secretaría de Administración de Gobierno
del Estado de Zacatecas, durante la pandemia el horario de atención presencial es de 10:00 a 15:00
horas.
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3. Dirección de los Centros de Atención
- Centro de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Zacatecas:
Av. Universidad, #214, Col. La Loma, C.P. 98068
Teléfono: (494) 92 4 08 92
- Centro de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Fresnillo:
Calle de los Laureles, #306, Fracc. Real de Fresnillo, C.P. 99000
Teléfonos: (493) 93 5 84 67 y 73
4. Medidas de resguardo en salud
La gestión de riesgos ante las medidas establecidas por la Secretaría de Salud para la realización de
actividades esenciales debe centrarse en la prevención y erradicación de cualquier riesgo de
contagio del virus SARS-CoV2 en los centros de trabajo. Por lo que es primordial seguir los
protocolos de salud y seguridad establecidos por las autoridades competentes, como el Lineamiento
general para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos cerrados.
Todo el personal de los Centros de Atención debe implementar medidas de seguridad, higiene, filtro,
supervisión y atención para prevenir la transmisión y el contagio del COVID-19. Mismas que deben
atender los siguientes principios:
a. Del personal de atención
- Usar en todo momento mascarilla y careta protectora.
- Usar camisas o chaquetas de manga larga. Preferentemente las institucionales.
- Usar cabello recogido.
- Evitar aretes, pulseras, anillos, relojes, joyas, bisutería.
- No usar corbatas.
- Rostro afeitado.
- Usar zapatos que cubran la totalidad del pie.
- Los bolsos, carteras o llaves deben colocarse en una caja plastificada o de cartón, nunca
sobre superficies como escritorios o mesas de recepción.
- El teléfono celular deberá desinfectarse constantemente.
- No está permitido ingerir alimentos en los Centros de Atención.
- No se realizará control de entrada y salida a través de huellas dactilares.
- Cada persona deberá firmar con su propio bolígrafo.
Igualdad y no
discriminación a
usuarias
Eficiencia en la
atención
Corresponsabilidad
laboral
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b. Del entorno
- Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón o utilizar soluciones a base de
alcohol gel al 70%.
- Al toser o estornudar utilizar el método de etiqueta: cubrirse la nariz y boca con la flexura
del codo.
- No escupir.
- No tocarse la cara: nariz, boca u ojos.
- Limpiar y desinfectar superficies y objetos de uso común.
- No saludar de mano, beso o abrazo.
- Evitar cualquier contacto físico con la usuaria.
- Si es posible, ventilar todas las áreas de los Centros de Atención.
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c. De las instalaciones
- Colocar en la entrada de cada Centro un tapete para desinfectar.
- Colocar un filtro de supervisión: mesa o escritorio cubierto con mantel o paño de tela; gel
antibacterial (base de alcohol mayor a 70%), pañuelos desechables, bote de basura con
tapa para desechos, termómetro digital o infrarrojo y cuestionarios de detección de
signos y síntomas.
- Las sillas de dicha mesa o escritorio deben contar con una distancia entre cada una de
ellas de 1.5 metros.
- El personal de los filtros deberá ser una enfermera que utilizará cubrebocas, careta y
guantes.
- Limpiar la superficie de la mesa cada 4 horas con solución clorada.
- Aplicar gel antibacterial.
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- Realizar un cuestionario rápido sobre el estado de salud de la usuaria.
- Brindar información sobre las medidas de mitigación del COVID-19.
- Sólo podrá acceder al Centro la mujer que solicite atención relacionada con algún hecho
de violencia.
- La enfermera del filtro de entrada deberá realizar el cuestionario de detección de signos
y síntomas que puede consultarse en el ANEXO 1.
d. De la atención
- La afluencia de personas se permitirá sólo con medida de sana distancia (mínimo 1.5
metros) y la de los Centros debe ser solo del 10% de su capacidad.
- Deben evitarse aglomeraciones en el acceso al Centro de Atención.
- Debe promoverse flexibilidad de horarios, citas para la atención y rondas de trabajo.
- Las usuarias deberán portar, para su debida atención, con un cubrebocas, en caso de no
contar con él, Semujer le dotará del mismo.
- Para ingresar deberá colocarse gel antibacterial y posteriormente realizar lavado de
manos.
- Las usuarias no podrán ingresar a los Centros de Atención acompañadas por alguna
persona.
- Los Centros de Atención no podrán permitir el ingreso a menores de edad, salvo casos
excepcionales, en los que las usuarias no cuenten con redes necesarias para el cuidado
de sus hijas e hijos.
- Las atenciones no urgentes se realizarán previa cita, priorizando, según el nivel de riesgo,
si la atención puede realizarse vía telefónica o mensajería.
- Deberá registrarse la entrada y salida de las mujeres víctimas de violencia, previo al
llenado del formato para Banevim, previsto en el ANEXO 2.
e. Del transporte para el personal
- El uso de los vehículos oficiales se destinará únicamente para los acompañamientos a
mujeres víctimas de violencia.
- No podrá usarse por más de tres personas: personal que colabora en el traslado, personal
del área jurídica, psicológica o de trabajo social según sea el caso y la usuaria.
- Debe alternarse el uso de los asientos, manteniendo una distancia mínima entre
personas, empleando ventilación natural y no así el aire acondicionado.
- Al momento de subir y bajar del vehículo debe colocarse gel antibacterial.
- El uso del cubreboca es obligatorio para todas y todos los pasajeros del vehículo.
Atención vía telefónica y mensajes
La Secretaría de las Mujeres cuenta con dos Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia en
Zacatecas y Fresnillo. Dichos espacios han habilitado las líneas telefónicas de atención, para que las
mujeres que así lo requieran pueden realizar llamadas para solicitar el servicio de contención
emocional, primeros auxilios psicológicos, detección del riesgo, asesoría jurídica y, en su caso,
solicitud de resguardo de seguridad.
1. Servicio telefónico o mensajería
La Secretaría de las Mujeres brinda atención de trabajo social, psicología y asesoría jurídica en las
modalidades de llamada y mensajes a celular, correo electrónico, mensajes vía Facebook y Twitter.
- Centro de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Zacatecas:
492 180 90 55
- Centro de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Fresnillo:
492 242 64 79
- Correo electrónico de Semujer: semujer@zacatecas.com.mx
- Facebook: Secretaría de las Mujeres de Zacatecas
- Twitter: Semujer_Zac
2. Personal de atención
- El contacto se realizará a través de las líneas telefónicas de cada uno de los Centros.
- Una vez que la usuaria solicite la atención por esta vía, la profesionista que tome el
caso, ya sea trabajadora social, psicóloga o jurídica, debe conducirse con respeto,
empatía y de manera inmediata informar que se comunican al Centro de Atención
correspondiente.
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- La o el profesionista debe evitar términos coloquiales como reina, madrecita,
chiquita, princesa, mi’ja, preciosa, entre otros. Asimismo, nunca utilizar palabras
obscenas, lenguaje sexista, diminutivos o términos técnicos difíciles de comprender.
- La o el profesionista con base en la narración de los hechos por parte de la usuaria,
solicitará los datos para el registro de Banevim que se indica en el Anexo 3.
- Posteriormente brindará orientación y/o asesoría, según corresponda, para efecto de
que la usuaria reciba atención de trabajo social, psicología o jurídica sobre trámites
legales como: divorcio, pensión alimenticia o guarda y custodia.
- En el caso de que se trate de un presunto delito por razones de género, deberá
informar que tiene derecho a contar con medidas de protección para garantizar su
seguridad y protección, y que, para tal efecto, puede interponer una denuncia en la
Fiscalía Especializada en Atención de Delitos contra las Mujeres por Razones de
Género, el Centro de Justicia para las Mujeres o en los Módulos de Atención Temprana
de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, para lo cual recibirá
acompañamiento.
Atención vía Facebook En Contingencia Estamos Juntas
En Zacatecas se cuenta con un Plan de prevención y atención de la violencia familiar, diversas
instituciones atienden a través de la Página @EstamosJuntasZac.
En ambos casos es necesario informar que ante la situación por COVID-19 y con la finalidad de
realizar una oportuna y efectiva atención a mujeres víctimas de violencia, se observar por parte de
las profesionistas, la siguiente Guía de actuación, que contempla cuatro fases como se detalla a
continuación.
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a. Contacto inicial
- El contacto se realizará a través del Facebook: “En Contingencia Estamos Juntas”
@EstamosJuntasZac.
- Una vez que la usuaria solicite la atención por esta vía, la profesionista que tome el caso,
ya sea trabajadora social, psicóloga o jurídica, debe escribir: ¿En qué te podemos ayudar?
- La profesionista debe evitar términos coloquiales como reina, madrecita, chiquita,
princesa, mi’ja, preciosa, entre otros. Asimismo, nunca utilizar palabras obscenas,
lenguaje sexista, diminutivos o términos técnicos difíciles de comprender.
b. Contención, asesoría y atención
- La profesionista con base en la narración de los hechos por parte de la usuaria, brindará
contención, orientación y/o asesoría, según corresponda, para tal efecto, se tomará en cuenta
lo siguiente:
o Las psicólogas brindarán contención emocional.
o Las abogadas brindarán orientación y asesoría sobre los derechos que tiene la usuaria
y le proporcionarán información sobre trámites legales como: divorcio, pensión
alimenticia o guarda y custodia. Se le explicará que, para la representación legal, una
vez que concluya el periodo de contingencia será atendida por alguno de los Centros
de Atención conforme a la Ruta Única de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia.
o En el caso de que se trate de un presunto delito por razones de género, deberá
informar que tiene derecho a contar con medidas de protección para garantizar su
seguridad y protección, y que, para tal efecto, puede interponer una denuncia en la
Fiscalía Especializada en Atención de Delitos contra las Mujeres por Razones de
Género, el Centro de Justicia para las Mujeres o en los Módulos de Atención Temprana
de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas.
o Las trabajadoras sociales brindarán orientación y asesoría.
- Si de la narración de los hechos se detecta que la usuaria requiere de contención emocional,
la profesionista en trabajo social o jurídica que tomó el caso al inicio, deberá informarle que
será atendida por una psicóloga, indicándole su nombre y dependencia.
- En todos los casos, la usuaria siempre será la que decida sobre la opción de atención que
desea seguir.
- Si la profesionista requiere hacer una pausa para buscar instancias de atención o solicitar un
servicio, deben informarle a la usuaria que tomará un momento de espera y al concluir
agradecer por la espera y continuar con la atención.
- Si la usuaria que hizo contacto, no contesta en el momento y lo realiza con posterioridad, la
misma profesionista que tomó al inicio el caso dará continuidad.
c. Detección de nivel de riesgo
- Para detectar el nivel de riesgo de la usuaria, las profesionistas deben tomar en cuenta, al
menos, los siguientes datos:
o Si el agresor la trató de ahorcar o asfixiar.
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o Si el agresor la amenazó con encerrarla.
o Si el agresor tiene alguna arma en su poder.
o Si el agresor tiene alguna adicción o problema de salud mental.
- Ante una situación de riesgo, la profesionista deberá consultar a la usuaria si está en
condiciones de realizar una llamada a las líneas telefónicas de emergencia 9-1-1 o al 089
para la denuncia anónima, con la finalidad de que acudan las policías —primeros
respondientes— para salvaguardar su integridad.
- En caso de no estar en condiciones de hacerlo, por estar con su agresor, se le consultará la
dirección o referencias del lugar en donde está y se le preguntará si es su deseo que se activen
los servicios de emergencia. En este caso, la profesionista enviará el reporte a la línea de
emergencia 9-1-1 y dará seguimiento de su atención.
d. Conclusión
- Una vez concluida la asesoría, la profesionista debe preguntar a la usuaria si está conforme
con la atención, y si es así, dar por concluida la atención.
- En todos los casos se llevará un registro de la usuaria para su seguimiento, sobre la
realización de trámites legales no urgentes, una vez que concluya la contingencia.