ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO.
TOMO CXXIX Núm. 63 Zacatecas, Zac., miércoles 7 de agosto de 2019
S U P L E M E N T O
3 AL No 63 DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
CORRESPONDIENTE AL DÍA 7 DE AGOSTO DE 2019
GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS
ACUERDO.- Por el que se crea el Bachillerato General Militarizado del Estado
de Zacatecas para impartir Servicios Educativos del Nivel Medio
Superior.
TABULADOR.- 2019 de sueldos para el personal de base, contrato, confianza,
mandos medios superiores y personal eventual.
Gobierno del Estado de Zacatecas
DOCTORA GEMA ALEJANDRINA MERCADO SANCHEZ, SECRETARIA DE EDUCACIÓN, QUE DE CONFORMIDAD CON LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 23, 25 FRACCIÓN IX, 34 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE ZACATECAS; 1, 5 FRACCIÓN V, 30 FRACCION II Y 31 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL
ESTADO DE ZACATECAS, LOS ARTÍCULOS 2 Y 10 FRACCIONES I Y XXIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS, Y CONSIDERANDO:
PRIMERO. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 10, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y con base en el Acuerdo I-0/5/02052018 de la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Estatal para la Planeación y Programación de la Educación Media (CEPPEMS), en la que se expuso la nueva oferta del Bachillerato General Militarizado en el Estado y posteriormente fuese aprobado en el Acuerdo II/9/05/2018 de la respectiva Subcomisión de Planeación Educativa de dicho Órgano Colegiado, además;
SEGUNDO. Que una de las tareas más importantes del Gobierno Estado de Zacatecas es el de impartir a sus habitantes una educación pública de calidad; asimismo, que es una obligación que se desprende de lo establecido en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 27° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, y este último mandata conjuntamente que la educación que se imparta en el Estado, en todos sus grados y niveles, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará el amor a la Patria y el respeto a los derechos humanos y la conciencia de solidaridad nacional e internacional, en la independencia y la justicia;
TERCERO. Que el sistema educativo estatal formará a los alumnos para que sus vidas se orienten por los conceptos de: justicia, democracia, respeto al estado de derecho y respeto a los derechos humanos. Que fomentará en ellos la cultura de la legalidad y la cultura de la paz. Que en la actualidad nuestra sociedad mexicana y su núcleo integrador, la familia, sufren un desgaste y pérdida de valores cívicos que obedecen a los hechos de corrupción e impunidad generalizados en nuestro país México y de lo cual nuestra entidad no es ajena, desafortunadamente arrojando como consecuencia un clima de inseguridad social. Ante ello, el Gobierno del Estado debe hacer énfasis en su tarea educativa la cual debe ser enfocada a recuperar e imbuir en los jóvenes un cúmulo de valores cívicos con un alto sentido de servicio al país, los cuales les permitan integrarse a la sociedad zacatecana no sólo con conocimientos y educación de calidad adquiridos, sino con un alto sentido de responsabilidad, disciplina y preocupación por el país;
CUARTO. Que el Gobierno del Estado de Zacatecas por conducto de la Secretaría de Educación considera como una estrategia de formación educativa contra la inseguridad, la creación del Bachillerato General Militarizado, el cual, enmarcado en la fase de modernización social, económica y política que experimenta el país aportará al sistema educativo de nuestra entidad un modelo educativo innovador el cual incluirá la historia y la legislación militar, así como las técnicas de supervivencia y defensa personal encausadas a la comprensión de la disciplina y el respeto al estado de derecho;
QUINTO. Que la Secretaría de Educación de Zacatecas, a través de la Subsecretaría de Educación Media y Superior y la Dirección de Educación Media ha realizado la revisión al Plan y Programa de Estudios del Bachillerato General Militarizado, considerándolo pertinente para su aplicación en cuanto a sus contenidos y propósitos de aprendizaje, enfoques metodológicos, selección de recursos didácticos, criterios y procedimientos de evaluación y acreditación, así como los perfiles de egreso;
SEXTO. Que la plantilla de personal docente satisface los requisitos que señalan los artículos 21 y 55 Fracción I de la Ley General de Educación y 51 y 52 de la Ley de Educación del Estado de Zacatecas, para el desempeño de sus funciones, garantizando con ello la formación inicial de los futuros bachilleres egresados;
SÉPTIMO. Que el Bachillerato General Militarizado es una institución oficial de la Secretaría de Educación, que ofrece estudios de formación media superior los cuales se coordinarán desde la Subsecretaría de Educación Media y Superior con la 11va Zona Militar; con planes de estudio de la Dirección General de Bachillerato de la Secretaría de Educación Pública y contenidos complementarios implementados por la Secretaría de la Defensa Nacional, según lo establece el presente Acuerdo emitido por la titular de la Secretaría de Educación del Estado de Zacatecas;
OCTAVO. Que el cumplimiento de dichos planes y programas de estudio se lleva a cabo con apego al calendario escolar, establecido para la educación obligatoria por la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal;
NOVENO: Que las instalaciones del inmueble satisfacen las condiciones pedagógicas, higiénicas y de seguridad que se establecen en el artículo 55 Fracción II de la Ley General de Educación del Estado de Zacatecas, para el buen funcionamiento del Bachillerato General Militarizado;
DÉCIMO: Que los representantes legales y la institución prestadora de los servicios educativos se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes General y Estatal de Educación;
DÉCIMO PRIMERO: Que el personal directivo y docente del plantel se compromete a cumplir sus funciones para el logro de los fines señalados en el Artículo 7° de la Ley General de Educación y 7° de la Ley de Educación del Estado de Zacatecas;
DÉCIMO SEGUNDO. Que los estudios de planeación realizados, justifican plenamente la existencia de una institución dedicada a la formación de bachilleres, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL BACHILLERATO GENERAL MILITARIZADO DEL ESTADO DE ZACATECAS PARA IMPARTIR SERVICIOS EDUCATIVOS DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR
Artículo 1. Se autoriza la creación del Bachillerato General Militarizado del Estado de Zacatecas para impartir el servicio educativo a nivel medio superior y/o preparatoria, de conformidad con el Plan de Estudios 2018.
Artículo 2. El Bachillerato General Militarizado quedará integrado por docentes capacitados y adscritos a la Secretaría de Educación de Zacatecas, así como con personal militar propuesto por la 11va. Zona Militar. Artículo 3. El Plan y Programas de Estudios que impartirá el Bachillerato General Militarizado se ajustará a la normatividad emitida por la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, a
través de la Subsecretaría de Educación Media y Superior.
Artículo 4. El Bachillerato General Militarizado iniciará sus actividades escolares el día 19 de agosto de 2019; su plan de estudios tendrá una duración de 3 años repartido en 6 semestres, conforme la normatividad establecida por la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal; será integrado por alumnas y alumnos, es decir será mixto de horario extendido y, de ser posible, con características de semi internado.
Artículo 5. El Plan de estudios del Bachillerato General Militarizado estará constituido por 32 asignaturas del componente básico, 16 asignaturas de formación propedéutica que serán impartidas por el sistema ordinario estatal de educación media superior y 30 asignaturas de formación militarizada a cargo de docentes y personal determinado por la Secretaría de la Defensa Nacional, a través de la 11va. Zona Militar.
Artículo 6. Los alumnos y alumnas que concluyan satisfactoriamente con el plan de estudios del Bachillerato General Militarizado obtendrán certificado de preparatoria, cartilla liberada del Servicio Militar Nacional y certificado en el adiestramiento militar con valor oficial.
TRANSITORIOS:
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
Segundo. Con base en el presente Acuerdo, las alumnas y alumnos que hubieren cursado en el Bachillerato General Militarizado del Estado de Zacatecas, la educación media superior y/o preparatoria, establecidos en el Plan de Estudios 2018, tendrán a partir de la generación 2018-2019, el derecho a que les sean reconocidos y certificados sus estudios, cumpliendo los requisitos previstos en la normatividad vigente.
Tercero. La Secretaría de Educación, a través de la Dirección de Educación Media, en coordinación con la Dirección del Bachillerato General Militarizado, deberá realizar el Reglamento Interior dentro de los sesenta días hábiles posteriores a la fecha de publicación del presente Acuerdo.
Dado en el despacho de la Secretaria de Educación de Zacatecas, a los dos días del mes de julio de dos mil diecinueve.
SECRETARIA DE EDUCACIÓN GEMA ALEJANDRINA MERCADO SÁNCHEZ. Rúbrica.