Inicio de licencia de bebidas alcohólicas
| Dependencia |
Presidencia Municipal de Guadalupe |
| Dirigido a |
Ciudadano |
| Documento que obtiene el usuario |
Autorización Acuerdo de Cabildo |
| Medio de presentación del trámite o servicio |
Ventanilla
|
1.- Cuando una persona física o moral pretenda vender bebidas alcohólicas en alguna actividad comercial deberá presentar solicitud debidamente requisitada ante la Oficialía de Partes del Municipio, de la que se dará el debido seguimiento al trámite y de ser procedente se autorizara por Acuerdo de Cabildo
¿Quién puede solicitarlo?
Observaciones: Cualquier persona física o moral que inicie alguna actividad comercial donde pretenda expender bebidas alcohólicas
Tipo de trámite
Autorización
Requisitos que no son parte del formato
- Inicio de licencia de bebidas alcohólicas
- Artículo 23
Para obtener la licencia de funcionamiento respectiva y que las personas físicas o morales
Puedan realizar las actividades previstas en la presente Ley, se deberán satisfacer los
Siguientes requisitos:
I. Exhibir anuencia vigente, expedida por la Secretaría;
Ii. Presentar solicitud por escrito, dirigida al Ayuntamiento del municipio en cuyo territorio
Se encuentre el domicilio que corresponda al del establecimiento, pudiendo utilizar el
Formato oficial que la propia tesorería del municipio proporcione, misma que deberá
Contener;
A) Nombre del solicitante, y
B) Señalamiento del domicilio particular y del designado para recibir notificaciones.
Iii. Tratándose de personas físicas, no encontrarse en los supuestos señalados en el
Artículo 3 de esta Ley; en caso de personas juriacuiacutedico colectivas, seguir legalmente
Constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos;
Iv. Acreditar el derecho real que tenga sobre el local donde se pretenda ejercer la licencia
De funcionamiento;
Fracción reformada Pog 30-12-2017
V. Cumplir con los requisitos especiales de conformidad al giro que se trate;
Fracción reformada Pog 30-12-2017
Vi. Dictamen favorable por el área responsable de protección civil municipal sobre las
Características de la construcción, equipo e instalaciones que garanticen la seguridad
Física de los asistentes, conforme a las normas correspondientes, cuando se trate de giros
Principales, y
Fracción adicionada Pog 30-12-2017
Vii. Presentar licencia de uso de suelo y compatibilidad urbanística, en el caso de que la
Solicitud verse sobre giro principal.
Fracción adicionada Pog 30-12-2017
Artículo 24
A la solicitud referida por el artículo anterior, deberán anexarse los documentos que
Acrediten los requisitos señalados y dos fotografías del solicitante.
Artículo 25
Recibida la solicitud respectiva, la autoridad municipal deberá verificar que el solicitante
Cumpla con los requisitos establecidos en esta Ley. En caso de que no cumpla con alguno
De ellos, se requerirá al solicitante a fin de que en un plazo de cinco días hábiles cubra los
Mismos, de no subsanarse la omisión en dicho término, la solicitud se tendrá como no
Presentada.
La autoridad municipal, para mejor proveer respecto de la procedencia de la licencia
Solicitada, practicará una verificación en el local donde se pretende operar dicha licencia
De funcionamiento, tomando en consideración la ubicación y condiciones que guarden las
Instalaciones del establecimiento, así como que el mismo cumpla con todos y cada uno de
Los requisitos que esta Ley establece para su debido funcionamiento.
La misma autoridad, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la
Recepción de la solicitud o de que haya sido subsanada, emitirá el Acuerdo de Cabildo
Respectivo, en el que se indicará la procedencia o improcedencia de la expedición de la
Licencia solicitada, el cual deberá notificarse personalmente al interesado.
Párrafo reformado Pog 30-12-2017
Si el solicitante no obtuviera respuesta a la solicitud de licencia de funcionamiento y
Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior, se entenderá que la resolución es
Emitida en sentido afirmativo, salvo las excepciones que por causas de interés público
Establezca el Reglamento Estatal y, cuando proceda, se cubra el pago de derechos
Correspondiente.
Artículo 26
En ejercicio de la facultad de verificación previa, la autoridad deberá poner especial
Atención en la aceptación o rechazo que muestren los vecinos próximos al lugar donde se
Pretende operar la licencia, considerando que dicha opinión, a juicio de la autoridad, podrá
Tener carácter vinculatorio.
Artículo 27
Si el Acuerdo del Cabildo es favorable, se procederá previo pago de los derechos
Correspondientes, a la expedición de la licencia de funcionamiento.
Tiempo estimado:
5 días
Este trámite tiene un costo de: $ 3,447.68
- El pago se realiza posterior a la resolución.
Medios de Pago:
- En las oficinas de la dependencia
- Av. H. Colegio Militar No. 96 Ote., Centro Guadalupe, Zacatecas
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días hábiles.
El plazo con el que cuenta el Sujeto Obligado para prevenir al solicitante es de 5 días hábiles.
El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 5 días hábiles.
Este trámita aplica Afirmativa ficta.
Fundamento legal de Canales de Atención
Presencial
| Nombre | LEY SOBRE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS |
| Ámbito | Estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 29-09-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 28-09-2007 |
| Artículo | 23,24,25,26,27,28 |
Fundamento legal de Requisitos
Fundamento legal de Plazos
Ficta Positiva
| Nombre | LEY SOBRE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS |
| Ámbito | Estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 29-09-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 28-09-2007 |
| Artículo | 25 |
Plazo del Interesado para cumplir
| Nombre | LEY SOBRE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS |
| Ámbito | Estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 29-09-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 28-09-2007 |
| Artículo | 25 |
Fundamento legal de Información Relevante
Acreditación
| Nombre | Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas |
| Ámbito | Estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 28-11-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 29-11-2007 |
| Artículo | 26,27 |
Fundamento legal de Inspección
Verificación en el local
| Nombre | LEY SOBRE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS |
| Ámbito | estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 29-09-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 28-09-2007 |
| Artículo | 27 |
Fundamento legal de Inspección
Verificación en el local
| Nombre | LEY SOBRE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS |
| Ámbito | estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 29-09-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 28-09-2007 |
| Artículo | 27 |
Fundamento legal de Inspección
| Nombre | Ley de Ingresos del Municipio de Guadalupe, Zacatecas, para el Ejercicio Fiscal 2025 |
| Ámbito | Municipal |
| Tipo | Reglamentos administrativos |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 28-12-2024 |
| Fecha de entrada en vigor | 30-12-2024 |
| Artículo | 1 |
Fundamento legal de Módulo Resolución
| Nombre | Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas |
| Ámbito | Estatal |
| Tipo | Ley |
| Fecha de última actualización en el DOF / POGZ | 28-11-2007 |
| Fecha de entrada en vigor | 29-11-2007 |
| Artículo | 25 |