Cuando exista una queja en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, que sea inadmisible por ser manifiestamente
Improcedente o infundada, será rechazada de inmediato. Cuando no corresponda de manera ostensible a la competencia de la Comisión, se deberá proporcionar orientación al reclamante, a fin de que acuda a la autoridad o servidor público a quien corresponda conocer o resolver el asunto. En lo que respecta a las orientaciones se otorgan servicios de asesoría jurídica, administrativa, psicológica u otra; así como asistencia en la elaboración de escritos, remisión de asuntos a otras instancias que no son de competencia de este Organismo, y realización de diversos trámites de gestiones.
¿Quién puede solicitarlo?
Tipo de trámite
Asesoría
Observaciones: La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas deberá proporcionar orientación al reclamante, a fin de que acuda a la autoridad o servidor público a quien corresponda conocer o resolver el asunto. En lo que respecta a las orientaciones se otorgan servicios de asesoría jurídica, administrativa, psicológica u otra; así como asistencia en la elaboración de escritos, remisión de asuntos a otras instancias que no son de competencia de este Organismo, y realización de diversos trámites de gestiones.
El trámite o servicio, se realiza cuando una empresa se encuentra en:
- Cuando la persona lo solicite, cuando requiere alguna orientación jurídica, gestión o acompañamiento ante una institución.