La asesoría se brinda a las personas que cuenten con su seguro social legítimo, sean mayores de sesenta y dos años y que hayan trabajado por más de diez años en EUA, los posibles candidatos se canalizan al Consulado Norteamericano para la posible la pensión por Seguro Social Norteamericano.
Dependencia |
Secretaría del Zacatecano Migrante |
Dirigido a |
Personas mayores de sesenta y dos años que hayan trabajado por más de diez años en EUA y que cuenten con número de seguro social legítimo, para esposa del trabajador a partir de los 62 años, para esposa por viudez a partir de los 60 años, pensión para hijos biológicos del trabajador menores de 18 años y mayores de 18 si están discapacitados, para padres del trabajador a partir de los 62 años |
Documento que obtiene el usuario |
N/A |
Medio de presentación del trámite o servicio |
Virtual y ventanilla
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