El pago se debe realizar de forma bimestral, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ingresos; sin embargo, la propia Ley otorga la facilidad de realizarlo en un solo pago anual.
Dependencia |
Presidencia Municipal de Guadalupe |
Dirigido a |
Todo poseedores de predios urbanos edificados y/o baldíos estarán sujetos a cubrir una cuota anual del 10.5% del importe del impuesto predial, por concepto de aseo, recolección de basura y desechos sólidos |
Documento que obtiene el usuario |
Recibo de pago |
Medio de presentación del trámite o servicio |
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