Presencial
1. El participante acude a la dependencia de adscripción a solicitar el trámite de beneficio de pérdida orgánica por accidente de trabajo e invalidez total y permanente.
2. La dependencia de adscripción del participante entrega la Cédula de Análisis de Cálculo para el pago del beneficio de pérdida orgánica por accidente de trabajo e invalidez total y permanente y la relación de requisitos para el cobro del mismo que comprende:
A) Certificado de Invalidez Definitiva, Dictamen de Invalidez St-4, St-3 o documento comprobatorio de invalidez o pérdida orgánica que aplique en el caso específico.
B) Carta testamentaria
C) Último Cfdi
D) Acta de nacimiento
E) Oficio de consentimiento de pago por transferencia (formato ya establecido, no modificable)
F) Caratula del estado de cuenta bancario a nombre del beneficiario que contenga clave interbancaria y cuenta para deposito
G) Número de teléfono de casa o celular
3. La dependencia de adscripción envía a la Subsecretaría de Recursos Humanos la documentación necesaria para iniciar el trámite.
4. El departamento de Prestaciones Complementarias revisa que la documentación requerida esté completa y en su caso solicitara la documentación faltante.
5. El departamento de Prestaciones Complementarias abre Expediente.
6. El departamento de Prestaciones Complementarias elabora el oficio y lo pasa a la Subsecretaría de Recursos Humanos para su revisión y firma.
7. El departamento de Prestaciones Complementarias envía por correo electrónico al Despacho Actuarial el oficio y expediente del trámite para su revisión, cálculo y validación.
8. El consultor revisa la cédula de análisis, el expediente y realiza los cálculos correspondientes.
9. El despacho actuarial elabora las Instrucciones y Certificaciones correspondientes.
10. El consultor envía por correo electrónico la instrucción y certificación al departamento de Prestaciones Complementarias para recabar la firma del (la) Presidente (a) del Comité Técnico. (Titular de la Secretaría de Administración) o en su caso el o la suplente.
11. El consultor recaba las firmas faltantes del Comité Técnico para la Carta Instrucción.
12. El departamento de Prestaciones Complementarias envía por correo electrónico a la Fiduciaria la Instrucción y Certificación para el pago de la transferencia y/o cheque de pago.
13. En caso de transferencia electrónica la Fiduciaria por conducto del banco realiza el pago correspondiente.
14. En caso de cheque la Fiduciaria entrega los mismos al departamento de Prestaciones Complementarias y este último da aviso al trabajador para que se presenten para hacer la entrega de los cheques, previa identificación de los mismos, solicitando la firma en póliza, recibo y manifiesto.
15. El departamento de Prestaciones Complementarias archiva el expediente de pérdida orgánica por accidente de trabajo e invalidez total y permanente dando el caso por concluido.