El que haya poseído bienes inmuebles por el tiempo y con las condiciones exigidas para prescribirlos y no tenga título de propiedad o teniéndolo no sea inscribible, podrá demostrar ante el Juez competente que ha tenido esa posesión, rindiendo la información respectiva en los términos que establezca el Código Civil del Estado de Zacatecas.
Dependencia |
Secretaría De Finanzas |
Dirigido a |
Público en general. Posesionarios. |
Documento que obtiene el usuario |
Sello registral |
Medio de presentación del trámite o servicio |
Ventanilla
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