MERCADO PÚBLICO MUNICIPAL. Edificio público propiedad municipal, destinado a la realización de actos comerciales. MERCADO PRIVADO MUNICIPAL. Edificio propiedad municipal, hasta el momento de realizar la venta del total de los locales, a particulares, destinado a la realización de actos comerciales, propiedad municipal. MERCADOS RODANTES. Toda actividad comercial que se realiza con el fin de atender las necesidades de las colonias aledañas, en segmentos prefijados en inmuebles públicos o privados, haciendo uso de las vías públicas, con número mínimo de veinticinco puestos y un máximo que será determinado para cada mercado.
Dependencia | Presidencia Municipal de Río Grande |
Dirigido a | Público en general |
Documento que obtiene el usuario | Licencia de Comercio |
Medio de presentación del trámite o servicio | Ventanilla |
Autorización
El interesado deberá presentarse en la oficina de Comercio con su documentación completa.
Requisitos Que Debes Cumplir:
1. Presentar solicitud de apertura expedida por el Departamento de Comercio; y licencia de funcionamiento expedido por la Tesorería.
2. Ser mayor de edad
3. Tratándose de personas morales, acreditar su representación jurídica.
✓ Lunes | ✓ Martes | ✓ Miercoloes | ✓ Jueves | ✓ Viernes | ✘ Sabado | ✘ Domingo |
Horario: 8:00 AM-3:00 PM |
✓ Lunes | ✓ Martes | ✓ Miercoloes | ✓ Jueves | ✓ Viernes | ✘ Sabado | ✘ Domingo |
Horario: 8:00 AM-3:00 PM |
Fundamentos Jurídicos
Tipo | Verificación |
Dependencia | Presidencia Municipal de Río Grande |
Objetivo | Verificar que sean correctos el uso de suelo, el tipo de productos en venta, espacio, horarios, ubicación y el giro del comercio que han sido registrados en la Licencia de Comercio. |