Información de Trámite

 

Licencia de Comercio. Comercio Ambulante

Detalles

COMERCIO AMBULANTE: Actividad comercial realizada por personas físicas o morales, de manera cotidiana o intermitente en la vía o lugares públicos. No debiendo éstos permanecer más de 30 minutos en el mismo lugar. Quedan comprendidos dentro de esta definición: a) Artistas de la Vía Pública b) Voceadores c) Vendedores de dulces y flores d) Vendedores de Artesanías e) Personas que se dediquen a la venta de alimentos preparados y bebidas refrescantes. f) Paleteros y vendedores de Nieve en vehículos de motor y g) Fotógrafos y todos aquellos que no estén contemplados y que no incidan en este ordenamiento. REQUISITOS QUE DEBES CUMPLIR: 1. Presentar solicitud de apertura expedida por el Departamento de Comercio; y licencia de funcionamiento expedido por la Tesorería. 2. Ser mayor de edad 3. Tratándose de personas morales, acreditar su representación jurídica. DOCUMENTACIÓN QUE DEBES PRESENTAR: - Solicitud elaborada (Especificando la ubicación y giro del negocio) - Copia de Acta de Nacimiento - Copia de Credencial de Elector - Copia de CURP - Copias de Comprobante de Domicilio

Dependencia Presidencia Municipal de Río Grande
Dirigido a Público en general
Documento que obtiene el usuario Licencia de Comercio
Medio de presentación del trámite o servicio Ventanilla


Registro Estatal de Trámites y Servicios

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