Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite.
Condiciones o Consideraciones
- La Comisión para la Planeación de la Educación Superior del Estado de Zacatecas, debe emitir Opinión Técnica Académica favorable sobre el plan y programas de estudio, cuando considera que la actualización atiende a la duración mínima en semanas, sin exceder una carga máxima de 50 horas efectivas por semana, señalando el número de ciclos en que se impartirá, la descripción de los fines del aprendizaje o formación que podrá exponerse, de manera enunciativa mas no limitativa, en objetivo(s), propósito(s) o competencia(s) general(es), que adquirirá el alumno de acuerdo con la estructura y organización del plan de estudio, el nivel educativo y la denominación propuesta, el perfil de ingreso, en el que se especifique el antecedente académico necesario o las condiciones mínimas requeridas para cursar un Plan de estudio, el perfil de egreso, que indique los atributos que habrá adquirido el alumno al finalizar el plan de estudio acorde con el nivel educativo de que se trate y un mapa curricular en el que se esquematice la organización del plan de estudio, estableciendo la totalidad de asignaturas o unidades de aprendizaje, con su respectiva carga horaria, claves, créditos, seriación, el tipo de instalaciones y, en su caso, instalaciones especiales a utilizar.
Criterios de Resolución
- Se verifica que exista Opinión Técnica Académica favorable sobre la propuesta del plan y programas de estudio por parte de la Comisión para la Planeación de la Educación Superior del Estado de Zacatecas.
Proceso de Dictaminación
Análisis del expediente para verificar que se reúnan los requisitos respectivos y una vez obtenida la Opinión Técnica Académica favorable respectiva, se procede a dar la actualización del plan y programas de estudio.