Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite.
Condiciones o Consideraciones
- "El cambio de órganos directivos deberá ser notificado a la Secretaría dentro de los 30 días naturales después de que haya acontecido dicho cambio. Según el Artículo 57 de la Ley del Ejercicio Profesional en el Estado de Zacatecas"
Criterios de Resolución
- 1. Solicitar requisitos; 2. Acudir con todos los requisitos; 3. Esperar tiempo prudente para realizar la revisión de todos los requisitos y recabar firma de la Jefa del Departamento de Certificación; y 4. Acudir al Departamento de Certificación por Oficio de Actualización de Colegio de Profesionistas o Federación de Colegios de Profesionistas.
Proceso de Dictaminación
En la revisión minuciosa de todos y cada uno de los documentos solicitados, su compulsa, la debida integración por personal del Departamento de Certificación, si todo está bien, se procede a elaborar el Oficio de Actualización de Colegio de Profesionistas o Federación de Colegios de Profesionistas para ser entregado al interesado.