En aquellas obras de impacto urbano que se vayan a implementar en el territorio del Estado, tendrán la obligación de cumplir con los requisitos establecidos en la constancia de compatibilidad urbanística entre ellos, presentar los estudios de impacto vial y urbano ante la Secretaría. Como el caso que se realice, proyectos de vialidades primarias y secundarias tales como periféricos, libramientos y avenidas de 30 metros o más, centros comerciales, centrales de abasto, hospitales, centros médicos, centrales camioneras, fraccionamientos habitacionales, especiales, industriales; edificios de oficinas, escuelas, centros de espectáculos o lugares que generan grandes concentraciones de personas o vehículos.
¿Quién puede solicitarlo?
- Interesado
- Representate Legal
Observaciones: El trámite puede ser realizado por el propietario y/o el responsable técnico del estudio.
Tipo de trámite
Autorización
Observaciones: Se deberá realizar un estudio del impacto vial conforme a los requisitos solicitados para su debida autorización, además de cumplir con las observaciones solicitadas por la Dirección de Movilidad Urbana.
El trámite o servicio, se realiza cuando una empresa se encuentra en: