Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite.
Criterios de Resolución
- "El registro de Colegio de Profesionistas deberá solicitarse a la Secretaría, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la escritura de
Protocolización del acta constitutiva y de los estatutos. Según el Artículo 26 del Reglamento del Ejercicio Profesional en el Estado de Zacatecas."
- 1. Solicitar requisitos; 2. Acudir con todos los requisitos; 3. Esperar tiempo prudente para realizar la revisión de todos los requisitos y solicitar firma del Titular de la Secretaría de Educación del Estado; y 4. Acudir al Departamento de Certificación por el Acuerdo de Registro de Colegio de Profesionistas.
Proceso de Dictaminación
En la revisión minuciosa de todos y cada uno de los documentos solicitados, su compulsa, la debida integración por personal del Departamento de Certificación, si todo está bien, se procede a elaborar el Oficio - Dictamen del Registro del Colegio de Profesionistas, se recaba la firma de la Secretaria de Educación y se inscribe en el Libro de registro respectivo para ser entregado al interesado.