LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA MEJORAMIENTO DE VIVIENDA AYUDAS SOCIALES
4. DISPOSICIONES GENERALES
Alrededor de 71% de las viviendas en el país están jefaturadas por hombres. En el caso de las viviendas jefaturadas por mujeres, de 2010 a 2015 hubo un aumento de casi cinco puntos porcentuales, al pasar de 24.5 a 29%. En 2015, la Ciudad de México fue la entidad con el porcentaje más alto (35.6), y Nuevo León y Zacatecas reportaron los porcentajes más bajos (23.6 y 23.8,
respectivamente). Por otro lado, 22% de las viviendas en Zacatecas se encuentran en localidades rurales.
Uno de los elementos de la vivienda adecuada de la ONU-Hábitat (2010) es la habitabilidad, relacionada con elementos de diseño y construcción para cumplir con la suficiencia del espacio y la protección de sus ocupantes ante las inclemencias del medio ambiente y las enfermedades.
Como un elemento indicativo de la asequibilidad económica, se puede partir de la línea de pobreza por ingresos, construida por el CONEVAL, que da cuenta del nivel de acceso a los satisfactores básicos alimentarios y no alimentarios, y de otros elementos de las necesidades básicas relacionadas con la habitabilidad de la vivienda y su manutención. Al respecto, en junio de 2016, el valor de la línea de pobreza por ingresos urbana se estimó en 2,648.46 pesos mensuales, valor que, al ser multiplicado por el número de habitantes promedio por hogar en México, de 3.9, da como resultado una línea de pobreza por ingresos por hogar promedio de 10,328.99 pesos mensuales. Si se compara esta cifra con el ingreso promedio mensual de los hogares, resulta que, en México, más de la mitad de las personas, 50.6% de acuerdo con los cálculos del CONEVAL, se encuentra por debajo de la línea de pobreza por ingresos, lo cual, de manera definitiva, sitúa a la mayoría de los mexicanos en una situación de inasequibilidad económica para satisfacer su necesidad de vivienda.
Si bien se estima que hay rezago en más de 14 millones de viviendas en el país, en la mayoría de los casos el ingreso es uno de los principales factores asociados.
La autoproducción representa 64.2% de la producción de vivienda en el país, y se abre una brecha de poco más de 20 puntos porcentuales entre los ámbitos urbano (69.6%) y rural (49.1%). Esta es la forma de producción de vivienda predominante en todos los estados, a excepción de Zacatecas, donde solo 39.9% de las viviendas se construyeron a partir de esta modalidad.
Aproximadamente 54 mil 414 personas en el estado se encuentran en pobreza extrema, de acuerdo a datos de CONEVAL. Solo en Zacatecas el porcentaje de individuos que reportó habitar en viviendas de mala calidad de materiales y espacio insuficiente fue de 5.1% (79.0 miles de personas) y el porcentaje de personas que reportó habitar en viviendas sin disponibilidad de servicios básicos fue de 10.9%, lo que significa que las condiciones de vivienda no son las adecuadas para 168.1 mil personas.
La jefa o jefe de familia que a diario sale de su hogar en busca del sustento para su cónyuge y sus hijos, tiene la posibilidad de, medianamente, obtener ingresos para la adquisición de los alimentos, no así para la compra de materiales e insumos necesarios para la construcción de sus hogares. (Considerando también si en la familia existe alguna persona con capacidad diferente, contribuye a que sea aún más difícil contar con los recursos para realizar las adecuaciones necesarias).
No tener suficientes ingresos en el seno familiar, para la población representa no tener la forma de asegurar un patrimonio en buenas condiciones.
Respecto de los materiales de las viviendas, se identificó que solo 3.3% de la población habita viviendas con piso de tierra; 1.3% y 1.6% reporta que el techo y los muros de su vivienda, en ese orden, están hecho con materiales endebles). En los estados, los porcentajes son similares; en la mayoría de los casos, destacan, en cuanto a las viviendas con piso de tierra.
De acuerdo a la Encuesta Nacional de las relaciones en los Hogares 2016-INEGI, 1 de cada 4 hogares es dirigido por mujeres. De cada 100 hogares de mujeres, 3 reciben una dotación de agua esporádicamente. En cuanto al combustible, las mujeres utilizan más leña o carbón, y están en desventaja en cuanto al uso del gas de tanque y de electricidad.
Las familias de escasos recursos económicos de manera diaria padecen de muchas necesidades, algunas de ellas las logran cubrir parcialmente, puesto que sus ingresos cada vez son más impactados por las cuestiones económicas de nuestro país, no obstante, eso no debe ser obstáculo
para que no puedan gozar de condiciones sanas en su vivienda.
a) OBJETIVO DE LOS LINEAMIENTOS
El objetivo de este programa es contribuir a mejorar las condiciones de vida de la población que habita en los sectores más vulnerables del medio rural y urbano, atendiendo a la necesidad de mejorar sus viviendas lo que se puede traducir en formas distintas de atención, de acuerdo a las circunstancias de la estructura física de la vivienda o a la necesidad de sentar las bases para una de ella.
Así como también el objetivo está encaminado a la atención de las viviendas construidas con mala calidad, elevar el número de familias que habiten viviendas más confortables, cómodas y seguras, mejorar las viviendas particulares habitadas en condiciones precarias, ampliar o acondicionar los espacios habitables de las viviendas, apoyando a la vez al acondicionamiento de las viviendas para personas con capacidades diferentes, con diversos productos, materiales y obras de acuerdo a su discapacidad.
b) Glosario de términos
Para efecto de estos lineamientos, se entenderá por:
Apoyo.- Al recurso económico público estatal que se otorga en especie a la persona beneficiaria del programa.
Beneficiarios. - Solicitantes que obtienen la autorización de un apoyo de materiales industrializados para el mejoramiento físico de su vivienda.
CURP.- Clave única de Registro de Población.
Dirección de Mejoramiento de Vivienda. - Como instancia responsable del manejo del programa y de la integración de los expedientes.
Formato de Estudio Socioeconómico (FES). – Documento donde se recopilan los datos socioeconómicos del solicitante y las características de su vivienda.
Lineamientos.- A los lineamientos que regulan el trámite y entrega de los apoyos otorgados por el Gobierno del Estado de Zacatecas, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial, con base al Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2022.
Monto de la acción. - Recursos financieros que cubren el total de los materiales de la acción de la vivienda.
Monto autorizado. - Es el recurso que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado autoriza mediante el oficio respectivo.
Paquete de material. - Es la cantidad de material que recibirá el beneficiario el cual será determinado por el tipo de daño y/o necesidad solicitada al Gobierno del Estado y que invariablemente será especificado en el expediente técnico del programa.
Prospectiva de Género.- Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten, identificar cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la equidad de género.
SEDUVOT. - La Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial.
Solicitante. - Población que solicita su incorporación al programa la cual deberá de presentar una solicitud dirigida al Gobernador del Estado y/o al titular de la SEDUVOT.
Subsecretaría de Vivienda. - A la Subsecretaría de Vivienda de la SEDUVOT.
Subsidio. - Son los recursos estatales, para los beneficiarios del Programa Apoyo del Mejoramiento de Vivienda “Ayudas Sociales”.
Supervisión. - Acción de verificación domiciliaria de la aplicación de los materiales, para el mejoramiento de la vivienda de los beneficiarios.
Programa.- Apoyo de Mejoramiento de Vivienda “Ayudas Sociales”
Población Potencial.- Familias de escasos recursos económicos del Estado de Zacatecas.
Firma a Ruego.- Es la que hace una persona ajena al acto colocando su propia firma a pedido del solicitante y beneficiario impedido.
La interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos, así como lo no previsto en ellos, será facultad de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial, de acuerdo a sus atribuciones.
c) Ámbito de aplicación
Cobertura territorial.- El programa tendrá una cobertura o ámbito de aplicación en todo el Estado de Zacatecas, con la finalidad primordial de coadyuvar a reducir el rezago en la calidad de construcción en las viviendas y combatiendo el hacinamiento.
Población potencial.- Familias de escasos recursos económicos del Estado de Zacatecas.
5. CAPÍTULOS ESPECÍFICOS
a) Del procedimiento para el otorgamiento del servicio
Operatividad del programa de aplicación directa
La Dirección de Mejoramiento de Vivienda, solicitará a la Coordinación Administrativa de la SEDUVOT el trámite ante la instancia que corresponda de la licitación de la adquisición de los materiales de construcción, conforme a la normatividad aplicable.
Elaborar y firmar el contrato que derive de la adjudicación correspondiente.
Los apoyos se otorgarán en función a las necesidades que se presenten en todo el territorio estatal, ya sea por solicitudes elaboradas al C. Gobernador, o por contingencias presentadas por desastres de la naturaleza.
Revisión y captura digital de los expedientes.
Cancelación de los expedientes que no cumplen con la normatividad del programa.
Elaboración de vale de material.
Entrega de paquetes de materiales a los beneficiarios, en apego a las disposiciones que emitan las autoridades correspondientes en atención a la declaratoria como emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por virus SARS-CoV2 (COVID-19), para el Estado de Zacatecas y sus municipios.
El beneficiario aplicara el material por autoconstrucción, en un plazo no mayor a tres meses.
Cierre del Programa.
b) De los requisitos de las y los solicitantes y beneficiarios.
De las y los beneficiarios
Los beneficiarios serán las familias que una vez recibida su documentación cumplan con lo establecido en los presentes lineamientos.
Así mismo, se dará prioridad a jefe y jefa de familia, con dependientes económicos menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad, o adultos mayores propietarios o posesionarios de una vivienda a título de dueño que requieran de una acción del programa.
Alcance
Este programa está diseñado con perspectiva de género, por lo que para la operación de los mismos se consideraran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad entre los géneros.
Se aplicarán a los ciudadanos que reúnan los requisitos establecidos en los presentes lineamientos.
Tratándose de personas que, en términos de la ley aplicable, sea reconocidas con la calidad de víctima directa o indirecta por la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Estado, tendrán acceso de manera prioritaria y excepcional al programa regulado por los presentes lineamientos, con un enfoque transversal de género y diferencial sentido de responsabilidad de todas las dependencias y entidades para admitir como parte de los requisitos constancias que este ente emita en favor del solicitante y que los reconozca con el carácter de víctima para justificar la aplicación de los apoyos.
La secretaría una vez que haya proporcionado el apoyo a las personas señaladas en el párrafo que antecede deberán notificar mediante oficio la aplicación de cada uno de los apoyos a la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Estado, a más tardar dentro de las 48 horas posteriores a la entrega del apoyo. La expedición de la constancia de reconocimiento de víctima será responsabilidad del Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas de Zacatecas.
Así como también, se bridará apoyo de manera directa en este mismo concepto cuando este sea requerido mediante oficio por dependencias relacionadas con el tema.
Los requisitos para poder ser elegibles son los siguientes:
Solicitud dirigida al Gobernador o al titular de la SEDUVOT, donde manifieste el apoyo que requiere para su vivienda, la cual debe estar firmada por el solicitante o en el supuesto de que no pueda o sepa firmar sería a ruego a través de un tercero y dos testigos.
Copia de Identificación oficial con fotografía o constancia de identidad, emitida por la autoridad municipal.
Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz o teléfono, constancia de vecindad, predial o constancia de residencia). No mayor a tres meses de vigencia.
CURP.
Formato de estudio socio-económico de vivienda. (FES). Se anexa formato a los presentes lineamientos.
Se dará prioridad a jefas de familia, madres solteras o jefas de familia que tengan a su cargo el cuidado y manutención de personas con discapacidad, adultos mayores, y/o personas migrantes, deportadas o repatriadas que sean posesionarios de una vivienda.
Derechos y obligaciones de las y los beneficiarios
Derechos
Solicitar información pertinente y oportuna sobre los lineamientos del programa y los requisitos para ser beneficiario del mismo.
Recibir de los servidores públicos de las instancias participantes un trato digno, respetuoso y equitativo sin discriminación alguna.
Tener la reserva y privacidad de la información personal.
Acceder a la información necesaria del programa y sus lineamientos.
Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieran realizado.
Recibir los materiales de construcción en perfecto estado, así como las cantidades totales que se indiquen en los vales de material que cubra la acción.
Obligaciones
Entregar la información que se le requiera para ser considerado para acceder al programa.
Aplicar el material recibido por autoconstrucción, para la ampliación, remodelación y rehabilitación de su vivienda, conforme a la solicitud aprobada y una vez recibidos estos, tendrán que aplicarlos en un plazo no mayor a los siguientes tres meses.
Firmar y entregar a la SEDUVOT el vale de recibido de los materiales que le fueron otorgados. La firma del vale puede ser en los siguientes supuestos:
o Por el beneficiario previa identificación.
o Por un tercero mediante un formato de carta poder simple conforme al formato que se anexa a los presente lineamientos. Debidamente firmado por las dos partes anexando identificación oficial de ambos.
o En el supuesto que el beneficiario no sepa o no pueda firmar, se hará conforme a las disposiciones legales, es decir, firma a ruego a través de un tercero y dos testigos se anexa formato a los presentes lineamientos.
d) De los tipos de Apoyos.
Tipo de apoyo.- El apoyo será en especie y según las necesidades específicas de la vivienda.
Características del apoyo.- Entrega de paquetes de materiales industrializados para el mejoramiento de vivienda, que serán los siguientes en función del tipo de requerimiento:
Piso firme: Se realizará una aportación de mínimo 5 y hasta 15 bultos de cemento, con los cuales se construirán desde 15 m2 hasta 45 m2 para piso firme y su aplicación podrá ser a la vez destinada para atender las necesidades de la vivienda (enjarres, techo, etc.)
Pintura: Este apoyo será por cubeta de 19 litros por acción, la cual puede ser para interior o exterior y se aplicará a familias de escasos recursos.
Focos Led: Este apoyo será de un lote de 8 focos como máximo, para la instalación en las viviendas.
Losa: apoyo que consta de 28 bultos de cemento, 4 piezas de Armex 12x12x4‘’ y 35 piezas de varilla 3/8.
Muro: aportación de 8 bultos de cemento, 375 piezas de block pesado, 2 piezas de armex 12x12x4 y 3 piezas de armex 12x20x4.
Tinacos: Este apoyo consiste en un tinaco tricapa con capacidad nominal de 750 Litros o 1,100 L (según la necesidad especifica) y kit de accesorios para su instalación (válvula de llenado, multiconector, flotador y jarro de aire).
Techos de lámina: Se entregará un paquete de 6 láminas galvanizadas de 5 m calibre 28 y 3 montenes de 2”” x 4”” de 5 m. De largo para cubrir una superficie mínima de 20 m2.
Calentador Solar: Este apoyo consiste en un calentador solar de 130 litros de capacidad, tanque de acero, 10 tubos, barra de magnesio y jarro de aire en el lomo del tanque.
Los materiales serán conforme a la integración de cada paquete, que estarán de acuerdo a la necesidad solicitada y a las acciones programadas.
Los recursos ejercidos en este programa tendrán el carácter de fondo perdido.
El número de paquetes o tipo de requerimientos se determinará en función de las necesidades del solicitante, de los recursos asignados al programa, y en caso extraordinario de requerimiento adicional y por la condición de necesidad o deterioro de la vivienda, o instrucción del C. Gobernador, se podrá ampliar el apoyo.
Monto del apoyo
El monto del apoyo se determinará en función a las acciones aprobadas y en base a los recursos asignados para este programa, dicho apoyo será a fondo perdido y las acciones podrán ser flexibles de acuerdo a la instrucción del C. Gobernador del Estado, el/la titular de la SEDUVOT o el Subsecretario de Vivienda de la SEDUVOT.
Criterios de incumplimiento, retención, suspensión o reducción de recursos.
Incurrir en el incumplimiento a lo previsto en los presentes lineamientos
Que se detecte que el apoyo no ha sido empleado en base a lo establecido en estos lineamientos.
Que haya falseado la información otorgada a la SEDUVOT
Insuficiencia presupuestal para la continuidad del programa.
Monitoreo, evaluación y contraloría social
Monitoreo
El Comité de Contraloría Social que será integrado por la población beneficiada del programa será el encargado del seguimiento supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones del programa y de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Evaluación
Con el objeto de evaluar el Programa y constatar la mejoría de las condiciones de vida de la población beneficiaria, así como para favorecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, la Subsecretaría de Vivienda a través de la Dirección de Mejoramiento de Vivienda, dispondrá de los mecanismos de seguimiento y medición de resultados que proporcionen elementos importantes para su evaluación a fin de analizar la ejecución del programa, identificando el cumplimiento de los objetivos y metas programadas, adoptar medidas correctivas que reorienten las acciones, fortalezcan las tomas de decisiones y mejoren las expectativas. Las evaluaciones externas deberán ser en función de lo que establezca el Consejo Estatal de Evaluación y del Programa Anual de Evaluación.
Contraloría social
Se promoverá la participación de la Población Beneficiada del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse a los "Lineamientos Generales para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Estatales de Desarrollo Social", emitido por la Secretaría de la Función Pública y publicados en el Periódico Oficial, el 31 de enero de 2018, para que promueva y realice las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social de acuerdo a la Guía Operativa de Contraloría Social, previamente validada por la Secretaría de la Función Pública y demás documentos normativos establecidos por el Programa.
Se promoverá la participación de hombres y mujeres, preferentemente, de forma equitativa, en la conformación de los Comités de Contraloría Social.
En el caso del presente programa, la vigilancia y el control de las acciones de mejoramiento de vivienda derivadas de los presentes lineamientos estarán a cargo del comité de contraloría social que se conformará con los beneficiarios quienes constatarán la debida ejecución de los apoyos bajo las reglas establecidas en el presente instrumento.
El Comité de beneficiarios, deberá estar integrado por tres personas, con funciones de vigilantes y garantes de los apoyos se entreguen a cada uno de los beneficiarios autorizados, cumpliendo con las disposiciones establecidas en los presentes lineamientos.
Si el Comité o alguno de sus integrantes tuvieran conocimiento de que la entrega de los apoyos se hubiera realizado en contravención a lo dispuesto en los presentes lineamientos, podrá acudir a la SEDUVOT a interponer la correspondiente queja.
Ejercicio de recursos
La Subsecretaría de Vivienda a través de la Dirección de Mejoramiento de Vivienda, al término del ejercicio fiscal correspondiente, realizará el informe de la aplicación de los recursos del Programa.
La Dirección de Mejoramiento de Vivienda realizará informes del avance físico y financiero que guarda el Programa de Apoyos para Mejoramiento de Vivienda: “Ayudas Sociales”.
Con base en los reportes de avance financiero presentados a la Subsecretaría de Vivienda, se procederá a elaborar el informe de cierre de ejercicio que contenga todos aquellos apoyos entregados al 31 de diciembre en el ejercicio fiscal correspondiente.
Instancias participantes
Instancia ejecutora: La SEDUVOT a través de la Subsecretaría de Vivienda.
Instancia normativa: La SEDUVOT.
Instancia de Control y vigilancia: Secretaría de la Función Pública.
e). De las áreas de información y transparencia
Los lineamientos, se Publicarán en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y en la página oficial de la SEDUVOT: www.sevivienda.zacatecas.gob.mx/, y en el portal de transparencia del Gobierno del Estado de Zacatecas.
1. Difusión
La apertura del Programa, así como los requisitos y convocatorias para acceder al mismo se darán a conocer a la población a través de:
Campaña de difusión en redes sociales.
El área responsable de la difusión será la Unidad de Comunicación Social de la SEDUVOT.
2. Unidad de Transparencia
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial.
Domicilio: Circuito Cerro del Gato, Edificio “F”, Piso 4° Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zac. Titular de la Unidad de Enlace de Trasparencia:
Teléfono: 4915000 extensión 33100
f). Quejas y denuncias
Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa las y los beneficiarios deberán dirigirlo por escrito al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial, el escrito deberá contener como mínimo:
¿Qué sucedió?
¿Cuándo sucedió?
¿Dónde sucedió?
El Órgano Interno de Control levantará un acta anexando las pruebas, en caso de existir, se analizará y se dará respuesta en 20 días hábiles, notificando al quejoso vía correo electrónico.
Área responsable de atención de quejas y denuncias
“Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del Programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana.”
Red Estatal de Buzones;
Sistema Electrónico de Atención Ciudadana:
http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx;
Correo electrónico contraloría.social@zacatecas.gob.mx,
Lada gratuita: 01800 55 26 67
Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución, deberán sujetarse a lo establecido en las disposiciones que rigen los procedimientos establecidos en la Secretaría de la función Pública.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
SEGUNDO.- El área responsable de la Ejecución del Proyecto podrá emitir las disposiciones normativas complementarias, necesarias para la operación del programa.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”
Zacatecas, Zacatecas, a los treinta y un (31) días del mes de enero del año dos mil veintidós (2022).
Secretaria de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial.
Ing. Laura Elvia Bermúdez Valdés.
Rúbrica